GARANTÍAS Y SEGUROS. IX.1.- Al presente contrato le serán de aplicación las siguientes reglas como garantía del mismo: ● La ejecución del presente contrato se realizará bajo el principio general de riesgo y xxxxxxx de la Asistencia Técnica. ● La Asistencia Técnica queda obligada, durante el plazo de dos (2) años contados desde la finalización de los trabajos contratados y sus anexos, a atender las consultas y aclaraciones que ACUASUR, le formule. Se obliga igualmente a subsanar y reparar a su cargo los posibles errores que puedan detectarse en los trabajos que, por cualquier concepto, emita para ACUASUR. Serán a cargo del adjudicatario del Contrato todos los daños y perjuicios que durante la realización de los trabajos encomendados o, una vez finalizados, se causen tanto al adjudicador, como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas de la Asistencia Técnica, o por errores, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo hubiere incurrido. IX.2.- La Asistencia Técnica viene obligada a suscribir, a su cargo y antes del inicio de la Asistencia, póliza de seguro de “Responsabilidad Civil”, que cumpla satisfactoriamente los requisitos que se determinen en el Anexo nº 5 de este Contrato. Así mismo y en materia de seguros sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en el Contrato, así como de las que legalmente puedan corresponder, será por cuenta de la Asistencia Técnica la contratación y mantenimiento en vigor durante el curso del presente Contrato de las siguientes pólizas de seguro: a) Seguros de enfermedad y accidente de todos sus trabajadores asignados a los trabajos, de acuerdo con la Ley. b) Seguros sobre riesgos causados en sus vehículos, equipo y maquinaria. Dichos seguros deben cubrir, igualmente, la responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionar la Asistencia Técnica con motivos del desarrollo de su actividad, a las instalaciones o bienes propiedad de los intervinientes en el proyecto, así como la derivada de aquella, que sus vehículos, equipo y maquinaria puedan causar a ACUASUR o a terceros. c) Seguro de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000 euros) por siniestro. La Asistencia Técnica deberá mantener en vigor este seguro hasta la expiración del Contrato. Las Responsabilidades básicas que se deberán otorgar por la cobertura solicitada serán: R.C. Postrabajos (24 meses), R.C. Patronal, R.C. por daños al medioambiente (contaminación accidental), R.C. Profesional. d) Por lo que se refiere al seguro de responsabilidad civil patronal, su cobertura será, como mínimo, de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 euros) por trabajador. Con independencia de lo anterior, la Asistencia Técnica podrá suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Contrato. Tendrán la consideración de asegurados tanto la Asistencia Técnica como su personal implicado en el Contrato. Igualmente, tendrá la consideración de asegurado ACUASUR y su personal, sin perder la condición xx xxxxxxx, cuando sean objeto de reclamación por parte de un tercero perjudicado y en relación a los trabajos encomendados al adjudicatario. Los seguros tendrán que estar vigentes durante la vigencia del Contrato. Quince (15) días antes de la firma del Contrato, la Asistencia Técnica deberá entregar a ACUASUR proforma de las pólizas de seguros a suscribir con efecto a partir del inicio de la asistencia, para su validación por ACUASUR A la firma del contrato, la Asistencia Técnica deberá hacer entrega a ACUASUR de la póliza validadas por ésta, así como certificado de pago de las mismas. La no entrega de dichas pólizas facultará a ACUASUR a resolver el Contrato, por causa imputable a la Asistencia Técnica. La Asistencia Técnica queda obligada a informar por escrito a ACUASUR de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. ACUASUR podrá solicitar en todo momento a la Asistencia Técnica la entrega del original de las pólizas, o copias legitimadas, de los seguros que tengan él o sus subcontratistas contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. La Asistencia Técnica queda obligada a la entrega de todo ello en un plazo no superior a siete (7) días. En todos los seguros a los que se refiere esta cláusula, se incluirán una mención por la que se exima de responsabilidad y no repetición de la entidad aseguradora contra ACUASUR entre los que inexcusablemente se incluirá a ACUASUR como asegurado adicional al Contrato, sin perder la condición xx xxxxxxx. ACUASUR se reserva la posibilidad de requerir de la Asistencia Técnica, en cualquier momento, la acreditación de la vigencia y contenido del seguro, así como el de aprobar o rechazar éste si, a su juicio, no cubre los requisitos mínimos establecidos, o si entendiera que la Aseguradora no goza de la solvencia y estructura precisas para atender de forma inmediata y eficaz las reclamaciones que eventualmente se pudieran producir, en cuyo caso, la Asistencia Técnica vendrá obligada a contratar una nueva póliza con el contenido adecuado y/o con otra entidad aseguradora. En caso de incumplimiento total y parcial de cualquiera de estos términos, la Asistencia Técnica será exclusivamente responsable de los riesgos no asegurados, e ACUASUR podrá suscribir directamente el oportuno contrato de seguro o contratar también directamente las garantías complementarias precisas, repercutiendo la prima o primas correspondientes a la Asistencia Técnica, y quedando expresamente facultada para deducir de las primeras facturas que deba abonar a ésta, los importes que genere esta repercusión.
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GARANTÍAS Y SEGUROS. IX.1.- Al presente contrato le serán de aplicación las siguientes reglas como garantía del mismo: ● La ejecución El licitante ganador del presente contrato se realizará bajo procedimiento de contratación, deberá garantizar el principio general de riesgo anticipo que reciba y xxxxxxx de la Asistencia Técnica. ● La Asistencia Técnica queda obligada, durante el plazo de dos (2) años contados desde la finalización de los trabajos contratados y sus anexos, a atender las consultas y aclaraciones que ACUASUR, le formule. Se obliga igualmente a subsanar y reparar a su cargo los posibles errores que puedan detectarse en los trabajos que, por cualquier concepto, emita para ACUASUR. Serán a cargo cumplimiento del adjudicatario del Contrato todos los daños y perjuicios que durante la realización de los trabajos encomendados o, una vez finalizados, se causen tanto al adjudicador, como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas de la Asistencia Técnica, o por errores, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo hubiere incurrido.
IX.2.- La Asistencia Técnica viene obligada a suscribir, a su cargo y antes del inicio de la Asistencia, póliza de seguro de “Responsabilidad Civil”, que cumpla satisfactoriamente los requisitos que se determinen en el Anexo nº 5 de este Contrato. Así mismo y en materia de seguros sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en el Contratocontrato, así como de las los vicios ocultos y del seguro de responsabilidad civil, el costo que legalmente puedan corresponderestas fianzas generen, será por cuenta de la Asistencia Técnica la contratación y mantenimiento deberá considerarlo en vigor durante el curso los costos indirectos. El licitante que resulte ganador del presente procedimiento de contratación, deberá entregar en la Dirección de Obras Públicas Municipales, La Garantía del Cumplimiento del Contrato y la Garantía de las siguientes pólizas Anticipo, el día 01 xx Xxxxxx del 2016, en caso de seguro:
a) Seguros de enfermedad no cumplir con la fecha establecida, se considerará que la empresa ganadora no firmó el contrato por causas imputables a él mismo y accidente de todos sus trabajadores asignados a los trabajos, será sancionado de acuerdo con a lo establecido en el artículo 78 fracción I de la Ley.
a) Garantía del Cumplimiento del Contrato, por un importe del 10% del monto total del contrato.
b) Seguros sobre riesgos causados en sus vehículosGarantía del Anticipo, equipo y maquinariael contratista deberá garantizar el 100% del importe total del anticipo otorgado, incluyendo el IVA. Dichos seguros deben cubrir, igualmente, la responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionar la Asistencia Técnica con motivos del desarrollo de su actividad, a las instalaciones o bienes propiedad de los intervinientes en el proyecto, así como la derivada de aquella, que sus vehículos, equipo y maquinaria puedan causar a ACUASUR o a tercerosCONVOCATORIA AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Invitación A Cuando Menos Tres Personas No.: OPTEC-INV3P/FISM 0000-000-0000
c) Seguro Garantía de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000 euros) por siniestro. La Asistencia Técnica deberá mantener en vigor este seguro hasta la expiración del Contrato. Las Responsabilidades básicas que se deberán otorgar por la cobertura solicitada serán: R.C. Postrabajos (24 meses), R.C. Patronal, R.C. por daños al medioambiente (contaminación accidental), R.C. Profesional.
d) Por lo que se refiere al seguro de responsabilidad civil patronal, su cobertura será, como mínimo, de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 euros) por trabajador. Con independencia de lo anterior, la Asistencia Técnica podrá suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Contrato. Tendrán la consideración de asegurados tanto la Asistencia Técnica como su personal implicado en el Contrato. Igualmente, tendrá la consideración de asegurado ACUASUR Xxxxxx Xxxxxxx y su personal, sin perder la condición xx xxxxxxx, cuando sean objeto de reclamación por parte de un tercero perjudicado y en relación a los trabajos encomendados al adjudicatario. Los seguros tendrán que estar vigentes durante la vigencia del Contrato. Quince (15) días antes de la firma del Contrato, la Asistencia Técnica deberá entregar a ACUASUR proforma de las pólizas de seguros a suscribir con efecto a partir del inicio de la asistencia, para su validación por ACUASUR A la firma del contrato, la Asistencia Técnica deberá hacer entrega a ACUASUR de la póliza validadas por ésta, así como certificado de pago de las mismas. La no entrega de dichas pólizas facultará a ACUASUR a resolver el Contrato, por causa imputable a la Asistencia Técnica. La Asistencia Técnica queda obligada a informar por escrito a ACUASUR de cualquier incidencia otra responsabilidad en que afecte a la vigencia y condiciones hubiere incurrido, el contratista deberá constituir fianza por el equivalente al 10% del monto total ejercido de los seguros contratados. ACUASUR podrá solicitar en todo momento a la Asistencia Técnica la entrega del original de las pólizas, o copias legitimadas, de los seguros que tengan él o sus subcontratistas contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. La Asistencia Técnica queda obligada a la entrega de todo ello en un plazo no superior a siete (7) días. En todos los seguros a los que se refiere esta cláusula, se incluirán una mención por la que se exima de responsabilidad y no repetición de la entidad aseguradora contra ACUASUR entre los que inexcusablemente se incluirá a ACUASUR como asegurado adicional al Contrato, sin perder la condición xx xxxxxxx. ACUASUR se reserva la posibilidad de requerir de la Asistencia Técnica, en cualquier momento, la acreditación de la vigencia y contenido del seguro, así como el de aprobar o rechazar éste si, a su juicio, no cubre los requisitos mínimos establecidos, o si entendiera que la Aseguradora no goza de la solvencia y estructura precisas para atender de forma inmediata y eficaz las reclamaciones que eventualmente se pudieran producir, en cuyo caso, la Asistencia Técnica vendrá obligada a contratar una nueva póliza con el contenido adecuado y/o con otra entidad aseguradora. En caso de incumplimiento total y parcial de cualquiera de estos términos, la Asistencia Técnica será exclusivamente responsable de los riesgos no asegurados, e ACUASUR podrá suscribir directamente el oportuno contrato de seguro o contratar también directamente las garantías complementarias precisas, repercutiendo la prima o primas correspondientes a la Asistencia Técnica, y quedando expresamente facultada para deducir de las primeras facturas que deba abonar a ésta, los importes que genere esta repercusióntrabajos.
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Samples: Contracting Invitation
GARANTÍAS Y SEGUROS. IX.1.- Al 2.11.1 A fin de garantizar el pago por el incumplimiento de las obligaciones que le correspondan durante la etapa constructiva, incluyendo las penalidades señaladas en el numeral 2.9 de la presente contrato le serán de aplicación Adenda, la SOCIEDAD CONCESIONARIA entregará al CONCEDENTE las siguientes fianzas bancarias, conforme a las reglas como garantía del mismo: ● La ejecución del presente contrato se realizará bajo el principio general de riesgo y xxxxxxx de la Asistencia Técnica. ● La Asistencia Técnica queda obligada, durante el plazo de dos (2) años contados desde la finalización de los trabajos contratados y sus anexos, a atender las consultas y aclaraciones que ACUASUR, le formule. Se obliga igualmente a subsanar y reparar a su cargo los posibles errores que puedan detectarse en los trabajos que, por cualquier concepto, emita para ACUASUR. Serán a cargo del adjudicatario del Contrato todos los daños y perjuicios que durante la realización de los trabajos encomendados o, una vez finalizados, se causen tanto al adjudicador, como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas de la Asistencia Técnica, o por errores, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo hubiere incurrido.
IX.2.- La Asistencia Técnica viene obligada a suscribir, a su cargo y antes del inicio de la Asistencia, póliza de seguro de “Responsabilidad Civil”, que cumpla satisfactoriamente los requisitos que se determinen en el Anexo nº 5 de este Contrato. Así mismo y en materia de seguros sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en el Contrato, así como de las que legalmente puedan corresponder, será por cuenta de la Asistencia Técnica la contratación y mantenimiento en vigor durante el curso del presente Contrato de las siguientes pólizas de segurosiguientes:
a) Seguros Las Fianzas serán entregada a la fecha de enfermedad la firma de la presente Adenda. Las fianzas serán emitidas por cualquiera de las entidades bancarias indicadas en el Anexo N° 6 de las Bases que forman parte del Contrato de Concesión SGT, siguiendo el formato contenido en las mismas:
i. Por el Refuerzo 1: por un monto de USD 4 516 762.00 (Cuatro Millones Quinientos Dieciséis Mil Setecientos Sesenta y accidente Dos con 00/100 Dólares Americanos); y
ii. Por el Refuerzo 2: por un monto de todos sus trabajadores asignados a los trabajos, de acuerdo USD 4 531 630.00 (Cuatro Millones Quinientos Treinta y Un Mil Seiscientos Treinta con la Ley00/100 Dólares Americanos).
b) Seguros sobre riesgos causados Las fianzas deberán estar vigentes desde la fecha de suscripción de la presente Adenda hasta un mes después de la Puesta en sus vehículosOperación Comercial de Los Refuerzos. Dichas fianzas serán otorgadas por períodos anuales hasta cumplir el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, equipo y maquinaria. Dichos seguros deben cubrir, igualmente, dichas fianzas serán devueltas una vez constatada la responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionar la Asistencia Técnica con motivos del desarrollo ocurrencia de su actividad, a las instalaciones o bienes propiedad de los intervinientes lo estipulado en el proyecto, así como la derivada de aquella, que sus vehículos, equipo y maquinaria puedan causar a ACUASUR o a tercerosnumeral 2.11.2 siguiente.
c) Seguro En caso de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima atraso de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000 euros) por siniestro. La Asistencia Técnica la Puesta en Operación Comercial de Los Refuerzos, la fianza deberá mantener en vigor este seguro ser renovada o prorrogada hasta la expiración del Contrato. Las Responsabilidades básicas que se deberán otorgar por pague la cobertura solicitada serán: R.C. Postrabajos (24 meses)penalidad o se resuelva en definitiva que no procede el pago de ninguna penalidad, R.C. Patronal, R.C. por daños al medioambiente (contaminación accidental), R.C. Profesionalsegún sea el caso.
d) Por lo 2.11.2 A fin de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que le corresponden conforme a la presente Adenda y las Leyes Aplicables, la SOCIEDAD CONCESIONARIA incorporará, como parte de la garantía de operación, el monto de USD 913 979.00 (Novecientos Trece Mil Novecientos Setenta y Nueve con 00/100 Dólares Americanos). Su entrega es requisito para la aprobación del informe final al que se refiere al seguro el numeral 2.8 de responsabilidad civil patronal, la presente Adenda.
2.11.3 Si llegado su cobertura será, como mínimo, de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 euros) por trabajador. Con independencia de lo anterior, la Asistencia Técnica podrá suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Contrato. Tendrán la consideración de asegurados tanto la Asistencia Técnica como su personal implicado vencimiento las fianzas contempladas en el Contrato. Igualmentenumeral 2.11.1 y 2.11.2 precedentes no son renovadas o prorrogadas conforme a dichos numerales, tendrá el CONCEDENTE podrá ejecutar totalmente la consideración de asegurado ACUASUR y su personal, sin perder la condición xx xxxxxxx, cuando sean objeto de reclamación por parte de un tercero perjudicado y en relación a los trabajos encomendados al adjudicatario. Los seguros tendrán que estar vigentes durante la vigencia del Contrato. Quince (15) días antes de la firma del Contrato, la Asistencia Técnica deberá entregar a ACUASUR proforma de las pólizas de seguros a suscribir con efecto a partir del inicio de la asistencia, para su validación por ACUASUR A la firma del contrato, la Asistencia Técnica deberá hacer entrega a ACUASUR de la póliza validadas por ésta, así como certificado de pago de las mismas. La no entrega de dichas pólizas facultará a ACUASUR a resolver el Contrato, por causa imputable a la Asistencia Técnica. La Asistencia Técnica queda obligada a informar por escrito a ACUASUR de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. ACUASUR podrá solicitar en todo momento a la Asistencia Técnica la entrega del original de las pólizas, o copias legitimadas, de los seguros que tengan él o sus subcontratistas contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. La Asistencia Técnica queda obligada a la entrega de todo ello en un plazo no superior a siete (7) días. En todos los seguros a los que se refiere esta cláusula, se incluirán una mención por la que se exima de responsabilidad y no repetición de la entidad aseguradora contra ACUASUR entre los que inexcusablemente se incluirá a ACUASUR como asegurado adicional al Contrato, sin perder la condición xx xxxxxxx. ACUASUR se reserva la posibilidad de requerir de la Asistencia Técnica, en cualquier momento, la acreditación de la vigencia y contenido del seguro, así como el de aprobar o rechazar éste si, a su juicio, no cubre los requisitos mínimos establecidos, o si entendiera que la Aseguradora no goza de la solvencia y estructura precisas para atender de forma inmediata y eficaz las reclamaciones que eventualmente se pudieran producirgarantía respectiva, en cuyo casocaso los fondos resultantes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la Asistencia Técnica vendrá obligada a contratar garantía correspondiente, hasta el momento en que la SOCIEDAD CONCESIONARIA entregue al CONCEDENTE una nueva póliza con garantía. Entregada ésta, el contenido adecuado y/o con otra entidad aseguradora. En caso CONCEDENTE procederá de incumplimiento total y parcial inmediato a entregar a la SOCIEDAD CONCESIONARIA los fondos resultantes de cualquiera la ejecución de estos términosla garantía original, la Asistencia Técnica será exclusivamente responsable sin intereses.
2.11.4 Los Refuerzos, como parte de los riesgos no aseguradosBienes de la Concesión, e ACUASUR podrá suscribir directamente deberán contar con un seguro, conforme a lo dispuesto en el oportuno contrato literal b) del numeral 7.1 de la Cláusula Séptima y la definición del numeral 3 del Anexo N° 3 del Contrato de Concesión SGT. La cobertura del seguro o contratar también directamente las garantías complementarias precisas, repercutiendo la prima o primas correspondientes señalado en el literal a) del numeral 7.1 del Contrato de Concesión SGT deberá incluir a la Asistencia Técnica, y quedando expresamente facultada para deducir de las primeras facturas que deba abonar los siniestros relacionados a ésta, los importes que genere esta repercusiónLos Refuerzos.
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Samples: Contrato De Concesión
GARANTÍAS Y SEGUROS. IX.1.- Al EL CONTRATISTA, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la celebración del presente contrato le serán contrato, constituirá a su xxxxx y presentará para aprobación de aplicación LA UNIVERSIDAD, las siguientes reglas como garantía garantías que avalarán el cumplimiento de las obligaciones surgidas del mismo: ● La presente contrato, las cuales se ajustarán a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado y de los riesgos a su cargo derivados y establecidos en el contrato. Las pólizas de seguros deberán ser expedidas por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, vigilada por la Superintendencia Bancaria y aceptada por LA UNIVERSIDAD. En cada una de las garantías el afianzado deberá ser EL CONTRATISTA. LA UNIVERSIDAD dentro de los diez (10) Días siguientes a la fecha en que EL CONTRATISTA presente las garantías, definirá si las aprueba o no. Las garantías que deberá prestar EL CONTRATISTA para la ejecución del presente contrato contrato, son las siguientes: 1. BUEN MANEJO DEL ANTICIPO. Este amparo deberá constituirse a favor de LA UNIVERSIDAD, para garantizar el buen manejo del anticipo que se realizará bajo el principio general de riesgo y xxxxxxx de la Asistencia Técnicaentrega a EL CONTRATISTA en virtud del presente contrato, por un valor asegurado equivalente al cien por ciento (100%) del valor del anticipo. ● La Asistencia Técnica queda obligada, durante Esta garantía deberá estar vigente por el plazo de ejecución del contrato y dos (2) años contados desde meses más. Esta garantía únicamente aplica, si la finalización forma de los trabajos contratados y sus anexos, a atender las consultas y aclaraciones que ACUASUR, le formule. Se obliga igualmente a subsanar y reparar a su cargo los posibles errores que puedan detectarse en los trabajos que, por cualquier concepto, emita para ACUASUR. Serán a cargo del adjudicatario del Contrato todos los daños y perjuicios que durante la realización de los trabajos encomendados o, una vez finalizados, se causen tanto al adjudicador, como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas de la Asistencia Técnica, o por errores, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo hubiere incurrido.
IX.2.- La Asistencia Técnica viene obligada a suscribir, a su cargo y antes del inicio de la Asistencia, póliza de seguro de “Responsabilidad Civil”, que cumpla satisfactoriamente los requisitos que se determinen pago establecida en el Anexo nº 5 presente contrato contempla el pacto de este Contrato. Así mismo y en materia anticipos a favor de seguros sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en el Contrato, así como de las que legalmente puedan corresponder, será por cuenta de la Asistencia Técnica la contratación y mantenimiento en vigor durante el curso del presente Contrato de las siguientes pólizas de seguro:
a) Seguros de enfermedad y accidente de todos sus trabajadores asignados a los trabajos, de acuerdo con la LeyEL CONTRATISTA.
b) Seguros sobre riesgos causados en sus vehículos, equipo y maquinaria. Dichos seguros deben cubrir, igualmente, la responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionar la Asistencia Técnica con motivos del desarrollo de su actividad, a las instalaciones o bienes propiedad de los intervinientes en el proyecto, así como la derivada de aquella, que sus vehículos, equipo y maquinaria puedan causar a ACUASUR o a terceros.
c) Seguro de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000 euros) por siniestro. La Asistencia Técnica deberá mantener en vigor este seguro hasta la expiración del Contrato. Las Responsabilidades básicas que se deberán otorgar por la cobertura solicitada serán: R.C. Postrabajos (24 meses), R.C. Patronal, R.C. por daños al medioambiente (contaminación accidental), R.C. Profesional.
d) Por lo que se refiere al seguro de responsabilidad civil patronal, su cobertura será, como mínimo, de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 euros) por trabajador. Con independencia de lo anterior, la Asistencia Técnica podrá suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Contrato. Tendrán la consideración de asegurados tanto la Asistencia Técnica como su personal implicado en el Contrato. Igualmente, tendrá la consideración de asegurado ACUASUR y su personal, sin perder la condición xx xxxxxxx, cuando sean objeto de reclamación por parte de un tercero perjudicado y en relación a los trabajos encomendados al adjudicatario. Los seguros tendrán que estar vigentes durante la vigencia del Contrato. Quince (15) días antes de la firma del Contrato, la Asistencia Técnica deberá entregar a ACUASUR proforma de las pólizas de seguros a suscribir con efecto a partir del inicio de la asistencia, para su validación por ACUASUR A la firma del contrato, la Asistencia Técnica deberá hacer entrega a ACUASUR de la póliza validadas por ésta, así como certificado de pago de las mismas. La no entrega de dichas pólizas facultará a ACUASUR a resolver el Contrato, por causa imputable a la Asistencia Técnica. La Asistencia Técnica queda obligada a informar por escrito a ACUASUR de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. ACUASUR podrá solicitar en todo momento a la Asistencia Técnica la entrega del original de las pólizas, o copias legitimadas, de los seguros que tengan él o sus subcontratistas contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. La Asistencia Técnica queda obligada a la entrega de todo ello en un plazo no superior a siete (7) días. En todos los seguros a los que se refiere esta cláusula, se incluirán una mención por la que se exima de responsabilidad y no repetición de la entidad aseguradora contra ACUASUR entre los que inexcusablemente se incluirá a ACUASUR como asegurado adicional al Contrato, sin perder la condición xx xxxxxxx. ACUASUR se reserva la posibilidad de requerir de la Asistencia Técnica, en cualquier momento, la acreditación de la vigencia y contenido del seguro, así como el de aprobar o rechazar éste si, a su juicio, no cubre los requisitos mínimos establecidos, o si entendiera que la Aseguradora no goza de la solvencia y estructura precisas para atender de forma inmediata y eficaz las reclamaciones que eventualmente se pudieran producir, en cuyo caso, la Asistencia Técnica vendrá obligada a contratar una nueva póliza con el contenido adecuado y/o con otra entidad aseguradora. En caso de incumplimiento total y parcial de cualquiera de estos términos, la Asistencia Técnica será exclusivamente responsable de los riesgos no asegurados, e ACUASUR podrá suscribir directamente el oportuno contrato de seguro o contratar también directamente las garantías complementarias precisas, repercutiendo la prima o primas correspondientes a la Asistencia Técnica, y quedando expresamente facultada para deducir de las primeras facturas que deba abonar a ésta, los importes que genere esta repercusión.
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Samples: Service Agreement
GARANTÍAS Y SEGUROS. IX.1.- Al presente contrato le serán de aplicación las siguientes reglas como garantía del mismo: ● La ejecución del presente contrato se realizará bajo el principio general de riesgo y xxxxxxx de la Asistencia Técnica. ● La Asistencia Técnica queda obligada, durante el plazo de dos (2) años contados desde la finalización de los trabajos contratados y sus anexos, a atender las consultas y aclaraciones que ACUASUR, le formule. Se obliga igualmente a subsanar y reparar a su cargo los posibles errores que puedan detectarse en los trabajos que, por cualquier concepto, emita para ACUASUR. ACUASUR Serán a cargo del adjudicatario del Contrato todos los daños y perjuicios que durante la realización de los trabajos encomendados o, una vez finalizados, se causen tanto al adjudicador, como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas de la Asistencia Técnica, o por errores, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo hubiere incurrido.
IX.2.- La Asistencia Técnica viene obligada a suscribirEl Consultor se obliga, además, a su cargo y antes del inicio de la Asistencia, póliza de tener suscrito un seguro de “Responsabilidad Civil”, responsabilidad civil que cumpla satisfactoriamente los requisitos cubra su actividad y por tanto las prestaciones a las que se determinen en el Anexo nº 5 de compromete por este Contrato. Así mismo Contrato y en materia de seguros sin así lo acreditará ante ACUASUR.
IX.3.- Sin perjuicio de las responsabilidades establecidas enunciadas en la cláusula XV.B, y de lo previsto en el Contratoapartado IX.2.- anterior, así el Proyectista, como responsable total y absoluto del contenido del Proyecto, se obliga a asegurar su responsabilidad profesional (extracontractual) como Autor del Proyecto, por un mínimo de las que legalmente puedan corresponder, será por cuenta tres millones de la Asistencia Técnica la contratación y mantenimiento en vigor durante euros (3.000.000 €) El Consultor habrá de suscribir el curso del presente Contrato de las siguientes pólizas de seguro:
a) Seguros de enfermedad y accidente de todos sus trabajadores asignados a los trabajos, de acuerdo con la Ley.
b) Seguros sobre riesgos causados en sus vehículos, equipo y maquinaria. Dichos seguros deben cubrir, igualmente, la responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionar la Asistencia Técnica con motivos del desarrollo de su actividad, a las instalaciones o bienes propiedad de los intervinientes en el proyecto, así como la derivada de aquella, que sus vehículos, equipo y maquinaria puedan causar a ACUASUR o a terceros.
c) Seguro de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000 euros) por siniestro. La Asistencia Técnica deberá mantener en vigor este seguro hasta la expiración del Contrato. Las Responsabilidades básicas que se deberán otorgar por la cobertura solicitada serán: R.C. Postrabajos (24 meses), R.C. Patronal, R.C. por daños al medioambiente (contaminación accidental), R.C. Profesional.
d) Por lo que se refiere al citado seguro de responsabilidad civil patronal, su cobertura será, como mínimo, de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 euros) por trabajador. Con independencia de lo anterior, la Asistencia Técnica podrá suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Contrato. Tendrán la consideración de asegurados tanto la Asistencia Técnica como su personal implicado en el Contrato. Igualmente, tendrá la consideración de asegurado ACUASUR y su personal, sin perder la condición xx xxxxxxx, cuando sean objeto de reclamación por parte de un tercero perjudicado y en relación a los trabajos encomendados al adjudicatario. Los seguros tendrán que estar vigentes durante la vigencia del Contrato. Quince (15) días antes de la firma del Contrato, la Asistencia Técnica deberá entregar a ACUASUR proforma de las pólizas de seguros a suscribir con efecto a partir del inicio de la asistencia, para su validación por ACUASUR A la firma del contrato, la Asistencia Técnica deberá hacer entrega a ACUASUR de la póliza validadas por ésta, así como certificado de pago de las mismas. La no entrega de dichas pólizas facultará a ACUASUR a resolver el Contratocivil, por causa imputable a la Asistencia Técnica. La Asistencia Técnica queda obligada a informar por escrito a ACUASUR de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. ACUASUR podrá solicitar en todo momento a la Asistencia Técnica la entrega del original de las pólizasuna duración mínima xx xxxx años, o copias legitimadas, de los seguros que tengan él o sus subcontratistas contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. La Asistencia Técnica queda obligada a la entrega de todo ello en un plazo no superior a siete (7) días. En todos los seguros inferior a los que se refiere esta cláusula, se incluirán una mención por la que se exima de responsabilidad y no repetición 30 días contados a partir de la entidad aseguradora contra ACUASUR entre los que inexcusablemente se incluirá a ACUASUR como asegurado adicional al fecha del Contrato, sin perder la condición xx xxxxxxx. ACUASUR se reserva la posibilidad de requerir de la Asistencia Técnica, en cualquier momento, la acreditación de la vigencia y contenido del seguro, así como el de aprobar o rechazar éste si, a su juicio, no cubre los requisitos mínimos establecidos, o si entendiera que la Aseguradora no goza de la solvencia y estructura precisas para atender de forma inmediata y eficaz las reclamaciones que eventualmente se pudieran producir, en cuyo caso, la Asistencia Técnica vendrá obligada a contratar una nueva póliza con el contenido adecuado y/o con otra entidad aseguradora. En caso de incumplimiento total y parcial de cualquiera de estos términos, la Asistencia Técnica será exclusivamente responsable de los riesgos no asegurados, e ACUASUR podrá suscribir directamente el oportuno contrato de seguro o contratar también directamente las garantías complementarias precisas, repercutiendo la prima o primas correspondientes a la Asistencia Técnica, y quedando expresamente facultada para deducir de las primeras facturas que deba abonar a ésta, los importes que genere esta repercusión.
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Samples: Consulting Services Agreement
GARANTÍAS Y SEGUROS. IX.1.- Al presente contrato le serán El COMODANTE, para efectos de aplicación garantizar el cumplimiento de las siguientes reglas como garantía del mismo: ● La ejecución del presente contrato se realizará bajo el principio general de riesgo y xxxxxxx de la Asistencia Técnica. ● La Asistencia Técnica queda obligada, durante el plazo de dos (2) años contados desde la finalización de los trabajos contratados y sus anexos, a atender las consultas y aclaraciones que ACUASUR, le formule. Se obliga igualmente a subsanar y reparar a su cargo los posibles errores que puedan detectarse en los trabajos que, por cualquier concepto, emita para ACUASUR. Serán a cargo del adjudicatario demás obligaciones emanadas del Contrato todos los daños de Comodato que no sean la señalada en el numeral anterior, al momento de su suscripción deberá hacer entrega de una garantía de fiel cumplimiento del contrato, cuyo costo será de su cuenta y perjuicios que durante la realización cargo, de los trabajos encomendados o, una vez finalizados, se causen tanto al adjudicador, como acuerdo a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas de la Asistencia Técnica, o por errores, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo hubiere incurrido.
IX.2.- La Asistencia Técnica viene obligada a suscribir, a su cargo y antes del inicio de la Asistencia, póliza de seguro de “Responsabilidad Civil”, que cumpla satisfactoriamente los requisitos las condiciones que se determinen en el Anexo nº 5 de este Contrato. Así mismo y en materia de seguros sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en el Contrato, así como de las que legalmente puedan corresponder, será por cuenta de la Asistencia Técnica la contratación y mantenimiento en vigor durante el curso del presente Contrato de las siguientes pólizas de segurodetallan a continuación:
a) Seguros Tipos de enfermedad y accidente documentos:
i. Boleta Bancaria de todos sus trabajadores asignados Garantía a los trabajosla vista, emitida por un Banco con oficina en la plaza, o
ii. Certificado de acuerdo con Fianza a la Leyvista, emitido por una Institución de Garantía Recíproca regida por la Ley N°20.179, clasificada en categoría A en el Registro respectivo que lleva la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.
b) Seguros sobre riesgos causados en sus vehículos, equipo y maquinaria. Dichos seguros deben cubrir, igualmente, Monto de la responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionar la Asistencia Técnica con motivos del desarrollo Garantía para el Contrato de su actividad, a las instalaciones o bienes propiedad de los intervinientes en el proyecto, así como la derivada de aquella, que sus vehículos, equipo y maquinaria puedan causar a ACUASUR o a tercerosComodato: UF 200.
c) Seguro Beneficiario: deberá ser emitida a nombre del COMODATARIO, el que podrá endosarla al SERVIU Metropolitano para su custodia, y cobro en caso de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000 euros) por siniestro. La Asistencia Técnica deberá mantener en vigor este seguro hasta la expiración del Contrato. Las Responsabilidades básicas que se deberán otorgar por la cobertura solicitada serán: R.C. Postrabajos (24 meses), R.C. Patronal, R.C. por daños al medioambiente (contaminación accidental), R.C. Profesionalser necesario.
d) Por lo que se refiere al seguro Glosa: "Garantiza el fiel cumplimiento de responsabilidad civil patronal, su cobertura será, como mínimo, las obligaciones del Contrato de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 euros) por trabajador. Con independencia de lo anterior, la Asistencia Técnica podrá suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Contrato. Tendrán la consideración de asegurados tanto la Asistencia Técnica como su personal implicado en el Contrato. Igualmente, tendrá la consideración de asegurado ACUASUR y su personal, sin perder la condición xx xxxxxxx, cuando sean objeto de reclamación por parte Comodato de un tercero perjudicado INMUEBLE en Ciudad Parque Bicentenario y en relación a los trabajos encomendados al adjudicatario. Los seguros tendrán que estar vigentes durante la vigencia del Contrato. Quince (15) días antes de la firma del Contrato, la Asistencia Técnica deberá entregar a ACUASUR proforma de las pólizas de seguros a suscribir con efecto a partir del inicio de la asistencia, para su validación por ACUASUR A la firma del contrato, la Asistencia Técnica deberá hacer entrega a ACUASUR de la póliza validadas por ésta, así como certificado de el pago de las mismas. La no entrega multas estipuladas”.
e) Plazo de dichas pólizas facultará a ACUASUR a resolver el Contrato, por causa imputable a la Asistencia Técnica. La Asistencia Técnica queda obligada a informar por escrito a ACUASUR de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. ACUASUR podrá solicitar en todo momento a la Asistencia Técnica la entrega del original de las pólizas, o copias legitimadas, de los seguros que tengan él o sus subcontratistas contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. La Asistencia Técnica queda obligada a la entrega de todo ello en un plazo no superior a siete (7) días. En todos los seguros a los que se refiere esta cláusula, se incluirán una mención por la que se exima de responsabilidad y no repetición de la entidad aseguradora contra ACUASUR entre los que inexcusablemente se incluirá garantía, para el Contrato de Comodato: 150 días, contados a ACUASUR como asegurado adicional al Contrato, sin perder la condición xx xxxxxxx. ACUASUR se reserva la posibilidad de requerir partir de la Asistencia Técnica, en cualquier momento, la acreditación fecha de la vigencia y contenido suscripción del seguro, así como el de aprobar o rechazar éste si, a su juicio, no cubre los requisitos mínimos establecidos, o si entendiera que la Aseguradora no goza de la solvencia y estructura precisas para atender de forma inmediata y eficaz las reclamaciones que eventualmente se pudieran producir, en cuyo caso, la Asistencia Técnica vendrá obligada a contratar una nueva póliza con el contenido adecuado y/o con otra entidad aseguradora. En caso de incumplimiento total y parcial de cualquiera de estos términos, la Asistencia Técnica será exclusivamente responsable de los riesgos no asegurados, e ACUASUR podrá suscribir directamente el oportuno contrato de seguro o contratar también directamente las garantías complementarias precisas, repercutiendo la prima o primas correspondientes a la Asistencia Técnica, y quedando expresamente facultada para deducir de las primeras facturas que deba abonar a ésta, los importes que genere esta repercusióncomodato.
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Samples: Contrato De Promesa De Comodato
GARANTÍAS Y SEGUROS. IX.1.- Al presente contrato le serán de aplicación las siguientes reglas como garantía del mismo: ● La ejecución del presente contrato se realizará bajo el principio general de riesgo y xxxxxxx de la Asistencia Técnica. ● La Asistencia Técnica queda obligada, durante el plazo de dos (2) años contados desde la finalización de los trabajos contratados y sus anexos, a atender las consultas y aclaraciones que ACUASURHIDROGUADIANA, S.A., le formule. Se obliga igualmente a subsanar y reparar a su cargo los posibles errores que puedan detectarse en los trabajos que, por cualquier concepto, emita para ACUASUR. HIDROGUADIANA, S.A. Serán a cargo del adjudicatario del Contrato todos los daños y perjuicios que durante la realización de los trabajos encomendados o, una vez finalizados, se causen tanto al adjudicador, como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas de la Asistencia Técnica, o por errores, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo hubiere incurrido.
IX.2.- La Asistencia Técnica viene obligada a suscribirEl Consultor se obliga, además, a su cargo y antes del inicio de la Asistencia, póliza de tener suscrito un seguro de “Responsabilidad Civil”, responsabilidad civil que cumpla satisfactoriamente los requisitos cubra su actividad y por tanto las prestaciones a las que se determinen en el Anexo nº 5 de compromete por este Contrato. Así mismo Contrato y en materia de seguros sin así lo acreditará ante HIDROGUADIANA, S.A.
IX.3.- Sin perjuicio de las responsabilidades establecidas enunciadas en la cláusula XVI.B, y de lo previsto en el Contratoapartado IX.2.-. anterior, así el Proyectista, como responsable total y absoluto del contenido del Proyecto, se obliga a asegurar su responsabilidad profesional (extracontractual) como Autor del Proyecto, por un mínimo de las que legalmente puedan corresponder, será por cuenta 1.200.000 euros El Consultor habrá de la Asistencia Técnica la contratación y mantenimiento en vigor durante suscribir el curso del presente Contrato de las siguientes pólizas de seguro:
a) Seguros de enfermedad y accidente de todos sus trabajadores asignados a los trabajos, de acuerdo con la Ley.
b) Seguros sobre riesgos causados en sus vehículos, equipo y maquinaria. Dichos seguros deben cubrir, igualmente, la responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionar la Asistencia Técnica con motivos del desarrollo de su actividad, a las instalaciones o bienes propiedad de los intervinientes en el proyecto, así como la derivada de aquella, que sus vehículos, equipo y maquinaria puedan causar a ACUASUR o a terceros.
c) Seguro de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000 euros) por siniestro. La Asistencia Técnica deberá mantener en vigor este seguro hasta la expiración del Contrato. Las Responsabilidades básicas que se deberán otorgar por la cobertura solicitada serán: R.C. Postrabajos (24 meses), R.C. Patronal, R.C. por daños al medioambiente (contaminación accidental), R.C. Profesional.
d) Por lo que se refiere al citado seguro de responsabilidad civil patronal, su cobertura será, como mínimo, de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 euros) por trabajador. Con independencia de lo anterior, la Asistencia Técnica podrá suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Contrato. Tendrán la consideración de asegurados tanto la Asistencia Técnica como su personal implicado en el Contrato. Igualmente, tendrá la consideración de asegurado ACUASUR y su personal, sin perder la condición xx xxxxxxx, cuando sean objeto de reclamación por parte de un tercero perjudicado y en relación a los trabajos encomendados al adjudicatario. Los seguros tendrán que estar vigentes durante la vigencia del Contrato. Quince (15) días antes de la firma del Contrato, la Asistencia Técnica deberá entregar a ACUASUR proforma de las pólizas de seguros a suscribir con efecto a partir del inicio de la asistencia, para su validación por ACUASUR A la firma del contrato, la Asistencia Técnica deberá hacer entrega a ACUASUR de la póliza validadas por ésta, así como certificado de pago de las mismas. La no entrega de dichas pólizas facultará a ACUASUR a resolver el Contratocivil, por causa imputable a la Asistencia Técnica. La Asistencia Técnica queda obligada a informar por escrito a ACUASUR una duración mínima de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. ACUASUR podrá solicitar en todo momento a la Asistencia Técnica la entrega del original de las pólizascinco (5) años, o copias legitimadas, de los seguros que tengan él o sus subcontratistas contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. La Asistencia Técnica queda obligada a la entrega de todo ello en un plazo no superior a siete (7) días. En todos los seguros inferior a los que se refiere esta cláusula, se incluirán una mención por la que se exima de responsabilidad y no repetición 30 días contados a partir de la entidad aseguradora contra ACUASUR entre los que inexcusablemente se incluirá a ACUASUR como asegurado adicional al fecha del Contrato, sin perder la condición xx xxxxxxx. ACUASUR se reserva la posibilidad de requerir de la Asistencia Técnica, en cualquier momento, la acreditación de la vigencia y contenido del seguro, así como el de aprobar o rechazar éste si, a su juicio, no cubre los requisitos mínimos establecidos, o si entendiera que la Aseguradora no goza de la solvencia y estructura precisas para atender de forma inmediata y eficaz las reclamaciones que eventualmente se pudieran producir, en cuyo caso, la Asistencia Técnica vendrá obligada a contratar una nueva póliza con el contenido adecuado y/o con otra entidad aseguradora. En caso de incumplimiento total y parcial de cualquiera de estos términos, la Asistencia Técnica será exclusivamente responsable de los riesgos no asegurados, e ACUASUR podrá suscribir directamente el oportuno contrato de seguro o contratar también directamente las garantías complementarias precisas, repercutiendo la prima o primas correspondientes a la Asistencia Técnica, y quedando expresamente facultada para deducir de las primeras facturas que deba abonar a ésta, los importes que genere esta repercusión.
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Samples: Consulting Agreement
GARANTÍAS Y SEGUROS. IX.1.- Al presente contrato 2.11.1 A fin de garantizar el pago por el incumplimiento de las obligaciones que le serán de aplicación correspondan durante la etapa constructiva, incluyendo las siguientes reglas como garantía del mismo: ● La ejecución del presente contrato se realizará bajo penalidades señaladas en el principio general de riesgo y xxxxxxx numeral 2.9 de la Asistencia Técnica. ● La Asistencia Técnica queda obligadapresente Adenda, durante el plazo de dos (2) años contados desde la finalización de los trabajos contratados y sus anexosSOCIEDAD CONCESIONARIA entregará al CONCEDENTE la fianza bancaria, conforme a atender las consultas y aclaraciones que ACUASUR, le formule. Se obliga igualmente a subsanar y reparar a su cargo los posibles errores que puedan detectarse en los trabajos que, por cualquier concepto, emita para ACUASUR. Serán a cargo del adjudicatario del Contrato todos los daños y perjuicios que durante la realización de los trabajos encomendados o, una vez finalizados, se causen tanto al adjudicador, como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas de la Asistencia Técnica, o por errores, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo hubiere incurrido.
IX.2.- La Asistencia Técnica viene obligada a suscribir, a su cargo y antes del inicio de la Asistencia, póliza de seguro de “Responsabilidad Civil”, que cumpla satisfactoriamente los requisitos que se determinen en el Anexo nº 5 de este Contrato. Así mismo y en materia de seguros sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en el Contrato, así como de las que legalmente puedan corresponder, será por cuenta de la Asistencia Técnica la contratación y mantenimiento en vigor durante el curso del presente Contrato de las siguientes pólizas de seguroreglas siguientes:
a) Seguros La Fianza será entregada a la fecha de enfermedad la firma de la presente Adenda. La fianza será emitida por cualquiera de las entidades bancarias indicadas en el Anexo N° 3 de las Bases que forman parte del Contrato de Concesión SGT, siguiendo el formato contenido en las mismas y accidente por el monto de todos sus trabajadores asignados a USD 3,158,572.00 (Tres Millones Ciento Cincuenta y Ocho Mil Quinientos Setenta y Dos con 00/100 Dólares de los trabajos, Estados Unidos de acuerdo con la LeyAmérica).
b) Seguros sobre riesgos causados La fianza deberá estar vigente desde la fecha de suscripción de la presente Adenda hasta un mes después de la Puesta en sus vehículosOperación Comercial del Refuerzo FACTS. Dicha fianza será otorgada por períodos anuales hasta cumplir el plazo de vigencia descrito anteriormente. Asimismo, equipo y maquinaria. Dichos seguros deben cubrir, igualmente, dicha fianza será devuelta una vez constatada la responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionar la Asistencia Técnica con motivos del desarrollo ocurrencia de su actividad, a las instalaciones o bienes propiedad de los intervinientes lo estipulado en el proyecto, así como la derivada de aquella, que sus vehículos, equipo y maquinaria puedan causar a ACUASUR o a tercerosnumeral 2.11.2 siguiente.
c) Seguro En caso de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima atraso de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000 euros) por siniestro. La Asistencia Técnica la Puesta en Operación Comercial del Refuerzo FACTS, la fianza deberá mantener ser renovada o prorrogada hasta quese pague la penalidad o se resuelva en vigor este seguro hasta la expiración del Contrato. Las Responsabilidades básicas definitiva que se deberán otorgar por la cobertura solicitada serán: R.C. Postrabajos (24 meses)no procede el pago de ninguna penalidad, R.C. Patronal, R.C. por daños al medioambiente (contaminación accidental), R.C. Profesionalsegún sea el caso.
d) Por lo 2.11.2 A fin de garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones que le corresponden conforme a la presente Adenda y las Leyes Aplicables, la SOCIEDAD CONCESIONARIA incorporará, como parte de la garantía de operación, el monto de USD 232,819.00 (Doscientos Treinta y Dos Mil Ochocientos Diecinueve con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América). Su entrega es requisito para la aprobación del informe final al que se refiere al seguro el numeral 2.8 de responsabilidad civil patronal, la presente Adenda.
2.11.3 Si llegado su cobertura será, como mínimo, de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 euros) por trabajador. Con independencia de lo anterior, vencimiento la Asistencia Técnica podrá suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Contrato. Tendrán la consideración de asegurados tanto la Asistencia Técnica como su personal implicado fianza contemplada en el Contrato. Igualmentenumeral 2.11.1 y 2.11.2 precedentes no son renovadas o prorrogadas conforme a dichos numerales, tendrá el CONCEDENTE podrá ejecutar totalmente la consideración de asegurado ACUASUR y su personal, sin perder la condición xx xxxxxxx, cuando sean objeto de reclamación por parte de un tercero perjudicado y en relación a los trabajos encomendados al adjudicatario. Los seguros tendrán que estar vigentes durante la vigencia del Contrato. Quince (15) días antes de la firma del Contrato, la Asistencia Técnica deberá entregar a ACUASUR proforma de las pólizas de seguros a suscribir con efecto a partir del inicio de la asistencia, para su validación por ACUASUR A la firma del contrato, la Asistencia Técnica deberá hacer entrega a ACUASUR de la póliza validadas por ésta, así como certificado de pago de las mismas. La no entrega de dichas pólizas facultará a ACUASUR a resolver el Contrato, por causa imputable a la Asistencia Técnica. La Asistencia Técnica queda obligada a informar por escrito a ACUASUR de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. ACUASUR podrá solicitar en todo momento a la Asistencia Técnica la entrega del original de las pólizas, o copias legitimadas, de los seguros que tengan él o sus subcontratistas contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. La Asistencia Técnica queda obligada a la entrega de todo ello en un plazo no superior a siete (7) días. En todos los seguros a los que se refiere esta cláusula, se incluirán una mención por la que se exima de responsabilidad y no repetición de la entidad aseguradora contra ACUASUR entre los que inexcusablemente se incluirá a ACUASUR como asegurado adicional al Contrato, sin perder la condición xx xxxxxxx. ACUASUR se reserva la posibilidad de requerir de la Asistencia Técnica, en cualquier momento, la acreditación de la vigencia y contenido del seguro, así como el de aprobar o rechazar éste si, a su juicio, no cubre los requisitos mínimos establecidos, o si entendiera que la Aseguradora no goza de la solvencia y estructura precisas para atender de forma inmediata y eficaz las reclamaciones que eventualmente se pudieran producirgarantía respectiva, en cuyo casocaso los fondos resultantes de la ejecución se constituirán automáticamente, sin necesidad de aprobación adicional, en la Asistencia Técnica vendrá obligada a contratar garantía correspondiente, hasta el momento en que la SOCIEDAD CONCESIONARIA entregue al CONCEDENTE una nueva póliza con garantía. Entregada ésta, el contenido adecuado y/o con otra entidad aseguradora. En caso CONCEDENTE procederá de incumplimiento total y parcial inmediato a entregar a la SOCIEDAD CONCESIONARIA los fondos resultantes de cualquiera la ejecución de estos términosla garantía original, la Asistencia Técnica será exclusivamente responsable sin intereses.
2.11.4 El Refuerzo FACTS, como parte de los riesgos no aseguradosBienes de la Concesión, e ACUASUR podrá suscribir directamente deberá contar con un seguro, conforme a lo dispuesto en el oportuno contrato literal b) del numeral 7.1 de la Cláusula Séptima y la definición del numeral 4) del Anexo 3 del Contrato de Concesión SGT. La cobertura del seguro o contratar también directamente las garantías complementarias precisas, repercutiendo la prima o primas correspondientes señalado en el literal a) del numeral 7.1 del Contrato de Concesión SGT deberá incluir a la Asistencia Técnica, y quedando expresamente facultada para deducir de las primeras facturas que deba abonar a ésta, los importes que genere esta repercusiónsiniestros relacionados al Refuerzo FACTS.
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Samples: Contrato De Concesión
GARANTÍAS Y SEGUROS. IX.1.- Al presente contrato le serán de aplicación las siguientes reglas como garantía del mismo: ● La ejecución del presente contrato se realizará bajo el principio general de riesgo y xxxxxxx de la Asistencia Técnica. ● La Asistencia Técnica queda obligada, durante el plazo de dos (2) años contados desde la finalización de los trabajos contratados y sus anexos, a atender las consultas y aclaraciones que ACUASUR, le formule. Se obliga igualmente a subsanar y reparar El CONTRATISTA deberá expedir a su cargo los posibles errores que puedan detectarse en los trabajos quexxxxx, por cualquier concepto, emita para ACUASUR. Serán y a cargo del adjudicatario del Contrato todos los daños y perjuicios que durante la realización de los trabajos encomendados o, una vez finalizados, se causen tanto al adjudicador, como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas de la Asistencia Técnica, o por errores, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo hubiere incurrido.
IX.2.- La Asistencia Técnica viene obligada a suscribir, a su cargo y antes del inicio de la Asistencia, póliza de seguro de “Responsabilidad Civil”, que cumpla satisfactoriamente los requisitos que se determinen completa satisfacción las garantías solicitadas en el Anexo nº 5 de este Contrato. Así mismo y contrato las cuales pueden constituirse en materia de seguros sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en el Contrato, así como de las que legalmente puedan corresponder, será por cuenta de la Asistencia Técnica la contratación y mantenimiento en vigor durante el curso del presente Contrato una de las siguientes pólizas opciones:1. Seguro de seguro:
a) Seguros caución o fianza, 2. Garantía bancaria, 3. Carta de enfermedad crédito stand–by irrevocable. En cualquiera de las opciones, deberán ser expedidas por bancos o entidades financieras legalmente autorizadas para funcionar en Guatemala y accidente que sean ampliamente reconocidas a nivel nacional o internacional. Las Cartas de todos sus trabajadores asignados a los trabajos, de acuerdo con la Ley.
b) Seguros sobre riesgos causados en sus vehículos, equipo y maquinaria. Dichos seguros Crédito Stand-By o las garantías bancarias deben cubrir, igualmente, la responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionar la Asistencia Técnica con motivos del desarrollo de su actividad, a las instalaciones o bienes propiedad de los intervinientes en el proyecto, así como la derivada de aquella, que sus vehículos, equipo y maquinaria puedan causar a ACUASUR o a tercerosser irrevocables.
c) Seguro Cumplimiento: Para garantizar el cumplimiento de Responsabilidad Civil con todas y cada una cobertura mínima de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS las obligaciones que surjan del Contrato, por una suma equivalente al diez por ciento (1.500.000 euros10%) del valor total del Contrato, incluido IVA. Este amparo se otorgará inicialmente por siniestro. La Asistencia Técnica un término igual al plazo del Contrato y tres (3) meses más y en todo caso, deberá mantener en vigor este seguro su vigencia hasta la expiración del Contrato. Las Responsabilidades básicas que se deberán otorgar por la cobertura solicitada serán: R.C. Postrabajos (24 meses), R.C. Patronal, R.C. por daños al medioambiente (contaminación accidental), R.C. Profesionalliquidación de este.
d) Saldos deudores: Por lo que se refiere al seguro el diez por ciento (10%) del valor original del contrato, para garantizar el pago de responsabilidad civil patronalsaldos deudores del CONTRATISTA frente a sus contratistas, su cobertura serásubcontratistas, como mínimoproveedores, comunidad de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 euros) por trabajador. Con independencia zona de lo anterior, influencia y/o frente a cualquier tercero relacionado a la Asistencia Técnica podrá suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Contrato. Tendrán la consideración de asegurados tanto la Asistencia Técnica como su personal implicado en el Contrato. Igualmente, tendrá la consideración de asegurado ACUASUR y su personal, sin perder la condición xx xxxxxxx, cuando sean objeto de reclamación por parte de un tercero perjudicado y en relación a los trabajos encomendados al adjudicatario. Los seguros tendrán que estar vigentes durante la vigencia ejecución del Contrato. Quince (15) días antes La vigencia será de 6 meses contados a partir de la firma finalización del Contrato, contrato. Esta garantía deberá ser presentada en un plazo no mayor a 10 días desde la Asistencia Técnica deberá entregar fecha de finalización del contrato. Las garantías a ACUASUR proforma que se refieren la literal a) debe haberse constituido por el CONTRATISTA y aprobado por LA EMPRESA para que aquel pueda comenzar la ejecución del CONTRATO. Serán de cargo del CONTRATISTA todos los gastos en que incurra para efectos de la expedición de las pólizas garantías. En las garantías deberá aparecer textualmente como beneficiaria: “TRANSPORTADORA DE ENERGÍA DE CENTROAMÉRICA S.A - TRECSA”. Todas las garantías deberán llevar anexo la respectiva constancia de seguros a suscribir con efecto a partir del inicio pago de la asistenciaprima, para su validación por ACUASUR A la firma del contratoy las condiciones, la Asistencia Técnica deberá hacer entrega a ACUASUR de la póliza validadas por éstalímites, así como certificado de pago excepciones y deducibles de las mismas. La no entrega Adicionalmente, EL CONTRATISTA deberá considerar dentro de dichas pólizas facultará a ACUASUR a resolver su oferta que en el Contratocaso de personas que presten sus servicios fuera de oficina, por causa imputable a deberá constituir la Asistencia Técnica. La Asistencia Técnica queda obligada a informar por escrito a ACUASUR siguiente Póliza de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. ACUASUR podrá solicitar en todo momento a la Asistencia Técnica la entrega del original de las pólizas, o copias legitimadas, de los seguros que tengan él o sus subcontratistas contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. La Asistencia Técnica queda obligada a la entrega de todo ello en un plazo no superior a siete (7) días. En todos los seguros a los que se refiere esta cláusula, se incluirán una mención por la que se exima de responsabilidad y no repetición de la entidad aseguradora contra ACUASUR entre los que inexcusablemente se incluirá a ACUASUR como asegurado adicional al Contrato, sin perder la condición xx xxxxxxx. ACUASUR se reserva la posibilidad de requerir de la Asistencia Técnica, en cualquier momentoSeguros, la acreditación de la vigencia cual deberá ser expedida por una entidad o compañía que esté legalmente autorizada para funcionar en Guatemala y contenido del seguro, así como el de aprobar que sea ampliamente reconocida a nivel nacional o rechazar éste si, a su juicio, no cubre los requisitos mínimos establecidos, o si entendiera que la Aseguradora no goza de la solvencia y estructura precisas para atender de forma inmediata y eficaz las reclamaciones que eventualmente se pudieran producir, en cuyo caso, la Asistencia Técnica vendrá obligada a contratar una nueva póliza con el contenido adecuado y/o con otra entidad aseguradora. En caso de incumplimiento total y parcial de cualquiera de estos términos, la Asistencia Técnica será exclusivamente responsable de los riesgos no asegurados, e ACUASUR podrá suscribir directamente el oportuno contrato de seguro o contratar también directamente las garantías complementarias precisas, repercutiendo la prima o primas correspondientes a la Asistencia Técnica, y quedando expresamente facultada para deducir de las primeras facturas que deba abonar a ésta, los importes que genere esta repercusióninternacional.
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Samples: Contratación De Servicios
GARANTÍAS Y SEGUROS. IX.1.- Al presente 1. GARANTÍAS.- “EL CONTRATISTA” a fin de garantizar el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones, mismas que se consideran indivisibles derivadas de este contrato le serán administrativo, deberá presentar ante “EL S.T.C.” dentro de aplicación los 10 (diez) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha en que reciba copia simple del fallo de adjudicación, una póliza de fianza equivalente al 10% (diez por ciento) del importe total del mismo incluyendo IVA, otorgada por institución debidamente autorizada para ello, a favor del SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO. La póliza en que sea expedida la fianza, deberá contener las siguientes reglas como garantía del mismo: ● La ejecución del presente contrato se realizará bajo el principio general de riesgo y xxxxxxx declaraciones expresas de la Asistencia Técnica. ● La Asistencia Técnica queda obligada, durante el plazo de dos (2) años contados desde institución que le otorgue:
a. Que la finalización fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en este contrato administrativo y para garantizar la ejecución total de los trabajos contratados y sus anexos, a atender las consultas y aclaraciones obras objeto del mismo.
b. Que en el caso de que ACUASUR, le formule. Se obliga igualmente a subsanar y reparar a su cargo los posibles errores que puedan detectarse en los trabajos que, por cualquier concepto, emita se prorrogue el plazo establecido para ACUASUR. Serán a cargo del adjudicatario del Contrato todos los daños y perjuicios que durante la realización terminación de los trabajos encomendados o, una vez finalizados, se causen tanto al adjudicador, como a terceros, por defectos e insuficiencias técnicas de la Asistencia Técnica, o por errores, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en que el mismo hubiere incurrido.
IX.2.- La Asistencia Técnica viene obligada a suscribir, a su cargo y antes del inicio de la Asistencia, póliza de seguro de “Responsabilidad Civil”, que cumpla satisfactoriamente los requisitos que se determinen en el Anexo nº 5 de este Contrato. Así mismo y en materia de seguros sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en el Contrato, así como de las que legalmente puedan corresponder, será por cuenta de la Asistencia Técnica la contratación y mantenimiento en vigor durante el curso del presente Contrato de las siguientes pólizas de seguro:
a) Seguros de enfermedad y accidente de todos sus trabajadores asignados a los trabajos, de acuerdo con la Ley.
b) Seguros sobre riesgos causados en sus vehículos, equipo y maquinaria. Dichos seguros deben cubrir, igualmente, la responsabilidad civil por los daños que pudieran ocasionar la Asistencia Técnica con motivos del desarrollo de su actividad, a las instalaciones o bienes propiedad de los intervinientes en el proyecto, así como la derivada de aquella, que sus vehículos, equipo y maquinaria puedan causar a ACUASUR o a terceros.
c) Seguro de Responsabilidad Civil con una cobertura mínima de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000 euros) por siniestro. La Asistencia Técnica deberá mantener en vigor este seguro hasta la expiración del Contrato. Las Responsabilidades básicas que se deberán otorgar por la cobertura solicitada serán: R.C. Postrabajos (24 meses), R.C. Patronal, R.C. por daños al medioambiente (contaminación accidental), R.C. Profesional.
d) Por lo que se refiere al seguro de responsabilidad civil patronalla fianza, o exista espera, su cobertura serávigencia quedará automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prórroga o espera, como mínimo, de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 euros) por trabajador. Con independencia de lo anterior, la Asistencia Técnica podrá suscribir los seguros complementarios que estime necesarios para la total cobertura de sus responsabilidades según el Contrato. Tendrán la consideración de asegurados tanto la Asistencia Técnica como su personal implicado o en el Contrato. Igualmentecaso de que el presente contrato sea modificado.
c. Que la fianza garantiza la ejecución total de los trabajos materia de este contrato administrativo, tendrá la consideración de asegurado ACUASUR y su personal, sin perder la condición xx xxxxxxx, aun cuando sean objeto de reclamación por parte de ellos se subcontraten con autorización de “EL S.T.C.”
d. Que para cancelar la fianza, será requisito indispensable la autorización expresa y por escrito de “EL S.T.C.” como beneficiario de dicha garantía y esta afianzadora procederá de inmediato en dicho sentido al recibir la petición respectiva de “EL S.T.C.”.
e. Que en caso de que los costos que sirvieron de base para integrar los precios unitarios se incrementen, “EL CONTRATISTA” se obliga a entregar un tercero perjudicado y documento ampliatorio en relación a los trabajos encomendados al adjudicatario. Los seguros tendrán que estar vigentes durante la vigencia términos del Contrato. Quince (15) días antes artículo 117 de la firma del Contrato, la Asistencia Técnica deberá entregar a ACUASUR proforma Ley Federal de las pólizas Instituciones de seguros a suscribir con efecto a partir del inicio de la asistencia, para su validación por ACUASUR A la firma del contrato, la Asistencia Técnica deberá hacer entrega a ACUASUR de la póliza validadas por ésta, así como certificado de pago de las mismas. La no entrega de dichas pólizas facultará a ACUASUR a resolver el Contrato, por causa imputable a la Asistencia Técnica. La Asistencia Técnica queda obligada a informar por escrito a ACUASUR de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados. ACUASUR podrá solicitar en todo momento a la Asistencia Técnica la entrega del original de las pólizas, o copias legitimadas, de los seguros que tengan él o sus subcontratistas contratados, así como recibos o justificantes de encontrarse al corriente de pago de las primas correspondientes. La Asistencia Técnica queda obligada a la entrega de todo ello en un plazo no superior a siete (7) días. En todos los seguros a los que se refiere esta cláusula, se incluirán una mención por la que se exima de responsabilidad y no repetición de la entidad aseguradora contra ACUASUR entre los que inexcusablemente se incluirá a ACUASUR como asegurado adicional al Contrato, sin perder la condición xx xxxxxxx. ACUASUR se reserva la posibilidad de requerir de la Asistencia Técnica, en cualquier momento, la acreditación de la vigencia y contenido del seguro, así como el de aprobar o rechazar éste si, a su juicio, no cubre los requisitos mínimos establecidos, o si entendiera que la Aseguradora no goza de la solvencia y estructura precisas para atender de forma inmediata y eficaz las reclamaciones que eventualmente se pudieran producir, en cuyo caso, la Asistencia Técnica vendrá obligada a contratar una nueva póliza con el contenido adecuado y/o con otra entidad aseguradora. En caso de incumplimiento total y parcial de cualquiera de estos términos, la Asistencia Técnica será exclusivamente responsable de los riesgos no asegurados, e ACUASUR podrá suscribir directamente el oportuno contrato de seguro o contratar también directamente las garantías complementarias precisas, repercutiendo la prima o primas correspondientes a la Asistencia Técnica, y quedando expresamente facultada para deducir de las primeras facturas que deba abonar a ésta, los importes que genere esta repercusiónFianzas.
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