Gastos de viajes y dietas Cláusulas de Ejemplo

Gastos de viajes y dietas. Los importes figuran en los anexos 6 y 6A. Los valores de 2010 se han incrementado en el mismo porcentaje que sueldos y salarios y tendrán efecto desde el 1 de octubre de 2011. Para el año 2012 se han incrementado los valores de 2011 en el mismo porcentaje que sueldos y salarios. Dietas para desplazamientos cortos personal de Servicios y Servicios Técnicos. En los Centros de Trabajo de las provincias de Madrid y Barcelona cuando los desplazamientos sean a dichas capitales se abonarán en concepto de dieta 19,22 euros con efectos 1 de julio de 2011, para dicho año, y 19,47 euros para el año 2012. Esta cantidad se abonará también para desplazamientos a clientes o gestiones de Empresa que se realicen dentro de los municipios o ciudades de destino que se encuentren dentro de un radio de 30 kilómetros del Centro de Trabajo. La fiscalidad de estos conceptos será la aplicable en cada momento y territorio fiscal.
Gastos de viajes y dietas. Todos los empleados afectos a este Convenio percibirán por este concepto, siempre que exista un viaje de trabajo debidamente autorizado, los importes acordados entre la Compañía y el Comité de Empresa que se detallan a continuación y que están a su vez recogidos en la Política de Reembolso de Gastos de Viajes nr. 3.13. a) Viajes nacionales: Conceptos 2009 Desayuno (1) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3,41 Comida (2) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20,03 Cena (3) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16,14 Lavado de ropa (4) . . . . . . . . . . . . . . . . 15,85 Teléfono (5) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,66
Gastos de viajes y dietas. La gestión de los viajes de trabajo y desplazamientos seguirá las políticas definidas por la corporación Nokia a tales efectos, siendo la vigente a la firma del presente Convenio Colectivo la publicada el día 0 xx xxxx 0000, y que se puede encontrar en el anexo III del presente Convenio Colectivo.
Gastos de viajes y dietas. Los importes figuran en los Anexos 6 y 6A. Para el año 2014 (Anexo 6A) los importes se han incrementado en el porcentaje de incremento de sueldos y salarios. Dietas para desplazamientos cortos personal de Servicios y Servicios Técnicos En los centros de trabajo de las provincias de Madrid y Barcelona cuando los desplazamientos sean a dichas capitales se abonarán en concepto de dieta 19,47 euros en 2013, y 19,66 euros para el año 2014. Esta cantidad se abonará también para desplazamientos a clientes o gestiones de Empresa que se realicen dentro de los municipios o ciudades de destino que se encuentren dentro de un radio de 30 kilómetros del centro de Trabajo. La fiscalidad de estos conceptos será la aplicable en cada momento y territorio fiscal.
Gastos de viajes y dietas. Los importes a percibir, en su caso, por el personal en concepto de dietas nacionales e internacionales se regirán por lo dispuesto en la Política Global de Viajes del Grupo Nokia vigente a la firma de este Convenio colectivo, cuya versión aplicable a España ha sido revisada y es aplicable desde el 15 de octubre de 2013. En este sentido, la Política Global de Viajes del Grupo Nokia (en su versión aplicable en España desde el 15 de octubre de 2013) y las condiciones de aplicación de la misma se adjuntan al presente Convenio colectivo como anexo III, y a su vez se hallan a disposición del personal de la Empresa, a través de la Intranet de la Empresa española en el siguiente enlace: Xxxxx://xxxxxx.xxx.xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxx/xxxxx/xxxxxx_xxxxxx_xxxxxx.xxxx. La fiscalidad de estos conceptos será la aplicable en cada momento y territorio fiscal.

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  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

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