PERSONAL DE SERVICIOS Cláusulas de Ejemplo

PERSONAL DE SERVICIOS. Se incluirán dentro de este grupo los siguientes puestos de trabajo: Encargado/a xx Xxxxxxx. Empleado/a de Servicios Generales. Auxiliar no docente. Monitor- animador. Se incluirán dentro de este grupo los siguientes puestos de trabajo: Titulado/a no docente.
PERSONAL DE SERVICIOS. Jefe de Taller.- Productor que técnicamente capacitado, está al frente de un taller auxiliar de la actividad comercial principal de la empresa, y que con mando sobre los profesionales de oficio y demás personal del mismo, dispone lo conveniente para el buen orden del trabajo y disci- plina, debiendo orientar al personal sobre las específicas funciones del cometido de cada uno y trasladar a la empresa información y aseso- ramiento de las particularidades técnicas que sean de interés. Debe facilitar, asimismo, al cliente, toda la información y asesoramiento que precisen sobre el normal funcionamiento de los equipos o aparatos propios de la actividad de la empresa. Profesional de Oficio de Primera.- Ejecuta los trabajos propios de un oficio clásico, que normalmente requiere aprendizaje, utilizando autó- nomamente y con conocimiento de ellos, herramientas y medios me- cánicos en la realización de sus funciones - corte a medida, embalaje, transporte, etc. Trabaja con iniciativa y responsabilidad propia, según el grado de esme- ro en la realización de su cometido y rendimiento. El oficial de primera que esté al frente de los mozos, cuidando de su rendimiento y coordina las entradas y salidas de las mercancías recibirá la denominación de capataz. Se comprenderán en esta categoría los empleados que conduzcan vehí- culos a motor con permiso de conducción para vehículos de categoría C1 o superior y que desempeñan igualmente tareas de carga, descarga, reparto y cobro de mercancía.‌ Profesional de Oficio de Segunda.- Ejecuta los trabajos propios de un oficio clásico, que normalmente requiere aprendizaje, utilizando autó- nomamente y con conocimiento de ellos, herramientas y medios me- cánicos en la realización de sus funciones - corte a medida, embalaje, transporte, etc.. Trabaja con iniciativa y responsabilidad propia, según el grado de es- mero en la realización de su cometido y rendimiento. Se comprenderán en esta categoría los empleados que conduzcan vehículos a motor con permiso de conducción para vehículos de categoría B y que desempe- ñan igualmente tareas de carga, descarga, reparto y cobro xx xxxxxx- cía. Profesional de Oficio de Tercera.- Ejecuta los trabajos propios de un oficio clásico, que normalmente requiere aprendizaje realizan trabajos sencillos propios del oficio y colaboran normalmente con oficiales de primera y segunda. Mozo.- Efectúa transporte de mercancías dentro o fuera del estableci- miento, hace los paquetes corrientes y los reparte o realiza...
PERSONAL DE SERVICIOS. Son los trabajadores/as que realizarán tareas de limpieza de todo tipo de dependencias de la Administración, utensilios empleados para el trabajo y limpieza de la ropa; preparación de alimentos para su transformación; preparación y atención de comedores; preparación de dormitorios. Realizarán, asimismo, otras tareas análogas que le sean encomendadas por su superior, de conformidad con el puesto ocupado. NIVEL €/MES A 1527,36 B 1201,72 C 1002,31 D 770,67 E 749,84
PERSONAL DE SERVICIOS. El que se considere necesario para garantizar los servicios de cocina, limpieza, administración, conserjería y mantenimiento.
PERSONAL DE SERVICIOS. Esta categoría correspon- diente al desempeño de puestos de trabajo de Servi- cios Generales que, bajo la dirección y coordinación de la persona responsable, realiza las tareas profesiona- les que no exigen una formación ni cualificación especi- fica, desarrollando las mismas en el marco de actua- ciones y rutinas preestablecidas, portería, vigilancia, mantenimiento, almacén, apoyo administración, apoyo formación.
PERSONAL DE SERVICIOS. Este grupo comprende las siguientes categorías:
PERSONAL DE SERVICIOS. 2 Ordenanzas/ Auxiliar de Servicios/ Coordinador de Servicios por Escuela (turno de mañana). • 1 Ordenanza/ Auxiliar de Servicios/ Coordinador de Servicios por Escuela (turno de tarde). • 1 Auxiliar de Servicios de atención telefónica en el Área de Información (turno de mañana). • 1 Auxiliar de Servicios de atención telefónica en el Área de Información (turno de tarde). • 1 Ordenanza/ Auxiliar de Servicios/ Coordinador de Servicios Sede Central (turno de mañana). • 1 Ordenanza/ Auxiliar de Servicios/ Coordinador de Servicios Sede Central (turno de tarde). • 2 Mantenimiento Sede Central (turno de mañana). • 1 Mantenimiento Sede Central (turno de tarde). El personal que preste estos "servicios mínimos" en periodo lectivo, no será retribuido por este concepto, ni tendrá derecho a una reducción fija compensatoria de días de trabajo, excepto en el día señalado como Patrón en los diferentes Centros.
PERSONAL DE SERVICIOS. 2.2.1. Servicio de cocina:
PERSONAL DE SERVICIOS. A) Turno matutino, de las 8 a las 15 horas.
PERSONAL DE SERVICIOS. CVE-2018-4937 JEFE DE TALLER.− Productor que técnicamente capacitado, está al frente de un taller auxiliar de la actividad comercial principal de la empresa, y que con mando sobre los profesionales de oficio y demás personal del mismo, dispone lo conveniente para el buen orden del trabajo y disciplina, debiendo orientar al personal sobre las específicas funciones del cometido de cada uno y trasladar a la empresa información y asesoramiento de las particularidades técnicas que sean de interés. Debe facilitar, asimismo, al cliente, toda la información y asesoramiento que precisen sobre el normal funcionamiento de los equipos o aparatos propios de la actividad de la empresa.