Personal de la empresa. Será obligación del adjudicatario la aplicación, de los derechos de los trabajadores, a través del convenios colectivos vigentes en el momento de la licitación, en concreto el convenio colectivo para el sector de Limpieza de Edificios y Locales de Bizkaia, no reconociendo ni siendo responsabilidad del Ayuntamiento cualquier mejora tanto social como económica que no este recogida en este convenio, siendo esta una responsabilidad exclusiva de la empresa adjudicataria. Será de la totalidad responsabilidad del contratista el ajustar las condiciones de trabajo del personal a los dispuestos en la legislación y convenios laborales vigentes, ofertados a los que pudiera darse en el propio municipio para actividades similares, al objeto de evitar posibles situaciones de conflictividad laboral. El Ayuntamiento de Portugalete queda totalmente exento de responsabilidad sobre las relaciones entre el Contratista y su personal. El Ayuntamiento de Portugalete, no tendrá relación jurídica ni laboral, ni de otra índole con el personal de la empresa adjudicataria durante al plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo. Los licitadores deberán indicar en sus ofertas los criterios de actuación para la contratación del personal de sustitución por bajas o vacaciones. El adjudicatario cumplirá estrictamente con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y salud laboral. Los licitadores propondrán la política de personal con relación a la formación, seguridad e higiene y plan de prevención de riesgos laborables. El contratista presentará a aprobación del Ayuntamiento de Portugalete los modelos y características de los uniformes. La cantidad y calidad de los mismos estará siempre de acuerdo con el convenio y con la normativa de Seguridad e Higiene laboral. El contratista se responsabilizará de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestuario o descortesía o mal trato que el personal observe con respecto al ciudadano o personal municipal, así como de producir ruidos excesivos durante la prestación del servicio. En la memoria técnica, los licitadores presentarán un organigrama de cada servicio especificando las personas de la plantilla en puestos de trabajo en la que figurará, una persona, con competencia y experiencia acreditadas en los trabajos objeto de esta contrata, la cual será responsable de las decisiones técnicas y administrativas que deban ser tomadas para la debida prestación de los servicios. Se presentará en la oferta el estudio económ...
Personal de la empresa. El agente consignatario de buques solicitará de la Dirección de Dominio Público y Protección Portuaria de la Autoridad Portuaria de Tarragona las autorizaciones pertinentes por el acceso a zona restringida del puerto de cada una de las personas de la empresa que tenga que realizar en estos espacios alguna actividad, siendo responsable civil las actuaciones personales de las mismas. Así mismo, será responsable de devolver estas acreditaciones cuando las personas por las que ha solicitado la acreditación dejan de pertenecer a su empresa o de realizar trabajos por los que necesiten acceder en la zona de servicio del Puerto. También dará cuenta de la persona o personas que, debidamente apoderadas, asuman su representación por lo que se refiere a la petición de la prestación de servicios.
Personal de la empresa. Será obligación del adjudicatario la aplicación, de los derechos de los trabajadores, a través del convenio colectivo vigente en el momento de la licitación, en concreto el convenio colectivo para el sector de Limpieza de Edificios y Locales de Bizkaia, no reconociendo ni siendo responsabilidad del Ayuntamiento cualquier mejora tanto social como económica que no este recogida en este convenio, siendo esta una responsabilidad exclusiva de la empresa adjudicataria. Será de la totalidad responsabilidad del contratista el ajustar las condiciones de trabajo del personal a los dispuestos en la legislación y convenios laborales vigentes, ofertados a los que pudiera darse en el propio municipio para actividades similares, al objeto de evitar posibles situaciones de conflictividad laboral. El Ayuntamiento xx Xxxxxx queda totalmente exento de responsabilidad sobre las relaciones entre el Contratista y su personal. El Ayuntamiento xx Xxxxxx, no tendrá relación jurídica ni laboral, ni de otra índole con el personal de la empresa adjudicataria durante al plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo. Los licitadores deberán indicar en sus ofertas los criterios de actuación para la contratación del personal de sustitución por bajas o vacaciones. El adjudicatario cumplirá estrictamente con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y salud laboral. Los licitadores propondrán la política de personal con relación a la formación, seguridad e higiene y plan de prevención de riesgos laborables. El contratista presentará a aprobación del Ayuntamiento xx Xxxxxx los modelos y características de los uniformes. La cantidad y calidad de los mismos estará siempre de acuerdo con el convenio y con la normativa de Seguridad e Higiene laboral. El contratista se responsabilizará de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestuario o descortesía o mal trato que el personal observe con respecto al ciudadano o personal municipal, así como de producir ruidos excesivos durante la prestación del servicio. En la memoria técnica, los licitadores presentarán un organigrama de cada servicio especificando las personas de la plantilla en puestos de trabajo en la que figurará, una persona, con competencia y experiencia acreditadas en los trabajos objeto de esta contrata, la cual será responsable de las decisiones técnicas y administrativas que deban ser tomadas para la debida prestación de los servicios. Se presentará en la oferta el estudio económico del personal i...
Personal de la empresa. Los agentes y obreros que emplee el adjudicatario deberán ser suficientes en número y tener, cada uno en su especialidad, las cualificaciones necesarias para que la marcha regular y la correcta ejecución de las obras estén aseguradas. El adjudicatario deberá sustituir inmediatamente a todo aquel que le indique el director del proyecto, por carta motivada, por comprometer la correcta ejecución de las obras.
Personal de la empresa. RECLAMACIONES Y RECURSOS CLÁUSULA 19.- REGLAMENTO DE SERVICIO Y POLICÍA
Personal de la empresa. La empresa adjudicataria debe disponer de al menos dos personas durante la realización de la cabalgata. Dicho personal dependerá exclusivamente del/a adjudicatario.
Personal de la empresa. El personal de la Empresa que tenga la aptitud nece- saria, con excepción de los trabajadores con categoría de Revisor a quienes no será de aplicación lo dispuesto en el presente artículo salvo las excepciones estableci- das en el siguiente párrafo, tendrá preferencia para ocu- par una vacante de conductor-perceptor, siempre que lo hubiera solicitado previamente por escrito a la Direc- ción de la Empresa. El derecho de preferencia para ocupar una vacante del puesto de conductor también será reconocido al perso- nal de la Empresa que tenga la categoría de Revisor y que con anterioridad a adquirir la condición de trabajador con contrato indefinido haya formado parte de la bolsa de contratación temporal de la categoría de conductor-per- ceptor de conformidad con lo dispuesto en la Disposi- ción Final Primera del Convenio Colectivo, Acuerdo de 29 de diciembre de 2.000, en virtud de haber superado las pruebas de selección para el puesto de conductor- perceptor y haber adquirido y demostrado una destreza en la conducción de los vehículos y la prestación de las labores correspondientes al servicio de conductor-per- ceptor durante el tiempo de servicio en la bolsa.
Personal de la empresa. Dado que en la actualidad existe una empresa dedicada a las labores objeto de licitación, la nueva empresa adjudicataria deberá contar, como mínimo, con el personal que se describe a continuación y en las categorías indicadas. La Empresa Concesionaria deberá disponer en todo momento del personal necesario en número y condiciones para efectuar los trabajos especificados en este Pliego de Condiciones. Dirección General de Gestión Técnica De Medio Ambiente El personal previsto para la ejecución de los trabajos recogidos en el presente pliego será: o 1 Jefe de Servicio, a tiempo parcial (50%). o 1 Responsable, a tiempo parcial (50%), de actualizar el G.I.S. Personal de la empresa ligado exclusivamente al servicio son: o 1 Encargado. o 5 Conductores jefes de equipo.
Personal de la empresa. Será de la totalidad responsabilidad del contratista el ajustar las condiciones de trabajo del personal a los dispuestos en la legislación y convenios laborales vigentes, ofertados a los que pudiera darse en el propio municipio para actividades similares, al objeto de evitar posibles situaciones de conflictividad laboral. El Ayuntamiento xx Xxxx del Real queda totalmente exento de responsabilidad sobre las relaciones entre el Contratista y su personal. El Ayuntamiento xx Xxxx del Real, no tendrá relación jurídica ni laboral, ni de otra índole con el personal de la empresa adjudicataria durante el plazo de vigencia del contrato, ni al término del mismo. El adjudicatario cumplirá estrictamente con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y salud laboral. Los licitadores propondrán la política de personal con relación a la formación, seguridad e higiene y plan de prevención de riesgos laborables. Documento Firmado Electrónicamente - CSV:02E7F471-7225-4AD2-B9E5-97334278C2B8-39530 El contratista se responsabilizará de la falta de aseo, decoro y uniformidad en el vestuario o descortesía o mal trato que el personal observe con respecto al ciudadano o personal municipal, así como de producir ruidos excesivos durante la prestación del servicio.
Personal de la empresa. Se confeccionará un listado del personal de acuerdo a su antigüedad en el rubro de transporte público de pasajeros en las empresas EL ULTIMO QUERANDI SRL y NACUS SRL, quienes indefectiblemente deberán acreditar una residencia en el Partido xx Xxxxx Xxxxxx no inferior a 4 años, y respetando dicho orden la nueva empresa prestataria deberá realizar las incorporaciones a su planta de personal hasta tanto complete el cupo necesario para cumplir con sus obligaciones y considerando asimismo la aplicación del artículo 225 y siguientes de la Ley de Contratos de Trabajo. El Departamento Ejecutivo debe abrir, en la oficina de licitaciones, un registro en el que se podrán inscribir todos aquellos trabajadores antes mencionados debiendo acreditar sumaria y fehacientemente su condición de tal, antigüedad y residencia en el Partido xx Xxxxx Xxxxxx no inferior a cuatro (4) años. El plazo de inscripción iniciará al momento de la promulgación de la presente Ordenanza y cerrará al momento del llamado a licitación. El listado de personal confeccionado deberá ser remitido a modo informativo al Honorable Concejo Deliberante. En otras incorporaciones ajenas a las mencionadas deberá darse prioridad a residentes del Partido xx Xxxxx Xxxxxx con una residencia mayor a cuatro años debidamente acreditada. Los empleados a contratar deberán contar con un examen preocupacional el cual determinará la capacidad total o parcial para el desempeño de dichas labores, hecho que se deberá acreditar por medio de una junta médica especializada.