Common use of GASTOS LEGALES Clause in Contracts

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, cuando éste haya sido retenido por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor del Vehículo Asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor así como la devolución del Vehículo Asegurado, si éste fue retenido, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor y/o la devolución del Vehículo Asegurado, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor y/o la devolución del Vehículo Asegurado, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Condiciones Generales De Seguro, Condiciones Generales De Seguro, Condiciones Generales De Seguro

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, cuando éste ésta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.110.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá:. 6.1.1 10.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 10.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 10.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 10.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 10.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.1.6 10.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.1.7 10.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.210.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.110.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.210.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.310.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.El

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Samples: Insurance Contract, Insurance Agreement, Insurance Contract

GASTOS LEGALES. Esta Mediante la obligación del pago de la prima correspondiente, en términos de la cláusula 4ª Prima y Obligaciones de Pago y en caso de aparecer como amparada en las Condiciones Particulares de la póliza, esta cobertura ampara se extiende a cubrir la defensa legal del Asegurado o del Conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado en la pólizaconductor del vehículo asegurado, cuando derivado de un accidente vialde tránsito, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos juicios penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en por sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx para Seguros de fianzas Caución o de Fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, de la unidad cuando éste esta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.11. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste esta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límiteCompañía. 6.1.2 1.2 Las primas de seguros de caución o de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura II.3.1 Responsabilidad Civil por Daños a garantizarTerceros en sus personas, ó II.3.2 Responsabilidad Civil por Daños a Terceros en sus bienes, ó II.3.3 Responsabilidad Civil por Daños a ocupantes, ó II.3.6 Responsabilidad Civil Complementaria, ó II.3.7 Responsabilidad Civil por Daños Ocasionados por la carga, y ó II.6. Responsabilidad Civil Pasajero. 6.1.3 1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. II.3.1 Responsabilidad Civil por Daños a TercerosTerceros en sus personas, ó II.3.2 Responsabilidad Civil por Daños a Terceros en sus bienes y II.3.3 Responsabilidad Civil por Daños a ocupantes, ó II.3.6 Responsabilidad Civil Complementaria, ó II.3.7 Responsabilidad Civil por Daños Ocasionados por la carga, y ó II.6. Responsabilidad Civil Pasajero. 6.1.5 El 2. La obligación de la Compañía de pagar los gastos legales, queda circunscrita a lo establecido en los numerales 1.1 al 1.4 de esta cobertura. Dichos límites se reinstalarán automáticamente cuando hayan sido reducidos por cualquier pago efectuado por la Compañía durante la vigencia de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestroesta póliza. 6.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en 3. Otorgada o rembolsada la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría fianza o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robocaución, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor opte conductor se obliga a cumplir todas y cada una de las prevenciones establecidas por la contratación Legislación Penal, a fin de abogados evitar la revocación de la libertad del conductor y que la Autoridad Judicial o Administrativa haga efectiva la fianza o caución. 4. Una vez que en el momento procesal oportuno se proceda con la devolución de la garantía depositada en efectivo y que el conductor y/o propietario del vehículo asegurado tenga conocimiento de la procedencia por su cuentasí o por notificación de la Autoridad, la Compañía el conductor y/o propietario del vehículo asegurado, se obliga a: 6.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados obligan a comunicarlo de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo manera inmediata a la cantidad equivalente Compañía, a fin de 100 unidades que, junto con el abogado asignado, se solicite su devolución para ser depositada a la Compañía. En caso de medida y actualización vigentes que la garantía que fue depositada en efectivo le sea entregada en devolución directamente al momento conductor y/o propietario del siniestrovehículo asegurado, debiendo quedan obligados a realizar el Asegurado entregar depósito inmediato a la Compañía. En caso de hacerse efectiva la fianza o caución por causas imputables al conductor y/o al Asegurado, éste rembolsará a la Compañía las constancias ministeriales el monto de la caución o de la cantidad que acrediten por medio de una póliza de fianza fue garantizada, que la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscalesautoridad haya hecho efectiva. 6.2.25. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades En caso de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos siguientes requisitos: a) Al ocurrir el accidente de tránsito dará aviso tan pronto y tenga conocimiento de la ocurrencia; el plazo para dar aviso no deberá exceder de quince (15) días calendario, por sí o por interpósita persona, a la Cabina de la Compañía. En caso de no dar aviso dentro del plazo estipulado, sea por dolo o negligencia, la Compañía queda liberada de su obligación indemnizatoria siempre que una vez afianzado demuestre que dicho incumplimiento le requiera la afianzadoraha causado daños y perjuicios.

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Samples: Insurance Policy Agreement, Insurance Policy Agreement, Insurance Policy

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, cuando éste ésta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.17.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá:. 6.1.1 7.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 7.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 7.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 7.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros.máximo 6.1.5 7.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.1.6 7.1.6 El rembolso reembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigaciónaveriguación previa, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.1.7 7.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado vehículo asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Aseguradovehículo, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará reembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.27.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.17.2.1. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.27.2.2. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales.la 6.2.37.2.3. Rembolsar Reembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Seguro De Vehículos Turistas, Seguro De Vehículos Turistas

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, cuando éste ésta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.110.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá:. 6.1.1 10.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 10.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 10.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 10.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros.límite 6.1.5 10.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.1.6 10.1.6 El rembolso reembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigaciónaveriguación previa, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.1.7 10.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado vehículo asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Aseguradovehículo, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará reembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.210.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.110.2.1. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.210.2.2. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales.la 6.2.310.2.3. Rembolsar Reembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Seguro Sobre Vehículos Turísticos, Seguro Sobre Vehículos Turísticos

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, cuando éste ésta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.110.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá:. 6.1.1 10.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 10.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 10.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 10.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 10.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.1.6 10.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado., 6.1.7 10.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.210.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.110.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.210.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.310.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Insurance Contract, Contrato De Seguro

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo amparado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, de la unidad cuando éste ésta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o el monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.14.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 4.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 4.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3.Responsabilidad Civil por Daños a garantizarTerceros. 6.1.3 4.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 4.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 4.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro30 DSMGVDF. 6.1.6 4.1.6 El rembolso reembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigaciónaveriguación previa, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.24.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.14.2.1. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos riegos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestroDSMGVDF, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.24.2.2. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestroDSMGVDF, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.34.2.3. Rembolsar Reembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestroDSMGVDF, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Póliza De Seguro

GASTOS LEGALES. Esta Mediante la obligación del pago de la prima correspondiente, en términos de la cláusula 4ª Prima y Obligaciones de Pago y en caso de aparecer como amparada en las Condiciones Particulares de la póliza, esta cobertura ampara se extiende a cubrir la defensa legal del Asegurado o del Conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado en la pólizaconductor del vehículo asegurado, cuando derivado de un accidente vialde tránsito, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos juicios penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en por sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx para Seguros de fianzas Caución o de Fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, de la unidad cuando éste esta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.11. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste esta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límiteCompañía. 6.1.2 1.2 Las primas de seguros de caución o de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor y/o la devolución del Vehículo Asegurado, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.cobertura

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Samples: Insurance Agreement

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, cuando éste ésta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.17.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá:. 6.1.1 7.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 7.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 7.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 7.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Seguro De Vehículos Turistas

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, de la unidad cuando éste esta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.14.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 4.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 4.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a garantizarTerceros. 6.1.3 4.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 4.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 4.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro30 DSMGVDF. 6.1.6 4.1.6 El rembolso reembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigaciónaveriguación previa, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.24.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.14.2.1. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestroDSMGVDF, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.24.2.2. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestroDSMGVDF, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.34.2.3. Rembolsar Reembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestroDSMGVDF, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Contrato De Seguro De Automóviles

GASTOS LEGALES. Esta Mediante la obligación del pago de la prima correspondiente, en términos de la cláusula 4ª Prima y Obligaciones de Pago y en caso de aparecer como amparada en las Condiciones Particulares de la póliza, esta cobertura ampara se extiende a cubrir la defensa legal del Asegurado o del Conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado en la pólizaconductor del vehículo asegurado, cuando derivado de un accidente vialde tránsito, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos juicios penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en por sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx para Seguros de fianzas Caución o de Fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, de la unidad cuando éste esta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.11. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste esta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límiteCompañía. 6.1.2 1.2 Las primas de seguros de caución o de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura II.3.1 Responsabilidad Civil por Daños a garantizarTerceros en sus personas, ó II.3.2 Responsabilidad Civil por Daños a Terceros en sus bienes y II.3.3 Responsabilidad Civil por Daños a ocupantes. 6.1.3 1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. II.3.1 Responsabilidad Civil por Daños a TercerosTerceros en sus personas, ó II.3.2 Responsabilidad Civil por Daños a Terceros en sus bienes y II.3.3 Responsabilidad Civil por Xxxxx a ocupantes. 6.1.5 El 2. La obligación de la Compañía de pagar los gastos legales, queda circunscrita a lo establecido en los numerales 1.1 al 1.4 de esta cobertura. Dichos límites se reinstalarán automáticamente cuando hayan sido reducidos por cualquier pago efectuado por la Compañía durante la vigencia de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestroesta póliza. 6.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en 3. Otorgada o reembolsada la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría fianza o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robocaución, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor opte conductor se obliga a cumplir todas y cada una de las prevenciones establecidas por la contratación Legislación Penal, a fin de abogados evitar la revocación de la libertad del conductor y que la Autoridad Judicial o Administrativa haga efectiva la fianza o caución. 4. Una vez que en el momento procesal oportuno se proceda con la devolución de la garantía depositada en efectivo y que el conductor y/o propietario del vehículo asegurado tenga conocimiento de la procedencia por su cuentasí o por notificación de la Autoridad, la Compañía el conductor y/o propietario del vehículo asegurado, se obliga a: 6.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados obligan a comunicarlo de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo manera inmediata a la cantidad equivalente Compañía, a fin de 100 unidades que, junto con el abogado asignado, se solicite su devolución para ser depositada a la Compañía. En caso de medida y actualización vigentes que la garantía que fue depositada en efectivo le sea entregada en devolución directamente al momento conductor y/o propietario del siniestrovehículo asegurado, debiendo quedan obligados a realizar el Asegurado entregar depósito inmediato a la Compañía. En caso de hacerse efectiva la fianza o caución por causas imputables al conductor y/o al Asegurado, éste reembolsará a la Compañía las constancias ministeriales el monto de la caución o de la cantidad que acrediten por medio de una póliza de fianza fue garantizada, que la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscalesautoridad haya hecho efectiva. 6.2.25. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades En caso de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos siguientes requisitos: a) Al ocurrir el accidente de tránsito dará aviso tan pronto y tenga conocimiento de la ocurrencia; el plazo para dar aviso no deberá exceder de quince (15) días calendario, por sí o por interpósita persona, a la Cabina de la Compañía. En caso de no dar aviso dentro del plazo estipulado, sea por dolo o negligencia, la Compañía queda liberada de su obligación indemnizatoria siempre que una vez afianzado demuestre que dicho incumplimiento le requiera la afianzadoraha causado daños y perjuicios.

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Samples: Insurance Policy Agreement

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, cuando éste ésta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.17.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá:. 6.1.1 7.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 7.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 7.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 7.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 7.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.1.6 7.1.6 El rembolso reembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigaciónaveriguación previa, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado.la 6.1.7 7.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado vehículo asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Aseguradovehículo, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará reembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.27.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.17.2.1. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.27.2.2. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales.proceso 6.2.37.2.3. Rembolsar Reembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.a

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Samples: Seguro De Vehículos Turistas

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor autorizado a de manera expresa o tácita por parte del Asegurado para conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, de la unidad cuando éste esta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.14.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor autorizado de manera expresa o tácita por parte del Asegurado para conducir el Vehículo Asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 4.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 4.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 4.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 4.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 4.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro. 6.1.6 4.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor conductor del Vehículo Asegurado. 6.1.7 4.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Aseguradovehículo, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro. 6.24.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.14.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.24.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.34.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Contrato De Seguro Sobre Automóviles Y Pick Ups

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en por sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, de la unidad cuando éste esta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste esta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro. 6.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigaciónaveriguación previa, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado vehículo asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Aseguradovehículo, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro. 6.2. Cuando 6.2.-Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.cobertura

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Samples: Seguro Para Motocicletas Residentes

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vialautomovilístico, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, de la unidad cuando éste esta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. requiera La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.11. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste esta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a garantizarTerceros. 6.1.3 1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 30 unidades de medida y actualización (UMA’s) vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro. 6.1.6 1.6 El rembolso reembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigaciónaveriguación previa, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado. 6.1.7 1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado vehículo asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Aseguradovehículo, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización (UMA’s) vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro. 6.2. Cuando 2.-Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.12.1. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a TercerosCivil, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización (UMA’s) vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.22.2. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización (UMA’s) vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.32.3. Rembolsar Reembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización (UMA’s) vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora. 2.4. Reembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de caución en efectivo que le fuere fijada por la autoridad para obtener la libertad provisional del conductor y la devolución de la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 1000 unidades de medida y actualización (UMA’s) vigentes a la fecha en que ocurra el siniestro, debiendo entregar a la Compañía la constancia ministerial del depósito efectuado, así como autorizar dentro del procedimiento al o los abogados que ésta designe para el trámite de recuperación de garantía en el momento procesal oportuno.

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Samples: Póliza De Seguro

GASTOS LEGALES. Esta En caso de aparecer como amparada en la carátula de la póliza, esta cobertura ampara se extiende a cubrir la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vialde tránsito, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales juicios penales, civiles o civilesde tránsito, según sea el caso. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, civil o de tránsito, importe de multas impuestas en por sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, de la unidad cuando éste esta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.11. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la cual se dará a conocer al Asegurado al momento de la suscripción de la póliza de seguro del vehículo, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, civil o de tránsito, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste esta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 1.1 Los gastos inherentes al proceso penal penal, civil o de tránsito y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límitehasta por $500 dólares de los Estados Unidos de América. 6.1.2 1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor y/o la devolución del Vehículo Asegurado, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.cobertura

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Samples: Condiciones Generales Del Seguro De Automóviles

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, de la unidad cuando éste esta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.14.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 4.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 4.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 4.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 4.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 4.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro. 6.1.6 4.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigaciónaveriguación previa, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado. 6.1.7 4.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado vehículo asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Aseguradovehículo, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro. 6.24.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.14.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.24.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.34.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del a la fecha en que ocurra el siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Contrato De Seguro Sobre Automóviles Y Camionetas

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara Queda convenido que todos los gastos legales, registros, impuestos y otros gastos que deban ser pagados para la defensa legal formalización y ejecución de este contrato, correrán por cuenta de EL DEUDOR, así como los honorarios del Asegurado o del Conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, abogado y/x xxxxxxx que intervenga en el mismo para su legalización, formalización y registro incluyendo los que participe se originen y sean consecuencia de acciones judiciales o extrajudiciales necesarias para el Vehículo Asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, cuando éste haya sido retenido por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor del Vehículo Asegurado, desde el inicio cobro de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor así como la devolución del Vehículo Asegurado, si éste fue retenido, depositando deuda y cubriendo el importe su ejecución de las garantías garantías, los cuales serán desglosados en el tarifario de servicios que se entrega al DEUDOR al momento de la autoridad fije para tal efectofirma del presente contrato. En caso de que EL DEUDOR no haya pagado dichos gastos y honorarios en o antes de la firma de este acto, de acuerdo autoriza a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor y/o la devolución del Vehículo Asegurado, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo EL ACREEDOR a descontar directamente de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto prestada, con cargo al desembolso, el monto total de obligaciones procesales los gastos y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorde los honorarios, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor y/o la devolución del Vehículo Asegurado, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo así como obligación de depositar hasta el límite máximo los gastos legales causados con motivo xxx xxxxxxxx y de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado hipoteca que por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuandoacto se otorga, en la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por con excepción a los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo costos relativos a la cantidad equivalente ejecución del contrato. EL ACREEDOR entregará a EL DEUDOR, a requerimiento de 100 unidades este último, los documentos que justifiquen la ejecución de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar las diligencias que motiven los costos estipulados en este artículo. Las sumas a compensar deben de estar vencidas o exigibles. EL ACREEDOR deberá notificar a EL DEUDOR la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídicacompensación, así como el recibo detalle en que fueron aplicados los pagos, sin perjuicio al derecho del DEUDOR a reclamación.- Párrafo: Dación en Pago. Además de honorarios correspondientelo estipulado en otras partes de este contrato, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, EL ACREEDOR podrá retirar a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades título de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto dación en pago cualesquiera sumas de las primas cuentas de fianza depósitos que le fueren fijadas mantiene EL DEUDOR en Alaver, mediante simple requerimiento, para cubrir total o parcialmente las cantidades adeudadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor EL DEUDOR, en virtud de este contrato. Esta cláusula vale acuerdo de EL DEUDOR a tales fines, así como aquiescencia a los montos retirados y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida descargo por tales valores y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Loan Agreement

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara Queda convenido que todos los gastos legales, registros, impuestos y otros gastos que deban ser pagados para la defensa legal formalización y ejecución de este contrato, correrán por cuenta de EL DEUDOR, así como los honorarios del Asegurado o del Conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, abogado y/x xxxxxxx que intervenga en el mismo para su legalización, formalización y registro incluyendo los que participe se originen y sean consecuencia de acciones judiciales o extrajudiciales necesarias para el Vehículo Asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, cuando éste haya sido retenido por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor del Vehículo Asegurado, desde el inicio cobro de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor así como la devolución del Vehículo Asegurado, si éste fue retenido, depositando deuda y cubriendo el importe su ejecución de las garantías garantías, los cuales serán desglosados en el tarifario de servicios que se entrega al DEUDOR al momento de la autoridad fije para tal efectofirma del presente contrato . En caso de que EL DEUDOR (COMPRADOR) no haya pagado dichos gastos y honorarios en o antes de la firma de este acto, de acuerdo autoriza a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor y/o la devolución del Vehículo Asegurado, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo EL ACREEDOR a descontar directamente de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto prestada, con cargo al desembolso, el monto total de obligaciones procesales los gastos y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorde los honorarios, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor y/o la devolución del Vehículo Asegurado, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo así como obligación de depositar hasta el límite máximo los gastos legales causados con motivo xxx xxxxxxxx y de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado hipoteca que por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuandoacto se otorga, en la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por con excepción a los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo costos relativos a la cantidad equivalente ejecución del contrato. EL ACREEDOR entregará a EL DEUDOR, a requerimiento de 100 unidades este último, los documentos que justifiquen la ejecución de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar las diligencias que motiven los costos estipulados en este artículo. Las sumas a compensar deben de estar vencidas o exigibles. EL ACREEDOR deberá notificar a EL DEUDOR la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídicacompensación, así como el recibo detalle en que fueron aplicados los pagos, sin perjuicio al derecho del DEUDOR a reclamación.- Párrafo: Dación en Pago. Además de honorarios correspondientelo estipulado en otras partes de este contrato, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, EL ACREEDOR podrá retirar a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades título de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto dación en pago cualesquiera sumas de las primas cuentas de fianza depósitos que le fueren fijadas mantiene EL DEUDOR en Alaver, mediante simple requerimiento, para cubrir total o parcialmente las cantidades adeudadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor EL DEUDOR, en virtud de este contrato. Esta cláusula vale acuerdo de EL DEUDOR a tales fines, así como aquiescencia a los montos retirados y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida descargo por tales valores y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Loan Agreement

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, cuando éste ésta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.18.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 8.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite.servicios 6.1.2 8.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3.Responsabilidad Civil por Daños a garantizarTerceros. 6.1.3 8.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 8.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 8.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades 30 DSMGVDF. Este beneficio no aplica para vehículos de medida y actualización vigentes al momento del siniestroservicio público de transporte de pasajeros. 6.1.6 8.1.6 El rembolso reembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigaciónaveriguación previa, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor conductor del Vehículo Asegurado.vehículo asegurado. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de 6.1.7 8.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado vehículo asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Aseguradovehículo, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará reembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades DSMGVDF. Este beneficio no aplica para vehículos de medida y actualización vigentes al momento del siniestroservicio público de transporte de pasajeros. 6.28.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.18.2.1. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestroDSMGVDF, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.28.2.2. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestroDSMGVDF, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.38.2.3. Rembolsar Reembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.provisional

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Samples: Seguro De Vehículos Turistas

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, cuando éste ésta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.17.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste ésta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá:. 6.1.1 7.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 7.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 7.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 7.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 7.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.1.6 7.1.6 El rembolso reembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigaciónaveriguación previa, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de pasajeros. 6.1.7 7.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado vehículo asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Aseguradovehículo, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará reembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro.. Este beneficio no aplica para vehículos de servicio público de transporte de 6.27.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.17.2.1. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.27.2.2. Rembolsar Reembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.37.2.3. Rembolsar Reembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Seguro De Vehículos Turistas

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara Queda convenido que todos los gastos legales, registros, impuestos y otros gastos que deban ser pagados para la defensa legal formalización y ejecución de este contrato, correrán por cuenta de EL DEUDOR, así como los honorarios del Asegurado o del Conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado en la póliza, cuando derivado de un accidente vial, abogado y/x xxxxxxx que intervenga en el mismo para su legalización, formalización y registro incluyendo los que participe se originen y sean consecuencia de acciones judiciales o extrajudiciales necesarias para el Vehículo Asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, cuando éste haya sido retenido por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.1. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor del Vehículo Asegurado, desde el inicio cobro de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor así como la devolución del Vehículo Asegurado, si éste fue retenido, depositando deuda y cubriendo el importe su ejecución de las garantías garantías, los cuales serán desglosados en el tarifario de servicios que se entrega al DEUDOR al momento de la autoridad fije para tal efectofirma del presente contrato. En caso de que EL DEUDOR (COMPRADOR) no haya pagado dichos gastos y honorarios en o antes de la firma de este acto, de acuerdo autoriza a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor y/o la devolución del Vehículo Asegurado, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo EL ACREEDOR a descontar directamente de la suma asegurada contratada para la cobertura a garantizar. 6.1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorprestada, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor y/o la devolución del Vehículo Asegurado, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes con cargo al momento del siniestro. 6.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigacióndesembolso, el dictamen monto total de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños honorarios, así como los gastos legales causados con motivo xxx xxxxxxxx, con excepción a Terceros, por un límite máximo los costos relativos a la cantidad equivalente ejecución del contrato. EL ACREEDOR entregará a EL DEUDOR, a requerimiento de 100 unidades este último, los documentos que justifiquen la ejecución de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar las diligencias que motiven los costos estipulados en este artículo. Las sumas a compensar deben de estar vencidas o exigibles. EL ACREEDOR deberá notificar a EL DEUDOR la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídicacompensación, así como el recibo detalle en que fueron aplicados los pagos, sin perjuicio al derecho del DEUDOR a reclamación.- Párrafo: Dación en Pago. Además de honorarios correspondientelo estipulado en otras partes de este contrato, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, EL ACREEDOR podrá retirar a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades título de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto dación en pago cualesquiera sumas de las primas cuentas de fianza depósitos que le fueren fijadas mantiene EL DEUDOR en Alaver, mediante simple requerimiento, para cubrir total o parcialmente las cantidades adeudadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor EL DEUDOR, en virtud de este contrato. Esta cláusula vale acuerdo de EL DEUDOR a tales fines, así como aquiescencia a los montos retirados y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida descargo por tales valores y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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Samples: Loan Agreement

GASTOS LEGALES. Esta cobertura ampara la defensa legal del Asegurado o del Conductor conductor autorizado a conducir el Vehículo Asegurado vehículo amparado en la póliza, cuando derivado de un accidente vialautomovilístico, en el que participe el Vehículo Aseguradovehículo asegurado, se vea involucrado en procedimientos penales o civiles. La cobertura de Gastos Legales cubre el pago de honorarios de abogados, gastos inherentes al proceso penal, importe de multas impuestas en sentencia judicial, dictada dentro de un procedimiento penal, importe xx xxxxxx de fianzas para lograr la libertad provisional y condicional del Conductor conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, de la unidad cuando éste esta haya sido retenido retenida por las autoridades y/o monto de caución en efectivo para los mismos efectos, cuando la legislación aplicable así lo requiera. requiera La cobertura otorgada queda sujeta a lo siguiente: 6.11. La Compañía se obliga a proporcionar, por medio de su red de abogados, la atención legal al Asegurado y/o Conductor conductor del Vehículo Aseguradovehículo asegurado, desde el inicio de la controversia legal hasta la terminación del procedimiento penal, que incluye los trámites ante las autoridades administrativas y/o judiciales correspondientes para obtener la libertad provisional del Conductor conductor así como la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, si éste esta fue retenidoretenida, depositando y cubriendo el importe de las garantías que la autoridad fije para tal efecto, de acuerdo a la legislación vigente. Cuando los abogados hayan sido contratados y designados exclusivamente por la Compañía, esta cobertura cubrirá: 6.1.1 1.1 Los gastos inherentes al proceso penal y los honorarios de los servicios profesionales de carácter jurídico, recibidos por el Asegurado en la atención del problema legal suscitado, serán cubiertos por la Compañía sin límite. 6.1.2 1.2 Las primas de fianzas derivadas de las garantías que fije la autoridad judicial para obtener la libertad provisional o libertad condicional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, serán cubiertas por la Compañía en su totalidad. La Compañía tendrá la obligación de garantizar como monto afianzado hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3.Responsabilidad Civil por Daños a garantizarTerceros. 6.1.3 1.3 La garantía en efectivo que fije la autoridad judicial por concepto de obligaciones procesales y sanciones pecuniarias para obtener la libertad provisional del Conductorconductor, será depositada por la Compañía en su totalidad. 6.1.4 1.4 La garantía en efectivo que fije la autoridad por concepto de garantía de reparación del daño para obtener la libertad provisional del Conductor conductor y/o la devolución del Vehículo Aseguradode la unidad, será cubierta por la Compañía en su totalidad, teniendo como obligación de depositar hasta el límite máximo de la suma asegurada contratada para la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. 6.1.5 El pago de pensión o estadía en corralones derivado del accidente vial amparado por este contrato hasta por un máximo de 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.1.6 El rembolso del deducible pagado por daños materiales cuando, en la carpeta de investigación, el dictamen de causalidad vial emitido por los peritos de la Procuraduría o la determinación del Ministerio Público sea favorable al Conductor del Vehículo Asegurado. 6.1.7 En caso de existir aviso fehaciente de localización de un Vehículo Asegurado del cual se tenga reporte de robo, la Compañía le asignará un abogado al propietario del Vehículo Asegurado, quien le proporcionará la asesoría legal y le acompañará a realizar los trámites jurídicos necesarios para obtener la devolución de su vehículo y además la Compañía le rembolsará los gastos de traslado (arrastre) del lugar de localización al corralón hasta por un máximo de 30 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro. 6.2. Cuando el Asegurado y/o Conductor opte por la contratación de abogados por su cuenta, la Compañía se obliga a: 6.2.1. Rembolsar al Asegurado los honorarios profesionales que haya erogado por la atención legal, derivados de los riesgos amparados en la cobertura 3. Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, por un límite máximo a la cantidad equivalente de 100 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las constancias ministeriales que acrediten la intervención jurídica, así como el recibo de honorarios correspondiente, mismo que deberá cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.2. Rembolsar al Asegurado los gastos que haya erogado inherentes al proceso penal, a consecuencia directa del accidente, por un límite máximo a la cantidad equivalente a 50 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo el Asegurado entregar a la Compañía las facturas correspondientes, mismas que deberán cubrir todos los requisitos fiscales. 6.2.3. Rembolsar al Asegurado el monto que haya erogado por concepto de las primas de fianza que le fueren fijadas por la autoridad para obtener la libertad provisional del Conductor y la devolución del Vehículo Asegurado, hasta una cantidad máxima equivalente a 500 unidades de medida y actualización vigentes al momento del siniestro, debiendo entregar a la Compañía las facturas pagadas debidamente desglosadas por este concepto, cumpliendo con todos los requisitos fiscales. El Asegurado se obliga a cumplir con los requisitos que una vez afianzado le requiera la afianzadora.

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