IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), no podrán concurrir como oferentes a la presente licitación: a) Las sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes por la comisión de delitos penales económicos. b) Las Sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes y/o Funcionarios bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. c) Las Sociedades irregulares o de Hecho. d) Xxxxxxxxxx que hubieran sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público de alguno de los Estados: Nacional, Provincial, o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea en el país o en el extranjero. e) Sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del país. f) Sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes. g) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario. h) Los que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las UT que se presenten en esta Licitación Pública.
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IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), no No podrán concurrir como oferentes a la OFERENTES al presente licitaciónprocedimiento:
a) Las sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes por la comisión de delitos penales económicospersonas humanas en forma individual o asociadas en Uniones Transitorias (UT).
b) Las Sociedades sociedades irregulares o de hecho.
c) Las personas jurídicas yƒo sociedades integradas por personas humanas y/o físicas yƒo jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes y/o Funcionarios agentes yƒo funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública contractual de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
cd) Las Sociedades irregulares o personas jurídicas yƒo sociedades integradas por personas humanas yƒo jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de HechoVigilancia, Síndicos yƒo Gerentes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
de) Xxxxxxxxxx Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
f) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, que hubieran hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público organismo público de alguno de los Estados: Estados Nacional, ProvincialProvincial o Municipal.
g) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea yƒo en cualquier Municipalidad del País yƒo en registros provinciales del Estado yƒo en su equivalente en los países de origen o de actuación, en el caso de ser sociedades extranjeras.
h) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el Artículo Nº 2 de la Ley Nº 2. 095, texto consolidado por Ley N˚ 5.666 y su Decreto Reglamentario N˚ 326ƒGCBAƒ17, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
i) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, que hayan sido sancionadas con la rescisión o anulación por incumplimiento culposo de sus obligaciones contractuales, en el país o yƒo en el extranjero.
e) Sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del país.
f) Sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
gj) Las personas jurídicas en estado jurídicas, aun cuando formaran parte de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas una UT, en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicialquiebra o liquidación. Las que se encuentran encuentren en estado de concurso preventivo pueden podrán formular ofertasOFERTAS, salvo decisión judicial en contrario.
hk) Los Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción no acrediten estar al día con el pago de los impuestos nacionales, de la República ArgentinaCiudad Autónoma de Buenos Aires y obligaciones de aportes previsionales y obra social a la fecha de presentación de la OFERTA. La totalidad PLIEG-2018-16756731- -DGRGIEG
I) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de los impedimentos enumerados precedentemente son una UT, que posean acciones de aplicación en forma individual a las otra u otras empresas yƒo sociedades integrantes de las UT que se presenten en esta Licitación PúblicaOFERENTES.
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Samples: Contract for Services
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), no 10.01 No podrán concurrir como oferentes a participar en la presente licitaciónLicitación:
a) Las Empresas Nacionales (Sociedades) que no se encuentren debidamente constituidas en la República Argentina conforme uno de los tipos societarios autorizados en el Capítulo II de la Ley 19.550 e inscriptas ante la Inspección General de Justicia o el Registro Público de Comercio,. No se aceptará la presentación de sociedades en formación.
b) Empresas Nacionales cuyos Directoresdirectores, Representantesapoderados, Socios, Síndicos, Gerentes representantes o socios registren condenas firmes condena firme por la comisión de delitos algún delito que afecte intereses patrimoniales. En particular por figuras penales económicosdolosas que criminalicen el fraude patrimonial en perjuicio de la administración pública, evasión fiscal o tributaria, infracción al régimen penal cambiario y lavado de activos o capitales.
bc) Las Sociedades Empresas Nacionales cuyos directores, apoderados, representantes o socios estén impedidos de participar en licitaciones públicas por actos de corrupción o prácticas fraudulentas, según la legislación vigente.
d) Empresas Nacionales que se encuentren integradas por personas humanas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directoriodirectorio y/u órgano de fiscalización, Consejo de Vigilanciasocios, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes y/o Funcionarios bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial gerentes resulten agentes y/o la Administración Pública funcionarios de SBASE y/o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ce) Las Sociedades irregulares o Empresas Nacionales cuyos miembros del directorio se encuentren inscriptos en el Registro de HechoDeudores Morosos Alimentarios del GCBA.
df) Xxxxxxxxxx Empresas Nacionales inscriptas que hubieran sido sancionadas con la anulación se encontraren suspendidas o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, inhabilitadas en el marco Registrode Instalador o Matriculado Publicitario del Gobierno de una relación contractual con la Ciudad de Buenos Airesyde la Nación Argentina.
g) Empresas Nacionales que no se encuentren inscriptas o que se encontraren suspendidos o inhabilitados en la Administración Pública u Organismo Público Federal de alguno de los Estados: Nacional, Provincial, Ingresos Públicos (AFIP) o la Dirección General xx Xxxxxx del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
h) Empresas Nacionales que se encontraren inhibidas, en estado de Buenos Airescesación de pagos, sea con pedido de quiebra en el país trámite, quiebra decretada (mientras no obtengan su rehabilitación) o en el extranjeroconcurso preventivo de acreedores en trámite.
ei) Sociedades que se encuentren suspendidas constituidas en forma irregular y/o inhabilitadas de hecho y/o sujetas a lo establecido en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del país.
f) Sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
g) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concursoCapítulo I, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
h) Los que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción Sección IV de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las UT que se presenten en esta Licitación PúblicaLey 19.550.
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Samples: Concession Agreement
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 89 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.5886.347), no podrán concurrir como oferentes a la presente licitación:
a) : • Las sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes por la comisión de delitos penales económicos.
b) . • Las Sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes y/o Funcionarios bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) . • Las Sociedades irregulares o de Hecho.
d) Xxxxxxxxxx . • Sociedades que hubieran sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público de alguno de los Estados: Nacional, Provincial, o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea en el país o en el extranjero.
e) . • Sociedades que se encuentren encontraren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del país.
f) . • Sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
g) . • Las personas humanas en forma individual. • Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
h) . • Los que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción de la República Argentina. • La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las UT U.T. que se presenten en esta Licitación Pública.
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Samples: Licitación Pública
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), no No podrán concurrir como oferentes a la presente licitación:
a) Las sociedades cuyos Directoresdirectores, Representantesrepresentantes, Sociossocios, Síndicossíndicos, Gerentes gerentes registren condenas firmes condena firme por la comisión de delitos penales económicosdelitos.
b) Las Sociedades empresas y/o sociedades integradas por personas humanas humana y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados apoderados sean Agentes agentes y/o Funcionarios funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial o del GCABA.
c) Las sociedades y/o la Administración Pública personas humanas que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) Las Sociedades irregulares o de Hecho.
d) Xxxxxxxxxx que hubieran sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público de alguno de los Estados: Nacional, Provincial, o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea en el país o en el extranjero.
e) Sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del paísPaís.
fd) Sociedades Las sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
ge) Las UT en las que todas las sociedades integrantes o al menos una de ellas forme parte de otra UT oferente o participe en forma individual.
f) Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
g) Las personas jurídicas y/o humanas que resulten ser evasoras y deudoras morosas tributarias y/o previsionales de orden nacional, provincial o local, declaradas tales por la autoridad competente. PLIEG-2019-13233885-GCABA-DGLIM
h) Las personas jurídicas cuyos miembros del directorio, consejo de vigilancia, síndicos, gerentes, socios, representantes y/o apoderados registren antecedentes en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
i) Los que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente comprendidos en cualquier jurisdicción los supuestos previstos en el Artículo 98 de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las UT que se presenten en esta Licitación PúblicaLey Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario N° 326 /17.
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Samples: Public Service Contract
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), no No podrán concurrir como oferentes a la presente licitaciónLicitación Pública, las personas físicas o jurídicas, que se encuentren en algunas de las siguientes situaciones:
a) a. Las sociedades cuyos Directorescondenadas judicialmente por fraude, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes por la comisión de delitos penales económicosestafa o cualquier otro delito doloso.
b) b. Las Sociedades inhabilitadas por condena judicial.
c. Las que se encuentren integradas por personas humanas quiénes actúen y/o jurídicas cuyos miembros del Directoriohayan actuado, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes como directores y/o Funcionarios bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial administradores y/o la Administración Pública gerentes, agentes de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesadministración pública nacional, provincial o municipal.
c) d. Las Sociedades irregulares quebradas o concursadas civilmente, mientras no obtengan su rehabilitación y las que tuvieran concursos de Hechoacreedores pendientes, aun aquellas que tengan concurso de acreedores homologado judicialmente.
d) Xxxxxxxxxx que hubieran sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público de alguno de los Estados: Nacional, Provincial, o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea en el país o en el extranjero.
e) Sociedades e. Las que se encuentren encontraran suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del paísRegistro Municipal de Proveedores.
f) Sociedades f. Las que posean acciones de otra u otras sociedades oferentesadeuden al Municipio tasas, derechos, contribuciones y/o tengan deudas previsionales no regularizadas.
g) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. g. Las que a la fecha de presentación de las ofertas tengan iniciada demanda judicial contra la Municipalidad xx Xxxxxx
h. Aquellas a quiénes se encuentran en estado les haya revocado, anulado o rescindido contratos por incumplimiento de concurso preventivo pueden formular ofertasobligaciones vinculadas a realización de obras públicas y/o servicios y/o provisiones, salvo decisión judicial en contrario.
h) Los u otros contratos. Cuando se constatara que se encuentren inhabilitados el oferente estuviere alcanzado por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción de la República Argentina. La totalidad alguno de los impedimentos enumerados precedentemente son establecidos en el presente artículo, se aplicarán las siguientes sanciones:
a. El rechazo de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes su presentación y oferta, con la pérdida de las UT que la garantía de oferta.
b. La revocación de la adjudicación, con la perdida de la garantía de oferta cuando el impedimento se presenten en esta Licitación Públicaadvierta después de notificada la adjudicación.
c. La resolución del contrato, con pérdida de la garantía de ejecución cuando el impedimento se advierta después de firmado el contrato.
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Samples: Pliego De Bases Y Condiciones
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 89 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.5886.347), no podrán concurrir como oferentes a la presente licitación:
a) Las sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes por la comisión de delitos penales económicos.
b) Las Sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes y/o Funcionarios bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) Las Sociedades irregulares o de Hecho.
d) Xxxxxxxxxx que hubieran sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público de alguno de los Estados: Nacional, Provincial, o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea en el país o en el extranjero.
e) Sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del país.
f) Sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
g) Las personas humanas en forma individual.
h) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
hi) Los que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las UT que se presenten en esta Licitación Pública.
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Samples: Contratación Del Servicio De Mantenimiento Integral De La Flota Automotor
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), no No podrán concurrir como oferentes a la al presente licitaciónprocedimiento:
a1) Las sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes por la comisión de delitos penales económicos.
b) Las Sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes agentes y/o Funcionarios funcionarios y/o empleados, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial Provincial, del GCBA o del COA.
2) Las sociedades integradas por personas humanas y/o la Administración Pública jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos y/o Gerentes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del GCBA.
3) Las sociedades, aun cuando formaran par te de una UT, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el Artículo Nº 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresLey Nº 2.095 (texto consolidado por la Ley N° 5666), mientras dichas sanciones sigan vigentes.
c4) Las Sociedades irregulares o de Hecho.
d) Xxxxxxxxxx que hubieran hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público organismo público de alguno de los Estados: algún Estado Nacional, Provincial, Provincial o Municipal.
5) Las que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea en el país o en el extranjero.
e) Sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en Nación o en cualquier Municipalidad Municipio o Provincia del paísPaís.
f6) Sociedades Las sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
g7) Las personas jurídicas en estado sociedades irregulares o de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrariohecho.
h) Los que 8) Las Sociedades cuyos Directores y/o Socios se encuentren inhabilitados procesados por cualquier Leydelitos contra la integridad física, evasión tributaria y/Reglamentación vigente o delitos contra el Orden Económico o Financiero.
9) Aquellos incursos en cualquier jurisdicción los supuestos previstos en el Artículo 98 de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las UT que se presenten en esta Licitación PúblicaLey Nº 2.095.
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Samples: Public Contract
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 No podrán concurrir como Oferentes las personas comprendidas en alguna de las causales previstas en el Artículo 98 de la Ley N° 2.095 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6.5886.017), no . Tampoco podrán concurrir como oferentes a la presente licitaciónpresentarse:
a) Las sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes por la comisión irregulares o de delitos penales económicoshecho.
b) Las Sociedades sociedades cuya finalización del plazo de duración según sus estatutos sea anterior a la finalización del servicio objeto de la presente contratación.
c) Las empresas y/o sociedades extranjeras, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 35 de la Ley N° 2.095.
d) Personas físicas, empresas y/o sociedades integradas por personas humanas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes Síndicos y/o Funcionarios bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) Las Sociedades irregulares o de Hecho.
d) Xxxxxxxxxx que hubieran sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, Gerentes se encuentren inscriptos en el marco Registro de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público de alguno de los Estados: Nacional, Provincial, o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea en el país o en el extranjeroDeudores/as Alimentarios/as Morosos/as del GCABA.
e) Sociedades que se encuentren suspendidas Las empresas, aun cuando formaran parte de una UT, y/o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del paíssociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes y demás autoridades registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
f) Sociedades Las empresas, aun cuando formaran parte de una UT, y/o sociedades que posean acciones de otra u otras empresas y/o sociedades oferentesOferentes.
g) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas las UT será impedimento que todas las empresas integrantes o al menos una forme parte de otra UT o presenten ofertas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicialforma individual. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.IF-2018-30860266- -MGEYA
h) Los que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las Las UT que se presenten estén conformadas totalmente por personas extranjeras y las que estén compuestas por personas nacionales y extranjeras en esta Licitación Públicalas cuales las últimas tengan más del CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) de participación en el contrato.
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Samples: Licensing Agreement
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 De conformidad con el Artículo 89 de la de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588)2.095, no podrán concurrir como oferentes las CR estarán impedidas de ser Oferentes en el presente Concurso cuando se verificase alguno de los impedimentos que se indican a la presente licitacióncontinuación:
a1) Las sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes Uno o más miembros de su Consejo de Administración registren condenas firmes condena firme por la comisión de delitos penales económicos.;
b2) Las Sociedades integradas por personas humanas Uno o más miembros, de su Consejo de Administración fueran agentes y/o jurídicas cuyos miembros del Directoriofuncionarios, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes y/o Funcionarios bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Provincial o del GCBA;
3) Uno o más miembros de su Consejo de Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) Las Sociedades irregulares o de Hecho.
d) Xxxxxxxxxx que hubieran sido sancionadas sancionados con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, contractuales en el marco de una relación contractual con la el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx;
4) Uno o más miembros de su Consejo de Administración Pública u Organismo se encontraran suspendidos o inhabilitados en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores del Sector Público de alguno de los Estados: Nacional, Provincial, o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea en el país o en el extranjero.
e) Sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del país.País;
f5) Sociedades que posean acciones Uno o más miembros de otra su Consejo de Administración hubieran sido sancionados con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u otras sociedades oferentes.Órganos mencionados en el Artículo 2° de la Ley 2.095, mientras dichas sanciones sigan vigentes;
g6) Uno o más miembros de su Consejo de Administración resultaran ser evasores y/o deudores morosos tributarios y/o previsionales de orden nacional o local, declarados tales por autoridad competente;
7) Uno o más miembros de su Consejo de Administración se encontraran procesados por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas CR en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan quiebra o liquidación sólo podrán participar si conservaran la administración de sus bienes mediante y contaran con autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrarioexpresa.
h) Los que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las UT que se presenten en esta Licitación Pública.
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Samples: Servicio De Recolección De Residuos Sólidos Urbanos Secos
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), no No podrán concurrir como oferentes a la presente licitacióncontratación:
a) Las sociedades cuyos Directoresdirectores, Representantesrepresentantes, Sociossocios, Síndicossíndicos, Gerentes gerentes registren condenas firmes condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
b) Las Sociedades sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados apoderados sean Agentes agentes y/o Funcionarios funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.del G.C.A.B.A..
c) Las Sociedades sociedades irregulares o de Hechohecho.
d) Xxxxxxxxxx Sociedades que hubieran hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público organismo público de alguno de los Estados: Estados Nacional, Provincial, Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos AiresMunicipal, sea en el país o en el extranjero.
e) Sociedades Las sociedades que se encuentren encontraren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del paísPaís.
f) Sociedades Las personas humanas o jurídicas que posean acciones participen en más de otra u otras sociedades oferentesuna oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.
g) Las personas jurídicas e individualmente sus socios o miembros del directorio que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de PaLlgIEuGno-20d1e8-l2o1s5P4o56d3e1re- s -uDGÓPrEgaISnos mencionados en el art. 2º de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), mientras dichas sanciones sigan vigentes.
h) Las personas humanas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), el Decreto Nº 326/GCABA/17, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
i) Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
h) Los que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las UT que se presenten en esta Licitación Pública.
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Samples: Contract for Artistic Services
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 Son impedimentos para ser Oferente los previstos en el Artículo 98 de la Ley N° 2.095 (Texto texto consolidado por según Ley N° 6.5886.017), Asimismo, no podrán concurrir como oferentes a la presente licitaciónresultar Oferentes:
a) Las sociedades Sociedades cuyos Directoresaccionistas, Representantesdirectores, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes apoderados o representantes hayan sido procesados por delitos contra la comisión de propiedad o condenados por delitos penales económicoseconómicos con sentencia firme.
b) Las Sociedades integradas por personas humanas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, directorio y/o Consejo de Vigilancia, Síndicosaccionistas, Gerentessíndicos, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes y/o Funcionarios gerentes resulten agentes y/o funcionarios –bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública contractual- del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresAires o del Sector Público Nacional.
c) Las Sociedades irregulares cuyos miembros del directorio y/o consejo de Hechovigilancia, accionistas, síndicos, y/o gerentes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Morosos Alimentarios del GCABA.
d) Xxxxxxxxxx que hubieran sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público de alguno de los Estados: Nacional, Provincial, o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea en el país o en el extranjero.
e) Las Sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del país.
f) Sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
g) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de , o concurso, pueden contratar siempre excepto, en este último caso, que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. .
e) Las Sociedades que se encuentran encontraren suspendidas o inhabilitadas en estado el RIUPP.
f) Las Sociedades que hayan sido sancionadas con la rescisión o anulación por incumplimiento a ellas imputable de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial sus obligaciones contractuales en contrarioel país y/o en el extranjero en servicios similares a los aquí licitados en los últimos DIEZ (10) años.
g) Las Sociedades cuyos Representantes Técnicos noPLeIsEtéGn-20d1e9b-i0d9a0m19e2n0te4-GhaCbAilBitaAd-oSsECAYGC para el ejercicio profesional por el Colegio y/o Consejo Profesional que correspondiere.
h) Los Las Sociedades que posean participación patrimonial directa o indirecta en otras Sociedades Oferentes -ya sea que estas últimas se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación hubieran presentado en forma individual a las sociedades o como integrantes de una S.A. o UT- ni con carácter de controlante ni como vinculada conforme el artículo 33 de la Ley de Sociedades Nº 19.550. Cuando se constatara que el Oferente estuviere alcanzado por alguna de las UT prohibiciones establecidas en este artículo y/o en algún otro artículo del presente Xxxxxx, se aplicarán las siguientes penaldiades:
a) El rechazo de su Oferta con la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
b) En el caso de que la Adjudicación se presenten en esta Licitación Públicadeje sin efecto implicará la pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta, cuando el impedimento se advierta después de notificado el Acto de Adjudicación.
c) La resolución del Contrato, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuando el impedimento se advirtiera después de firmado el Contrato, sin perjuicio de la reclamación de daños y perjuicios que pudiera corresponder a favor del GCABA.
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Samples: Public Procurement Agreement
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), no No podrán concurrir como oferentes a la OFERENTES al presente licitaciónprocedimiento:
a) Las sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes por la comisión de delitos penales económicospersonas humanas en forma individual o asociadas en Uniones Transitorias (UT).
b) Las Sociedades sociedades irregulares o, de hecho.
c) Las personas jurídicas y/o sociedades integradas por personas humanas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes agentes y/o Funcionarios funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública contractual de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
cd) Las Sociedades irregulares personas jurídicas y/o sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de HechoVigilancia, Síndicos y/o Gerentes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
de) Xxxxxxxxxx Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
f) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, que hubieran hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público organismo público de alguno de los Estados: Estados Nacional, ProvincialProvincial o Municipal.
g) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea y/o en cualquier Municipalidad del País y/o en registros provinciales del Estado y/o en su equivalente en los países de origen o de actuación, en el caso de ser sociedades extranjeras. PLIEG-2018-28243544- -DGRGIEG
h) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el Artículo Nº 2 de la Ley Nº 2. 095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCBA/17, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
i) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, que hayan sido sancionadas con la rescisión o anulación por incumplimiento culposo de sus obligaciones contractuales, en el país y/o en el extranjero.
e) Sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del país.
f) Sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
gj) Las personas jurídicas en estado jurídicas, aun cuando formaran parte de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas una UT, en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicialquiebra o liquidación. Las que se encuentran encuentren en estado de concurso preventivo pueden podrán formular ofertasOFERTAS, salvo decisión judicial en contrario.
hk) Los Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UT, que se encuentren inhabilitados por cualquier Leyposean acciones de otra u otras empresas y/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las o sociedades integrantes OFERENTES.
l) En el caso de las UT será impedimento que se todas las empresas integrantes o al menos una forme parte de otra UT.
m) Las UT en las que todas o alguna de las empresas integrantes este incluida en la composición de otra UT OFERENTE o presenten OFERTAS en esta Licitación Públicaforma individual.
n) Las UT que estén conformadas por empresas extranjeras y nacionales en las cuales las primeras tengan más del CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) de la sociedad.
o) Aquellos incursos en los supuestos previstos en el Artículo 98° de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666) y su Decreto Reglamentario N° 326/GCBA/17.
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Samples: Licitación Pública
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), no No podrán concurrir como oferentes a la OFERENTES al presente licitaciónprocedimiento:
a) Las sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes por la comisión personas físicas en forma individual o asociadas en Uniones Transitorias de delitos penales económicosEmpresas (UTE).
b) Las Sociedades sociedades irregulares o de hecho.
c) Las personas jurídicas y/o sociedades integradas por personas humanas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes agentes y/o Funcionarios funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública contractual de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
cd) Las Sociedades irregulares personas jurídicas y/o sociedades integradas por personas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de HechoVigilancia, Síndicos y/o Gerentes se encuentren inscriptos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
de) Xxxxxxxxxx Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UTE, y/o sociedades cuyos directores, representantes, socios, síndicos, gerentes registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
f) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UTE, y/o sociedades que hubieran hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, sea en el país o en el extranjero, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público organismo público de alguno de los Estados: Estados Nacional, ProvincialProvincial o Municipal.
g) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UTE, y/o sociedades que se encontraren suspendidas o inhabilitadas en el Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea y/o en cualquier Municipalidad del País y/o en registros provinciales del Estado y/o en su equivalentes en los países de origen o de actuación, en el caso de ser sociedades extranjeras.
h) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UTE, y/o sociedades que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el Artículo Nº 2 de la Ley Nº 2. 095, su modificatoria la Ley N° 4. 764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
i) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UTE, y/o sociedades que hayan sido sancionadas con la rescisión o anulación por incumplimiento culposo de sus obligaciones contractuales, en el país y/o en el extranjero.
e) Sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del país.
f) Sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
gj) Las personas jurídicas en estado jurídicas, aun cuando formaran parte de quiebra una UTE, y/o liquidación. En el caso de aquellas sociedades en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicialquiebra o liquidación. Las que se encuentran encuentren en estado de concurso preventivo pueden podrán formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
hk) Los Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UTE, y/o sociedades que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción no acrediten estar al día con el pago de los impuestos nacionales, de la República Argentina. La totalidad Ciudad Autónoma de los impedimentos enumerados precedentemente son Buenos Aires y obligaciones de aplicación aportes previsionales y obra social a la fecha de presentación de la OFERTA.
l) Las personas jurídicas, aun cuando formaran parte de una UTE, y/o sociedades que posean acciones de otra u otras empresas y/o sociedades OFERENTES.
m) En el caso de las UTE será impedimento que todas las empresas integrantes o al menos una forme parte de otra UTE.
n) Las UTE en las que todas o alguna de las empresas integrantes este incluida en la composición de otra UTE OFERENTE o presenten ofertas en forma individual a individual.
o) Las UTE que estén conformadas por empresas extranjeras y nacionales en las sociedades integrantes cuales las primeras tengan más del CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) de las UT que se presenten la sociedad.
p) Aquellos incursos en esta Licitación Públicalos supuestos previstos en el Artículo 96° de la Ley Nº 2. 095, su modificatoria la Ley N° 4. 764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14.
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Samples: Contract for Services
IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 No podrán concurrir como Oferentes las personas comprendidas en alguna de las causales previstas en el Artículo 98 de la Ley N° 2.095 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), no 5.666) Tampoco podrán concurrir como oferentes a la presente licitaciónpresentarse:
a) Las sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes por la comisión irregulares o de delitos penales económicoshecho.
b) Las Sociedades sociedades cuya finalización del plazo de duración según sus estatutos sea anterior a la finalización del servicio objeto de la presente contratación.
c) Las empresas y/o sociedades extranjeras, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 35 de la Ley N° 2.095.
d) Personas físicas, empresas y/o sociedades integradas por personas humanas físicas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes Síndicos y/o Funcionarios bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) Las Sociedades irregulares o de Hecho.
d) Xxxxxxxxxx que hubieran sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, Gerentes se encuentren inscriptos en el marco Registro de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público de alguno de los Estados: Nacional, Provincial, o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea en el país o en el extranjeroDeudores/as Alimentarios/as Morosos/as del GCABA.
e) Sociedades que se encuentren suspendidas Las empresas, aun cuando formaran parte de una UT, y/o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del país.PsoLcIEieGd-a2d0e1s8-2c1u5y2o2s12d9ir-ec-tMorGesE,YA representantes, socios, síndicos, gerentes y demás autoridades registren condena firme por la comisión de delitos penales económicos. página 5 de 00
f) Sociedades Las empresas, aun cuando formaran parte de una UT, y/o sociedades que posean acciones de otra u otras empresas y/o sociedades oferentesOferentes.
g) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas las UT será impedimento que todas las empresas integrantes o al menos una forme parte de otra UT o presenten ofertas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrarioforma individual.
h) Los que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las Las UT que se presenten estén conformadas totalmente por personas extranjeras y las que estén compuestas por personas nacionales y extranjeras en esta Licitación Públicalas cuales las últimas tengan más del CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) de participación en el contrato.
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IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE. Complementando lo estipulado por artículo 90 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.588), no No podrán concurrir como oferentes a la presente licitacióncontratación:
a) Las sociedades cuyos Directoresdirectores, Representantesrepresentantes, Sociossocios, Síndicossíndicos, Gerentes gerentes registren condenas firmes condena firme por la comisión de delitos penales económicos.
b) Las Sociedades sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados apoderados sean Agentes agentes y/o Funcionarios funcionarios, bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesdel GCABA.
c) Las Sociedades sociedades irregulares o de Hechohecho.
d) Xxxxxxxxxx Sociedades que hubieran hubieren sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público de alguno de los Estados: Estados Nacional, Provincial, Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos AiresMunicipal, sea en el país o en el extranjero.
e) Sociedades Las sociedades que se encuentren encontraren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP Registro Único y Permanente de Proveedores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del paísPaís.
f) Sociedades Las personas humanas o jurídicas que posean acciones participen en más de otra u otras sociedades oferentesuna oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.
g) Las personas humanas e individualmente sus socios o miembros del directorio, según el caso, que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5666) y el Decreto N° 326/17, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
h) Las personas humanas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5666) y el Decreto N° 326/17, mientras dichas sanciones sigan vigentes.
i) Las personas humanas o jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
hj) Los que se encuentren inhabilitados evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, provisionales, alimentarios declarados tales por cualquier Ley/Reglamentación vigente autoridad competente.
k) Las Uniones Transitorias (U.T.). Asimismo, resulta de aplicación para el presente lo establecido en cualquier jurisdicción el artículo 98 de la República Argentina. La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las UT que se presenten en esta Licitación PúblicaLey N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5666) y el Decreto N° 326/17.
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Samples: Licitación Pública