LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11/2022 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11/2022 CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA FLOTA AUTOMOTOR DEL PODER JUDICIAL DE LA C.A.B.A.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1. GENERALIDADES
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
3. PRESUPUESTO OFICIAL
4. RENGLONES A COTIZAR
5. PLIEGOS - EMERGENCIA SANITARIA
6. PLAZO DE LA CONTRATACIÓN
7. PRÓRROGA
8. MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN RENGLONES 2 Y 3
9. DECLARACIONES JURADAS
10. INSCRIPCION EN EL REGISTRO INFORMATIZADO UNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP)
11. CORREO ELECTRÓNICO Y CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO
12. INFORMACIÓN SOCIETARIA Y HABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
13. FORMA DE COTIZACIÓN
14. CONDICIONES PARA SER OFERENTES
15. IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
16. CONTENIDO DE LA OFERTA
17. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
18. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
19. APERTURA DE LAS OFERTAS
20. CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCION DE LAS OFERTAS
21. DICTAMEN DE LA COMISION EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACION
22. ADJUDICACIÓN
23. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
24. CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
25. PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
26. SEGURIDAD E HIGIENE
27. SEGUROS
28. PLAZO DE ENTREGA DE POLIZAS DE SEGUROS
29. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
30. CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD Y FORMA DE PAGO
31. PENALIDADES
32. COMUNICACIONES Y CONSULTAS
33. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
34. APROBACIÓN DE LOS TRABAJOS
35. GARANTÍA DE LOS TRABAJOS.
ANEXO I - PLANILLA DE COTIZACIÓN
XXXXX XX - DECLARACIÓN JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR ANEXO III - DECLARACIÓN JURADA DE PROPUESTA COMPETITIVA
ANEXO IV - DECLARACIÓN JURADA DE INCOMPATIBILIDAD
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1. GENERALIDADES
El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PCP) tiene por objeto completar, aclarar y perfeccionar las estipulaciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales (PCG) aprobado por Resolución SAGyP N° 30/2021, para la presente licitación pública.
2. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
La presente es una licitación de etapa única, bajo las modalidades de orden de compra abierta (artículo 40 de la Ley Nº 2.095 -texto consolidado según Ley N° 6.347-) y compra unificada (artículo 42 de la Ley Nº 2.095 -texto consolidado según Ley N° 6.347-) con el Ministerio Público Fiscal que tiene por objeto la contratación del servicio de mantenimiento integral de la flota automotor del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3. PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial de la presente contratación asciende a la suma total de Pesos treinta y nueve millones ciento treinta mil ochocientos ($ 39.130.800.-), el cual se conforma de la siguiente manera:
Renglón 1: Pesos dos millones doscientos cuarenta y dos mil ochocientos ($ 2.242.800.-). Renglón 2: Pesos trece millones ochocientos veinticuatro mil ($ 13.824.000.-).
Renglón 3: Pesos veintitrés millones sesenta y cuatro mil ($ 23.064.000.-).
4. RENGLONES A COTIZAR
Renglón 1: Prestación del servicio de administración para el mantenimiento integral de la flota automotor del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante una red de talleres prestadores de dichos servicios, con un sistema informático de interacción entre el adjudicatario administrador, el prestador, el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público Fiscal.
Renglón 2: Provisión de tres mil cuatrocientas cincuenta y seis (3456) horas de trabajo correspondientes a especialidad mecánica, chapa y pintura destinadas al mantenimiento integral de la flota automotor del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires .
Renglón 3: Provisión de insumos y repuestos para la flota automotor del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta la suma de Pesos veintitrés millones sesenta y cuatro mil ($ 23.064.000.-), de conformidad con el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
5. PLIEGOS - EMERGENCIA SANITARIA
Sólo se tendrán en cuenta las propuestas presentadas por los oferentes que hayan abonado, previo a la apertura de las ofertas del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor de los pliegos.
Los Pliegos podrán adquirirse en la Dirección General de Compras y Contrataciones del Consejo de la Magistratura, de lunes a viernes de 11:00 a 17:00 horas y hasta el día anterior a la apertura de ofertas, previo depósito de la suma de Pesos cincuenta mil ($50.000,00.-) en la Cuenta Corriente N° 6/2, a nombre del Consejo de la Magistratura, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Sucursal Nº 68, sita en Av. Pte. Xxxxx X. Xxxx 000, xx xxxx Ciudad.
El valor de los Pliegos podrá abonarse en efectivo, conforme lo indicado en el párrafo precedente, o por transferencia bancaria realizada a la Cuenta Corriente del Consejo de la Magistratura, CBU 0290068100000000000628, CUIT 30-70175369-7.
Se estima conveniente establecer el valor de adquisición de los pliegos, dadas las características propias de la contratación, la magnitud de los valores involucrados, trascendencia, importancia y el interés público comprometido.
En virtud de la declaración de la emergencia pública en materia sanitaria en nuestro país a raíz de la pandemia del coronavirus COVID-19 -Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 260/20 y 287/20 y Decreto de Necesidad y Urgencia del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 01/2020- se destaca el principio de la vía electrónica contemplado en el inciso 10 del artículo 7 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 6.347) que privilegia la utilización de medios electrónicos para la tramitación de las contrataciones. En tal sentido, deberá utilizarse el correo electrónico para las solicitudes y envíos de los trámites que lo permitan. Tal medio electrónico no resultará hábil para la presentación de la oferta.
Los Pliegos necesarios para participar en la presente contratación podrán ser enviados por correo electrónico y presentarse tal constancia en las ofertas, a ese efecto deberá remitirse comprobante de
compra xx xxxxxx licitatorio al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
Se deberá acompañar en forma obligatoria junto a la propuesta el comprobante de compra xxx xxxxxx licitatorio, conforme el artículo 3 del PCG.
6. PLAZO DE LA CONTRATACIÓN
La contratación tendrá una duración de veinticuatro (24) meses consecutivos e ininterrumpidos computados a partir de la notificación de la Orden de Compra.
Dentro del plazo contractual, el adjudicatario deberá cumplimentar el servicio en los plazos y condiciones establecidos en el presente Pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
7. PRÓRROGA
El contrato aludido en la cláusula anterior podrá ser prorrogado en las mismas condiciones, a exclusivo juicio de este Consejo de la Magistratura, por un período igual o menor al del contrato inicial, en los términos del artículo 110 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347).
8. MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN RENGLONES 2 Y 3
La contratación de los bienes y servicios requeridos en los renglones 2 y 3 del presente Xxxxxx se ejecutará bajo la modalidad de “Orden de Compra Abierta”, conforme las disposiciones del artículo 40 de la Ley N° 2.095 -según texto consolidado por Ley N° 6.347- y el Anexo I de la Resolución SAGyP Nº 30/2021. Las cantidades requeridas se encuentran fijadas de manera aproximada, de manera tal que el Organismo Contratante pueda realizar los requerimientos de acuerdo con las necesidades de las áreas, durante el lapso de duración previsto, y al precio unitario adjudicado.
Respecto de los insumos y repuestos utilizados en las reparaciones de los vehículos -Renglón 3-, el oferente proveerá los mismos durante el vínculo contractual y de conformidad a los precios xx xxxxxxx vigentes al momento de su utilización y hasta el límite del monto fijado para este Renglón.
9. DECLARACIONES JURADAS
Junto a la propuesta económica los proponentes deberán presentar las declaraciones juradas de Aptitud para Contratar, de Propuesta Competitiva y de Incompatibilidad establecidas en los Anexos II, III y IV del presente Xxxxxx.
El Consejo de la Magistratura podrá verificar la veracidad de los datos volcados en las declaraciones
juradas en cualquier etapa del procedimiento.
10. INSCRIPCION EN EL REGISTRO INFORMATIZADO UNICO Y PERMANENTE DE PROVEEDORES DEL SECTOR PÚBLICO DE LA CIUDAD (RIUPP)
Para que las ofertas sean consideradas válidas, los oferentes deberán estar inscriptos en el RIUPP o presentar constancia de inicio de trámite. Todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 5 del PCG.
Es condición para la pre-adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP, en los rubros licitados y con la documentación respaldatoria actualizada.
11. CORREO ELECTRÓNICO Y CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO
El oferente deberá denunciar una dirección de correo electrónico en donde serán válidas todas las comunicaciones efectuadas por el Consejo de la Magistratura de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con el artículo 4 del PCG.
Adicionalmente, el oferente deberá constituir domicilio legal dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En caso de omisión, se considerará como único domicilio válido el declarado en calidad de constituido ante el RIUPP, de conformidad con el artículo 6 del PCG.
Todo cambio de domicilio deberá ser fijado en el ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al Consejo de la Magistratura. Dicho cambio surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación.
La Dirección General de Compras y Contrataciones (DGCC) constituye domicilio en la Av. Xxxxx X. Xxxx Xx 000 xxxx 0x xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y domicilio electrónico en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx.
Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos aquí referidos.
12. INFORMACIÓN SOCIETARIA Y HABILIDAD PARA CONTRATAR CON EL ESTADO
Los oferentes deberán cumplir con:
1. Información Societaria
En función de lo dispuesto por el artículo 5 de la Resolución CAGyMJ N° 106/2018, se deberán acompañar con la propuesta los estatutos sociales, actas de directorio, designación de autoridades y composición societaria de la firma oferente, así como toda otra documentación que permita constatar fehacientemente la identidad de las personas físicas que la componen.
El Consejo de la Magistratura requerirá a los organismos competentes en la materia los informes que resulten pertinentes respecto de dichas personas físicas.
2. Consulta AFIP
El Consejo de la Magistratura realizará la consulta sobre la habilidad de los oferentes para contratar con el Estado, mediante el servicio web de la AFIP.
Ante la eventualidad de que el resultado de la consulta arroje que la oferente registra deuda ante el organismo recaudador a la fecha de consulta, el Consejo de la Magistratura intimará vía correo electrónico a su subsanación ante la AFIP. Con anterioridad a la emisión del Dictamen de Evaluación, se efectuará una nueva consulta.
13. FORMA DE COTIZACIÓN
Las propuestas económicas deberán ser formuladas en pesos, conforme el artículo 12 del PCG y la Planilla de Cotización que como Anexo I forma parte del presente Pliego.
Renglón 1: el adjudicatario cotizará el precio unitario mensual por vehículo y el precio total contemplando la totalidad de los vehículos de la flota y un plazo contractual de 24 meses.
Renglón 2: el adjudicatario cotizará el valor por hora de especialidad de mecánica, chapa y pintura. A su vez, deberá indicar el precio total contemplando la cantidad de horas estimadas para este Renglón.
Renglón 3: el adjudicatario proveerá los insumos y repuestos a los precios vigentes xx xxxxxxx al momento de la reparación de los vehículos. Para la cotización de la oferta se utilizará el presupuesto máximo fijado para este ítem.
En caso de discrepancia entre la propuesta económica expresada en números y letras, prevalecerá esta última.
No se admitirán cotizaciones en moneda extranjera. No se admitirán cotizaciones parciales.
En el precio, el oferente debe considerar incluidos todos los impuestos vigentes, derechos o comisiones, movimientos dentro de los edificios, seguros, reparación de eventuales daños por culpa del adjudicatario, responsabilidad civil, beneficios, sueldos y jornales, cargas sociales, gastos de mano de obra auxiliar, gastos y costos indirectos, gastos y costos generales, costos de entrega, fletes, armado, medios de descarga y acarreo y todo otro gasto o impuesto que pueda incidir en el valor final de la prestación.
14. CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como oferentes a la presente Licitación, deberán reunirse los siguientes requisitos:
a) Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Ley de Sociedades Comerciales, con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o Sucursal debidamente inscripta en la Inspección General de Justicia.
b) Su objeto principal debe estar claramente relacionado con el objeto y naturaleza de los servicios que se licitan.
c) La vigencia de los Contratos Sociales de los Oferentes debe ser igual o superior al plazo previsto para esta contratación, más la eventual prórroga.
d) En el caso de las Uniones Transitorias (UT) que se constituyan a efectos de participar en la presente Licitación Pública, deberán estar integradas por un máximo de tres (3) sociedades comerciales, por lo menos una (1) de ellas deberá acreditar experiencia en el rubro conforme el presente Xxxxxx.
La UT deberá estar inscripta o preinscripta en el RIUPP al momento de la presentación de la oferta, debiendo figurar inscripta al momento de la pre-adjudicación.
Las ofertas deberán contener, los documentos de constitución de la U.T., en los que deberán constar:
1. El compromiso de mantener la vigencia de la U.T., por un plazo superior a la duración de la contratación, incluyendo una eventual prórroga contractual.
2. El compromiso de mantener la composición de la U.T. durante el plazo mencionado en el inciso anterior, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad, sin la previa aprobación del Consejo.
3. Designación de uno o más representantes legales que acrediten, mediante poder para actuar ante la administración pública, facultades suficientes para obligar a su mandante.
4. De los documentos por los que se confieran los poderes y por los que se constituya la U.T., deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo.
5. Las empresas integrantes de la U.T. serán solidariamente responsables por el cumplimiento del Contrato en caso de adjudicación. Cada una de las Sociedades Comerciales que integren la U.T., deberán presentar acta del órgano social correspondiente de la cual surja la decisión de presentarse a esta licitación pública por contrato asociativo de unión transitoria. A tal efecto, el Consejo intimará a los oferentes para que en el plazo perentorio de dos (2) días a contar desde el día siguiente al de la recepción de la intimación, se subsane la deficiencia, bajo apercibimiento de desestimarse la oferta.
15. IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTE
Complementando lo estipulado por artículo 89 de la Ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), no podrán concurrir como oferentes a la presente licitación:
a) Las sociedades cuyos Directores, Representantes, Socios, Síndicos, Gerentes registren condenas firmes por la comisión de delitos penales económicos.
b) Las Sociedades integradas por personas humanas y/o jurídicas cuyos miembros del Directorio, Consejo de Vigilancia, Síndicos, Gerentes, Socios, Representantes o Apoderados sean Agentes y/o Funcionarios bajo cualquier forma de modalidad contractual, de la Administración Pública Nacional, la Administración Pública Provincial y/o la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
c) Las Sociedades irregulares o de Hecho.
d) Xxxxxxxxxx que hubieran sido sancionadas con la anulación o rescisión por incumplimiento de las obligaciones contractuales, en el marco de una relación contractual con la Administración Pública u Organismo Público de alguno de los Estados: Nacional, Provincial, o de la Ciudad Autónoma de Buenos de Buenos Aires, sea en el país o en el extranjero.
e) Sociedades que se encuentren suspendidas o inhabilitadas en el RIUPP o en su equivalente en cualquier Municipalidad o Provincia del país.
f) Sociedades que posean acciones de otra u otras sociedades oferentes.
g) Las personas humanas en forma individual.
h) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
i) Los que se encuentren inhabilitados por cualquier Ley/Reglamentación vigente en cualquier jurisdicción de la República Argentina.
La totalidad de los impedimentos enumerados precedentemente son de aplicación en forma individual a las sociedades integrantes de las UT que se presenten en esta Licitación Pública.
16. CONTENIDO DE LA PROPUESTA
16.1 REQUISITOS ADMINISTRATIVOS
1) Declaraciones juradas establecidas en el Punto 9 del PCP.
2) Garantía de mantenimiento de oferta, de acuerdo a lo prescripto en el presente Xxxxxx y el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
3) Constancia de adquisición de los Pliegos de la presente Licitación Pública.
4) Propuesta Económica, conforme el Anexo I del PCP.
16.2 REQUISITOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS
5) Estado contable correspondiente al último ejercicio anual firmado por Representante Legal y Contador Público y certificada su firma por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción correspondiente y copia legalizada del Acta de Asamblea aprobatoria del mismo, el cual deberá tener resultado Positivo.
Los oferentes deberán contar con una estructura económico-financiera acorde para asumir las obligaciones emergentes de la presente contratación, todo ello sobre el último estado contable
aprobado. En esta inteligencia serán evaluados los siguientes parámetros:
a) Índice de Solvencia (Activo/Pasivo)
b) Índice de Endeudamiento (Pasivo total/Patrimonio Neto)
c) Capital de trabajo (Activo Corriente - Pasivo Corriente)
En caso de U.T. la documentación señalada deberá ser presentada por cada uno de los integrantes. A los fines de determinar los índices de situación económico-financiera, se calcularán los mismos como se ha establecido en el artículo 20 del presente PCP para cada persona jurídica integrante, y con ellos se determinará el promedio ponderado por el porcentaje de participación de cada persona jurídica en la Unión Transitoria, que será adoptado como índice de la U.T.
6) Referencias financieras: Se deberán indicar al menos dos (2) referencias de entidades financieras, debiendo acompañar notas en las que dichas entidades suministren información del concepto y antecedentes que les merece el oferente.
7) Nota que acredite aceptación del Nomenclador con el Baremo de tiempo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
16.3 REQUISITOS TÉCNICOS
8) El oferente deberá presentar un listado de al menos dos (2) servicios similares prestados en los dos
(2) últimos años, en al menos dos (2) clientes del sector público y/o privado, acompañando documentación que permita acreditar la prestación de dichos servicios.
Dicho listado deberá incluir:
I) Listado de organismos y/o empresas, a las cuales se haya o se esté brindando un servicio similar al licitado en la presente contratación. En la nómina deberá indicarse la Razón Social, cantidad de vehículos atendidos, fecha de inicio y finalización del servicio.
II) Características técnicas del equipamiento/ servicio provisto
9) Propuesta técnica: la propuesta Técnica deberá indefectiblemente contener:
a. Listado de red de talleres: Tendrá que detallarse un listado mínimo de cinco (5) talleres
que prestarán el servicio, indicando domicilio en el radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y habilitación local correspondiente, conforme lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
b. Detalle del plan de trabajo para el servicio de mantenimiento integral de la flota automotor, en el cual deberán contemplarse las modalidades de comunicación a tales efectos, tiempo de respuesta, grado de desarrollo del tablero y software propuesto, grado de desarrollo del servicio de seguimiento diario, diagnóstico y resolución de problemas generados en el ambiente físico y lógico propuesto, etcétera, conforme lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
c. Sistema informático: deberán detallarse las características técnicas del sistema WEB y describir el funcionamiento online, detallando su funcionalidad, tiempos de actualización, claves de acceso, usuarios y detallar los distintos niveles de interacción entre los administradores con sus rangos de jerarquías. El sistema deberá ser auto gestionable. El oferente deberá presentar en su oferta un usuario y una contraseña que permita el acceso al sistema informático a utilizar a fin de permitir corroborar el detalle de su funcionamiento.
10) Se valoraran favorablemente a los oferentes que acrediten contar con certificación ISO 14001. 45001, 9001 y 39001 vigentes al momento de la apertura.
16.4 FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre la oferta se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del adjudicatario, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
17. CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
Para afianzar el cumplimiento de todas las obligaciones, los oferentes y adjudicatarios deben constituir las siguientes garantías de corresponder y sin límite de validez, conforme el artículo 92 de la Ley N°
2.095 -según texto consolidado por Ley N° 6.347-:
a) De impugnación de Pliegos: será del tres por ciento (3%) del presupuesto oficial de la presente Licitación Pública. Puede ser recibida hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha de apertura de ofertas y se tramita por cuerda separada.
b) De Mantenimiento de Oferta: será del cinco por ciento (5%) sobre el valor total de la oferta. En caso de resultar adjudicatario esta garantía se prolongará hasta la constitución de la garantía de cumplimiento del contrato. Al momento de elaborar sus propuestas, los oferentes deberán indicar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta. La presentación deberá efectuarse bajo apercibimiento de proceder al descarte de la oferta. Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de treinta (30) días. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de mantenimiento de oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días anteriores al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial.
c) De impugnación a la preadjudicación de las ofertas: será de cinco por ciento (5%) del monto de la oferta del renglón o los renglones impugnados. Si el dictamen de evaluación para el renglón o los renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. Esta garantía deberá integrarse en el momento de presentar la impugnación.
d) De cumplimiento del contrato: será xxx xxxx por ciento (10%) del valor total de la adjudicación. El adjudicatario deberá integrar la garantía de cumplimiento de contrato, debiendo acreditar tal circunstancia mediante la presentación de los documentos en el Consejo de la Magistratura dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la Orden de Compra o suscripto el instrumento respectivo. Vencido el mismo, se lo intimará a su cumplimiento por igual plazo.
Los importes correspondientes a las garantías de impugnación serán reintegrados a los oferentes solamente en el caso que su impugnación prospere totalmente.
18. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas deberán ser presentadas de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 16:00 horas, hasta la fecha y hora fijadas para la apertura de ofertas en la resolución que autoriza el llamado a contratación, o el día hábil siguiente a la misma hora si aquél resultare feriado o se decretare asueto; en sobre cerrado, en la Mesa de Entrada de este Consejo, sito en Av. Xxxxx X. Xxxx 530 PB de esta Ciudad, debiendo estar
dirigidas a la Unidad de Evaluación de Ofertas, e indicando como referencia la leyenda “Licitación Pública Nº 11/2022 Expediente N° A-01-00016711-4/2022”.
Asimismo, a fin de complementar lo establecido por el artículo 12 del PCG, se resalta expresamente que la totalidad del contenido de la propuesta deberá ser impreso a doble faz, en hoja tamaño A4, debiendo estar firmadas y foliadas en forma correlativa todas las hojas por el oferente.
A su vez, dentro del sobre deberá presentarse un pendrive que contenga en un solo archivo la misma documentación y cotizaciones presentadas en papel. Cualquier discrepancia entre el contenido digital y el papel, prevalecerá este último.
19. APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura de los sobres será pública y tendrá lugar en la sede del Consejo de la Magistratura, Av. Xxxxx
X. Xxxx 000 xxxx 0x, Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, en la fecha y hora fijadas en la resolución que autoriza el llamado a contratación y hasta las cuales se recibirán las propuestas económicas, según lo establecido por el artículo 95.7 del Anexo I de la Resolución CM Nº 276/2020.
En el caso de que la fecha estipulada resultare feriado o se decretara asueto, se fijará el día hábil siguiente a la misma hora como fecha límite para la presentación de ofertas y la apertura pública de ofertas.
El Consejo de la Magistratura, se reserva la facultad de postergar el Acto de Apertura de Ofertas según su exclusivo derecho, notificando tal circunstancia en forma fehaciente a los adquirentes de los Pliegos y publicando dicha postergación en la página web del Consejo de la Magistratura y en el Boletín Oficial.
20. CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCION DE LAS OFERTAS
20.1 Generalidades
La adjudicación se realizará a la oferta más conveniente a los intereses del Consejo de la Magistratura, lo cual surgirá del cumplimiento de los requisitos y exigencias estipulados en la normativa vigente, en el PCG, el presente PCP, el Pliego de Especificaciones Técnicas y de la sumatoria de los puntajes obtenidos tanto en la evaluación de los Requisitos Económicos, Financieros y Técnicos como de la Propuesta Económica, de acuerdo a los criterios que se detallan a continuación.
20.2 Criterio de evaluación de los Requisitos Económicos, Financieros y Técnicos.
En la evaluación se tendrán en cuenta los siguientes parámetros necesarios para elaborar una tabla de
puntaje en cada caso.
Parámetros:
a) Idoneidad del Servicio. (Máximo 15 puntos).
b) Sistema web online auto gestionable de acuerdo a lo requerido en el PET (Máximo 15 puntos).
c) Plan de Trabajo de acuerdo a lo requerido en el PET (Máximo 10 puntos).
d) Red de Talleres (Máximo 10 puntos).
e) Evaluación Financiera: sobre el último ejercicio cerrado (se considerarán los índices de Solvencia, Endeudamiento como así también el Capital de Trabajo). (Máximo 25 puntos).
f) Referencias Financieras (Máximo 5 puntos).
Puntaje Máximo: 80 Puntos
El Puntaje mínimo: 45 puntos (en caso de no alcanzar el mismo, se procederá al descarte de la oferta).
Evaluación de los Parámetros:
A. Idoneidad en el servicio.
A1. Servicios similares a los licitados prestados en los dos (2) últimos años, en al menos dos (2) clientes del sector público y/o privado.
De 2 a 3 clientes | 3 puntos |
De 4 a 5 clientes | 6 puntos |
Más de 5 clientes | 10 puntos |
En el caso de UT se considerará la suma de los servicios de cada oferente.
A.2 Certificaciones ISO
CUMPLE CON | SI | NO |
Certificación ISO 14001, 45001, 9001 y 39001 vigentes a la fecha | 5 puntos | 0 puntos. |
de apertura |
B. Sistema web online auto gestionable
CUMPLE CON | SI | NO |
Sistema web online auto-gestionable | 15 puntos | 0 puntos |
C. Plan de Trabajo
Muy Bueno | 10 puntos |
Bueno | 5 puntos |
Malo | 0 puntos |
D. Red de talleres con domicilio en el radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
De 5 a 7 Talleres | 2 puntos |
De 8 a 10 Talleres | 5 puntos |
Más de 10 Talleres | 10 puntos |
E. Evaluación Financiera: sobre el último estado contable aprobado.
E.1) Solvencia:
Activo / Pasivo | Menor a 1: | 2 puntos |
Activo / Pasivo | Entre 1 y 3: | 5 puntos |
Activo / Pasivo | Mayor a 3: | 10 puntos |
E.2) Capital de trabajo:
Activo corriente - Pasivo corriente
Hasta 10% del Presupuesto Oficial: | 1 punto |
Más del 10% del Presupuesto Oficial | 2 puntos |
Más del 20% del Presupuesto Oficial | 5 puntos |
E.3) Endeudamiento:
Pasivo total / patrimonio neto
Menor a 0,50: | 10 puntos |
Entre 0,50 y 0,99: | 5 puntos |
Igual a 1: | 2 puntos |
Mayor a 1: | 1 punto |
F. Referencias bancarias y comerciales
De 2 a 3 Referencias | 1 punto |
De 4 a 5 Referencias | 2 puntos |
Más de 5 Referencias | 5 puntos |
20.3 Criterio de Evaluación Económica
La evaluación se realizará de la siguiente forma:
Se evaluará en función del Precio Total de la Propuesta Económica, cotizada conforme lo establecido en el punto 13 del presente PCP:
1° menor cotización ofertada 20 puntos
2° menor cotización ofertada 15 puntos
3° menor cotización ofertada 10 puntos
4° menor cotización ofertada 5 puntos
5° menor cotización ofertada 2 puntos Demás Cotizaciones 1 punto
La adjudicación se realizará a la propuesta que reúna la mayor cantidad de puntos.
21. DICTAMEN DE LA COMISION EVALUADORA. ANUNCIO. IMPUGNACION
El Dictamen de Evaluación de las Ofertas (Dictamen de Preadjudicación) se comunicará a todos los oferentes, se publicará en el Boletín Oficial y en la Web del Consejo de la Magistratura xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/.
Las impugnaciones al Dictamen de Evaluación se harán conforme el artículo 99.9 del Anexo I de la Resolución CM Nº 276/2020 y a los artículos 20 y 21 del PCG.
Documentación Complementaria:
La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá requerir a los oferentes en forma previa a la emisión del Dictamen, aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e información contenida en la misma, en el plazo que se fijará a tal efecto de acuerdo a la complejidad de la información solicitada. Asimismo, podrá requerir que se subsanen los defectos de forma de conformidad con lo establecido en el artículo 99.7.6 del Anexo I de la Resolución CM Nº 276/2020. En tal sentido, podrá solicitarse a los oferentes documentación faltante, en tanto su integración con posterioridad al Acto de Apertura de Ofertas no afecte el principio de igualdad entre oferentes, salvo en aquellos supuestos en que la omisión de dicha documentación fuera prevista en los pliegos que rigen la presente licitación como causal de descarte.
La documentación podrá ser requerida por cualquiera de los integrantes de la Comisión de Evaluación de Ofertas a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx.
22. ADJUDICACIÓN
La adjudicación de la presente contratación recaerá en un único oferente, motivo por el cual resulta obligatoria la presentación de propuestas por el total de lo solicitado.
23. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Conforme lo establecido por el artículo 24 del PCG.
24. CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Son causales de extinción del contrato las siguientes:
a) Expiración del plazo término del contrato, y las respectivas prórrogas si las hubiere, y/o cumplimiento del objeto, según lo estipulado en el presente pliego.
b) Mutuo acuerdo.
c) Quiebra del adjudicatario.
d) Rescisión, conforme lo establecido en los artículos 121 al 126 de la Ley Nº 2.095 -según texto consolidado por Ley Nº 6.347-.
e) Presentación en concurso del adjudicatario, impidiendo dicha circunstancia el efectivo total cumplimiento de las obligaciones emergentes de los Pliegos licitatorios.
25. PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA
25.1 Nómina de Personal
Previo a iniciar las prestaciones, el adjudicatario deberá presentar en la nómina del personal que efectuará los trabajos. En la información a brindar se consignarán los siguientes datos:
• Nombre y apellido
• DNI
• Domicilio actualizado
• Función que desempeña
25.2 Responsabilidad por el Personal
Todo el personal o terceros afectados por el adjudicatario de la Licitación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el Consejo de la Magistratura.
La adjudicataria asumirá ante el Consejo de la Magistratura la responsabilidad total en relación a la conducta y antecedentes de las personas que afecten al servicio.
Estarán a cargo del adjudicatario todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, tales como jornales, aportes y contribuciones, licencias, indemnizaciones, beneficios sociales, otras erogaciones que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos individuales vigentes o a dictarse, o convenirse en el futuro y seguros.
El adjudicatario tomará a su cargo la obligación de reponer elementos o reparar daños y perjuicios que ocasionen al Consejo de la Magistratura por delitos o cuasidelitos, sean estos propios o producidos por las personas bajo su dependencia, o los que pudieron valerse para la prestación de los servicios que establece el pliego. El incumplimiento de lo establecido en esta cláusula dará motivo a la rescisión del contrato.
El adjudicatario se hará responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia o aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios.
El adjudicatario adoptará todas las medidas y precauciones necesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personal de este Poder Judicial, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de esta Institución o de terceros, así puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o elementos instalados o por causas eventuales.
25.3 Daños a Terceros
El adjudicatario implementará las medidas de seguridad que sean necesarias para dar cumplimiento a la legislación vigente en la materia, para evitar daños a las personas o cosas. Si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.
25.4 Exclusión
El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de la exclusión de cualquier personal, recurso, ayudante o coordinador mientras dure la relación contractual.
26. SEGURIDAD E HIGIENE
La adjudicataria deberá dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de “Seguridad e Higiene en el Trabajo” (Ley 19587 – Decreto 351/79 y otros vigentes).
La documentación a presentar ante la Dirección de Seguridad, con copia a la Dirección General de Compras y Contrataciones, antes del inicio de los trabajos será la siguiente:
1 - Presentación del responsable de Seguridad e Higiene de la empresa (es el responsable del cumplimiento de las normas de Seguridad e Higiene de la empresa por las tareas que ésta realice en el Consejo de la Magistratura).
2 - Certificado de cobertura de ART con cláusula de no repetición que accione a favor del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
3 - Plan de contingencias de la empresa por las tareas que se van a realizar en los edificios que son objeto de la presente licitación, conforme a las normativas vigentes en la materia, presentado y aprobado en la ART de la empresa que realice los trabajos.
4 - Constancias de capacitación al personal que realice los trabajos en los edificios en materia de Seguridad e Higiene en el Trabajo según normas vigentes en la materia.
5 - Constancias de entrega de elementos de protección personal a los trabajadores que realicen las tareas en los edificios que son objeto de la presente licitación, según normas vigentes en la materia.
Por otra parte, deberá presentar constancia de capacitación y/o matrícula habilitante del personal en las tareas que desarrollará.
6.- Formulario 931 AFIP de la totalidad de los meses del año en curso.
27. SEGUROS
Coberturas de seguros a requerir Generalidades:
A continuación se detallan las coberturas de seguros a requerir para el ingreso y permanencia de terceros ajenos, sean proveedores y/o adjudicatarios que desarrollen tareas o presten servicios en ubicaciones pertenecientes al Consejo de la Magistratura y/o Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires tanto sean éstas en propiedad o en uso, así como las características mínimas de admisibilidad de las mismas. El adjudicatario deberá acreditar los contratos de seguros que se detallan y su vigencia durante todo el período contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y los comprobantes de pago de las mismas. El adjudicatario no podrá dar comienzo a la prestación si los mismos no se han constituido.
Cada vez que el adjudicatario modifique las condiciones de póliza o cambie de compañía aseguradora, o cada vez que el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo solicite, se presentarán copias de las pólizas contratadas.
La contratación de los seguros que aquí se requieren es independiente de aquellos otros que deba poseer el adjudicatario a fin de cubrir los posibles daños o pérdidas que afecten a sus bienes o los de sus empleados, sean los mismos o no de carácter obligatorio
Quedará a criterio del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a las actividades a realizar por terceros, la inclusión/incorporación/exclusión de cláusulas de cobertura, medida de la prestación y modificación de sumas aseguradas, durante la vigencia de las pólizas contratadas por el adjudicatario, los cuales deberán acreditar el endoso correspondiente a tales cambios.
De las compañías aseguradoras:
Las compañías aseguradoras con las cuales el adjudicatario/prestador o proveedor contrate las coberturas establecidas en el presente Artículo, deben ser de reconocida solvencia, radicadas en la C.A.B.A. o que posean filial administrativa local y autorizadas a tal fin por la Superintendencia de Seguros de la Nación para emitir contratos en los riesgos a cubrir.
El Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el derecho de solicitar a su solo juicio el cambio de compañía aseguradora, si la contratada no alcanza con los indicadores generales, patrimoniales y de gestión en atención al riesgo asumido en el contrato de seguro.
De las coberturas de seguro en particular:
Las coberturas que el adjudicatario ha de acreditar aún cuando disponga de otros, son los que se detallan a continuación:
1) Seguros Laborales.
2) Seguro de Accidentes Personales. (En caso de corresponder)
3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.
En los apartados siguientes se detallan las condiciones mínimas de los contratos de seguro. Los mismos deben cumplir con todos los requerimientos establecidos en las leyes vigentes para cada caso en particular.
1) Seguros Laborales
Seguro de Riesgos del Trabajo, cobertura de ART. El adjudicatario en cumplimiento de la legislación vigente, debe acreditar un seguro que cubra a la totalidad del personal que afecte al servicio contratado, el cual será suscripto con una “Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART)”.
No se podrá afectar personal alguno cualquiera sea su índole, hasta que el mismo no cuente con su correspondiente cobertura por riesgo de accidentes de trabajo.
Se deberán presentar al Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los certificados de cobertura de los trabajadores amparados, en los cuales estará incluido el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición, de subrogación o de regreso contra el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sus funcionarios y/o empleados, sea con fundamento en el Art. N° 39 ap. 5 de la Ley N° 24.557, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del permisionario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales. (En caso de corresponder)
En el caso que el adjudicatario contrate a personal y/o prestadores de servicio que no esté alcanzado por La Ley de Contrato de Trabajo, es decir, quienes no revistan el carácter de relación de dependencia con el mismo; se deberá contar con una póliza de seguros xxx xxxx Accidentes Personales con las siguientes características:
Alcance de la Cobertura: Se deberá amparar a la totalidad del personal afectado durante la jornada laboral incluyendo cobertura in-itinere.
Sumas mínimas a Asegurar:
Muerte: pesos dos millones ($ 2.000.000,00.-).
Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: pesos un millón ($ 1.000.000,00.-). Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): pesos quinientos mil ($ 500.000,00.-).
La citada póliza deberá incluir el siguiente texto:
“La compañía renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó
subrogación contra el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 30- 70175369-7 del Consejo de la Magistratura xx XXXX, sus funcionarios y/o empleados."
3) Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de responsabilidad civil, los daños que como consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del Consejo de la Magistratura y/o del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o de terceros.
Suma Asegurada Mínima:
La misma será por un monto mínimo de pesos dos millones ($ 2.000.000.-). Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas.
B) Daños por caída de objetos, carteles y/o letreros
C) Daños por hechos maliciosos, tumulto popular.
D) Grúas, Guinches, auto elevador (de corresponder).
E) Bienes bajo cuidado, custodia y control.
F) Carga y descarga de bienes fuera del local del asegurado.
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los empleados del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán ser considerados terceros en póliza.
La citada póliza deberá incluir el siguiente texto:
“La compañía renuncia en forma expresa a realizar cualquier acción de repetición y/ó
subrogación contra el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 30- 70175369-7 del Consejo de la Magistratura xx XXXX, sus funcionarios y/o empleados.”
28. PLAZO DE ENTREGA DE PÓLIZAS DE SEGUROS
Las pólizas de seguro mencionadas en el Punto precedente, deberán ser presentadas en la Mesa de Entradas de este Consejo, sita en Av. Xxxxx X. Xxxx 530, en un plazo de cinco (5) días desde la recepción de la Orden de Compra.
En este marco, será responsabilidad del adjudicatario asegurar la vigencia de las coberturas durante el plazo contractual.
Asimismo, deberá presentar la siguiente documentación:
• Nóminas de Personal
• Libretas Sanitarias
29. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
Para los renglones 1 y 2 será de aplicación el Régimen de Redeterminación de precios establecido en la Ley N° 2.809 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347), sus normas reglamentarias contenidas en el Anexo I de la Resolución CM Nº 198/2020 y el protocolo de Actuación para la Adecuación Provisoria y Redeterminación Definitiva de Precios contenido en los Anexos II, III y IV, de dicha Resolución, o la que en el futuro la reemplace.
Las solicitudes de adecuaciones provisorias o redeterminaciones definitivas se calcularán tomando como referencia la siguiente estructura de costos estimada:
Item | Rubro | % incidencia | Referencia |
RENGLON 1 | SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN | 100 | ÍNDICES DE PRECIOS INTERNOS AL POR |
MAYOR (IPIM) NG – Nivel general- INDEC. |
Item | Rubro | % incidencia | Referencia |
RENGLON 2 | HS DE TRABAJO ESPECIALIZADO | 100 | CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO N° 27/88- F.A.A.T.R.A. -Personal Jornalizado Valores $/h. - Xxxxxx Xxxxxx, Categoria oficial. |
El oferente debe presentar conjuntamente con la oferta la siguiente documentación:
1. El presupuesto desagregado por ítem con indicación de volúmenes o cantidades respectivas y precios unitarios o su incidencia en el precio total, cuando corresponda.
2. Los análisis de precios o estructura de costos de cada uno de los ítems, desagregados por sus componentes e incluidas las cargas sociales y tributarias.
3. Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis de precios o en la estructura de costos.
4. Presupuesto desagregado por ítem y los análisis de precios o estructura de costos de cada uno de los ítems en soporte magnético, en formato Excel.
30. CERTIFICACIÓN DE CONFORMIDAD Y FORMA DE PAGO
30.1 Certificación de Conformidad
A los efectos de otorgar la Conformidad Definitiva, el Consejo de la Magistratura emitirá mensualmente el Parte de Recepción Definitiva, conjuntamente con los servicios efectivamente prestados.
Dicho Parte es el único documento interno para el trámite de pago e implica la aceptación de conformidad de los bienes recibidos y/o del servicio prestado.
El Consejo de la Magistratura emite los Partes por triplicado, conforme el siguiente detalle:
1) El original para el trámite de pago.
2) El duplicado para la dependencia emisora del parte de recepción definitiva.
3) El triplicado para el proveedor.
Los Partes de Recepción Definitiva deberán ser suscriptos por los titulares de las reparticiones intervinientes.
30.2 Pago
El pago de lo solicitado se efectuará conforme lo previsto en el PCG.
Renglón 1: El pago será mensual conforme PCG.
Renglón 2: La facturación se realizará de manera mensual de conformidad a la cantidad de horas consumidas durante el mes inmediato anterior a la facturación.
Renglón 3: La facturación será mensual y se computarán los insumos provistos durante el mes inmediato anterior a la facturación.
31. PENALIDADES
El incumplimiento en término y/o satisfactorio de las obligaciones contractuales coloca al adjudicatario en estado xx xxxx y, por lo tanto, sujeto a la aplicación, previo informe de la áreas técnicas, de las penalidades establecidas en el Capítulo XII del Título VI xx Xxx N° 2.095 -según texto consolidado por Ley N° 6.347- y su reglamentación.
El Consejo de la Magistratura podrá aplicar penalidades y/o sanciones, aun cuando el contrato se encontrara extinguido y/o rescindido; ello en tanto el hecho motivador hubiera sido constatado durante la vigencia del contrato.
Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades, los oferentes o co-contratantes pueden asimismo ser pasibles de las sanciones establecidas en el artículo 128 de la Ley N° 2.095 -según texto consolidado por Ley N° 6.347- y su reglamentación.
Toda xxxx en el cumplimiento del contrato coloca al adjudicatario en estado xx xxxx automática, y por tanto innecesaria la constitución en xxxx de la contratista.
32. COMUNICACIONES Y CONSULTAS.
Las consultas relacionadas con la presente contratación deberán efectuarse conforme lo establece el artículo 9 del PCG, hasta los tres (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de ofertas.
33. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El adjudicatario, su red de talleres y personal que se encuentren ligados a la provisión de productos, equipos y/o servicios objeto del presente llamado están obligados a mantener la más estricta confidencialidad sobre la información que obtenga del Consejo de la Magistratura y/o del Ministerio Público Fiscal, o de cualesquiera otras fuentes públicas o privadas indicadas por el organismo contratante, en relación con el objeto del contrato. Esta obligación no se extinguirá con el cumplimiento del objeto del contrato. El incumplimiento de esta obligación será considerada falta gravísima y dará lugar a la resolución del contrato por incumplimiento culpable del adjudicatario, sin perjuicio de las restantes sanciones civiles y penales que pudieran corresponder.
Toda la información proporcionada para la ejecución de las tareas que son encomendadas, es propiedad exclusiva del Consejo de la Magistratura. La información, ideas, conceptos, práctica y/o técnicas a cuyo conocimiento el adjudicatario acceda y/o se generen con motivo del presente trabajo, forman parte xxx xxxxxxx institucional propiedad del Consejo de la Magistratura, por lo que se compromete a:
• Mantener absoluta reserva de las mismas.
• Custodiarlas apropiadamente.
• No divulgarlas, ni transmitirlas a terceros no autorizados.
• No explotarlas ni utilizarlas en beneficio propio y/o de terceros, salvo cesión y/o consentimiento previo y por escrito otorgado por el Consejo de la Magistratura.
En caso de que las tareas sean efectuadas por personal perteneciente al adjudicatario, este último se compromete (con anterioridad al inicio de su trabajo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la responsabilidad por su cumplimiento por parte del personal.
En caso de que el adjudicatario decida subcontratar a terceros (con previo consentimiento del organismo
contratante) para efectuar total o parcialmente su trabajo, se compromete (con anterioridad al inicio del mismo) a poner en su conocimiento las presentes condiciones, asumiendo la empresa la responsabilidad por el cumplimiento de las mismas por parte de los terceros subcontratados.
El presente compromiso es irrevocable y seguirá siendo válido aún después de finalizada la relación con el Consejo de la Magistratura.
PLANILLA DE COTIZACIÓN
RENGLÓN COTIZADO | CANTIDAD MENSUAL | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL | |
1 | Valor por servicio de administración por vehículo | VEHÍCULOS: 105 | Precio unitario mensual: $ …. | Precio total x 24 meses: $ ……. |
2 | Valor de la hora especialidades (mecánica, chapa y pintura) | Cantidad de Horas: 3456 | ||
3 | Valor de insumos y repuestos | $23.064.000,00 | ||
OFERTA TOTAL: |
DECLARACION JURADA DE APTITUD PARA CONTRATAR
El que suscribe, (nombre y apellido representante legal o apoderado) con
poder suficiente para este acta DECLARA BAJO JURAMENTO, que (nombre y apellido o razón social)……………………………………CUIT N°……………………………está habilitado/o para contratar con el PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en razón de cumplir con los requisitos del artículo 88 de la Ley N° 2.095 (según texto consolidado por Ley N° 6.347) y que no está incurso en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en los incisos a) a j) del artículo 89 del citado plexo normativo, y del PCP.
FIRMA
……………………………………………………………………. ACLARACION
……………………………………………………………………. CARÁCTER
…………………………………………………………………….. Ciudad de Buenos Aires,………de………....de………..
poder suficiente para este acta, DECLARA BAJO JURAMENTO que la oferta realizada por la firma (nombre y apellido o razón social) CUIT
N° no ha sido concertada con potenciales competidores, de conformidad con
lo establecido por el artículo 15 bis de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.347) y modificatorias.
FIRMA
……………………………………………………………………. ACLARACIÓN
……………………………………………………………………. CARÁCTER
……………………………………………………………………... Ciudad de Buenos Aires,……...de…..………. de………..
poder suficiente para esta acta, DECLARA BAJO JURAMENTO que los representantes legales, miembros y/o accionistas de la firma (nombre y apellido o razón social)………………..…………………..…….., CUIT N° , no mantienen ni
han mantenido durante el último año relación de dependencia, o contractual, con el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
FIRMA
……………………………………………………………………. ACLARACIÓN
……………………………………………………………………. CARÁCTER
…………………………………………………………………….. Ciudad de Buenos Aires,……...de…..………. de………..
LICITACIÓN PÚBLICA N° 11/2022
MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LA FLOTA AUTOMOTOR DEL PODER JUDICIAL DE LA C.A.B.A.
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. ALCANCE
RENGLÓN 1: Servicio de administración para el mantenimiento integral de la flota automotor del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante una red de talleres prestadores de dichos servicios, con un sistema informático de interacción entre el adjudicatario administrador, el prestador, el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público Fiscal.
El servicio de administración para el mantenimiento integral de la flota automotor comprende:
• La gestión del servicio de mantenimiento de la flota de vehículos utilizados por el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando una red de talleres prestadores del servicio y un “sistema informático de servicios” que permita una rápida y permanente interacción entre el adjudicatario administrador, red de talleres prestadores, el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público Fiscal, para la solicitud y aprobación de los trabajos necesarios.
La administración del sistema deberá contemplar la gestión de compra de repuestos, materiales, insumos y accesorios.
En caso de discrepancia entre el adjudicatario y el Consejo de la Magistratura o el Ministerio Público Fiscal, sobre el alcance de las tareas de reparación/mantenimiento a cumplir en un vehículo, prevalecerá el punto de vista del organismo contratante.
• La red de talleres deberá estar integrada por lo menos por cinco (5) talleres que se encarguen de la reparación integral de los vehículos y accesorios específicos, con domicilio en el radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y habilitación local correspondiente, como asimismo contar con lugares especializados para la provisión de repuestos varios y/o accesorios (ej. cubiertas, cerraduras, vidrios, y toda otra especificidad propia del vehículo, etcétera). El Consejo de la Magistratura podrá solicitar la incorporación de talleres a la red, según las necesidades operativas.
• El sistema contemplará, además, un servicio de atención de emergencia mediante un servicio de auxilio las veinticuatro (24) horas, para todo tipo de vehículos; incluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados, siendo utilizada esta asistencia cuando el vehículo esté
imposibilitado de trasladarse por sí mismo, y deba ser remolcado al taller para cualquier tipo de reparación mecánica, chapa y/o mantenimiento correctivo. Asimismo, dicho servicio deberá contemplar el control y reemplazo de baterías.
• El adjudicatario será responsable del seguimiento del mantenimiento programado para cada vehículo de acuerdo con las rutinas de servicios previstas en los manuales de fábrica, con los valores correspondientes a las tablas de tiempos de los fabricantes.
• En caso de tratarse de vehículos que se encuentren dentro del período de garantía, el adjudicatario deberá encargarse de asegurar el cumplimiento de la mencionada garantía en todos sus aspectos.
• Se deberá garantizar el libre acceso a la totalidad de los talleres que formen parte integrante de la red de talleres, y a todas las áreas dentro de los mismos, donde se realicen trabajos de reparación y de mantenimiento, a los inspectores que el Consejo de la Magistratura designe a tales fines.
• El adjudicatario deberá remitir diariamente al Consejo de la Magistratura un reporte o listado de todas las órdenes de servicio emitidas.
Asimismo, semanalmente deberá remitir al Consejo de la Magistratura un reporte o listado con todos los trabajos aprobados y realizados, el cual deberá contener, además:
-Fecha de solicitud del servicio.
-Identificación del vehículo.
-Taller asignado.
-Fecha de ingreso al taller.
-Reparación solicitada.
-Reparación realizada.
-Detalle y valor de la mano de obra.
-Detalle y valor de los repuestos.
En forma mensual se elevará un informe al Consejo de la Magistratura detallando todas las operaciones realizadas y toda la información adicional que sirva de sustento a los fines de un adecuado control de la flota automotor.
• El adjudicatario deberá designar un gestor a los fines de realizar diversos trámites que pudieran ocasionarse como consecuencia de la presente Licitación (ejemplo: trámites xx xxxxx patente, cambio de motor, tramitación de siniestros ante compañía de seguros, etcétera).
RENGLÓN 2: Servicio de especialidad mecánica, chapa y pintura destinadas al mantenimiento integral de la flota automotor del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se incluyen todos los trabajos y herramientas necesarias para que las partes afectadas resulten de igual color y brillo que el resto de la unidad, debiéndose respetar las líneas de carrocería y las formas originales.
Los tratamientos de base, lacas, pinturas y terminaciones a utilizar deberán ser las originales o en su defecto las recomendadas por el fabricante, utilizándose material de primera marca y reconocida calidad. Los métodos de aplicación serán los recomendados por los fabricantes.
Durante la permanencia de las unidades en los lugares físicos designados por el adjudicatario para la ejecución de su mantenimiento y/o reparación, dichos vehículos quedarán bajo custodia y guarda del mismo, solidariamente con los talleres de que se trate, siendo ambos responsables por todos los daños y/o sustracciones que sufrieren y/o se verificasen sobre las unidades. Las unidades no podrán permanecer durante la noche en la vía pública. Dicha responsabilidad solidaria será desde su ingreso al taller hasta su recepción.
Será responsabilidad del adjudicatario y/o de cada taller en particular, la entrega de las unidades en perfecto estado de limpieza.
En relación al servicio de especialidad mecánica, se encuentran incluidos todos los trabajos y herramientas necesarias para llevar a cabo las reparaciones que permitan el normal y correcto funcionamiento de la unidad
RENGLÓN 3: Provisión de insumos y repuestos para la flota automotor del Consejo de la Magistratura y del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Los repuestos a suministrar deberán ser nuevos, originales y/o legítimos con los que viene equipada la unidad de fábrica, debiendo contar con la garantía escrita del fabricante, cuando correspondiere. Caso contrario, deberán ser garantizadas por el proveedor de las mismas, por un período mínimo de seis (6) meses desde la fecha de entrega de la unidad reparada.
Los aceites, lubricantes, grasas, líquidos refrigerantes y de frenos, elementos filtrantes, etcétera, deberán ser los recomendados por los fabricantes de las unidades en sus manuales de uso.
2. CANTIDAD DE VEHÍCULOS
TIPO | TOTAL |
Camionetas | 67 |
Automóviles | 26 |
Motocicleta | 12 |
Total. | 105 |
3. BAREMOS DE TIEMPO DE REPARACIÓN SEGÚN TIPO DE VEHÍCULOS A REPARAR
A continuación se establecen las horas máximas que se reconocerán para cada una de las tareas descriptas:
Camionetas:
REPARACIÓN | TIEMPO DE TRABAJO / CANTIDAD DE HORAS MAX. |
Service Completo (Filtros y Aceites). | 1 |
cambio pastillas de frenos | 1 |
Embrague. | 10 |
amortiguadores delanteros | 2 |
amortiguadores traseros | 1 |
alineación y balanceo | 1 |
Alarmas integrales | 2 |
Testeo de Computadora Abordo para Detección de Averías. | 1 |
Bomba de Agua | 2 |
Cambio de Cubiertas | No aplica |
Cambio Kit de Distribución | 6 |
Baterías | No aplica |
Lavado | No aplica |
Cambio xx Xxxxxxxxx | 3 |
Reparación Frenos ABS | 3 |
Motor de arranque | 3 |
Encendido | 2 |
Alternador | 2 |
Electroventilador | 2 |
cierre centralizado | 2 |
Circuito de Alimentación Eléctrico | 3 |
Circuito de Refrigeración | 1 |
Bomba de Combustible | 3 |
Caudalimetro | 1 |
Perdida de Aceite | Depende la perdida |
Dirección Asistida | 5 |
Tren delantero | 8 |
Tren Trasero | 6 |
Reparación Caja Manual | 10 |
Reparación caja automática | 14 |
Tapicería | Depende la reparación |
Cambio Junta Tapa de Cilindro | 8 |
Cambio o Reparación Radiador | 2 |
Reparación Aire Acondicionado | 2 |
Reparación Calefacción | 2 |
Chapería Estética | Depende la reparación |
Rectificación de Motor Completo | 30 |
Rectificación de Motor Parcial | 15 |
Rectificación de Caja Manual Completa | 8 |
Rectificación de Caja Automática Completa | 12 |
Reparación de Turbo | 4 |
Chapería con cambios de autopartes | Depende la reparación |
Chapería correctiva de carrocería por colisiones | Depende la reparación |
Motos:
REPARACIÓN | TIEMPO DE TRABAJO / CANTIDAD DE HORAS MAX. |
Service Completo (Filtros y Aceites). | 1 |
Cambio pastillas de frenos | 2 |
Embrague. | 2 |
amortiguadores delanteros | 2 |
amortiguadores traseros | 1 |
alineación y balanceo | 1 |
Alarmas integrales | No aplica |
Testeo de Computadora Abordo para Detección de Averías. | 1 |
Bomba de Agua | 1 |
Cambio de Cubiertas | No aplica |
Cambio Kit de Distribución | 2 |
Baterías | No aplica |
Lavado | No aplica |
Reparación Frenos ABS | 2 |
Motor de arranque | 2 |
Encendido | 1 |
Alternador | 1 |
Circuito de Alimentación Eléctrico | 1 |
Circuito de Refrigeración | 1 |
Bomba de Combustible | 1 |
Perdida de Aceite | Depende la perdida |
Tren delantero | 1 |
Tren Trasero | 1 |
Reparación Caja Manual | 1 |
Cambio Junta Tapa de Cilindro | 3 |
Cambio o Reparación Radiador | 1 |
Chapería Estética | Depende la reparación |
Rectificación de Motor Completo | 10 |
Rectificación de Motor Parcial | 5 |
Automóviles:
REPARACIÓN | TIEMPO DE TRABAJO / CANTIDAD DE HORAS MAX. |
Service Completo (Filtros y Aceites). | 1 |
cambio pastillas de frenos | 1 |
Embrague. | 8 |
amortiguadores delanteros | 2 |
amortiguadores traseros | 1 |
alineación y balanceo | 1 |
Alarmas integrales | 2 |
Testeo de Computadora Abordo para Detección de Averías. | 1 |
Bomba de Agua | 2 |
Cambio de Cubiertas | No aplica |
Cambio Kit de Distribución | 6 |
Baterías | No aplica |
Lavado | No aplica |
Cambio xx Xxxxxxxxx | 3 |
Reparación Frenos ABS | 3 |
Motor de arranque | 3 |
Encendido | 2 |
Alternador | 2 |
Electroventilador | 2 |
cierre centralizado | 2 |
Circuito de Alimentación Eléctrico | 3 |
Circuito de Refrigeración | 1 |
Bomba de Combustible | 3 |
Caudalimetro | 1 |
Perdida de Aceite | Depende la perdida |
Dirección Asistida | 5 |
Tren delantero | 8 |
Tren Trasero | 6 |
Reparación Caja Manual | 10 |
Reparación caja automática | 14 |
Tapicería | Depende la reparación |
Cambio Junta Tapa de Cilindro | 8 |
Cambio o Reparación Radiador | 2 |
Reparación Aire Acondicionado | 2 |
Reparación Calefacción | 4 |
Chapería Estética | Depende la reparación |
Rectificación de Motor Completo | 30 |
Rectificación de Motor Parcial | 15 |
Rectificación de Caja Manual Completa | 8 |
Rectificación de Caja Automática Completa | 12 |
Reparación de Turbo | 4 |
Chapería con cambios de autopartes | Depende la reparación |
Chapería correctiva de carrocería por colisiones | Depende la reparación |
4. APROBACIÓN DE LOS TRABAJOS
Los trabajos que correspondan ser realizados para el mantenimiento integral de la flota vehicular, deberán ser aprobados indefectiblemente por el Consejo de la Magistratura o el Ministerio Público Fiscal según corresponda (mediante la utilización del sistema informático habilitado a tales fines) para su rechazo, re-cotización y/o aprobación.
Dichos presupuestos deberán discriminar la cantidad de horas de mano de obra empleadas y los repuestos e insumos utilizados (detallando marca, modelo, cantidad y costo).
Una vez aprobados los presupuestos, el adjudicatario dará la orden de inicio de los trabajos al taller interviniente.
En caso de considerar, que dichos trabajos deben re-cotizarse, el adjudicatario, deberá poner a disposición del Consejo de la Magistratura o el Ministerio Público Fiscal (según corresponda) tres
(3) talleres alternativos, sobre los cuales se decidirá en cuál se efectuará la reparación.
Para dar curso a dicha aprobación se deberá contar con un sistema informático rápido y confiable que cuente con la siguiente información detallada:
• Fecha y hora de carga de solicitud, asignación de taller, ingreso de la unidad, carga de presupuesto del taller, aprobación de presupuesto, inicio de reparación, fin de reparación, egreso de la unidad. Asimismo, deberá quedar registro de los usuarios intervinientes en cada cambio de estado registrado en dicho sistema.
• Datos del vehículo requeridos por el área correspondiente, centro de costos correspondiente, kilometraje de la unidad, taller interviniente, servicio pedido, trabajo a realizar (discriminando en el presupuesto mano de obra y repuestos/insumos). Asimismo, deberá contar con un campo de observaciones destinado al uso del taller, para cualquier aclaración o sugerencia.
• Para los cálculos estadísticos y de gestión, en la información (incluyendo los casos de aprobación directa) se deberá dejar aclarado el tipo de reparación efectuada (mantenimiento, siniestro, colocación de accesorios o trabajos especiales).
5. GARANTÍA DE LOS TRABAJOS
Los trabajos que se realicen deberán ser garantizados en todos los casos, incluyendo los repuestos, durante un período de noventa (90) días, a contar desde la fecha de entrega del vehículo objeto del trabajo.
Todos los desperfectos que se originen como consecuencia del apartamiento de las
recomendaciones y/o instrucciones del fabricante, por causas imputables al taller, serán asumidos y reparados por el adjudicatario a su entero costo y cargo.