Common use of Incapacidad permanente total Clause in Contracts

Incapacidad permanente total. 1. El personal laboral fijo que sea declarado en situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habit- ual podrá optar expresamente por ocupar otro puesto de trabajo de los existentes en la Relación de Puestos de Tra- bajo de categorías profesionales correspondientes al grupo profesional en el que estuviera encuadrado su anterior puesto de trabajo o a un grupo profesional inferior, que pueda desempeñar y para el que se encuentre cualificado, o por percibir la cantidad de 18.000 euros. La persona interesada deberá presentar su solicitud en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en su caso, a partir de que adquiera firmeza la Sentencia por la que se le declare en dicha situación. A su solicitud deberá acompañar los informes que acrediten las deficiencias y/o patologías que padece. Este derecho se hará efectivo mediante su posterior participación por el segundo turno del concurso permanente de traslados, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del presente Convenio Colectivo. A estos efectos, la persona interesada deberá reunir los requisitos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo. En ningún caso el trabajador o trabajadora podrá ocupar puestos de trabajo de la categoría profesional para la que se encuentre declarado en Incapacidad Permanente Total.

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Incapacidad permanente total. 1. El personal laboral fijo que sea declarado en situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habit- ual habitual podrá optar expresamente por ocupar otro puesto de trabajo de los existentes en Trabajo drado su la Relación de Puestos de Tra- bajo en el que estuviera encua de categorías profesionales correspondientes al grupo profesional en el que estuviera encuadrado su anterior puesto de trabajo o a un grupo profesional inferior, que pueda desempeñar y para el que se encuentre cualificado, o por percibir la cantidad de 18.000 euros. La persona interesada deberá presentar su solicitud en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en su caso, a partir de que adquiera firmeza la Sentencia por la que se le declare en dicha situación. A su solicitud deberá acompañar los informes que acrediten las deficiencias y/o patologías que padece. Este derecho se hará efectivo mediante su posterior participación por el segundo turno del concurso permanente de traslados, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del presente Convenio Colectivo. A estos efectos, la persona interesada deberá reunir los requisitos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo. En ningún caso el trabajador o trabajadora podrá ocupar puestos de trabajo de la categoría profesional para la que se encuentre declarado en Incapacidad Permanente Total.. en esa Direc ateria de función pública, que deberá expedirse en el plazo de

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Incapacidad permanente total. 1. El personal laboral fijo que sea declarado en situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habit- ual profe- sión habitual podrá optar expresamente por ocupar otro puesto de trabajo de los existentes en la Relación de Puestos de Tra- bajo Trabajo de categorías profesionales correspondientes al grupo profesional en el que estuviera encuadrado su anterior puesto de trabajo o a un grupo profesional inferior, que pueda desempeñar y para el que se encuentre cualificado, o por percibir la cantidad de 18.000 euros. La persona interesada deberá presentar pre- sentar su solicitud en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en su caso, a partir de que adquiera firmeza la Sentencia por la que se le declare en dicha situación. A su solicitud deberá acompañar los informes que acrediten las deficiencias y/o patologías que padece. Este derecho se hará efectivo mediante su posterior participación por el segundo turno del concurso permanente perma- nente de traslados, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del presente Convenio Colectivo. A estos efectos, la persona interesada deberá reunir los requisitos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajoxx Xxxxx- jo. En ningún caso el trabajador o trabajadora podrá ocupar puestos de trabajo de la categoría profesional para la que se encuentre declarado en Incapacidad Permanente Total.

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Incapacidad permanente total. 1. El personal laboral fijo que sea declarado en situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habit- ual habitual podrá optar expresamente por ocupar otro puesto de trabajo de los existentes en la Relación de Puestos de Tra- bajo Trabajo de categorías profesionales correspondientes al grupo profesional en el que estuviera encuadrado su anterior puesto de trabajo o a un al grupo profesional inferior, que pueda desempeñar y para el que se encuentre cualificado, o por percibir la cantidad de 18.000 euros. La persona interesada deberá presentar su solicitud en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social o, en su caso, a partir de que adquiera firmeza la Sentencia por la que se le declare en dicha situación. A su solicitud deberá acompañar los informes que acrediten las deficiencias y/o patologías que padece. Este derecho se hará efectivo mediante su posterior participación por el segundo turno del concurso permanente de traslados, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 del presente Convenio Colectivo. A estos efectos, la persona interesada deberá reunir los requisitos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo. En ningún caso el trabajador o trabajadora podrá ocupar puestos de trabajo de la categoría profesional para la que se encuentre declarado en Incapacidad Permanente Total.

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