Incumplimientos leves. Se considerara incumplimiento leve la no realización esporádica de alguna de las obligaciones reflejadas en el presente contrato. A título enunciativo, y no exhaustivo se definen algunos de los incumplimientos sancionables como leves: - El retraso injustificado en la realización de las tareas de limpieza diarias - El retraso injustificado superior a un mes en los trabajos con periodicidad superior a 30 días. - No dotar a sus operarios de todos los equipos de protección individual (EPI’s) necesarios para trabajar en la instalación de acuerdo a la normativa vigente. - Las faltas de respeto del personal con los usuarios de los edificios, cargos electos y/o personal al servicio del Ayuntamiento. - La rotura de stock de consumibles establecidos como almacenables. - La ausencia de orden, limpieza y control en el/los almacén/es de los repuestos necesarios para el desarrollo normal actividad objeto del presente contrato. - El abandono injustificado del puesto de trabajo de alguno de los operarios que se encuentren en la cobertura mínima que se haya establecido. - El incumplimiento de alguna de las otras obligaciones definidas en este contrato, no calificadas como incumplimientos graves o muy graves. - El no apagado xx xxxxx en las dependencias de los edificios, una vez finalizada la jornada y los trabajos de limpieza. - No realizar un uso racional de los recursos. (grifos abiertos sin justificación, no dejar bajadas las persianas y cerradas las ventanas,...) - La no desconexión y posterior conexión de las alarmas, donde proceda.
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Samples: Cleaning Services Contract, Contract for Cleaning Services
Incumplimientos leves. Se considerara considerará incumplimiento leve la no realización esporádica puntual de alguna de las obligaciones reflejadas en el presente contrato, si no se justifica adecuadamente. A título enunciativo, y no exhaustivo continuación se definen algunos de los incumplimientos sancionables como levespenalizables desglosado por distintos ámbitos de gestión.
1. En cuanto a las tareas del servicio y sus frecuencias: - o La no realización de alguna de las tareas planificadas en los tiempos estipulados. o Retraso en la entrega del informe del estado de las instalaciones respecto del mes inicial. o El retraso injustificado en la realización de las tareas en las fechas comunicadas según la programación prevista. o No mantener actualizado en el GMAO la información relativa a intervenciones o incidencias a final de limpieza diarias - El mes. o Entrega con retraso injustificado de un mes del inventario inicial o la entrega del mismo sin contemplar todos los datos requeridos (exigidos en el pliego o acordados con el Responsable de la APB). o No realizar el informe trimestral según lo indicado en el pliego o según lo acordado con el Responsable de la APB. o No actualizar en cada inspección los datos relativos a cada instalación o Entrega de los informes trimestrales con retraso de hasta una semana. o Entrega del cuadro de planificación inicial más tarde del primer mes. o La no actualización en el GMAO de las planificaciones cuando estas cambien de acuerdo con el Responsable del Contrato. o La no coherencia entre la planificación y la certificación de los trabajos. o No reflejar las modificaciones en la instalación durante un periodo de tiempo superior a un mes en sin causa justificada.
2. En cuanto a la organización del servicio: o Falta de aviso previo de los trabajos de mantenimiento al Responsable del Contrato para evitar interferencias con periodicidad superior a 30 díasla operatividad de la APB. - No dotar a sus operarios de todos los equipos de protección individual (EPI’s) necesarios para trabajar o Deficiencias en la instalación prestación del servicio por falta de acuerdo a la normativa vigentepersonal. - Las faltas de respeto del personal con los usuarios de los edificios, cargos electos y/o personal al servicio del Ayuntamiento. - La rotura de stock de consumibles establecidos como almacenables. - La ausencia de orden, limpieza y control en el/los almacén/es de los repuestos necesarios para el desarrollo normal actividad objeto del presente contrato. - El abandono injustificado del puesto de trabajo de alguno de los operarios que se encuentren en la cobertura mínima que se haya establecido. - El incumplimiento de alguna de las otras obligaciones definidas cualquier otra obligación definida en este contrato, no calificadas como incumplimientos graves .
3. En cuanto al control de calidad: o muy graves. - El no apagado xx xxxxx en las dependencias Cuando el informe trimestral de los edificios, una vez finalizada la jornada y distintos servicios no contenga todos los trabajos de limpieza. - No realizar un uso racional de los recursos. (grifos abiertos sin justificación, no dejar bajadas las persianas y cerradas las ventanas,...) - La no desconexión y posterior conexión de las alarmas, donde procedapuntos establecidos.
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Samples: Mantenimiento De Servicios
Incumplimientos leves. Se considerara incumplimiento leve la no realización esporádica de alguna de las obligaciones reflejadas en el presente contrato. A título enunciativo, y no exhaustivo se definen algunos de los considerarán incumplimientos sancionables como leves: - El retraso injustificado en La falta de atención y consideración al usuario por parte del personal al servicio de la realización de las tareas de limpieza diarias empresa concesionaria. - El retraso injustificado superior a un mes o tardanza en ejecutar órdenes o prestar los trabajos con periodicidad superior a 30 díasservicios requeridos. - No dotar a sus operarios La omisión de todos los equipos de protección individual (EPI’s) necesarios para trabajar datos o la tardanza en la instalación de acuerdo a la normativa vigente. - Las faltas de respeto del personal con los usuarios entrega de los edificios, cargos electos mismos. Estos incumplimientos serán sancionados con apercibimiento y/o personal al servicio multa de hasta 150 Euros. Se considerarán faltas graves: - El incumplimiento de las órdenes dictadas por el Ayuntamiento relativas a la prestación del servicio. - La ocultación, omisión, deformación o negación de datos o informes que se soliciten desde el Ayuntamiento. - La rotura de stock de consumibles establecidos como almacenables. - La ausencia de orden, limpieza y control en el/los almacén/es Incumplimiento de los repuestos necesarios para el desarrollo normal actividad objeto del presente contrato. - El abandono injustificado del puesto de trabajo de alguno horarios, la no utilización de los operarios que se encuentren en la cobertura mínima que se haya establecidomedios materiales ofertados así como el mal estado de conservación de los mismos. - El incumplimiento de alguna las obligaciones reglamentarias con el personal propio. - Cualesquiera otras negligencias de carácter grave que a juicio del Ayuntamiento merezca tal condición atendiendo a las consecuencias que de la misma se pudieran derivar. Estos incumplimientos, serán objeto de penalidades que estarán comprendidas entre los 151 y los 500 Euros. - La demora en el comienzo de la prestación de los servicios sobre la fecha prevista o interrupción injustificada en su prestación salvo causa de fuerza mayor. - Los actos u omisiones que puedan ser motivo de peligro para la seguridad pública, así como la tardanza o negligencia en corregir defectos o situaciones que determinen peligro para las personas o cosas. - La contumacia comprobada en incumplir las instrucciones y órdenes municipales. - Cualquier práctica defraudatoria o irregularidad grave en la forma de prestación del servicio que suponga discriminación para los usuarios o enriquecimiento injusto. - Cualquier conducta que suponga abandono o deterioro culposo o negligente de las otras obligaciones definidas en este contrato, no calificadas como incumplimientos graves o muy gravesinstalaciones que integran el Servicio. - El Alteración o no apagado xx xxxxx cobro injustificado en la recaudación de las dependencias tarifas. - Cualquier otro incumplimiento de carácter transcendente o que perjudique el interés público de las condiciones contractuales. Estos incumplimientos, serán objeto de penalidades que estarán comprendidas entre los 501 y los 1000 Euros. La cuantía de la sanción que se imponga, dentro de los edificioslímites establecidos anteriormente, una vez finalizada se graduará de acuerdo con la jornada y los trabajos repercusión social de limpiezala infracción, la intencionalidad, el daño causado, en su caso, o el número de infracciones cometidas. - No realizar un uso racional Las cantidades que se impongan como penalidades, serán detraídas directamente de los recursos. (grifos abiertos sin justificaciónla garantía definitiva constituida por el contratista, no dejar bajadas las persianas y cerradas las ventanas,...) - La no desconexión y posterior conexión estando obligado éste a su reposición en el plazo de las alarmas, donde proceda10 días.
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