Inspección de Obra. El artículo 1.6.23 del P.C.G. se complementa con lo siguiente: Corresponderá al GCBA la supervisión técnica de los trabajos, así como el seguimiento, inspección y control en la ejecución del Plan de Trabajos definitivo; designando a los funcionarios que actuarán en carácter de Inspección de Obra. La mencionada Inspección tendrá también a su cargo el control de la calidad de los materiales y de la mano de obra empleada, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. Los funcionarios que actuarán en carácter de Inspección de Obra lo harán en su horario habitual de funciones en el Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. A los efectos de atender a las observaciones de la Inspección, el Jefe de Obra deberá hallarse permanentemente en obra. En su ausencia, lo reemplazará el Representante Técnico definido en el numeral 2.6.22 del presente P.C.P. La Inspección de Obra tendrá libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Contratista.
Appears in 2 contracts
Samples: Pliegos De Condiciones Particulares Para Obras Públicas Mayores, Pliego De Condiciones Particulares Para Obras Públicas Mayores
Inspección de Obra. El artículo 1.6.23 del P.C.G. se complementa con lo siguiente: Corresponderá al GCBA Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la supervisión técnica de los trabajos, así como el seguimiento, inspección y control en la ejecución del Plan de Trabajos definitivo; designando a los funcionarios que actuarán en carácter de Inspección de Obra. La mencionada Inspección tendrá también a su cargo el control de la calidad de los materiales y de la mano de obra empleada, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. Los funcionarios que actuarán actuaran en carácter de Inspección de Obra lo harán en su horario habitual de funciones en el Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio la Unidad de Desarrollo Urbano proyectos Especiales de Movilidad Saludable y/o la Subsecretaria de Movilidad Sustentable y TransporteSegura. A los efectos de atender a las observaciones de la Inspección, el Jefe de Obra deberá hallarse permanentemente en obra. En su ausencia, lo reemplazará obra el Representante Técnico definido en el numeral 2.6.22 Obra del presente P.C.P. Contratista. La Inspección de Obra tendrá libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Contratista.
Appears in 1 contract
Samples: Construction Contract
Inspección de Obra. El artículo 1.6.23 La Inspección de obra estará a cargo del P.C.G. se complementa personal que designe el GCABA, quien comunicará al Contratista cuáles son las personas autorizadas para visitar la obra en cualquier momento sin previo permiso y cuáles están autorizadas para dar órdenes escritas con lo siguiente: carácter de Inspección. Corresponderá al GCBA la supervisión técnica de los trabajos, así como el seguimiento, inspección y control en la ejecución del Plan de Trabajos Trabajo definitivo; designando a los funcionarios que actuarán en carácter de Inspección de Obra. La mencionada Inspección tendrá también a su cargo el control de la calidad de los materiales y de la mano de obra empleada, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las obligaciones del ContratistaConcesionario. Los funcionarios que actuarán en carácter de Inspección de Obra lo harán en su horario habitual de funciones en el Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. PLIEG-2019-15956828-GCABA-DGABC A los efectos de atender a las observaciones de la Inspección, el Jefe de Obra deberá hallarse permanentemente en obra. En su ausencia, lo reemplazará el Representante Técnico definido en que oportunamente el numeral 2.6.22 del presente P.C.P. concesionario designe. La Inspección de Obra tendrá libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Contratista.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública
Inspección de Obra. El artículo 1.6.23 del P.C.G. se complementa con lo siguiente: Corresponderá al GCBA Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires la supervisión técnica de los trabajos, así como el seguimiento, inspección y control en la ejecución del Plan de Trabajos definitivo; designando a los funcionarios que actuarán en carácter de Inspección de Obra. La mencionada Inspección tendrá también a su cargo el control de la calidad de los materiales y de la mano de obra empleada, la marcha de los trabajos y el cumplimiento de las obligaciones del Contratista. Los funcionarios que actuarán actuaran en carácter de Inspección de Obra lo harán en su horario habitual de funciones en el Organismo encargado de la Inspección de Obra que designe el Ministerio la Unidad de Desarrollo Urbano proyectos Especiales de Movilidad Saludable y/o la Subsecretaria de Movilidad Sustentable y TransporteSegura. A los efectos de atender a las observaciones de la Inspección, el Jefe de Obra deberá hallarse permanentemente en obraobra el R2e8presentante en Obra del Contratista. En su ausencia, lo reemplazará el Representante Técnico definido en el numeral 2.6.22 del presente P.C.P. PLIEG-2018-09114134- -UPEMS La Inspección de Obra tendrá libre acceso, sin aviso previo, a las plantas y depósitos del Contratista.
Appears in 1 contract
Samples: Pliego De Condiciones Particulares