Integración. Las comisiones asesoras regionales se integrarán de la siguiente manera: a) Por el Estado nacional: dos (2) representantes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de los cuales uno ejercerá la presidencia; b) Por el sector empleador: cuatro (4) representantes de la o las entidades empresarias más representativas de la producción o actividad para la cual ésta se constituya; c) Por el sector trabajador: cuatro (4) representantes de la asociación sindical más representativa de la producción o actividad para la cual ésta se constituya.
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Samples: Régimen De Trabajo Agrario, Régimen De Trabajo Agrario, Régimen De Trabajo Agrario
Integración. Las comisiones asesoras regionales se integrarán de la siguiente manera:
a) Por el Estado nacional: dos (2) representantes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de los cuales uno ejercerá la presidencia;
b) Por el sector empleador: cuatro (4) representantes de la o las entidades empresarias em- presarias más representativas de la producción o actividad para la cual ésta se constituya;
c) Por el sector trabajador: cuatro (4) representantes de la asociación sindical más representativa de la producción o actividad para la cual ésta se constituya.
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Samples: Ley 26.727 Trabajo Agrario
Integración. Las comisiones asesoras regionales se integrarán de la siguiente manera:
: a) Por el Estado nacional: dos (2) representantes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de los cuales uno ejercerá la presidencia;
; b) Por el sector empleador: cuatro (4) representantes de la o las entidades empresarias más representativas de la producción o actividad para la cual ésta se constituya;
; c) Por el sector trabajador: cuatro (4) representantes de la asociación sindical más representativa de la producción o actividad para la cual ésta se constituyaconstituya .
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Samples: Labor Contract
Integración. Las comisiones asesoras regionales se integrarán de la siguiente manera:
: a) Por el Estado nacional: dos (2) representantes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de los cuales uno ejercerá la presidencia;
; b) Por el sector empleador: cuatro (4) representantes de la o las entidades empresarias más representativas de la producción o actividad para la cual ésta se constituya;
; c) Por el sector trabajador: cuatro (4) representantes de la asociación sindical más representativa de la producción o actividad para la cual ésta se constituya.
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Samples: Ley De Trabajo Agrario