COMITÉ EVALUADOR. EPUXUA AVANZA E.I.C.E. tendrá un comité evaluador que será designado por el ordenador del gasto correspondiente o por quien este delegue, el cual tendrá a su cargo la evaluación de las ofertas presentadas, y manifestaciones de interés sujetándose con estricto rigor a los requisitos habilitantes y calificables establecidos en los términos y condiciones del proceso de selección. este comité evaluador será designado en cada proceso de selección y estará compuesto por funcionarios o contratistas idóneos, cuya integridad, imparcialidad, independencia y confidencialidad no se vean comprometidas para la evaluación objetiva de las ofertas. En este sentido, a los integrantes del comité se les aplicarán las normas sobre incompatibilidades e inhabilidades previstas en la Constitución y la Ley, así como las reglas del conflicto de interés. El comité evaluador elaborará el informe preliminar y el informe final que deberá ser puesto en conocimiento de los oferentes, que deberá incluir la verificación y el análisis de cada uno de los criterios de calificación, y la recomendación dirigida al ordenador del gasto en la que se indique el oferente que, a su juicio, debe ser contratado, o la recomendación de declarar fallido el proceso en los términos previstos en el presente manual. De igual forma, el Comité Evaluador estará a cargo de la contestación de las observaciones o intervenciones que los oferentes realicen al informe preliminar y final del comité evaluador, así como de solicitar las subsanaciones a las que haya lugar. EPUXUA AVANZA E.I.C.E. podrá terminar el proceso de selección en cualquier etapa o momento, cuando a su juicio aparezcan circunstancias técnicas, operativas, económicas, xx xxxxxxx, de fuerza mayor o acto irresistible de terceros que puedan justificar esta decisión. la decisión será informada a los interesados y no dará lugar al reconocimiento de efectos económicos a favor de los oferentes. De igual forma, la entidad podrá en cualquier momento suspender los Procesos de Selección, cualquiera que sea su modalidad. La decisión deberá ser informada a los interesados y no dará lugar al reconocimiento de efectos económicos a favor de los oferentes. Cualquier error o irregularidad formal que se cometa por parte de la entidad en el trámite del proceso de selección podrá sanearse a petición de los oferentes o de oficio por parte de la entidad, mediante documento escrito debidamente motivado. Una vez saneada la irregularidad podrá continuarse con el procedimiento...
COMITÉ EVALUADOR. Para efectos de adelantar la verificación y evaluación de las propuestas de la presente Invitación Abierta, la Gerencia de RTVC designará un comité asesor, plural e impar de expertos en el área a contratar, conformado por servidores públicos y colaboradores de RTVC quienes deberán adelantar su labor de manera objetiva. El cual estará integrado de la siguiente manera: Oficina Asesora Jurídica Oficina de Análisis Financiero y Presupuesto- Subgerencia Soporte Corporativo. La Sub Gerencia de Radio El comité evaluará cada una de las propuestas en función de su calidad, ciñéndose exclusivamente a las reglas contenidas en las Reglas de Participación. El comité asesorará a RTVC durante el proceso de selección, para lo cual entre otras responsabilidades validará el contenido de los requerimientos técnicos, evaluará y calificará las ofertas presentadas de conformidad con los criterios establecidos en las Reglas de Participación, previa reunión en la que unificará su entendimiento sobre los criterios de evaluación para minimizar las posibles diferencias de criterio individual con que cada factor debe evaluarse. El comité evaluador estará sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales y recomendará al ordenador del gasto el sentido de la decisión a adoptar de conformidad con la evaluación efectuada. El carácter de asesor del comité no lo exime de la responsabilidad del ejercicio de la labor encomendada. En el evento en que el ordenador del gasto no acoja la recomendación efectuada por el comité evaluador, deberá justificarlo en el acto administrativo con el que culmine el proceso.
COMITÉ EVALUADOR. Para efectos de adelantar la verificación y evaluación de las propuestas de la presente Licitación, el ordenador del gasto de la SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO designará a un comité evaluador, quienes deberán adelantar su labor de manera objetiva. El comité asesorará a la SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO durante el proceso de selección, para lo cual entre otras responsabilidades validará el contenido de los requerimientos efectuados, evaluará y calificará las ofertas presentadas de conformidad con los criterios establecidos en los pliegos de condiciones. El comité evaluador estará sujeto a las inhabilidades e incompatibilidades y conflicto de intereses legales y recomendará al ordenador del gasto el sentido de la decisión a adoptar de conformidad con la evaluación efectuada. El carácter de asesor del comité no lo exime de la responsabilidad del ejercicio de la labor encomendada. En el evento en que el ordenador del gasto no acoja la recomendación efectuada por el comité evaluador, deberá justificarlo en el acto administrativo con el que culmine el proceso.
COMITÉ EVALUADOR. Las Propuestas serán evaluadas por un Comité designado para tal efecto, según el manual de contratación de la entidad.
COMITÉ EVALUADOR. Para el estudio, evaluación y calificación de las propuestas presentadas, LA ESE conformará un Comité evaluador que realizará el análisis Jurídico, financiero, técnico y económico de las propuestas presentadas.
COMITÉ EVALUADOR. Las propuestas serán estudiadas y analizadas por el Comité Evaluador constituido en el artículo 19 del Manual de Contratación del ICETEX y recomendará al ordenador del gasto, adjudicar o declarar desierto el presente proceso. El Comité Evaluador designado por el ICETEX verificará y/o evaluará las propuestas, según lo previsto en el presente pliego de condiciones y teniendo en cuenta los criterios de capacidad jurídica, experiencia, capacidad técnica y capacidad financiera de los proponentes. El Comité evaluador deliberará con la asistencia de todos sus miembros. Las decisiones serán tomadas por mayoría, y constarán en un acta que deberá ser aprobada y firmada por todos los miembros del Comité al finalizar la sesión correspondiente. Una vez verificados los aspectos habilitantes, se procederá a la ponderación del ofrecimiento más favorable para la Entidad, de acuerdo a lo contemplado en el numeral denominado “Evaluación de las propuestas” del presente pliego de condiciones. El Comité evaluador presentará a la Secretaria General el informe de evaluación, que será publicado en la página web de la Entidad xxx.xxxxxx.xxx.xx por un término un (1) día hábil para que los proponentes durante dicho plazo presenten observaciones por escrito a la Secretaría General del ICETEX.
COMITÉ EVALUADOR. El Acta xx Xxxxx para la selección del comisionista por parte de la BMC es llevada al Ordenador del Gasto para su conocimiento. Con anterioridad a la celebración Comité Evaluador Ordenador Gasto. del Registro Presupuestal de Compromiso Deben efectuarse las apropiaciones presupuestales pertinentes, a favor Antes de suscripción contrato la del Coordinación de Adquisiciones del contratista y por el valor de la 5 adjudicación. Comité Evaluador. Ordenador del Gasto Suscripción del contrato Una vez Coordinación de elaborado el Adquisiciones registro presupuestal 6 Ordenador del gasto. Comité Evaluador. Si el contrato a celebrar no se encuentra entre las demás causales de selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, y además es inferior a los cuatrocientos cincuenta (450) salarios mínimos mensuales vigentes (450 SMMLV), el contratista será seleccionado a través del procedimiento previsto para la Selección Abreviada de Menor Cuantía literal b numeral 2º del Artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, reglamentado por el artículo 2.2.1.2.1.2.20 del Decreto 1082 de 2015. A continuación se describe el proceso que se debe adelantar, para llevar a cabo una Selección Abreviada de Menor Cuantía en el Politécnico Colombiano Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx, la cual tendrá una duración mínima de UN MES desde la publicación en el SECOP de los Estudios Previos (FLG01). ETAPA TRÁMITES NECESARIOS TERMINOS RESPONSABLE 1 Acto administrativo de conformación del Comité Evaluador. Estudios y documentos previos Diseños y proyectos de factibilidad y prefactibilidad Certificado de disponibilidad presupuestal. Discrecional Comité Evaluador Ordenador del Gasto 2 Comité interno de contratación. Comité Asesor de Contratación Deben tenerse en cuenta las sesiones de los respectivos comités. Comité Evaluador Integrantes de los Comités.
COMITÉ EVALUADOR. La evaluación de las propuestas será realizada por: Xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx – Abogada. Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx – Coordinador TIC Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx – Gerente Administrativa y financiera.
COMITÉ EVALUADOR. Las propuestas serán estudiadas y analizadas por un Comité Evaluador del ICETEX y recomendará al ordenador del gasto, adjudicar o declarar desierto el presente proceso, de conformidad con lo previsto en los artículos 19 y siguientes del Manual de Contratación de ICETEX (Acuerdo de Junta Directiva del ICETEX N°030 del 17 de septiembre de 2013). El Comité Evaluador designado en el Acuerdo No.30 de 2013 (Manual de Contratación) por el ICETEX verificará y/o evaluará las propuestas, según lo previsto en el presente pliego de Condiciones y teniendo en cuenta los criterios de capacidad jurídica, experiencia, capacidad técnica, económica y capacidad financiera de los Proponentes. El Comité Evaluador deliberará con la asistencia de todos sus miembros. Las decisiones serán tomadas por mayoría, y constarán en un acta que deberá ser aprobada y firmada por todos los miembros del Comité al finalizar la sesión correspondiente. Una vez verificados los aspectos habilitantes, se procederá a la ponderación del ofrecimiento más favorable para la Entidad, de acuerdo con lo contemplado en el numeral denominado “Evaluación de las Propuestas” del presente pliego de Condiciones. El Comité Evaluador presentará a la Secretaria General el acta para que, una vez haya sido objeto de examen conjunto por ésta y por el Comité Evaluador, se elabore el informe de evaluación, que será publicado en la página Web de la Entidad xxx.xxxxxx.xxx.xx y en el portal Colombia Compra Eficiente xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, por un término de tres (3) días hábiles para que los Proponentes durante dicho plazo presenten observaciones por escrito a la Secretaría General del ICETEX con copia estricta al correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx. En todo momento y en caso de incongruencia o duda prevalecerán los términos y plazos establecidos en el CRONOGRAMA de los pliegos de condiciones. El Comité Evaluador podrá solicitar por escrito al Proponente hasta el momento de la adjudicación, las aclaraciones y explicaciones que estime pertinentes sobre los puntos dudosos o confusos de las propuestas, sin que por ello pueda el Proponente adicionar, modificar, completar o mejorar su propuesta, ni el ICETEX hacer variación alguna de los términos de la misma o violar los principios fundamentales que rigen el presente Proceso de Selección. El ICETEX tomará de las aclaraciones de los Proponentes únicamente los aspectos que satisfagan su interés de aclaración. Las solicitudes de aclaración y las respuestas correspondientes...
COMITÉ EVALUADOR. De conformidad a las reglas propias de cada modalidad de selección, a través de acto administrativo, se designará comité evaluador el cual estará integrado como mínimo por los siguientes perfiles evaluadores: 1) Evaluador Técnico; 2) Evaluador Financiero; 3) Evaluador Jurídico, los cuales podrán ser servidores públicos o contratistas. Dicho Comité elevará recomendaciones de las cuales podrá separase la Entidad, previa motivación y tendrá las siguientes funciones: