Common use of Licitación Pública Internacional Clause in Contracts

Licitación Pública Internacional. 2.01 Deberá usarse el sistema de licitación pública internacional cuando la adquisición de bienes o la ejecución de obras se financie parcial o totalmente con divisas del Financiamiento y el valor de dichos bienes u obras, exceda el equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, de U$S 250.000 (Doscientos cincuenta mil), cuando se trate de bienes y de U$S 1.000.000 (Un millón), cuando se trate de obras.

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Samples: docs.paraguay.justia.com

Licitación Pública Internacional. 2.01 Deberá usarse el al sistema de licitación pública internacional cuando la adquisición de bienes o la ejecución de obras se financie parcial o totalmente con divisas del Financiamiento y el valor de dichos bienes u obras, exceda el equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, de U$S 250.000 doscientos cincuenta mil (Doscientos cincuenta milUS$250.000), cuando se trate de bienes y de U$S 1.000.000 un millón (Un millónUS$1.000.000), cuando se trate de obras.

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Samples: Convenio De Cooperacion Tecnica No Reembolsable Entre La Republica De El Salvador Y El Banco Interamericano De Desarrollo

Licitación Pública Internacional. 2.01 Deberá usarse el sistema de licitación pública internacional cuando la adquisición de bienes o la ejecución de obras se financie parcial o totalmente con divisas del Financiamiento y el valor de dichos bienes u obras, exceda el equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, de U$S 250.000 doscientos cincuenta mil (Doscientos cincuenta milUS$250.000), cuando se trate de bienes y de U$S 1.000.000 un millón (Un millónUS$1.000.000), cuando se trate de obras.

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Samples: Contrato De Prestamo Entre La Republica De El Salvador Y El Banco Interamericano De Desarrollo

Licitación Pública Internacional. 2.01 Deberá 2.01Deberá usarse el sistema de licitación pública internacional cuando la adquisición de bienes o la ejecución de obras se financie parcial o totalmente con divisas del Financiamiento y el valor de dichos bienes u obras, exceda el equivalente en dólares de los Estados Estado Unidos de América, de U$S 250.000 (Doscientos doscientos cincuenta mil), cuando se trate de bienes y de U$S 1.000.000 (Un millón), cuando se trate de obras.

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Samples: Contrato De Prestamo