LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS. Al fallecimiento del asegurado, los beneficiarios, acreditando su calidad de tales, podrán exigir el pago del capital asegurado presentando los siguientes antecedentes: a) Testimonio de la partida de defunción del asegurado. b) Testimonio de la partida de nacimiento para acreditar la fecha de nacimiento del asegurado. c) Informes, declaraciones, certificados o documentos, en especial los relativos al fallecimiento del Xxxxxxxxx, destinados a probar la coexistencia de todas las circunstancias necesarias para establecer la responsabilidad de la Compañía Aseguradora. Asimismo, se proporcionará a la Compañía Aseguradora cualquier información que solicite para verificar el fallecimiento y las circunstancias que rodean al mismo y se le permitirá realizar indagaciones que sean necesarias a tal fin, siempre que sean razonables.
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Samples: Accidentes Personales + Renta Hospitalaria, Poliza De Accidentes Personales
LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS. Al fallecimiento del asegurado, los beneficiarios, acreditando su calidad de tales, podrán exigir el pago del capital asegurado presentando los siguientes antecedentes:
aA) Testimonio de la partida de defunción del asegurado.
bB) Testimonio de la partida de nacimiento para acreditar la fecha de nacimiento del asegurado.
cC) Informes, declaraciones, certificados o documentos, en especial los relativos al fallecimiento del XxxxxxxxxAsegurado, destinados a probar la coexistencia de todas las circunstancias necesarias para establecer la responsabilidad de la Compañía Aseguradora. Asimismo, se proporcionará a la Compañía Aseguradora cualquier información que solicite para verificar el fallecimiento y las circunstancias que rodean al mismo y se le permitirá realizar indagaciones que sean necesarias a tal fin, siempre que sean razonables.
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Samples: Póliza De Accidentes Personales, Accidentes Personales Cobertura De Muerte Accidental