MEDIO AMBIENTE. El/los Contratista/s deberán cumplir con el presente PCE, la totalidad de las PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM normas y xxxxxx legales vigentes a nivel Municipal, Provincial y Nacional, que rigen en el territorio de la República Argentina en materia de Protección Ambiental. Será responsabilidad del Contratista la realización del Estudio de Impacto Ambiental y hacer todas las gestiones, tramitaciones ante entes, organismos Municipales, Provinciales y Nacionales para su aprobación previa a la ejecución de las obras, siguiendo lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Asimismo, darán cumplimiento a lo establecido en la totalidad de los Procedimientos y Recomendaciones emanadas de los estudios ambientales, a saber: Estudio Ambiental Previo, Estudio de Impacto Ambiental y en particular el Programa de Gestión Ambiental. En relación con esta documentación, contará con copia de todos los Procedimientos y Normativas aplicables en cada uno de los obradores que se proyecten instalar a lo largo de la traza a ejecutar. En concordancia con lo expuesto, todos los supervisores responsables de las diferentes áreas del Contratista, estarán en pleno conocimiento de lo solicitado en el párrafo anterior y para ello, esta exigencia será incluida en el Plan de Capacitación que el Contratista implemente con su gente. De igual manera, y sin perjuicio de lo anteriormente expresado será de carácter obligatorio el considerar la inclusión dentro del Plan de Capacitación para la totalidad de los operarios del Contratista y Subcontratistas los siguientes Ítems: - Gestión Integral de Residuos Domésticos, Peligrosos y de tipo Industrial. - Manejo sustentable de los recursos: agua y suelo. - Almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y lubricantes. - Contenciones secundarias - Plan de Acción frente a contingencias ambientales: derrames, fugas y pérdidas - Manejo de la vegetación en el área del Proyecto - Plan de acción frente a la detección de sitios arqueológicos o de valor cultural - Plan de Auditorías Ambientales. PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM El Contratista deberá mantener indemne al Comitente de cualquier acción que se inicie con motivo del incumplimiento por parte de aquel al régimen vigente en materia ambiental. Los daños causados a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento del presente pliego y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien deberá asumir los costos que resulten de dicho incumplimiento. Para la correcta y oportuna ejecución del Contrato, es responsabilidad exclusiva del Contratista solicitar gestiones y obtener todo permiso, aprobación y autorización, exigidos por legislación nacional, provincial, municipal o reglamentaria de organismos oficiales o privados, así como también abonar los gastos en que se incurra para ello.
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Samples: Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional
MEDIO AMBIENTE. El/los Contratista/s deberán cumplir con el presente PCE, la totalidad Aplican las siguientes políticas en cuestiones de medio ambiente: - Queda estrictamente prohibido ingresar a las áreas verdes de las PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM normas instalaciones de "EL COMPRADOR" por cualquier motivo. Las personas sorprendidas serán retiradas del sitio inmediatamente. - "EL COMPRADOR", a través del departamento de permisos y xxxxxx legales vigentes a nivel Municipalcumplimiento, Provincial y Nacional, que rigen en el territorio regulará las actividades de la República Argentina "EL CONTRATISTA" en materia de Protección Ambientalimpacto y riesgo ambiental. Será responsabilidad del Contratista - "EL CONTRATISTA" debe respetar la realización del Estudio normatividad y reglamentos de Impacto Ambiental jurisdicción municipal, estatal y hacer todas las gestiones, tramitaciones ante entes, organismos Municipales, Provinciales y Nacionales para su aprobación previa federal aplicables a la ejecución de la obra, así como respetar y ser participe de la política ambiental de "EL COMPRADOR". - Ninguna actividad externa relacionada con la obra se debe ejecutar sin la presencia o previa autorización de un responsable de parte de "EL COMPRADOR" que pueda poner en riesgo o significar un impacto al ambiente. - "EL CONTRATISTA" promoverá el rehúso y reciclaje de residuos sólidos no peligrosos así como garantizará la aplicación de plan de manejo de residuos de la empresa. - Todas las obrasactividades de "EL CONTRATISTA" deben estar orientadas a la minimización del impacto ambiental y a la minimización de la generación de residuos. - "EL COMPRADOR" cuenta con almacén temporal de residuos peligrosos para cada unidad, siguiendo lugar en donde todo el material con características de peligrosidad será depositado, llevando un control de las entradas y salidas del mismo. - Queda prohibido el uso de herbicidas para control de malezas. - Cuando se requiera la compra de materiales o sustancias peligrosas a través de "EL CONTRATISTA", éste debe declarar, previa la compra, la MSDS (Material Safety Data Sheet) Hoja de datos de seguridad del producto y formas alternas de almacenamiento. Queda sujeto a aprobación por parte de "EL COMPRADOR" la compra de los materiales o sustancias peligrosas. - Para los productos químicos que se pretendan ingresar a las instalaciones de EL COMPRADOR se debe apegar a lo indicado en el Pliego procedimiento SGT-P-AM-002 de Especificaciones TécnicasManejo de sustancias químicas y pueda ser aprobados por EL COMPRADOR. AsimismoCuando aplique, darán cumplimiento a lo establecido en la totalidad de los Procedimientos y Recomendaciones emanadas de los estudios ambientales, a saber: Estudio Ambiental Previo, Estudio de Impacto Ambiental y en particular el Programa de Gestión Ambiental. En relación con esta documentación, contará con copia de todos los Procedimientos y Normativas aplicables en cada uno de los obradores que se proyecten instalar a lo largo dependiendo de la traza obra a ejecutar. En concordancia con lo expuesto, todos los supervisores responsables de las diferentes áreas del Contratista, estarán en pleno conocimiento de lo solicitado en el párrafo anterior y para ello, esta exigencia será incluida en el Plan de Capacitación que el Contratista implemente con su gente. De igual manera, y sin perjuicio de lo anteriormente expresado será de carácter obligatorio el considerar la inclusión dentro del Plan de Capacitación para la totalidad de los operarios del Contratista y Subcontratistas los siguientes Ítemsrealizar: - Gestión Integral El contratista deberá hacer uso de Residuos Domésticos, Peligrosos y de tipo Industrial. - Manejo sustentable de los recursos: agua y suelo. - Almacenamiento contendedores adecuados para el uso de sustancias químicas, combustibles y lubricantesasí como hacer uso de protecciones secundarias. - Contenciones secundarias El contratista debe asegurar y demostrar que sus operadores cuentan con el entrenamiento adecuado en el uso y manejo de productos químicos. - El contratista queda obligado a proveer a EL COMPRADOR los procedimientos de Recepción y Manejo de sustancias químicas y un Plan de Acción frente atención a contingencias ambientales: derrames, fugas y pérdidas - Manejo de la vegetación ; los anteriores deben estar basados en el área del Proyecto formato SGT-R- GG-001 de EL COMPRADOR. - Plan El contratista esta obligado a fomentar el reciclaje y reuso de acción frente sus desechos. Por lo que el contratista debe retirar los contenedores vacíos y estos a sus vez ser rehusados para el mismo fin, debiendo presentar un programa calendarizado de estas actividades. - Documentar y registrar en bitácoras sus movimientos de contenedores de reuso y apegarse a la detección de sitios arqueológicos o de valor cultural - Plan de Auditorías Ambientales. PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM El Contratista deberá mantener indemne al Comitente de cualquier acción que se inicie con motivo del incumplimiento por parte de aquel al régimen vigente en materia ambiental. Los daños causados a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento del presente pliego y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien deberá asumir los costos que resulten de dicho incumplimiento. Para la correcta y oportuna ejecución del Contrato, es responsabilidad exclusiva del Contratista solicitar gestiones y obtener todo permiso, aprobación y autorización, exigidos por legislación nacional, provincial, municipal o reglamentaria de organismos oficiales o privados, así como también abonar los gastos en que se incurra normativa local para ellosu gestión.
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Samples: Orden De Servicio
MEDIO AMBIENTE. El/Decisión del Consejo relativa al Conjunto Mínimo de Datos Previos a la Comercialización en la Evaluación de Productos Químicos [Doc. No. C(8 2) 196(Final)]. Observaciones: Salvo en pesticidas y drogas terapéuticas, México no cuenta con un sistema para identificar nuevos productos químicos y sus posibles riesgos antes de que sean comercializados. Tal sistema debe ser instrumentado consultando a los Contratista/s deberán cumplir con países miembros de la OCDE y debe tomar en cuenta el presente PCE, Conjunto Mínimo de Datos Previos a la totalidad Comercialización de la OCDE. El análisis de las PLIEG-2017acciones necesarias para el establecimiento de un sistema de esta naturaleza, sus implicaciones, costos y beneficios, será llevado a cabo en los próximos meses, con miras a su puesta en práctica. - Decisión-07544358Recomendación del Consejo sobre el Cumplimiento de los Principios de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) [Doc. No. C(89)87(Final)]. Observaciones: México reconocerla la garantia de un país miembro de la OCDE que realice la prueba de datos de acuerdo con los principios de BPL señalados en esta Decisión. México procederá a preparar los procedimientos administrativos necesarios, para tal efecto. La naturaleza de la industria química mexicana no ha requerido el desarrollo de pruebas como las que se señalan en esta Decisión. Cuando sea necesario, los procedimientos de prueba especificados por las directrices de la OCDE serían introducidos y llevados a cabo de acuerdo con los principios de la OCDE de Buenas Prácticas de Laboratorio. - Decisión-APN-SSIE#MEM normas Recomendación del Consejo sobre la Investigación Cooperativa y xxxxxx legales vigentes Reducción de Riesgos de Productos Químicos Existentes [Doc. No. C(90)163(Final)]. Observaciones: México no ha puesto en práctica todavía un programa nacional para la investigación sistemática de los productos químicos existentes. Un análisis de las acciones que deben ser tomadas para el establecimiento de un programa de esta naturaleza, sus implicaciones, costos y beneficios, será llevado a nivel Municipal, Provincial y Nacional, que rigen cabo en los próximos meses. - Decisión del Consejo relativa al Control de Movimientos Transfronterizos de Residuos Destinados a Operaciones de Recuperación [Doc. No. C(92)39(Final)]. Observaciones: México está de acuerdo en controlar los movimientos transfronterizos de residuos destinados a operaciones de recuperación como se especifica en el territorio Anexo I de esta Decisión. Sin embargo, algunos de los desperdicios incluidos en la lista verde están considerados como peligrosos por la legislación, regulaciones y normas oficiales, y quedarían sujetos a la clasificación y requerimientos nacionales. Las autoridades mexicanas notificarán al Secretariado sobre los residuos específicos que necesitarían ser controlados como si estuvieran asignados a la lista ámbar o a la lista roja, y sobre los requerimientos aplicables, como se establece en el Párrafo 6 en el punto "II. Disposiciones Generales" del Anexo I de esta Decisión. - Decisión-Recomendación del Consejo sobre Política de Turismo Internacional. 27 de noviembre de 1985 [Doc. No. C(85)165/FINAL] enmendada el 16 de enero de 1987 [Doc. No. C(86)199/FINAL]. Observaciones: México desea hacer un número limitado de reservas como se prevé en el Anexo I de la República Argentina en materia de Protección Ambiental. Será responsabilidad del Contratista la realización del Estudio de Impacto Ambiental y hacer todas las gestiones, tramitaciones ante entes, organismos Municipales, Provinciales y Nacionales para su aprobación previa a la ejecución de las obras, siguiendo lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Asimismo, darán cumplimiento a lo establecido en la totalidad de los Procedimientos y Recomendaciones emanadas de los estudios ambientales, a saber: Estudio Ambiental Previo, Estudio de Impacto Ambiental y en particular el Programa de Gestión Ambiental. En relación con esta documentación, contará con copia de todos los Procedimientos y Normativas aplicables en cada uno de los obradores que se proyecten instalar a lo largo de la traza a ejecutar. En concordancia con lo expuesto, todos los supervisores responsables de las diferentes áreas del Contratista, estarán en pleno conocimiento de lo solicitado en el párrafo anterior y para ello, esta exigencia será incluida en el Plan de Capacitación que el Contratista implemente con su gente. De igual manera, y sin perjuicio de lo anteriormente expresado será de carácter obligatorio el considerar la inclusión dentro del Plan de Capacitación para la totalidad de los operarios del Contratista y Subcontratistas los siguientes Ítems: - Gestión Integral de Residuos Domésticos, Peligrosos y de tipo Industrial. - Manejo sustentable de los recursos: agua y suelo. - Almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y lubricantes. - Contenciones secundarias - Plan de Acción frente a contingencias ambientales: derrames, fugas y pérdidas - Manejo de la vegetación en el área del Proyecto - Plan de acción frente a la detección de sitios arqueológicos o de valor cultural - Plan de Auditorías Ambientales. PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM El Contratista deberá mantener indemne al Comitente de cualquier acción que se inicie con motivo del incumplimiento por parte de aquel al régimen vigente en materia ambiental. Los daños causados a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento del presente pliego y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien deberá asumir los costos que resulten de dicho incumplimiento. Para la correcta y oportuna ejecución del Contrato, es responsabilidad exclusiva del Contratista solicitar gestiones y obtener todo permiso, aprobación y autorización, exigidos por legislación nacional, provincial, municipal o reglamentaria de organismos oficiales o privados, así como también abonar los gastos en que se incurra para elloDeclaración.
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Samples: Convention
MEDIO AMBIENTE. El/los Contratista/s deberán cumplir Las partes firmantes del presente Convenio consideran necesario actuar de forma responsable y respetuosa con el presente PCEmedio ambiente, la totalidad de las PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM normas prestando atención a los intereses y xxxxxx legales vigentes a nivel Municipal, Provincial y Nacional, que rigen en el territorio preocupaciones de la República Argentina Sociedad. A estos efectos se considera necesario conseguir que los esfuerzos y actuaciones que en esta materia se vienen efectuando, sean conocidos y valorados adecuadamente por la Sociedad y la Administración. Para alcanzar los objetivos marcados, se considera fundamental adoptar los siguientes acuerdos:
1. La Dirección informará, al menos una vez al año, a los Delegados de Protección Ambiental. Será responsabilidad del Contratista la realización del Estudio Medio Ambiente designados de Impacto Ambiental y hacer todas las gestiones, tramitaciones ante entes, organismos Municipales, Provinciales y Nacionales para su aprobación previa a la ejecución de las obras, siguiendo lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Asimismo, darán cumplimiento acuerdo a lo establecido en la totalidad el punto 3 de este artículo, de sus políticas en materia de Medio Ambiente, de sus programas generales y de los Procedimientos y Recomendaciones emanadas datos consolidados del desempeño en los distintos vectores ambientales.
2. De igual manera la Dirección informará a los Delegados de Medio Ambiente, en materia medioambiental, de la influencia que pudiera derivarse de la implantación de nuevos procesos o de la modificación sustancial de los estudios ambientales, a saber: Estudio Ambiental Previo, Estudio de Impacto Ambiental y en particular el Programa de Gestión Ambientalya existentes.
3. En relación con esta documentación, contará con copia de todos los Procedimientos y Normativas aplicables en cada Cada uno de los obradores que se proyecten instalar sindicatos integrantes de la Comisión Negociadora del Acuerdo Marco, podrá designar un Delegado de Medio Ambiente de entre los Delegados de Prevención, para las empresas del Grupo Repsol en España de acuerdo a lo largo siguiente: - Repsol Química: 1 de ámbito nacional - Repsol Petróleo: 1 de ámbito nacional - Repsol, S.A.: 1 en el CTR (Móstoles) y 1 en el Campus de Xxxxxx Xxxxxx (Madrid) - Rlesa: 1 de ámbito nacional - Campsared: 1 de ámbito nacional - Repsol Butano: 1 de ámbito nacional - Ripsa: 1 para todas sus plataformas - General Química y Polidux: Sólo uno de los actuales Delegados de Prevención podrá asumir las competencias de Delegado de Medio Ambiente. Estos Delegados de Medio Ambiente tendrán asignadas las siguientes competencias: - Colaborar con la Dirección de la traza a ejecutar. En concordancia con lo expuestoempresa en la mejora de la acción medioambiental, todos los supervisores responsables de las diferentes áreas del Contratista, estarán en pleno conocimiento de lo solicitado en el párrafo anterior y para ello, esta exigencia será incluida marco de los principios generales definidos en el Plan de Capacitación que el Contratista implemente con su gentepresente artículo. De igual manera, - Promover y sin perjuicio de lo anteriormente expresado será de carácter obligatorio el considerar fomentar la inclusión dentro del Plan de Capacitación para la totalidad cooperación de los operarios del Contratista y Subcontratistas los siguientes Ítems: - Gestión Integral trabajadores en el cumplimiento de Residuos Domésticos, Peligrosos y de tipo Industrialla normativa medioambiental. - Manejo sustentable Ejercer una labor de los recursos: agua y suelo. - Almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y lubricantes. - Contenciones secundarias - Plan de Acción frente a contingencias ambientales: derrames, fugas y pérdidas - Manejo seguimiento sobre el cumplimiento de la vegetación en el área del Proyecto - Plan normativa de acción frente a la detección de sitios arqueológicos o de valor cultural - Plan de Auditorías Ambientales. PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM El Contratista deberá mantener indemne al Comitente de cualquier acción que se inicie con motivo del incumplimiento por parte de aquel al régimen vigente en materia ambiental. Los daños causados a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento del presente pliego y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien deberá asumir los costos que resulten de dicho incumplimiento. Para la correcta y oportuna ejecución del Contrato, es responsabilidad exclusiva del Contratista solicitar gestiones y obtener todo permiso, aprobación y autorización, exigidos por legislación nacional, provincial, municipal o reglamentaria de organismos oficiales o privadosmedioambiente, así como también abonar de las políticas y objetivos medioambientales que el Grupo establezca. - Colaborar en el diseño de las acciones formativas en materias relacionadas con las obligaciones medioambientales de la empresa. Para poder desarrollar las funciones y competencias asignadas, los gastos Delegados de Medio Ambiente designados recibirán una formación de 20 horas en que se incurra para ellomateria medio ambiental, durante la vigencia del VIII Acuerdo Marco.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
MEDIO AMBIENTE. El/los Contratista/s deberán cumplir con Como criterio general el presente PCE, CONSTRUCTOR contemplará en todo el proceso de la CONSTRUCCIÓN de la AMPLIACIÓN el cumplimiento de la totalidad de las PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM normas normas, procedimientos y xxxxxx legales vigentes preceptos de conservación ambiental tendientes a nivel Municipaldisminuir el impacto que las obras producen sobre su medio. El CONSTRUCTOR deberá cumplir con las Resoluciones SE N° 15/92 y SE N° 77/98 respecto del Manual de Gestión Ambiental del Sistema de Transporte Extra Alta Tensión, Provincial ya que la AMPLIACIÓN formará parte de dicho sistema, y Nacionalcon la Resolución del ENRE 274/2015. En especial, el CONSTRUCTOR elaborará los Planes de Gestión Ambiental requeridos en la Resolución ENRE N° 555/01 sus modificatorias y complementarias, los que rigen deberán encuadrarse dentro de los lineamientos establecidos en esta última Resolución, sus modificatorias y complementarias. Para la etapa de construcción, el territorio CONSTRUCTOR remitirá el Plan de Gestión Ambiental a la TRANSPORTISTA para su aprobación y comunicación al ENRE, previo al comienzo de la República Argentina en materia de Protección AmbientalOBRA. Será responsabilidad del Contratista CONSTRUCTOR su estricto cumplimiento. Asimismo, el CONSTRUCTOR deberá cumplir con lo indicado en la realización Ley 24.051 y toda otra norma nacional, provincial y/o municipal que establezcan disposiciones respecto a la preservación, conservación y recomposición del Estudio medio ambiente. Por otra parte, el CONSTRUCTOR deberá dar cumplimiento a las normas nacionales, provinciales y / o municipales que rigen la generación, manipulación, transporte y tratamiento de Impacto Ambiental residuos peligrosos. Como criterio general, se hacen extensivos al CONSTRUCTOR los criterios, condiciones, requerimientos y hacer todas sanciones que se establecen en el apéndice referido a cláusulas ambientales del Reglamento de Diseño y Calidad de Servicio del Sistema de Transporte en Alta Tensión para la etapa de construcción y hasta la HABILITACIÓN COMERCIAL DEFINITIVA de la AMPLIACIÓN. El CONSTRUCTOR tiene la obligación de permitir el acceso a sus instalaciones y brindar asistencia a todos los organismos gubernamentales y de control que sobre la materia tengan injerencia y que requieran la verificación del cumplimiento de las gestionesdisposiciones vigentes. Para el caso que el CONTRATISTA, tramitaciones ante entesdurante la entrega de la AMPLIACIÓN, organismos Municipalesencontrase sustancias que pudieran calificarse como residuos peligrosos, Provinciales y Nacionales para su aprobación previa de acuerdo a la legislación vigente, deberá comunicarlo de inmediato a la TRANSPORTISTA, quien indicará el procedimiento a seguir. En el supuesto que el CONTRATISTA, a los efectos de la ejecución de las obraslos trabajos a su cargo, siguiendo lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Asimismo, darán cumplimiento tuviese que ingresar a lo establecido en la totalidad de los Procedimientos y Recomendaciones emanadas de los estudios ambientales, a saber: Estudio Ambiental Previo, Estudio de Impacto Ambiental y en particular el Programa de Gestión Ambiental. En relación con esta documentación, contará con copia de todos los Procedimientos y Normativas aplicables en cada uno de los obradores que se proyecten instalar a lo largo emplazamientos de la traza a ejecutar. En concordancia con lo expuestoTRANSPORTISTA sustancias consideradas como peligrosas, todos los supervisores responsables de las diferentes áreas del Contratista, estarán en pleno conocimiento de lo solicitado en el párrafo anterior y para ello, esta exigencia será incluida en el Plan de Capacitación que el Contratista implemente con su gente. De igual manera, y sin perjuicio de lo anteriormente expresado será de carácter obligatorio el considerar la inclusión dentro del Plan de Capacitación para la totalidad de los operarios del Contratista y Subcontratistas los siguientes Ítems: - Gestión Integral de Residuos Domésticos, Peligrosos y de tipo Industrial. - Manejo sustentable de los recursos: agua y suelo. - Almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y lubricantes. - Contenciones secundarias - Plan de Acción frente a contingencias ambientales: derrames, fugas y pérdidas - Manejo de la vegetación en el área del Proyecto - Plan de acción frente acuerdo a la detección de sitios arqueológicos o de valor cultural - Plan de Auditorías Ambientales. PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM El Contratista legislación vigente, el mismo deberá mantener indemne al Comitente de cualquier acción que se inicie con motivo del incumplimiento por parte de aquel al régimen vigente en materia ambiental. Los daños causados comunicarlo previamente a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento del presente pliego y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del Contratistala TRANSPORTISTA, quien deberá asumir autorizar su utilización. El CONTRATISTA deberá proceder con la mayor cautela y, una vez terminado su empleo, deberá transportar el sobrante en las máximas condiciones de seguridad hacia el exterior de los costos que resulten emplazamientos afectados por la AMPLIACIÓN, y disponer el mismo a una distancia no inferior a cinco (5) kilómetros conforme las técnicas de dicho incumplimientodisposición final contempladas en la legislación vigente. Para la correcta y oportuna ejecución del ContratoDichas tareas se realizarán siempre por intermedio de las empresas habilitadas a tal fin, es responsabilidad exclusiva del Contratista solicitar gestiones y obtener todo permiso, aprobación y autorización, exigidos por legislación nacional, provincial, municipal o reglamentaria luego de organismos oficiales o privados, así como también abonar los gastos en que se incurra para ellohaber obtenido las autorizaciones correspondientes.
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Samples: Construction Contract
MEDIO AMBIENTE. El/El Plan Director define la sostenibilidad medioambiental como una de las cinco prioridades horizontales. Asimismo, destaca al medio ambiente como una de sus prioridades sectoriales, subrayando de manera especial las interrelaciones entre pobreza, entorno y recursos naturales. Del mismo modo, también se presta una atención importante a la protección y sostenibilidad del medioambiente y los Contratista/s deberán cumplir recursos naturales en el MTPDP, capítulo 3. Partiendo de la constatación de que una parte importante de las actividades económicas filipinas dependen directametne de los recursos de agua y tierra y que el país tiene una gran vulnerabilidad frente a los desastres naturales, ambas partes acordaron dedicar fondos de cooperación bilateral a este sector durante la presente Comisión Mixta. Las iniciativas puestas en marcha en este sentido facilitarán la consecución de los Objetivos del Desarrollo del Milenio y otros acuerdos internacionales por parte del Gobierno Filipino. Las dos delegaciones acordaron, en consecuencia concentrar la ayuda española en este sector en intervenciones que apoyen la conservación y la gestión sostenible de los recursos naturales, preferentemente agua, sector forestal y recursos marinos, así como el fortalecimiento de la capacidad de respuesta ante catástrofes naturales de los principales agentes filipinos dedicados a este sector. Durante la IV Comisión Mixta, AECI ha financiado cuatro proyectos de apoyo a la agro-forestería comunitaria y conservación del suelo en Visayas y Mindanao, uno de los cuales se continuará implementando hasta 2007. Estos proyectos se han llevado a cabo en colaboración con el presente PCECentro Agroforestal Mundial (ICRAF). La cantidad total financiada para estos cuatro proyectos es de 1,124,759€. En Octubre de 2005 ha finalizado la primera fase del “Proyectro de apoyo para los sistemas de producción de semillas y mejora en la gestión forestal comuniatira en Mindanao”. La segunda fase de este proyecto ya ha comenzado. El proyecto pretende asegurar la producción sostenible de semillas y de cultivo agroforestal, lo que debe permitir el incremento de los ingresos de los pequeños agricultores de cinco municipios de Mindanao al tiempo que se conserva el suelo y el entorno. AECI también ha financiado el “Proyecto de fomento d ela gestión sostenible de los recursos xxxxxxx xx Xxxxx, provincia de Aurora”, ejecutado de manera conjunta por la totalidad ONGD española FUNDESO y el Aurora State College of Technology (ASCOT), con una subvención de 535,000€. Durante el cuarto trimestre de este año se iniciará en Caraga el “Proyecto de mejora d elas condiciones de vida de los agricultores xx Xxxxxxx del Sur mediante el apoyo a un desarrollo sostenible de los recursos forestales”que será ejecutado por la ONGD española IPADE por un monto total de 309,000€. Ambas partes deciden continuar su colaboración en este sector, preferentemente en las siguientes áreas: nuevas oportunidades económicas para el sector amibiental, como las derivadas del Protocolo de Kyoto, el ecoturismo u otros servicios medioambientales; la gestión integral del recurso del agua; el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, costeros y marinos; y la protección de la biodiversidad. La Delegación espanola reconoce la importancia de los proyectos realizados hasta ahora por la Unión Europea en Filipinas, cuya metodología aprovechará tras la disminución de una actividad de la Delegación de la Comisión Europea en Filipinas en este sector. Ambas delegaciones comentan los efectos devastadores de los últimos desastres naturales, con importantes pérdidas tanto humanas como económicas. Las provincias xx Xxxxx del Sur, Aurora, Quezon y Bicol han sido gravemente azotadas por los desastres naturales de 2003 y 2004. También ambas delegaciones constatan los resultados positivos de las PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM normas y xxxxxx legales vigentes actuaciones llevadas a nivel Municipal, Provincial y Nacional, que rigen en el territorio de la República Argentina cabo por las organizaciones no gubernamentales en materia de Protección Ambientalpreparación y organización comunitaria ante desastres. Será responsabilidad del Contratista la realización del Estudio de Impacto Ambiental y hacer todas Por ello, las gestiones, tramitaciones ante entes, organismos Municipales, Provinciales y Nacionales para Partes expresan su aprobación previa apoyo a la ejecución de las obras, siguiendo lo indicado mismas en el Pliego periodo de Especificaciones Técnicasvigencia de esta Comisión Mixta. Asimismo, darán cumplimiento a lo establecido animan la participación de otras Administraciones Públicas españolas en la totalidad el desarrollo de iniciativas de fortalecimiento de los Procedimientos y Recomendaciones emanadas servicios nacionales filipinos de los estudios ambientales, a saber: Estudio Ambiental Previo, Estudio de Impacto Ambiental y en particular el Programa de Gestión Ambiental. En relación con esta documentación, contará con copia de todos los Procedimientos y Normativas aplicables en cada uno de los obradores que se proyecten instalar a lo largo de la traza a ejecutar. En concordancia con lo expuesto, todos los supervisores responsables de las diferentes áreas del Contratista, estarán en pleno conocimiento de lo solicitado en el párrafo anterior y para ello, esta exigencia será incluida en el Plan de Capacitación que el Contratista implemente con su gente. De igual manera, y sin perjuicio de lo anteriormente expresado será de carácter obligatorio el considerar la inclusión dentro del Plan de Capacitación defensa civil para la totalidad capacidad de los operarios del Contratista y Subcontratistas los siguientes Ítems: - Gestión Integral respuesta ante desastres naturales. Ambas Delegaciones manifiestan su compromiso de Residuos Domésticos, Peligrosos y continuar este tipo de tipo Industrial. - Manejo sustentable de los recursos: agua y suelo. - Almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y lubricantes. - Contenciones secundarias - Plan de Acción frente a contingencias ambientales: derrames, fugas y pérdidas - Manejo de la vegetación en el área del Proyecto - Plan de acción frente a la detección de sitios arqueológicos o de valor cultural - Plan de Auditorías Ambientales. PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM El Contratista deberá mantener indemne al Comitente de cualquier acción acciones siempre que se inicie con motivo del incumplimiento por parte de aquel al régimen vigente en materia ambiental. Los daños causados a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento del presente pliego y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien deberá asumir los costos que resulten de dicho incumplimiento. Para la correcta y oportuna ejecución del Contrato, es responsabilidad exclusiva del Contratista solicitar gestiones y obtener todo permiso, aprobación y autorización, exigidos por legislación nacional, provincial, municipal o reglamentaria de organismos oficiales o privados, así como también abonar los gastos en que se incurra para ellosea necesario.
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Samples: Cooperation Agreement
MEDIO AMBIENTE. ElFADECO informa del RD 235/2013, de 5 xx xxxxx que aprueba el procedimiento básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios. Se trata de una trasposición de la Directiva Europea 2010/31/los Contratista/s deberán cumplir con el presente PCE, la totalidad de las PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM normas y xxxxxx legales vigentes a nivel Municipal, Provincial y NacionalUE, que rigen amplia nuestra norma anterior, RD47/2007, derogándola y completándola, al ampliar su ámbito a todos los edificios, incluidos los existentes. A partir del 1 xx xxxxx de 2013, el promotor o propietario de un edificio o parte del mismo, ya sea de nueva construcción o existente, será responsable de encargar la realización de un Certificado de Eficiencia Energética y tendrá una validez máxima de 10 años. (Circulares 26 y 32 /2013) La Ley 8/2013, de 26 xx xxxxx de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, viene a garantizar un desarrollo sostenible y competitivo del medio urbano impulsando las actuaciones dirigidas a la rehabilitación de los edificios así como a la regeneración y renovación de los urbanos existentes (Circular 34/2013 Promotores). En febrero de 2013 Fadeco Contratistas firma un Protocolo de Seguridad con la empresa Reciclados Arcos, S.L., para la retirada, transporte y reciclaje de papel y cartón generado en nuestra oficina, con un doble objetivo: Asegurar la destrucción de todo el papel generado en nuestra oficina, conforme a la legislación actual en confidencialidad de datos. Recogida y valoración de papel y cartón. Garantizar y fomentar el respeto al medio ambiente, acreditando el reciclaje de dicho papel. Se informa a nuestras empresas de la posibilidad de deducciones del Impuesto de Sociedades a través de la Certificación de la convalidación de inversiones medioambientales (Circular 37/2013) Se informa del Registro de Certificados Energéticos Andaluces Se produce la Actualización del Documento Básico del Código Técnico de la Edificación, “Ahorro Energía” mediante Orden publicada en el territorio BOE el 12.09.2013. (Circular 58, 61/ 2013). Del Programa de ayudas para la Rehabilitación energética de Edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero) a través de la República Argentina Resolución de 25 de septiembre de 2013, de la Secretaría de Estado de la Energía FADECO informa mediante la Circular 69/2013. De la Convocatoria de Ayudas EMPLEA para el año 2014, dentro del marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2013-2016, dirigido a incentivar la creación de empleo de calidad como el desarrollo de actividades de I+D+I en materia las empresas. (Circular 73/2013) Ley 21/2013, 9 de Protección diciembre, de Evaluación Ambiental se publica en el BOE de 11 de diciembre, como instrumento para la protección medioambiental, cuya obligación principal es la de someter a todo Plan, Programa o Proyecto que pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente, a una Evaluación Ambiental. Será responsabilidad del Contratista la realización del Estudio de Impacto Ambiental y hacer todas las gestiones, tramitaciones ante entes, organismos Municipales, Provinciales y Nacionales para su aprobación previa a la ejecución de las obras, siguiendo lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Asimismo, darán cumplimiento a lo establecido en la totalidad de los Procedimientos y Recomendaciones emanadas de los estudios ambientales, a saber: Estudio Ambiental Previo, Estudio de Impacto Ambiental y en particular el Programa de Gestión Ambiental. En relación con esta documentación, contará con copia de todos los Procedimientos y Normativas aplicables en cada uno de los obradores que se proyecten instalar a lo largo de la traza a ejecutar. En concordancia con lo expuesto, todos los supervisores responsables de las diferentes áreas del Contratista, estarán en pleno conocimiento de lo solicitado en el párrafo anterior y para ello, esta exigencia será incluida en el Plan de Capacitación que el Contratista implemente con su gente. De igual manera, y sin perjuicio de lo anteriormente expresado será de carácter obligatorio el considerar la inclusión dentro del Plan de Capacitación para la totalidad de los operarios del Contratista y Subcontratistas los siguientes Ítems: - Gestión Integral de Residuos Domésticos, Peligrosos y de tipo Industrial. - Manejo sustentable de los recursos: agua y suelo. - Almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y lubricantes. - Contenciones secundarias - Plan de Acción frente a contingencias ambientales: derrames, fugas y pérdidas - Manejo de la vegetación en el área del Proyecto - Plan de acción frente a la detección de sitios arqueológicos o de valor cultural - Plan de Auditorías Ambientales. PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM El Contratista deberá mantener indemne al Comitente de cualquier acción que se inicie con motivo del incumplimiento por parte de aquel al régimen vigente en materia ambiental. Los daños causados a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento del presente pliego y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien deberá asumir los costos que resulten de dicho incumplimiento. Para la correcta y oportuna ejecución del Contrato, es responsabilidad exclusiva del Contratista solicitar gestiones y obtener todo permiso, aprobación y autorización, exigidos por legislación nacional, provincial, municipal o reglamentaria de organismos oficiales o privados, así como también abonar los gastos en que se incurra para ello(Circular 81/2013).
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Samples: Memoria De Actividades
MEDIO AMBIENTE. El/los Contratista/s deberán cumplir con el presente PCE12.1.- La Concesionaria dará cumplimiento a las normas de protección ambiental vigentes para las actividades de exploración, la totalidad de las PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM normas y xxxxxx legales vigentes a nivel Municipaldesarrollo, Provincial y Nacionalexplotación, producción y
12.2.- PMC ha realizado un relevamiento visual ambiental, que rigen fue detallado en el territorio "Anexo IX" xxx XXXXXX, y que fue entregado en copia a la Concesionaria junto con la información provista oportunamente, denominada: Relevamiento visual de los Pasivos Ambientales en el Área "INFORME E INVENTARIO DE RELEVAMIENTO, IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE HALLAZGOS Y PASIVOS AMBIENTALES".
12.3.- La Concesionaria deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación Ambiental y dentro de los ciento ochenta (180) días contados a partir de la República Argentina entrada en materia vigencia del Contrato un estudio ambiental de Protección Ambiental. Será responsabilidad del Contratista la realización del Estudio de Impacto Ambiental y hacer todas las gestionesbase, tramitaciones ante entes, organismos Municipales, Provinciales y Nacionales para su aprobación previa a la ejecución de las obras, siguiendo lo actualizando el indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Asimismo, darán cumplimiento a lo establecido artículo anterior El citado estudio consistirá en la totalidad recolección de datos primarios, muestreo, identificación y caracterización de los Procedimientos y Recomendaciones emanadas pasivos ambientales existentes al momento de la toma de posesión del Área. Este estudio permitirá establecer un punto xx xxxxxxx del estado ambiental del Área, previo a las actividades a desarrollar en virtud del Contrato.
12.4.- La Concesionaria deberá llevar un registro del saneamiento de los estudios pasivos ambientales, a saber: Estudio Ambiental Previoderrames y cualquier otro impacto ambiental que afectase al recurso agua, Estudio suelo y aire y su correspondiente remediación, el cual deberá estar disponible ante el requerimiento de Impacto la Autoridad de Aplicación Ambiental y de PMC.
12.5.- En el caso de daños ambientales posteriores a la entrada en particular vigencia del Contrato, el Programa Concesionario realizará las tareas de Gestión Ambiental. En relación saneamiento y/o remediaciones que correspondan a sü xxxxx, pudiendo la Autoridad de Aplicación Ambiental proceder a la clausura preventiva de la o. las instalaciones y estará facultada a requerir en forma directa y sin trámite previo alguno la realización, con esta documentacióncargo al Concesionario, contará con copia de todos los Procedimientos y Normativas aplicables en cada uno trabajos necesarios de los obradores que se proyecten instalar a lo largo remediación. La aplicación de sanciones no eximirá al Concesionario de la traza a ejecutarobligación de remediar los daños , ambientales ocasionados ni de resarcir los demás perjuicios que hubiere generado. En concordancia con lo expuesto, todos los supervisores responsables de las diferentes áreas del Contratista, estarán en pleno conocimiento de lo solicitado en el párrafo anterior y para ello, esta exigencia será incluida en el Plan de Capacitación que el Contratista implemente con su gente. De igual manera, y sin perjuicio de lo anteriormente expresado será de carácter obligatorio el considerar la inclusión dentro del Plan de Capacitación para la totalidad de los operarios del Contratista y Subcontratistas los siguientes Ítems: - Gestión Integral de Residuos Domésticos, Peligrosos y de tipo Industrial. - Manejo sustentable de los recursos: agua y suelo. - Almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y lubricantes. - Contenciones secundarias - Plan de Acción frente a contingencias ambientales: derrames, fugas y pérdidas - Manejo de la vegetación en el área del Proyecto - Plan de acción frente a la detección de sitios arqueológicos o de valor cultural - Plan de Auditorías Ambientales. PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM El Contratista deberá mantener indemne al Comitente de cualquier acción que se inicie con motivo del incumplimiento por parte de aquel al régimen vigente en materia ambiental. Los daños causados a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento del presente pliego y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien deberá asumir los costos que resulten de dicho incumplimiento. Para la correcta y oportuna ejecución del Contrato, es responsabilidad exclusiva del Contratista solicitar gestiones y obtener todo permiso, aprobación y autorización, exigidos por legislación nacional, provincial, municipal o reglamentaria de organismos oficiales o privados, así como también abonar los gastos en que se incurra para ello.
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Samples: Contrato De Concesión De Explotación