Contaminación Cláusulas de Ejemplo

Contaminación. Cualquier Reclamo derivado de, basado en, o atribuible a descargas, dispersión, emisión o escape de, o registros relativos a Contaminantes, ya sean reales, supuestos o amenazas de los mismos, o cualquier instrucción o solicitud de limpieza, remoción, contención, tratamiento, descontaminación, neutralización o realización de pruebas para monitoreo de Contaminantes.
Contaminación. Se entiende como la presencia de sustancias o agentes extraños de origen biológico, químico o físico que se presuma nociva o no para la salud humana.
Contaminación. El Concesionario:
Contaminación. ➜ La responsabilidad derivada de accidentes laborales del personal al servicio del Asegurado. ➜Realizando obras en su casa, que impliquen el derribo de tabiques, causa grietas en las paredes de su vecino.
Contaminación. 28.1 El Contratista garantiza que las sustancias tóxicas y peligrosas, desechos, escombros o basura de cualquier naturaleza (en adelante simplemente “Desechos”) usados u originados en la ejecución de los Servicios no contaminarán ni pondrán en peligro los sitios de ejecución de los mismos o los predios, propiedades, terrenos y lechos de agua colindantes.
Contaminación. El CONCESIONARIO asegurará que el almacenamiento, tratamiento y disposición final de todas las sustancias generadas durante la operación y/o mantenimiento de los Aeropuertos, de cualquier Servicio Aeroportuario o de cualquier otro origen en los Aeropuertos, sean efectuadas de forma tal que se minimice cualquier contaminación que se pudiera ocasionar al Medio Ambiente o cualquier daño para el hombre a cualquier otro organismo, a causa de dichas sustancias; Si fuere necesario, de acuerdo con el Estudio de Impacto Ambiental y la conformidad de ambas partes, construirá, operará y mantendrá una planta de tratamiento de residuos específicos que emplee técnicas aceptables de acuerdo con las Leyes Aplicables, la cual estará a cargo del CONCESIONARIO a cuenta y costo del CONCEDENTE. Esta Planta de tratamiento deberá estar ubicada en un lugar adecuado en cada Aeropuerto, con el fin de asegurar que: cualquier emanación generada durante la operación y/o mantenimiento de los Aeropuertos, de los Bienes de la Concesión, de cualquier Servicio Aeroportuario o de cualquier otro origen no descargará al Medio Ambiente sustancia alguna en cantidades que produzcan contaminación y/o daños para el hombre a cualquier otro organismo; y que dichas emanaciones y sustancias resulten inocuas para el Medio Ambiente y/o para el hombre o cualquier otro organismo. El CONCESIONARIO cumplirá y realizará todos los esfuerzos que sean razonables para asegurar el cumplimiento por parte de cualquier persona que utilice los Aeropuertos y sus instalaciones, el cumplimiento de todas las Leyes Aplicables relacionadas con el almacenamiento, tratamiento, emisión, descarga y disposición de cualquier sustancia o emanación, o aspectos ambientales en general, en la medida en que dichas Leyes Aplicables se apliquen al Aeropuerto o a su operación; Sin limitaciones, empleará las mejores técnicas disponibles para minimizar la contaminación que podría ser causada en perjuicio del Medio Ambiente y el hombre o cualquier otro organismo, por cualquier sustancia generada durante la operación, mantenimiento y administración del Aeropuerto. Sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas en el Contrato, el CONCESIONARIO deberá observar la legislación peruana y las Leyes Aplicables que protege el Patrimonio Cultural de la Nación.
Contaminación. CUALQUIER RECLAMO DERIVADO DIRECTA O INDIRECTAMENTE DE, RELACIONADO CON, BASADO EN, O ATRIBUIBLE A CUALQUIER EMISIÓN, DISPERSIÓN, LIBERACIÓN, FILTRACIÓN, MIGRACIÓN O ESCAPE DE CONTAMINANTES, YA SEA REAL O SUPUESTA, O EN GRADO DE AMENAZA Y/O LOS COSTOS DE LA RETIRADA, LIMPIEZA O NEUTRALIZACIÓN DE SUSTANCIAS CONTAMINANTES, FILTRACIÓN O POLUCIÓN.
Contaminación. Gastos y costos originados en, basados en o de cualquier manera atribuibles, directa o indirectamente a:
Contaminación. ORIGINADA EN, BASADA EN, O ATRIBUIBLE DIRECTA O INDIRECTAMENTE A
Contaminación. Quedan excluidos de este contrato los daños causados por contaminación. Sin embargo, si los bienes asegurados sufrieren daños materiales directos (incluyendo perdida consecuencial) causados por un riesgo amparado que provoquen contaminación en los mismos, estos daños estarán cubiertos. No obstante, el seguro no incluye los gastos de limpieza o descontaminación del medio ambiente (tierra, subsuelo, aire, aguas).