Modalidades de pago. Las cuotas periódicas de este préstamo deberán ser pagadas al vencimiento de cada mes, contado a partir de la fecha efectiva del desembolso. Dichos pagos deberán ser realizados en cada vencimiento en el domicilio de LN o en cualquiera de sus sucursales y Sub Agentes Bancarios en todo el país, mediante las modalidades siguientes: a) En efectivo, en cheque o por transferencia desde cuentas en LN o de otras entidades. b) Por cargo a la cuenta de ahorro de EL DEUDOR, previa autorización expresa y por escrito de éste, siempre y cuando exista disponibilidad que pueda ser debitada y aplicada a la cuota ya sea de manera parcial o total. c) Con las opciones del servicio pagos electrónicos provistos por LN y a los que EL DEUDOR este suscrito. A través del servicio de pagos electrónicos, EL DEUDOR no podrá realizar abonos a capital de los préstamos ni saldarlos; los cuales solo podrán realizarse a través de las sucursales de LN. d) EL DEUDOR deberá realizar el pago de su cuota a través de (i) las sucursales de LN, (ii) vía electrónica por internet o contestador automático, (iii) desde otra entidad de intermediación financiera a través de Automatic Clearing House (ACH) o LBTR, en los horarios autorizados para ello por LN o el sistema Automatic Clearing House (ACH) o LBTR, según sea el caso; y que han sido comunicados por LN a EL DEUDOR. e) Cuando el vencimiento coincida con un día feriado o no laborable, EL DEUDOR deberá realizar su pago en el día hábil subsiguiente al vencimiento, siempre que dicho pago se efectúe dentro de los horarios autorizados. f) En caso de que el pago se efectúe fuera de los horarios establecidos en este artículo o fuera de los horarios especiales que por medios públicos haya notificado LN, la cuota se considerará vencida y estará sujeta a las penalidades estipuladas en el presente contrato.
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Modalidades de pago. Las cuotas periódicas de este préstamo Los pagos que debe hacer EL CLIENTE deberán ser pagadas por a) el monto total facturado en cada periodo; b) mediante modalidad revolvente, previa autorización otorgada por EL BANCO; o c) mediante otra forma de pago que admita EL BANCO y haya sido aceptada por EL CLIENTE. En cualquiera de estos casos se incluirán los intereses, comisiones y gastos correspondientes a cada periodo. EL BANCO imputará los pagos primero a los sobregiros, después a las comisiones, gastos, intereses y finalmente al vencimiento capital en modalidad revolvente. En caso de cada mestener distintas deudas en modalidad revolvente, contado los pagos se aplicarán a partir los consumos o disposiciones con tasas promocionales, a las compras o consumos regulares en establecimientos afiliados y a las disposiciones en efectivo, en ese orden. EL CLIENTE deberá realizar los pagos de su Cuenta Tarjeta mediante cargo en cuenta, para lo cual autoriza expresamente al BANCO a debitar mensualmente de la fecha efectiva del desembolso. Dichos pagos deberán ser realizados en cada vencimiento en el domicilio cuenta que designe para dicho efecto o de LN o en cualquiera de sus sucursales y Sub Agentes Bancarios cuentas que mantenga en todo el país, mediante las modalidades siguientes:
a) En efectivoEL BANCO, en cheque o por transferencia desde cuentas en LN o de otras entidades.
b) Por cargo a caso la cuenta de ahorro de EL DEUDOR, previa autorización expresa y por escrito de éste, siempre y cuando exista disponibilidad que pueda ser debitada y aplicada a la cuota ya sea de manera parcial o total.
c) Con las opciones del servicio pagos electrónicos provistos por LN y a los que EL DEUDOR este suscrito. A través del servicio de pagos electrónicos, EL DEUDOR designada no podrá realizar abonos a capital de los préstamos ni saldarlos; los cuales solo podrán realizarse a través de las sucursales de LN.
d) EL DEUDOR deberá realizar registre fondos suficientes disponibles para atender el pago de su cuota a través Tarjeta de (i) las sucursales de LNcrédito, (ii) vía electrónica por internet o contestador automático, (iii) desde otra entidad de intermediación financiera a través de Automatic Clearing House (ACH) o LBTR, en los horarios autorizados importes que sean necesarios para ello por LN o el sistema Automatic Clearing House (ACH) o LBTRatender dicha obligación, según sea el caso; la modalidad de pago que haya elegido EL CLIENTE. Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, EL BANCO queda autorizado a cargar en cualquier cuenta o depósito o a aplicar cualquier valor o bien de propiedad del CLIENTE y que han sido comunicados tenga en su poder, los que son afectados en garantía preferente a su favor. Ello se podrá hacer en cualquier momento y sin previo aviso ni formalidad alguna distinta a la presente autorización aplicándose su producto para amortizar o cancelar cualquier saldo deudor de la Cuenta Tarjeta. Los valores que no puedan ser redimidos por LN EL BANCO serán vendidos directamente, sin más formalidad que la presente autorización, sin base y al mejor postor, recurriendo de ser el caso a EL DEUDORcualquier intermediario de valores autorizado, liberando al BANCO de responsabilidad por su cotización, precio y/o tipo de cambio, siendo suficiente que en forma previa y oportuna comunique de tal decisión al CLIENTE.
e) Cuando el vencimiento coincida con un día feriado o no laborable, EL DEUDOR deberá realizar su pago en el día hábil subsiguiente al vencimiento, siempre que dicho pago se efectúe dentro de los horarios autorizados.
f) En caso de que el pago se efectúe fuera de los horarios establecidos en este artículo o fuera de los horarios especiales que por medios públicos haya notificado LN, la cuota se considerará vencida y estará sujeta a las penalidades estipuladas en el presente contrato.
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Modalidades de pago. Las cuotas periódicas de este préstamo deberán ser pagadas al vencimiento de cada mes, contado a partir de la fecha efectiva del desembolso. Dichos pagos deberán ser realizados en cada vencimiento en el domicilio de LN o en cualquiera de sus sucursales y Sub Agentes Bancarios en todo el país, mediante las modalidades siguientes:
a) En efectivo, en cheque o por transferencia desde cuentas en LN o de otras entidades.
b) Por cargo a la cuenta de ahorro de EL DEUDOR, previa autorización expresa y por escrito de éste, siempre y cuando exista disponibilidad que pueda ser debitada y aplicada a la cuota ya sea de manera parcial o total.
c) Con las opciones del servicio pagos electrónicos provistos por LN y a los que EL DEUDOR este suscrito. A través del servicio de pagos electrónicos, EL DEUDOR no podrá realizar abonos a capital de los préstamos ni saldarlos; los cuales solo podrán realizarse a través de las sucursales de LN.
d) EL DEUDOR deberá realizar el pago de su cuota a través de (i) las sucursales de LN, (ii) vía electrónica por internet o contestador automático, (iii) desde otra entidad de intermediación financiera a través de Automatic Clearing House (ACH) o LBTR, en los horarios autorizados para ello por LN o el sistema Automatic Clearing House (ACH) o LBTR, según sea el caso; y que han sido comunicados por LN a EL DEUDOR.
e) Cuando el vencimiento coincida con un día feriado o no laborable, EL DEUDOR deberá realizar su pago en el día hábil subsiguiente al vencimiento, siempre que dicho pago se efectúe dentro de los horarios autorizados. 3 Cláusula aprobada por la Superintendencia de Bancos mediante Oficio No.3101 de fecha 27 xx xxxxxx 2018. Contrato aprobado por la Xxxxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxx xxxx xx Xxxxxx Xx. 000000 de fecha 00 xx xxxxx 0000.
f) En caso de que el pago se efectúe fuera de los horarios establecidos en este artículo o fuera de los horarios especiales que por medios públicos haya notificado LN, la cuota se considerará vencida y estará sujeta a las penalidades estipuladas en el presente contrato.
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Modalidades de pago. Las cuotas periódicas de este préstamo deberán ser pagadas al vencimiento de cada mes, contado a partir de la fecha efectiva del desembolso. Dichos pagos deberán ser realizados en cada vencimiento en el domicilio de LN o en cualquiera de sus sucursales y Sub Agentes Bancarios en todo el país, mediante las modalidades siguientes:
a) En efectivo, en cheque o por transferencia desde cuentas en LN o de otras entidades.
b) Por cargo a la cuenta de ahorro de EL DEUDOR, previa autorización expresa y por escrito de éste, siempre y cuando exista disponibilidad que pueda ser debitada y aplicada a la cuota ya sea de manera parcial o total.
c) Con las opciones del servicio pagos electrónicos provistos por LN y a los que EL DEUDOR este suscrito. A través del servicio de pagos electrónicos, EL DEUDOR no podrá realizar abonos a capital de los préstamos ni saldarlos; los cuales solo podrán realizarse a través de las sucursales de LN.
d) EL DEUDOR deberá realizar el pago de su cuota a través de (i) las sucursales de LN, (ii) vía electrónica por internet o contestador automático, (iii) desde otra entidad de intermediación financiera a través de Automatic Clearing House (ACH) o LBTR, en los horarios autorizados para ello por LN o el sistema Automatic Clearing House (ACH) o LBTR, según sea el caso; y que han sido comunicados por LN a EL DEUDOR.
e) Cuando el vencimiento coincida con un día feriado o no laborable, EL DEUDOR deberá realizar su pago en el día hábil subsiguiente al vencimiento, siempre que dicho pago se efectúe dentro de los horarios autorizados. 3 Cláusula aprobada por la Superintendencia de Bancos mediante Oficio No.3101 de fecha 27 xx xxxxxx 2018.
f) En caso de que el pago se efectúe fuera de los horarios establecidos en este artículo o fuera de los horarios especiales que por medios públicos haya notificado LN, la cuota se considerará vencida y estará sujeta a las penalidades estipuladas en el presente contrato.
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Modalidades de pago. Las cuotas periódicas de este préstamo deberán ser pagadas al vencimiento de cada mes, contado a partir de la fecha efectiva del desembolso. Dichos pagos deberán ser realizados en cada vencimiento en el domicilio de LN o en cualquiera de sus sucursales y Sub Agentes Bancarios en todo el país, mediante las modalidades siguientes:
a) En efectivo, Pago con crédito en cheque o por transferencia desde cuenta en EL BANCO: Los importes serán acreditados a las cuentas de los PROVEEDORES en LN o de otras entidadesla misma fecha en que mi/nuestra cuenta sea debitada.
b) Por cargo a la Pago con crédito en cuenta en otros Bancos de ahorro de EL DEUDOR, previa autorización expresa y por escrito de éste, siempre y cuando exista disponibilidad que pueda ser debitada y aplicada a la cuota ya sea de manera parcial o total.
c) Con las opciones del servicio pagos electrónicos provistos por LN y plaza: Los importes serán transferidos a los que EL DEUDOR este suscrito. A través del servicio de pagos electrónicos, EL DEUDOR no podrá realizar abonos Bancos indicados por mi/nosotros a capital favor de los préstamos ni saldarlos; los cuales solo podrán realizarse a través de las sucursales de LN.
d) EL DEUDOR deberá realizar el pago de su cuota a través de (i) las sucursales de LN, (ii) vía electrónica por internet o contestador automático, (iii) desde otra entidad de intermediación financiera a través de Automatic Clearing House (ACH) o LBTRPROVEEDORES, en los horarios autorizados para ello por LN o el sistema Automatic Clearing House (ACH) o LBTR, según la misma fecha en que mi/nuestra cuenta sea el caso; y que han sido comunicados por LN a EL DEUDOR.
e) Cuando el vencimiento coincida con un día feriado o no laborable, EL DEUDOR deberá realizar su pago en el día hábil subsiguiente al vencimiento, siempre que dicho pago se efectúe dentro de los horarios autorizados.
f) debitada. En caso de que el pago se efectúe fuera realizara a través de otros Bancos, declaro/declaramos en forma irrevocable e incondicional que no hará responsable a EL BANCO por los inconvenientes, daños o perjuicios derivados de retrasos en los pagos o negativas de pago por parte de dichos Bancos, o en el evento de que los pagos o acreditamientos se verifiquen en fechas distintas a las acordadas.
c) Pago en Cheque de Gerencia: EL BANCO realizará el pago mediante cheques de Gerencia emitidos a nombre del PROVEEDOR, cuyo importe será debitado de mi/nuestra cuenta en el mismo día en que los cheques son emitidos. EL BANCO notificará a los PROVEEDORES, por los medios acordados con mi/nosotros que los cheques se hallan emitidos a su disposición (en caso de que yo/nosotros cuente/contemos con el servicio). La notificación será realizada por única vez en la fecha en que se emitan los cheques. Los cheques serán nominativos, a la orden de los horarios establecidos PROVEEDORES, de acuerdo a las especificaciones realizadas por mi/nosotros en este artículo o fuera el archivo electrónico los mismos podrán ser impresos con cruzamiento. Los cheques podrán ser retirados por los PROVEEDORES directamente de las sucursales indicadas por mi/nosotros y acordadas con EL BANCO, los días _ en el horario de _ _Hs. a Hs. En los casos en que yo/nosotros decida/decidamos retirar la totalidad de los horarios especiales cheques emitidos, podrá hacerlo de la sucursal indicada por el mismo, a través de una persona que por medios públicos haya notificado LNcuente con la debida autorización escrita. EL BANCO podrá, a mi/nuestra solicitud y conforme a su instrucción, depositar los cheques en la cuenta del PROVEEDOR en EL BANCO, para lo cual yo/nosotros proporcionaré/proporcionaremos a EL BANCO, la cuota se considerará vencida y estará sujeta a las penalidades estipuladas información para procesar el o los depósitos en el presente contratoarchivo electrónico enviado a EL BANCO. Los depósitos serán realizados en la misma fecha en que se realicen los pagos a los proveedores. Si en el plazo de 30 (treinta) días para cheques sobre plaza local de proporcionada la nómina de PROVEEDORES para que EL BANCO efectúe la entrega de cheques bajo la modalidad de Pago en Cheque a Proveedores, uno o más de éstos no se presentaren con sus respectivas facturas o recibos para recibir dicho pago, EL BANCO me/nos notificará, por los medios a su elección, el detalle de los cheques no entregados y depositará el importe total de dichos cheques en mi/nuestra cuenta, cobrando las comisiones que correspondan. En el caso que, yo/nosotros instruya/instruyamos nuevamente a EL BANCO a efectuar el pago antes mencionado, EL BANCO tendrá derecho al cobro de la comisión correspondiente al nuevo pago. EL BANCO remitirá a mi/nosotros un reporte de cheques pendientes de entrega:
a) Al final de cada fecha de pago o proceso.
b) Semanal.
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Samples: Pago a Proveedores