Modificación de los Pliegos. La Comisión Técnica podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx., hasta el término máximo de responder preguntas o realizar aclaraciones. Asimismo, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, podrá cambiar el cronograma con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones.
Modificación de los Pliegos. La Comisión Técnica o la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado podrán emitir aclaraciones o modificaciones respecto de las condiciones particulares de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el Portal Institucional del SERCOP, hasta el término máximo de responder preguntas.
Modificación de los Pliegos. APM podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, hasta el término máximo de responder preguntas o realizar aclaraciones. APM, de considerarlo pertinente, de manera motivada, podrá cambiar el cronograma, únicamente en las fases de preguntas, respuestas y aclaraciones, y en la de calificación de participantes. Al efecto, publicará en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx la resolución motivada respectiva y procederá con el cambio requerido, previo a las fechas límites de las fases indicadas.
Modificación de los Pliegos. La Comisión Técnica podrá en la etapa de preguntas y respuestas, emitir aclaraciones o modificaciones de los Pliegos, siempre y cuando éstas no cambien el presupuesto referencial, ni el objeto del proceso contemplado en los pliegos, modificaciones que deberán contar con la no objeción previa de la AECID, a través de la OTC, y ser publicadas a través de la Página Web de la Secretaría del Agua xxx.xxxx.xxx.xx Sección “CONTRATACIONES PROGRAMA PAS – EE ECUADOR ESPAÑA” y en la de la AECID, xxx.xxxxx.xx, hasta el término máximo de responder preguntas o realizar aclaraciones. Todas las aclaraciones o posibles modificaciones a los Pliegos se considerarán como alcance a los pliegos y recibidas por todos los participantes, una vez que han sido publicadas en la página web antes citada., Copia de todas las preguntas/aclaraciones recibidas así como las respuestas a las mismas deberán de ser enviadas por parte de la Comisión Técnica a la AECID para su información. Así mismo, la máxima autoridad de la Subsecretaría de la Demarcación Hidrográfica del Guayas o su delegado, podrá cambiar el cronograma con la motivación respectiva; el cambio será publicado a través de la Página Web de la Secretaría del Agua xxx.xxxx.xxx.xx Sección “CONTRATACIONES PROGRAMA PAS – EE ECUADOR ESPAÑA”, y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones. En cualquier caso, se deberá contar con No Objeción previa de la AECID, a través de la OTC.
Modificación de los Pliegos. La Ministra de Transporte y Obras Públicas o su delegado podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido del participante, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx., hasta el término máximo de responder preguntas o realizar aclaraciones; así como también se las podrá realizar en la Audiencia de Preguntas y Respuestas. Asimismo, la arquitecta Xxxxx de los Xxxxxxx Xxxxxx Ministra de Transporte y Obras Públicas o su delegado, podrá cambiar el cronograma con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones.
Modificación de los Pliegos. Convalidación de errores de forma en la oferta
Modificación de los Pliegos. La entidad contratante podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Asimismo, la máxima autoridad de la entidad contratante o su delegado, podrá cambiar el cronograma con la motivación respectiva; el cambio será publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y podrá realizarse hasta la fecha límite de la etapa de respuestas y aclaraciones.
Modificación de los Pliegos. CONDICIONES ESPECÍFICAS
Modificación de los Pliegos. La Comisión Técnica podrá emitir aclaraciones o modificaciones de los pliegos, por propia iniciativa o a pedido de los participantes, siempre que éstas no alteren el presupuesto referencial ni el objeto del contrato, modificaciones que deberán ser publicadas en el portal web de la M.I. Municipalidad de Guayaquil, hasta el término máximo de responder preguntas o realizar aclaraciones.
Modificación de los Pliegos. Los pliegos no podrán ser objeto de modificaciones, una vez que sean difundidos a menos que motivos técnicos debidamente sustentados y aprobados por la Comisión de Contratación, así lo justifiquen. No obstante, se podrán modificar los plazos, a fin de asegurar la mayor participación de oferentes en los procesos que correspondan.