NECESIDADES A SATISFACER POR EL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

NECESIDADES A SATISFACER POR EL CONTRATO. Cambio de Señaletica, interior y exterior de los edificios de Linea Xxxxxxxx Perpignan SA así como la rotulación de los vehículos de servicio.
NECESIDADES A SATISFACER POR EL CONTRATO. La empresa Línea Xxxxxxxx Perpignan S.A cuenta en sus instalaciones de dos puntos de repostaje situados en la Base de Mantenimiento de Llers y en el Centro Técnico Sur de La Jonquera. El objeto de este contrato es definir las condiciones que regirán para el suministro de gasolina, gasóleo A y gasóleo bonificado en dichos puntos de repostaje durante los próximos 36 meses.
NECESIDADES A SATISFACER POR EL CONTRATO. La Inspección Principal de obras de fábrica forma parte del conjunto de procesos de inspección y mantenimiento de la infraestructura, constituyéndose en instrumento para la detección de defectos, básico para la programación de las intervenciones propias del mantenimiento, así como para la prevención de accidentes y precursores de accidentes en términos de seguridad ferroviaria de forma acorde a lo expresado al respecto de indicadores comunes de seguridad conforme a la normativa española y francesa. Las empresas participantes podrán optar por participar en la licitación para ambos lotes o solo para uno de ellos, haciéndolo constar así en su proposición económica.
NECESIDADES A SATISFACER POR EL CONTRATO. La construcción del Nuevo Complejo Ferroviario se enmarca dentro de las actuaciones necesarias para implantar el Corredor Norte–Noroeste de Alta Velocidad a su paso por la ciudad xx Xxxxxxxxxx, con la inclusión del ancho UIC. Las actuaciones que han de llevarse a cabo para permitir el acceso en Alta Velocidad x Xxxxxxxxxx se resumen en los siguientes puntos: - Transformación xxx xxxxxxxx actual a ancho UIC, y soterramiento del mismo en la parte central de la ciudad. La actual estación de Campo Grande, que habrá de ser remodelada, será el punto donde realicen parada las circulaciones de viajeros. - Construcción de un by-pass ferroviario en ancho ibérico, denominado como Variante Este, que evitará el paso de las mercancías por el centro de la ciudad. - Desplazamiento de las instalaciones asociadas al corredor actual a un nuevo Complejo Ferroviario emplazado junto a la Variante Este. El nuevo Complejo Ferroviario, que recogerá dichas actuaciones de desplazamiento de las instalaciones, se ubica en el Páramo de San Xxxxxx, junto al polígono industrial de San Xxxxxxxxx, en el sudeste xx Xxxxxxxxxx. El objeto del presente Contrato es la realización de los trabajos de servicios de Asistencia Técnica y Coordinación en materia de Seguridad y Salud en las obras “NUEVO COMPLEJO FERROVIARIO DE LA NUEVA RED ARTERIAL FERROVIARIA (RAF) XX XXXXXXXXXX”.
NECESIDADES A SATISFACER POR EL CONTRATO. 1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del TRLCSP, la contratación del suministro se justifica en la necesidad de disponer de un vehículo de las características técnicas especificadas para la eficaz prestación del servicio de recogida selectiva de envases de papel–cartón, envases ligeros multimateriales y vidrio, en sustitución del existente que, por razón de su estado y antigüedad, no permite garantizar la prestación óptima de dicho servicio. 2.- El servicio al que se adscribe el camión se halla comprendido en el artículo 5 de los vigentes Estatutos del Consorcio de Entes Locales Xxxxx del Tiétar, referente a su objeto, fines y competencias.

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  • NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO A los efectos exigidos en el articulo 22 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la naturaleza y extensión de las necesidades que se pretenden satisfacer con el contrato que regula el presente pliego, son la realización del transporte, montaje y desmontaje de obras de arte de las exposiciones municipales de la Delegación de cultura en la Sala Municipal de Exposiciones, el Museo de la Ciudad, el edificio de Las Atarazanas, el Almudín, la Galería el Tossal y la Casa Museo Xxxxxxxxx, al objeto de permitir afrontar una programación exigente con unos criterios de eficacia y calidad que requieren la manipulación de dichas obras por parte de personal especializado. El contrato a realizar se califica como contrato de servicios, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Categoría del contrato (Anexo II del TRLCSP): 2 “Servicios de transporte por vía terrestre, incluido los servicios de furgones blindados y servicios de mensajería, excepto el transporte de correo”. La presente contratación tiene carácter administrativo, y se regirá en todo lo no previsto especialmente en este pliego de condiciones por lo dispuesto en las siguientes normas: - Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP). - Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx por el que se desarrolla parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, en adelante RPLCSP. - Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre en todo lo que no haya derogado y en tanto en cuanto no se oponga al TRLCSP y al RPLCSP. - Cualquier otra disposición que regule la contratación del Estado en general o de la Generalitat Valenciana en particular, y, en concreto, el Decreto 79/2000, de 30 xx Xxxx y la Orden de 23 xx Xxxx de 2001, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, que regula el funcionamiento e inscripción en el Registro Oficial de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Comunidad Valenciana, y por la que se dictan normas para la clasificación de empresas por la Generalitat Valenciana, así como por la legislación supletoria que le fuere de aplicación, igualmente en cuanto no se opongan al TRLCSP y al RPLCSP. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de prescripciones técnicas. - El documento en que se formalice el contrato. Las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de lo Contencioso- Administrativo de la Ciudad de Valencia, para resolver los litigios que puedan originarse con motivo del cumplimiento del presente contrato.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP

  • DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • CONDICIONES ESENCIALES DEL CONTRATO CONDICIONES DETALLE

  • INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36 de la Ley y 135 del Reglamento.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El plazo de ejecución será hasta el 31 de diciembre de 2022, contado a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato.

  • GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA 23.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales y en un periódico de cada provincia por una sola vez (art. 67.2.g) RG), así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias. 23.2.- Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la Administración, que se indicará como partida independiente. (art. 145.5 TRLCSP) Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamientos.

  • Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes: a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.