NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES. Este pliego de condiciones debe interpretarse como un todo y sus disposiciones no deben entenderse de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se considera integrada la información incluida en los documentos del proceso que lo acompañan y las adendas que se expidan. Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento xxx xxxxxx de condiciones: A. El orden de los numerales, capítulos y cláusulas de este pliego de condiciones no deben interpretarse como un grado de prelación entre los mismos. B. Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en este pliego solo sirven como referencia y no afectan la interpretación de su contenido. C. Las palabras en singular se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera. D. Los plazos en días establecidos en este pliego de condiciones se entienden como hábiles, salvo que de manera expresa la ley o la entidad indique que se trata de calendario o de meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil o no laboral para la entidad este se trasladará al día hábil siguiente. E. En caso de contradicción entre el contenido establecido en los pliegos de condiciones y el incluido por la entidad, proponentes o contratista en los documentos del proceso, primará lo señalado en los pliegos de condiciones. F. Las entidades estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los documentos del proceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los pliegos de condiciones. G. Las palabras definidas en este pliego de condiciones deben entenderse en dicho sentido. H. Las referencias a normas jurídicas incluyen las disposiciones que las modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen. I. Los pliegos de condiciones son inalterables y no se podrán incluir o modificar los Anexos, Formatos y Formularios, ni exigir soportes o requisitos adicionales; salvo cuando se permita en forma expresa, es decir, en los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en gris.
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NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES. Este pliego Pliego de condiciones Condiciones debe interpretarse ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben entenderse ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se considera integrada la información incluida en entienden integrados a éste los documentos del proceso Estudios Previos, Anexos, Apéndices que lo acompañan y las adendas Adendas que posteriormente se expidan. Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento xxx xxxxxx de condiciones:
A. Xxxxxx: El orden de los numerales, numerales y capítulos y cláusulas de este pliego de condiciones Pliego no deben interpretarse debe ser interpretado como un grado de prelación entre los mismos.
B. las mismas. Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en este pliego solo Pliego sirven sólo como referencia y no afectan afectarán la interpretación de su contenido.
C. texto. Las palabras en singular singular, se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
D. . Los plazos en días establecidos en este pliego de condiciones Pliego, se entienden como días hábiles, salvo que de manera expresa la ley o la entidad LA UNIVERSIDAD indique que se trata de días calendario o de meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil para LA UNIVERSIDAD o no laboral para la entidad este laboral, el vencimiento del plazo se trasladará traslada al día hábil siguiente.
E. En caso de contradicción entre el contenido establecido en los pliegos de condiciones y el incluido por la entidad, proponentes o contratista en los documentos del proceso, primará lo señalado en los pliegos de condiciones.
F. Las entidades estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los documentos del proceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los pliegos de condiciones.
G. . Las palabras expresamente definidas en este pliego Pliego, deben ser entendidas únicamente en el sentido que a las mismas se les conceda según su definición. Serán HÁBILES las Ofertas que cumplan con la totalidad de condiciones deben entenderse los requisitos descritos en dicho sentido.
H. Las referencias a normas jurídicas incluyen el Pliego de Condiciones y sus anexos. LA UNIVERSIDAD durante el término de evaluación verificará los requisitos habilitantes que sean presentados por los Proponentes dentro del plazo señalado en el Cronograma, término dentro del cual el Comité Evaluador, podrá solicitar las disposiciones aclaraciones, precisiones o los documentos que las modifiquense requieran, adicionen, sustituyan o complementen.
I. Los pliegos de condiciones son inalterables y no se podrán incluir sin que por ello pueda el Proponente adicionar o modificar los Anexos, Formatos y Formularios, ni exigir soportes o requisitos adicionales; salvo cuando se permita en forma expresa, es decir, en los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en grissu propuesta.
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Samples: Contract for Construction Works, Interventoría Técnica, Administrativa, Financiera Y Ambiental
NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES. Este pliego Pliego de condiciones Condiciones debe interpretarse ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben entenderse ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se considera entiende integrada a este la información incluida en los documentos Documentos del proceso Proceso que lo acompañan y las adendas Adendas que posteriormente se expidan. Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento xxx xxxxxx Xxxxxx de condicionesCondiciones:
A. El orden de los numerales, capítulos y cláusulas de este pliego Pliego de condiciones Condiciones no deben interpretarse ser interpretados como un grado de prelación entre los mismos.
B. Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en este pliego Pliego sirven solo sirven como referencia y no afectan afectar án la interpretación de su contenidotexto.
C. Las palabras en singular se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
D. Los plazos en días establecidos en este pliego Pliego de condiciones Condiciones se entienden como días hábiles, salvo que de manera expresa la ley o la entidad Entidad indique que se trata de días calendario o de meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil o no laboral para la entidad Entidad este se trasladará al día hábil siguiente.
E. En caso Las palabras expresamente definidas en este Pliego de contradicción entre Condiciones deben ser entendidas únicamente en el contenido establecido en los pliegos de condiciones y el incluido por la entidad, proponentes o contratista en los documentos del proceso, primará lo señalado en los pliegos de condicionessentido que a las mismas se les conceda según su definición.
F. Las entidades estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los documentos del proceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los pliegos de condiciones.
G. Las palabras definidas en este pliego de condiciones deben entenderse en dicho sentido.
H. Las referencias a normas jurídicas incluyen las disposiciones que las modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen.
I. Los pliegos de condiciones son inalterables y no se podrán incluir o modificar los Anexos, Formatos y Formularios, ni exigir soportes o requisitos adicionales; salvo cuando se permita en forma expresa, es decir, en los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en gris.
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Samples: Contratación De Servicios
NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES. Este pliego Pliego de condiciones Condiciones debe interpretarse ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben entenderse ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se considera entiende integrada a este la información incluida en los documentos Documentos del proceso Proceso que lo acompañan y las adendas Adendas que posteriormente se expidan. Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento xxx xxxxxx Xxxxxx de condicionesCondiciones:
A. El orden de los numerales, capítulos y cláusulas de este pliego Pliego de condiciones Condiciones no deben interpretarse ser interpretados como un grado de prelación entre los mismoslas mismas.
B. Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en este pliego solo Pliego sirven sólo como referencia y no afectan afectarán la interpretación de su contenidotexto.
C. Las palabras en singular se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
D. Los plazos en días establecidos en este pliego Pliego de condiciones Condiciones se entienden como días hábiles, salvo que de manera expresa la ley o la entidad Entidad indique que se trata de días calendario o de meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil o no laboral para la entidad Entidad este se trasladará al día hábil siguiente.
E. En caso de que exista una contradicción entre el contenido establecido en los pliegos de condiciones Documentos Tipo y el incluido por la entidadEntidad, proponentes Proponentes o contratista Contratista en los documentos Documentos del procesoProceso, primará lo señalado en los pliegos de condicionesDocumentos Tipo.
F. Las entidades estatales Entidades Estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los documentos Documentos del procesoProceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los pliegos de condicionesDocumentos Tipo.
G. Las palabras expresamente definidas en este pliego Pliego de condiciones Condiciones deben entenderse ser entendidas únicamente en dicho sentidoel sentido que a las mismas se les conceda según su definición.
H. Las referencias a normas jurídicas incluyen las disposiciones que las modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen.
I. Los pliegos de condiciones son inalterables y no se podrán incluir o modificar los Anexos, Formatos y Formularios, ni exigir soportes o requisitos adicionales; salvo cuando se permita en forma expresa, es decir, en los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en gris.
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Samples: Licitación Pública
NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES. Este pliego de condiciones debe interpretarse como un todo y sus disposiciones no deben ser entenderse de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se considera integrada la información incluida en los documentos del proceso que lo acompañan y las adendas que se expidan. Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación interpretar y entendimiento xxx xxxxxx entender el pliego de condiciones:
A. El orden de los numerales, capítulos y cláusulas de este pliego de condiciones no deben interpretarse como un grado de prelación entre los mismos.
B. Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en este pliego solo sirven como referencia y no afectan la interpretación de su contenido.
C. Las palabras en singular se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
D. Los plazos en días establecidos en este pliego de condiciones se entienden como hábiles, salvo que de manera expresa la ley o la entidad indique que se trata de calendario o de meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil o no laboral para la entidad este se trasladará al día hábil siguiente.
E. En caso de contradicción entre el contenido establecido en los pliegos de condiciones documentos del proceso y el incluido por la entidad, los proponentes o contratista en los documentos del proceso, primará lo señalado en los pliegos de condicionesdocumentos del proceso.
F. Las entidades estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los documentos del proceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los pliegos de condiciones.
G. Las palabras definidas en este pliego de condiciones deben entenderse en dicho sentido.
H. G. Las referencias a normas jurídicas incluyen las disposiciones que las modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen.
I. Los pliegos de condiciones son inalterables y no H. Este pliego se podrán incluir o modificar los Anexosinterpretará, Formatos y Formularios, ni exigir soportes o requisitos adicionales; salvo cuando se permita en forma expresa, es decirademás, en lo pertinente, de conformidad con las reglas del código civil definidas en los aspectos incluidos artículos 1618 a 1624 y demás normas que adicionen, complementen o regulen la materia y en corchetes lo no dispuesto expresamente en las normas señaladas, se dará aplicación a la normatividad Comercial, Civil y resaltados en grisContencioso Administrativo.
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Samples: Contrato De Arrendamiento
NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES. Este pliego El Pliego de condiciones Condiciones debe interpretarse ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben entenderse ser entendidas en forma individual o independiente de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tantoEn consecuencia, se considera integrada la información incluida en entienden integrados a él los documentos del proceso Anexos que lo acompañan y las adendas Adendas que posteriormente se expidanexpidieran. Sin embargo, de existir alguna diferencia o contradicción entre el Pliego de Condiciones y sus anexos, las disposiciones xxx Xxxxxx de Condiciones primarán sobre las instrucciones de los anexos que le sean contrarias. Además, se seguirán tendrán en cuenta los siguientes criterios para la su interpretación y entendimiento xxx xxxxxx entendimiento: Los términos o los plazos establecidos en días en este Pliego de condiciones:
A. Condiciones se deben computar como Días Hábiles, salvo indicación expresa en contrario. Para estos efectos los días sábado no se considerarán Días Hábiles. Cuando el día de vencimiento de un plazo fuese un día no hábil para COLCIENCIAS o cuando éste no ofrezca atención al público durante ese día, por cualquier razón, dicho vencimiento se entenderá trasladado al primer Día Hábil siguiente. A los términos no definidos en el presente Pliego de Condiciones, se les dará el sentido natural y obvio, según su uso común o el lenguaje técnico respectivo. El orden de los numerales, capítulos y cláusulas numerales xxx Xxxxxx de este pliego de condiciones Condiciones no deben interpretarse puede ser interpretado privilegiando uno sobre otro o como un grado de prelación entre los mismos.
B. mismos Los títulos de los capítulos y numerales y capítulos utilizados en este pliego solo sirven sólo como referencia y no afectan afectarán la interpretación de su contenido.
C. Las palabras en singular se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
D. Los plazos en días establecidos en este pliego de condiciones se entienden como hábiles, salvo que de manera expresa la ley o la entidad indique que se trata de calendario o de mesestexto. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil o no laboral para la entidad este se trasladará al día hábil siguiente.
E. En caso de contradicción contradicciones entre el contenido establecido en las aclaraciones o respuestas a las preguntas formuladas por los pliegos de condiciones Participantes y el incluido por la entidad, proponentes o contratista en los documentos del proceso, primará lo señalado en los pliegos de condiciones.
F. Las entidades estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los documentos del proceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los pliegos de condiciones.
G. Las palabras definidas en este pliego de condiciones deben entenderse en dicho sentido.
H. Las referencias a normas jurídicas incluyen las disposiciones que xxx Xxxxxx de Condiciones, prevalecerán las modifiquen, adicionen, sustituyan o complementendisposiciones contenidas en el Pliego de Condiciones.
I. Los pliegos de condiciones son inalterables y no se podrán incluir o modificar los Anexos, Formatos y Formularios, ni exigir soportes o requisitos adicionales; salvo cuando se permita en forma expresa, es decir, en los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en gris.
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Samples: Fiduciary Contract
NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES. Este pliego de condiciones debe interpretarse como un todo y sus disposiciones no deben entenderse de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se considera integrada la información incluida en los documentos del proceso que lo acompañan y las adendas que se expidan. Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento xxx xxxxxx de condiciones:
A. El orden de los numerales, capítulos y cláusulas de este pliego de condiciones no deben interpretarse como un grado de prelación entre los mismos.
B. Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en este pliego solo sirven como referencia y no afectan la interpretación de su contenido.
C. Las palabras en singular se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
D. Los plazos en días establecidos en este pliego de condiciones se entienden como hábiles, salvo que de manera expresa la ley o la entidad indique que se trata de calendario o de meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil o no laboral para la entidad este se trasladará al día hábil siguiente.
E. En caso de contradicción entre el contenido establecido en los pliegos de condiciones Documentos Tipo y el incluido por la entidad, proponentes o contratista en los documentos del proceso, primará lo señalado en los pliegos de condicionesDocumentos Tipo.
F. Las entidades estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los documentos del proceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los pliegos de condicionesDocumentos Tipo.
G. Las palabras definidas en este pliego de condiciones deben entenderse en dicho sentido.
H. Las referencias a normas jurídicas incluyen las disposiciones que las modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen.
I. Los pliegos de condiciones Documentos Tipo son inalterables y no se podrán incluir o modificar los Anexos, Formatos y Formularios, ni exigir soportes o requisitos adicionales; salvo cuando se permita en forma expresa, es decir, en los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en gris.
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Samples: Contrato De Obra Pública
NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES. Este pliego de condiciones debe interpretarse ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben entenderse ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se considera entiende integrada a este la información incluida en los documentos del proceso que lo acompañan y las adendas que posteriormente se expidan. Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento xxx xxxxxx de condiciones:
A. El orden de los numerales, capítulos y cláusulas de este pliego de condiciones no deben interpretarse ser interpretados como un grado de prelación entre los mismos.
B. Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en este pliego solo sirven sólo como referencia y no afectan afectarán la interpretación de su contenido.
C. Las palabras en singular se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
D. Los plazos en días establecidos en este pliego de condiciones condiciones, especialmente, los relacionados con el cronograma del proceso de selección, se entienden como días hábiles, salvo que de manera expresa la ley o la entidad AQUALIA indique que se trata de días calendario o de meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil o no laboral para la entidad AQUALIA este se trasladará al día hábil siguiente.
E. En caso de contradicción entre el contenido establecido en los pliegos de condiciones y el incluido por la entidad, proponentes o contratista en los documentos del proceso, primará lo señalado en los pliegos de condiciones.
F. Las entidades estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los documentos del proceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los pliegos de condiciones.
G. Las palabras definidas en este pliego de condiciones deben entenderse en dicho sentido.
H. F. Las referencias a normas jurídicas incluyen las disposiciones que las modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen.
I. G. Los pliegos de condiciones Documentos Tipo son inalterables y no se podrán incluir o modificar los Anexos, Formatos y Formularios, ni exigir soportes o requisitos adicionales; salvo cuando se permita en de forma expresa, es decir, en los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en gris.
X. Xxxx pliego se interpretará, además, en lo pertinente, de conformidad con las reglas del código civil definidas en los artículos 1618 a 1624.
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Samples: Solicitation for Quotation
NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES. Este pliego Pliego de condiciones Condiciones debe interpretarse ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben entenderse ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se considera entiende integrada a este la información incluida en los documentos Documentos del proceso Proceso que lo acompañan y las adendas Adendas que posteriormente se expidan. Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento xxx xxxxxx Xxxxxx de condicionesCondiciones:
A. El orden de los numerales, capítulos y cláusulas de este pliego Pliego de condiciones Condiciones no deben interpretarse ser interpretados como un grado de prelación entre los mismoslas mismas.
B. Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en este pliego Pliego sirven solo sirven como referencia y no afectan afectaran la interpretación de su contenidotexto.
C. Las palabras en singular se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
D. Los plazos en días establecidos en este pliego Pliego de condiciones Condiciones se entienden como días hábiles, salvo que de manera expresa la ley o la entidad Entidad indique que se trata de días calendario o de meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil o no laboral para la entidad Entidad este se trasladará trasladara al día hábil siguiente.
E. En caso de que exista una contradicción entre el contenido establecido en los pliegos de condiciones Documentos Tipo y el incluido por la entidadEntidad, proponentes Proponentes o contratista Contratista en los documentos Documentos del procesoProceso, primará primara lo señalado en los pliegos de condicionesDocumentos Tipo.
F. Las entidades estatales Entidades Estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los documentos Documentos del procesoProceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los pliegos de condicionesDocumentos Tipo.
G. Las palabras expresamente definidas en este pliego Pliego de condiciones Condiciones deben entenderse ser entendidas únicamente en dicho sentidoel sentido que a las mismas se les conceda según su definición.
H. Las referencias a normas jurídicas incluyen las disposiciones que las modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen.
I. Los pliegos de condiciones son inalterables y no se podrán incluir o modificar los Anexos, Formatos y Formularios, ni exigir soportes o requisitos adicionales; salvo cuando se permita en forma expresa, es decir, en los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en gris.
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Samples: Complementary Conditions Document
NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES. Este pliego Pliego de condiciones Condiciones debe interpretarse ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben entenderse ser entendidas de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se considera integrada la información incluida en entienden integrados a éste los documentos del proceso Estudios Previos, Anexos, Apéndices que lo acompañan y las adendas Adendas que posteriormente se expidan. Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación y entendimiento xxx xxxxxx de condicionesXxxxxx:
A. a) El orden de los numerales, numerales y capítulos y cláusulas de este pliego de condiciones Pliego no deben interpretarse debe ser interpretado como un grado de prelación entre los mismoslas mismas.
B. b) Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en este pliego solo Pliego sirven sólo como referencia y no afectan afectarán la interpretación de su contenidotexto.
C. c) Las palabras en singular singular, se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
D. d) Los plazos en días establecidos en este pliego de condiciones Pliego, se entienden como días hábiles, salvo que de manera expresa la ley o la entidad LA UNIVERSIDAD indique que se trata de días calendario o de meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil para LA UNIVERSIDAD o no laboral para la entidad este laboral, el vencimiento del plazo se trasladará traslada al día hábil siguiente.
E. En caso de contradicción entre el contenido establecido en los pliegos de condiciones y el incluido por la entidad, proponentes o contratista en los documentos del proceso, primará lo señalado en los pliegos de condiciones.
F. Las entidades estatales contratantes no podrán incluir o modificar dentro de los documentos del proceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los pliegos de condiciones.
G. e) Las palabras expresamente definidas en este pliego de condiciones Pliego, deben entenderse ser entendidas únicamente en dicho sentidoel sentido que a las mismas se les conceda según su definición.
H. Las referencias a normas jurídicas incluyen las disposiciones que las modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen.
I. Los pliegos de condiciones son inalterables y no se podrán incluir o modificar los Anexos, Formatos y Formularios, ni exigir soportes o requisitos adicionales; salvo cuando se permita en forma expresa, es decir, en los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en gris.
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Samples: Fiduciary Contract
NORMAS DE INTERPRETACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES. Este pliego Pliego de condiciones Condiciones debe interpretarse como un todo y sus disposiciones no deben entenderse de manera separada de lo que indica su contexto general. Por lo tanto, se considera integrada la información incluida en los documentos Documentos del proceso Proceso que lo acompañan y las adendas Adendas que se expidan. Además, se seguirán los siguientes criterios para la interpretación interpretar y entendimiento xxx xxxxxx entender el Pliego de condicionesCondiciones:
A. El orden de los numerales, capítulos y cláusulas xxx Xxxxxx de este pliego de condiciones Condiciones no deben interpretarse como un grado de prelación entre los mismos.
B. Los títulos de los numerales y capítulos utilizados en este pliego el Pliego solo sirven como referencia y no afectan la interpretación de su contenido.
C. Las palabras en singular se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto; y las palabras en género femenino, se entenderán comprenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.
D. Los plazos en días establecidos en este pliego el Pliego de condiciones Condiciones se entienden como hábiles, salvo que de manera expresa la ley o la entidad Entidad indique que se trata de calendario o de meses. Cuando el vencimiento de un plazo corresponda a un día no hábil o no laboral para la entidad Entidad, este se trasladará al día hábil siguiente.
E. En caso de contradicción entre el contenido establecido en los pliegos de condiciones y el incluido por la entidad, proponentes o contratista en los documentos del proceso, primará lo señalado en los pliegos de condiciones.
F. Las entidades estatales contratantes Entidades no podrán incluir o modificar dentro de los documentos Documentos del procesoProceso, las condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos de escogencia y sistemas de ponderación distintos a los señalados en los pliegos de condicionesDocumentos Tipo.
G. F. Las palabras definidas en este pliego el Pliego de condiciones Condiciones deben entenderse en dicho sentido.
H. G. Las referencias a normas jurídicas incluyen las disposiciones que las modifiquen, adicionen, sustituyan o complementen.
I. H. Los pliegos de condiciones Documentos Tipo son inalterables y no se podrán incluir o modificar los Anexos, Formatos y Formularios, ni exigir soportes o requisitos adicionales; salvo cuando se permita en forma expresa, es decir, en los aspectos incluidos en corchetes y resaltados en gris.
I. El pliego se interpretará, además, en lo pertinente, de conformidad con las reglas del Código Civil establecidas en los artículos 1618 a 1624.
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Samples: Contract