Common use of Obligaciones Anticorrupción Clause in Contracts

Obligaciones Anticorrupción. (i) Cada una de las Partes declara que, independientemente de la jurisdicción aplicable a la cual dicha Parte y/o (a) sus accionistas o socios, (b) sus Afiliadas, y (c) sus directores, funcionarios, agentes, miembros, empleados y apoderados (“Partes Relacionadas”) estén legalmente sometidas, cada Parte y las Partes Relacionadas que estén involucradas en el cumplimiento este Contrato deberán cumplir con los términos y disposiciones de todas las leyes vigentes en materia de anticorrupción, incluyendo la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, Ley General de Responsabilidades Administrativas y cualesquiera otras leyes similares aplicables a cada una de las Partes y a sus Partes Relacionadas en materia de combate, prevención o sanción de corrupción o soborno (conjuntamente, “Leyes en Materia de Anticorrupción”) y deberán cumplir con los principios, disposiciones y requisitos previstos en dichas leyes. Por este medio, cada una de las Partes acuerda que ni ésta ni sus Partes Relacionadas involucradas en el cumplimiento de este Contrato han llevado o llevarán a cabo actos prohibidos por las Leyes en Materia de Anticorrupción, y que no han ofrecido u otorgado ni ofrecerán u otorgarán ventaja alguna, ya sea financiera o de cualquier otra naturaleza, a persona alguna, ya sean Funcionarios Públicos o particulares:

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