Common use of OBLIGACIONES DEL MANDATARIO Clause in Contracts

OBLIGACIONES DEL MANDATARIO. 1. Elaborar y presentar mensualmente las facturas a los compradores, para el recaudo de los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 2. Elaborar y presentar mensualmente las liquidaciones a los vendedores, para la transferencia de los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 3. Conservar de acuerdo con las prácticas comerciales las facturas correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 4. Presentar mensualmente o cuando EL MANDANTE lo requiera el estado de cuentas con los respectivos recaudos, pagos realizados, xxxx en el pago de las obligaciones por parte de las empresas compradoras; 5. Realizar una gestión diligente en el cobro de las diferentes facturas, de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Operación; recaudar los dineros y entregarlos a EL MANDANTE de acuerdo con los términos previstos en la cláusula séptima del presente contrato; 6. Exigir la constitución por parte de EL MANDANTE, de las garantías a que haya lugar cuando por disposición del Reglamento de Operación o de las resoluciones expedidas por la CREG se requieran; 7. Hacer efectivas las garantías en el evento que no haya podido recaudar los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 8. Entregar a EL MANDANTE el Registro de código de localización único. SÉPTIMA.- El objeto del presente contrato se enmarca dentro del ámbito administrativo de las actividades del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales, de acuerdo con los artículos 1 y 5 de la Resolución 055 de diciembre 28 de 1994 de la CREG, sin que por este Mandato se entienda que existe una intermediación financiera, ni actúe EL MANDATARIO como comercializador. Además, el recaudo de dichos dineros no formará parte, ni ingresará al patrimonio de EL MANDATARIO. Para ello, EL MANDATARIO se comprometerá a abrir una(s) cuenta(s) en Banco (s), en la (s) cual (es) el comprador deberá consignar los dineros correspondientes a las obligaciones contraídas por concepto de las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA, y de esta(s) cuenta(s) EL MANDATARIO debe transferir los dineros a las empresas vendedoras por TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA. OCTAVA-PAGO.- EL MANDATARIO, cuando el comprador por TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA le comunique vía fax, o por cualquier otro medio de comunicación, del pago de las facturas; se obligará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de aviso de la respectiva consignación, siempre y cuando la transacción bancaria efectivamente se haya realizado, a transferir a los vendedores en las proporciones respectivas los dineros recaudados. NOVENA.-

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Samples: Contrato De Mandato Comercial Con Representación a Título Oneroso

OBLIGACIONES DEL MANDATARIO. Corresponde al MANDATARIO ejecutar las actividades de Liquidación y Administración de Cuentas, en virtud de las cuales realizará el cálculo, actualización y facturación de los cargos por uso del Sistema de Transmisión Nacional – STN- y de los Sistemas de Transmisión Regional – STR-, y todas las demás funciones asignadas al LAC; para el efecto realizará entre otras las siguientes funciones: 1. Recolectar y verificar la información básica requerida por el modelo de cargos establecido, cuando sea del caso, según la regulación vigente para cada sistema; 2. Someter a aprobación de la Comisión de Regulación de Energía y Gas la información base para calcular los cargos, cuando sea del caso, según las metodologías aplicables a cada sistema; 3. Actualizar los cargos y someterlos a aprobación de la Comisión, cuando la metodología aplicable así lo establezca; 4. Presentar información completa que contenga el soporte de la facturación correspondiente; 5. Atender reclamos originados en el proceso de cálculo de la facturación; 6. Elaborar y presentar mensualmente enviar las facturas de cobro de los cargos por uso de la red u otras operaciones, a los compradoresagentes xxx Xxxxxxx de Energía obligados al pago de las mismas de acuerdo con la regulación vigente; 7. Efectuar la gestión de cartera expidiendo las facturas de cobro respectivas, para el recaudo imputando los pagos obtenidos conforme los deudores paguen sus deudas, con base en los criterios indicados por las resoluciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, y demás normatividad que regule este aspecto; 8. Aplicar los pagos a todos los operadores de red, transmisores nacionales y agentes representantes de los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 2. Elaborar y presentar mensualmente las liquidaciones a los vendedoresactivos ante el LAC, para la transferencia de los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 3. Conservar de acuerdo con las prácticas comerciales prioridades de pago establecidas en las facturas correspondientes a resoluciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, y demás normatividad que regule este aspecto; 9. Administrar las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍAcuentas de los agentes xxx xxxxxxx mayorista que participan como beneficiarios o usuarios de los sistemas que conforman el Sistema Interconectado Nacional – SIN-; 410. Presentar mensualmente o cuando EL MANDANTE lo requiera Proporcionar los datos necesarios para que el estado de cuentas con los respectivos recaudos, pagos realizados, xxxx en Administrador del SIC calcule las garantías requeridas para el pago de las obligaciones por parte de las empresas compradoraslos cargos que liquida y factura el LAC; 5. Realizar una gestión diligente en el cobro de las diferentes facturas, de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Operación; recaudar los dineros y entregarlos a EL MANDANTE de acuerdo con los términos previstos en la cláusula séptima del presente contrato; 6. Exigir la constitución por parte de EL MANDANTE, de las garantías a que haya lugar cuando por disposición del Reglamento de Operación o de las resoluciones expedidas por la CREG se requieran; 7. Hacer efectivas las garantías en el evento que no haya podido recaudar los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 811. Entregar a EL al MANDANTE el Registro de registro del código de localización únicoúnico – EAN-. SÉPTIMA.- SÉPTIMA- OBLIGACIONES DEL MANDANTE. El objeto del presente contrato se enmarca dentro del ámbito administrativo MANDANTE tendrá entre otras obligaciones, las siguientes: 1. Entregar al MANDATARIO información veraz, completa y oportuna que permita el desarrollo de las actividades del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales, de acuerdo con los artículos 1 y 5 sus funciones; 2. Realizar el pago de la Resolución 055 Remuneración y demás conceptos que deba cancelar al MANDATARIO, en virtud de diciembre 28 de 1994 de la CREG, sin que por este Mandato se entienda que existe una intermediación financiera, ni actúe EL MANDATARIO como comercializador. Además, lo dispuesto en el recaudo de dichos dineros no formará parte, ni ingresará al patrimonio de EL MANDATARIO. Para ello, EL MANDATARIO se comprometerá a abrir una(s) cuenta(s) en Banco (s)RLAC, en la (s) cual (es) el comprador deberá consignar los dineros correspondientes a las obligaciones contraídas por concepto de las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA, y de esta(s) cuenta(s) EL MANDATARIO debe transferir los dineros a las empresas vendedoras por TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA. OCTAVA-PAGO.- EL MANDATARIO, cuando el comprador por TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA le comunique vía fax, o por cualquier otro medio de comunicación, del pago de las facturas; se obligará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de aviso vencimiento; 3. El hecho de que EL MANDANTE no reciba la factura electrónica, por causas imputables al mismo, no lo exonera de la respectiva consignaciónobligación de pago. 4. Firmar el Acuerdo de Facturación Electrónica, siempre conforme a lo establecido en el artículo 7° del decreto 1.929 del 2007 y cuando la transacción bancaria efectivamente se haya realizado, a transferir a los vendedores en las proporciones respectivas los dineros recaudadosaquellas normas que lo modifiquen o sustituyan. NOVENA.-OCTAVA-

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Samples: Contrato De Mandato Comercial Con Representación, a Título Oneroso

OBLIGACIONES DEL MANDATARIO. 1EL MANDATARIO por instrucción de EL MANDANTE, asume las siguientes obligaciones: a) Anunciar en arrendamiento EL(los) INMUEBLE(s) cuando lo considere necesario, y por el medio que a su criterio sea más conveniente; b) Fijar libremente los cánones de arrendamiento teniendo en cuenta las normas estipuladas en la Ley 820 de 2003 que lo regulan. Elaborar Salvo instrucciones escritas de EL MANDANTE; c) Celebrar a nombre propio los contratos de arrendamiento respectivos bajo las garantías y presentar mensualmente condiciones que a su juicio sean oportunas, así como las facturas prórrogas o renovaciones; d) Cobrar directamente el canon de arrendamiento; e) Pagar con cargo al propietario los servicios públicos, las cuotas de administración, cuotas extras y demás gastos que no correspondan a los compradores, arrendatarios y sean necesarios para el recaudo de los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 2. Elaborar y presentar mensualmente las liquidaciones a los vendedores, para la transferencia de los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 3. Conservar de acuerdo con las prácticas comerciales las facturas correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 4. Presentar mensualmente o cuando EL MANDANTE lo requiera el estado de cuentas con los respectivos recaudos, pagos realizados, xxxx en el pago cumplimiento de las obligaciones de los contratos de arrendamiento del inmueble arrendado; f) Verificar y supervisar las reparaciones de daños ocasionales a su juicio necesarias de EL INMUEBLE para cumplir en nombre del propietario la obligación de mantenerlo en estado de servir para el fin arrendado, en caso de que previa notificación al propietario, este no repare o no de autorización oportuna, podrá EL MANDATARIO realizar aquellas reparaciones necesarias que sean notificadas por parte el arrendatario, o las ordenadas por ley 820 de 2003, o las empresas compradorasque sean ordenadas por las autoridades; 5. Realizar una gestión diligente g) EL MANDATARIO podrá realizar las reparaciones necesarias en daños ocasionales en redes de acueducto, energía, telefonía, gas y alcantarillado, y que se requieran para mantener el cobro de las diferentes facturasuso y goce del inmueble, de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Operación; recaudar los dineros y entregarlos a EL MANDANTE de acuerdo con los términos previstos en la cláusula séptima del presente contrato; 6. Exigir la constitución estas no requieren autorización previa por parte de EL MANDANTE, de las garantías si no superan la suma equivalente a que haya lugar cuando por disposición del Reglamento de Operación o de las resoluciones expedidas por la CREG se requierandiez (10) salarios mínimos legales diarios vigentes – SMLDV; 7. Hacer efectivas las garantías en el evento que no haya podido recaudar los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 8. Entregar h) Presentar a EL MANDANTE para su aprobación, intervenciones que no sean de inmediata ejecución, para mantener el Registro inmueble arrendado en buen estado y para el cuidado del mismo; i) En todo caso de código reparaciones en donde EL MANDANTE autorice expresa o tácitamente a EL MANDATARIO para efectuarlas, queda entendido que EL MANDATARIO solo actuará como un intermediario entre EL MANDANTE y el contratista, y la gestión de localización único. SÉPTIMA.- El objeto del presente contrato EL MANDATARIO se enmarca dentro del ámbito administrativo limita a la de contactar maestros contratistas independientes o empresas especializadas para que coticen las reparaciones y contratar en nombre de EL MANDANTE con los mismos, siendo los contratistas responsables de la calidad y estabilidad de la obra contratada y en este evento EL MANDANTE tendrá la calidad de contratante y en consecuencia son de su cargo todas las obligaciones que tengan origen en esas relaciones; j) EL MANDATARIO se encargará de poner a disposición de EL MANDANTE, el personal capacitado para realizar las actividades de supervisión y revisión de la entrega de las actividades del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales, de acuerdo con los artículos 1 obras y 5 de la Resolución 055 de diciembre 28 de 1994 de la CREG, sin que mantenimientos realizadas por este Mandato se entienda que existe una intermediación financiera, ni actúe EL MANDATARIO como comercializador. Además, el recaudo de dichos dineros no formará parte, ni ingresará al patrimonio intermedio de EL MANDATARIO. Para elloIgualmente, de aquellas que EL MANDANTE decida realizar directamente; k) Notificar la solicitud de restitución de EL(los) INMUEBLE(s) cuando EL MANDANTE lo apruebe y soporte adecuadamente; l) Rendir mensualmente cuenta detallada a EL MANDANTE, de los Cánones recaudados, así como de los gastos que se hubieran efectuado o estuvieren autorizados para ser descontados. Esta cuenta será entregada a EL MANDANTE en las oficinas de EL MANDATARIO, o enviada al e-mail registrado. Si pasados quince (15) días desde la fecha de la entrega de esta, EL MANDANTE no formula observaciones, se entenderá aprobada por este. En caso de envío físico EL MANDANTE reconoce el costo del correo; m) EL MANDATARIO informará por cualquier medio expedito a EL MANDANTE sobre la selección del arrendatario evento para el cual EL MANDANTE se obliga a reservar y entregar el inmueble para el arrendatario informado; n) Constituir seguro de arrendamiento o fianza, salvo instrucción diferente de EL MANDANTE, o) Los gastos, daños, multas y valores que son a cargo de los arrendatarios y no estuvieren cancelados por ellos al restituir o desocupar el inmueble objeto del contrato de arrendamiento, EL MANDATARIO se comprometerá a abrir una(s) cuenta(s) en Banco (s), en la (s) cual (es) gestionará ante ellos el comprador deberá consignar los dineros correspondientes a las obligaciones contraídas por concepto de las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA, y de esta(s) cuenta(s) EL MANDATARIO debe transferir los dineros a las empresas vendedoras por TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA. OCTAVAcobro pre-PAGO.- EL MANDATARIO, cuando el comprador por TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA le comunique vía fax, o por cualquier otro medio de comunicación, del pago de las facturas; se obligará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de aviso de la respectiva consignación, siempre y cuando la transacción bancaria efectivamente se haya realizado, a transferir a los vendedores en las proporciones respectivas los dineros recaudados. NOVENA.-jurídico.

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Samples: Contrato De Mandato Para El Servicio De Administración De Un Contrato De Arrendamiento

OBLIGACIONES DEL MANDATARIO. Corresponde al MANDATARIO ejecutar las actividades de Liquidación y Administración de Cuentas, en virtud de las cuales realizará el cálculo, actualización y facturación de los cargos por Uso del Sistema de Transmisión Nacional – STN-, y de los Sistemas de Transmisión Regional – STR- y todas las demás funciones asignadas al LAC; para el efecto realizará entre otras las siguientes funciones: 1. Recolectar y verificar la información básica requerida por el modelo de cargos establecido, cuando sea del caso, según la regulación vigente para cada sistema; 2. Someter a aprobación de la Comisión de Regulación de Energía y Gas la información base para calcular los cargos, cuando sea del caso, según las metodologías aplicables a cada sistema; 3. Actualizar los cargos, y someterlos a aprobación de la Comisión, cuando la metodología aplicable así lo establezca; 4. Presentar información completa que contenga el soporte de la facturación correspondiente; 5. Atender reclamos originados en el proceso de cálculo de la facturación; 6. Elaborar y presentar mensualmente enviar las facturas de cobro de los cargos por uso de la red u otras operaciones, a los compradoresagentes xxx Xxxxxxx de Energía obligados al pago de las mismas de acuerdo con la regulación vigente; 7. Efectuar la gestión de cartera expidiendo las facturas de cobro respectivas, para el recaudo imputando los pagos obtenidos conforme los deudores paguen sus deudas, con base en los criterios indicados por las resoluciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, y demás normatividad que regule este aspecto; 8. Aplicar los pagos a todos los operadores de red, transmisores nacionales y agentes representantes de los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 2. Elaborar y presentar mensualmente las liquidaciones a los vendedoresactivos ante el LAC, para la transferencia de los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 3. Conservar de acuerdo con las prácticas comerciales prioridades de pago establecidas en las facturas correspondientes a resoluciones de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, y demás normatividad que regule este aspecto; 9. Administrar las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍAcuentas de los agentes xxx Xxxxxxx Mayorista que participan como beneficiarios o usuarios de los sistemas que conforman el Sistema Interconectado Nacional – SIN-; 410. Presentar mensualmente o cuando EL MANDANTE lo requiera Proporcionar los datos necesarios para que el estado de cuentas con los respectivos recaudos, pagos realizados, xxxx en Administrador del SIC calcule las garantías requeridas para el pago de las obligaciones por parte de las empresas compradorasos cargos que liquida y factura el LAC; 5. Realizar una gestión diligente en el cobro de las diferentes facturas, de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Operación; recaudar los dineros y entregarlos a EL MANDANTE de acuerdo con los términos previstos en la cláusula séptima del presente contrato; 6. Exigir la constitución por parte de EL MANDANTE, de las garantías a que haya lugar cuando por disposición del Reglamento de Operación o de las resoluciones expedidas por la CREG se requieran; 7. Hacer efectivas las garantías en el evento que no haya podido recaudar los dineros correspondientes a las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA; 811. Entregar a EL al MANDANTE el Registro de registro del código de localización únicoúnico – EAN-. SÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL MANDANTE. El objeto del presente contrato se enmarca dentro del ámbito administrativo MANDANTE tendrá entre otras obligaciones, las siguientes: 1. Entregar al MANDATARIO información veraz, completa y oportuna que permita el desarrollo de las actividades del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales, de acuerdo con los artículos 1 y 5 sus funciones; 2. Realizar el pago de la Resolución 055 Remuneración y demás conceptos que deba cancelar al MANDATARIO, en virtud de diciembre 28 de 1994 de la CREG, sin que por este Mandato se entienda que existe una intermediación financiera, ni actúe EL MANDATARIO como comercializador. Además, lo dispuesto en el recaudo de dichos dineros no formará parte, ni ingresará al patrimonio de EL MANDATARIO. Para ello, EL MANDATARIO se comprometerá a abrir una(s) cuenta(s) en Banco (s)RLAC, en la (s) cual (es) el comprador deberá consignar los dineros correspondientes a las obligaciones contraídas por concepto de las TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA, y de esta(s) cuenta(s) EL MANDATARIO debe transferir los dineros a las empresas vendedoras por TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA. OCTAVA-PAGO.- EL MANDATARIO, cuando el comprador por TRANSACCIONES EN LA BOLSA DE ENERGÍA le comunique vía fax, o por cualquier otro medio de comunicación, del pago de las facturas; se obligará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de aviso vencimiento; 3. El hecho de que EL MANDANTE no reciba la factura electrónica, por causas imputables al mismo, no lo exonera de la respectiva consignaciónobligación de pago. 4. Firmar el Acuerdo de Facturación Electrónica, siempre conforme a lo establecido en el artículo 7° del decreto 1.929 del 2007 y cuando la transacción bancaria efectivamente se haya realizado, a transferir a los vendedores en las proporciones respectivas los dineros recaudadosaquellas normas que lo modifiquen o sustituyan. NOVENA.-OCTAVA.-

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