Common use of OBLIGACIONES DEL VENDEDOR Clause in Contracts

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. El “VENDEDOR” se obliga a lo siguiente: a. No divulgar a terceros la “CLAVE PERSONAL” de la “CUENTA DEL VENDEDOR”; b. Proporcionar a “HEB” la información y precios sobre los “PRODUCTOS” según sea requerido por el primero; c. Proporcionar a “HEB” un “LISTADO DE LOS PRODUCTOS”; d. Expedir y enviar al “COMPRADOR” la factura original conforme a lo establecido en el Contrato; e. Respetar los términos, condiciones y calidades de los “PRODUCTOS”, según sean publicados. f. Responder sobre los reembolsos, devoluciones y cancelaciones, según lo establecido en el Contrato; g. Contar con todos los permisos y licencias necesarios para comercializar los “PRODUCTOS” en cuestión; h. Respetar y cumplir las condiciones y calidad de los “PRODUCTOS” publicados en el “HEB SHOP”; i. Respetar las ofertas, promociones, publicidad o cualquier otro sobre los “PRODUCTOS”; j. A enviar a “HEB” información actualizada sobre precios de los “PRODUCTOS” y existencias de los mismos, a fin de que la información albergada en “HEB SHOP” se encuentre debidamente actualizada. k. Contratar y mantener un seguro de responsabilidad civil durante la vigencia del Contrato, en caso de ser aplicable; y l. A todas las obligaciones explicitas e implícitas que se desprendan del presente Contrato. Las “PARTES” acuerdan que en caso de incumplimiento reiterado, a criterio de “HEB”, por parte del “VENDEDOR” de cualesquiera de sus obligaciones, “HEB” podrá suspender la “CUENTA DEL VENDEDOR”, así como dar por terminado el presente Contrato, haciéndose responsable el “VENDEDOR” de cualquier daño y perjuicio ocasionado a “HEB” por dicho incumplimiento; lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el apartado de Vigencia del presente Contrato. Las “PARTES” acuerdan que los “PRODUCTOS” que presenten incidencias constantes, o incumplimientos de parte del “VENDEDOR”, podrán ser dados de baja temporal o permanentemente del “HEB SHOP”, sin necesidad de justificar dicha decisión, de conformidad con lo establecido en el presente Contrato; entendiéndose por incidencias constantes, de manera enunciativa mas no limitativa: Devoluciones, errores de contenido o precio, demora en entrega, cancelaciones o productos defectuosos.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicios De Venta De Productos Y Servicios a Través De Heb Shop

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. El “VENDEDOR” Sin perjuicio de las demás obligaciones estipuladas en el presente Contrato o de las que se deriven de su naturaleza o la ley, EL VENDEDOR se obliga a lo siguientea: a. No divulgar a terceros 1. Transferir la “CLAVE PERSONAL” titularidad de la “CUENTA DEL VENDEDOR”; b. Proporcionar a “HEB” la información y precios sobre los “PRODUCTOS” según sea requerido por el primero; c. Proporcionar a “HEB” un “LISTADO DE LOS PRODUCTOS”; d. Expedir y enviar Portafolio de Xxxxxxx al COMPRADOR” la factura original conforme a lo establecido en el Contrato; e. Respetar los términos, condiciones y calidades de los “PRODUCTOS”, según sean publicados. f. Responder sobre los reembolsos, devoluciones y cancelaciones, según lo establecido en el Contrato; g. Contar con todos los permisos y licencias necesarios para comercializar los “PRODUCTOS” en cuestión; h. Respetar y cumplir las condiciones y calidad de los “PRODUCTOS” publicados en el “HEB SHOP”; i. Respetar las ofertas, promociones, publicidad o cualquier otro sobre los “PRODUCTOS”; j. A enviar a “HEB” información actualizada sobre precios de los “PRODUCTOS” y existencias de los mismos, a fin de que la información albergada en “HEB SHOP” se encuentre debidamente actualizada. k. Contratar y mantener un seguro de responsabilidad civil durante la vigencia del Contrato, en caso de ser aplicable; y l. A todas las obligaciones explicitas e implícitas que se desprendan del presente Contrato. Las “PARTES” acuerdan que en caso de incumplimiento reiterado, a criterio de “HEB”, por parte del “VENDEDOR” de cualesquiera de sus obligaciones, “HEB” podrá suspender la “CUENTA DEL VENDEDOR”, así como dar por terminado el presente Contrato, haciéndose responsable el “VENDEDOR” de cualquier daño y perjuicio ocasionado a “HEB” por dicho incumplimiento; lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el apartado de Vigencia del presente Contrato. Las “PARTES” acuerdan que los “PRODUCTOS” que presenten incidencias constantes, o incumplimientos de parte del “VENDEDOR”, podrán ser dados de baja temporal o permanentemente del “HEB SHOP”, sin necesidad de justificar dicha decisión, de conformidad con lo establecido términos establecidos en el presente Contrato; entendiéndose por incidencias constantes. 2. Entregar a EL COMPRADOR dentro de la oportunidad prevista, la Documentación e Información Disponible correspondiente a las obligaciones objeto del presente Contrato. 3. Entregar a EL COMPRADOR los recaudos recibidos con posterioridad a la Fecha de Suscripción del Contrato, provenientes del Portafolio de Cartera objeto de compraventa. 4. Cumplir todas las obligaciones establecidas en el Contrato o propias de la naturaleza del mismo. 5. Suministrar en la fecha de entrega al COMPRADOR, la documentación e Información que se tenga disponible sobre los procesos judiciales que se adelanten para la recuperación judicial de las Obligaciones, que a la fecha de Suscripción del Contrato se encuentran en curso, incluyendo información sobre el juzgado de conocimiento, cedula de ciudadanía de deudor, numero de radicación, el tipo de proceso, la ciudad, el abogado a cargo del proceso y la etapa procesal. No obstante, de manera enunciativa mas no limitativa: Devolucionescontar EL VENDEDOR con esta información, errores la transferencia se hará como registro contable. 6. Elaborar y entregar las actas de contenido entrega. 7. Entregar a EL COMPRADOR las copias de los memoriales de cesión radicadas en los despachos judiciales, de aquellos procesos en los cuales EL VENDEDOR se encuentre reconocida. No obstante, en aquellas obligaciones de las cuales EL VENDEDOR desconozca el juzgado real al cual cursa el proceso, las transferencias de los derechos de obligación se entienden como registros contables. 8. Cuando a ello haya lugar, notificar las autoridades competentes sobre la celebración del presente contrato, siempre que dicha notificación fuera necesaria para el ejercicio de cualquier prerrogativa derivada de las obligaciones objeto del mismo. 9. Remitir a EL COMPRADOR toda correspondencia que tenga relación con las obligaciones cedidas y demás comunicaciones que llegare a recibir con posterioridad a la Fecha de Suscripción de este contrato, manifestando expresamente que no asume responsabilidad alguna derivada de la tardanza o precioentrega de los mismos. 10. EL VENDEDOR dejará de reportar ante las Centrales de Información Crediticia, demora en entrega, cancelaciones o productos defectuososlas obligaciones objeto de esta venta a partir del mes de de 2021.

Appears in 1 contract

Samples: Contract

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. El “VENDEDOR” se obliga Enviar correo electrónico de programación de entrega de las Cantidades en Firme y ocasionales del Producto, el día veinticinco (25) del mes anterior al mes de las entregas, a lo siguiente: a. No divulgar más tardar. Ofrecer al Comprador las cantidades ocasionales, como mínimo, con tres (3) días hábiles de anticipación a terceros la “CLAVE PERSONAL” fecha probable de entrega, para que éste manifieste su intención o no de tomarlas. Enviar las nominaciones según el Procedimiento de Nominación descrito en este Contrato y según la “CUENTA DEL VENDEDOR”; b. Proporcionar a “HEB” programación enviada por EL VENDEDOR y aceptada por EL COMPRADOR. Vender y entregar la información Cantidad en Firme y precios sobre los “PRODUCTOS” según sea requerido la Cantidad Ocasional de Producto aceptada por el primero; c. Proporcionar a “HEB” un “LISTADO DE LOS PRODUCTOS”; d. Expedir y enviar al “EL COMPRADOR” la factura original conforme a lo establecido , en el Contrato; e. Respetar los términos, condiciones y calidades de los “PRODUCTOS”, según sean publicados. f. Responder sobre los reembolsos, devoluciones y cancelaciones, según lo establecido en el Contrato; g. Contar con todos los permisos y licencias necesarios para comercializar los “PRODUCTOS” en cuestión; h. Respetar y cumplir las condiciones y de calidad de los “PRODUCTOS” publicados en el “HEB SHOP”; i. Respetar las ofertas, promociones, publicidad o cualquier otro sobre los “PRODUCTOS”; j. A enviar a “HEB” información actualizada sobre precios de los “PRODUCTOS” y existencias de los mismos, a fin de que la información albergada en “HEB SHOP” se encuentre debidamente actualizada. k. Contratar y mantener un seguro de responsabilidad civil durante la vigencia del Contrato, en caso de ser aplicable; y l. A todas las obligaciones explicitas e implícitas que se desprendan del presente Contrato. Las “PARTES” acuerdan que en caso de incumplimiento reiterado, a criterio de “HEB”, por parte del “VENDEDOR” de cualesquiera de sus obligaciones, “HEB” podrá suspender la “CUENTA DEL VENDEDOR”, así como dar por terminado el presente Contrato, haciéndose responsable el “VENDEDOR” de cualquier daño y perjuicio ocasionado a “HEB” por dicho incumplimiento; lo anterioraquí acordadas, sin perjuicio de lo establecido en el apartado de Vigencia numeral 5.4 del presente ContratoContrato y siempre y cuando EL COMPRADOR cuente con garantía vigente, en los términos establecidos en el presente Contrato Entregar en el Punto de Entrega el Producto al COMPRADOR o al Transportador del Producto que actúe por cuenta y orden de este último. Las “PARTES” acuerdan que los “PRODUCTOS” que presenten incidencias constantes, o incumplimientos de parte del “VENDEDOR”, podrán ser dados de baja temporal o permanentemente del “HEB SHOP”, sin necesidad de justificar dicha decisión, de conformidad Emitir las facturas correspondientes acorde con lo establecido en el presente este Contrato; entendiéndose por incidencias constantes. Cumplir con los requerimientos ambientales, legales, reglamentarios y contractuales, así como de manera enunciativa mas no limitativa: Devoluciones, errores seguridad industrial asociada a la ejecución de contenido o precio, demora en entrega, cancelaciones o productos defectuososeste Contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Supply Agreement

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. El “VENDEDOR” Son las que se obliga indican a lo siguiente:continuación sin perjuicio de las demás estipuladas en el clausulado de este documento. a. No divulgar 1. Verificar que los saldos a terceros la “CLAVE PERSONAL” Fecha xx Xxxxx, estén de conformidad con los soportes contables de los activos objeto de la “CUENTA DEL compraventa. 2. Otorgar Poder General a EL COMPRADOR dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la fecha de celebración, para que obre como mandatario de EL VENDEDOR”;, con el fin de que realice todos los actos que estime convenientes respecto de a las obligaciones de su propiedad. No obstante lo anterior, durante el periodo en que EL COMPRADOR actúe como mandatario de EL VENDEDOR respecto de cada uno de los activos, aquél se encontrará legitimado para actuar ante las autoridades judiciales, administrativas, deudores, terceros interesados, y cualquier otra persona para defender, demandar, cobrar, reclamar y en general exigir judicial o extrajudicialmente los derechos que le otorga su condición de propietario de los mismos. b. Proporcionar 3. Entregar a “HEB” EL COMPRADOR la información y precios documentación correspondiente a las obligaciones a que hace referencia el objeto del presente documento, en los términos y forma que se estipulan. 4. Certificar, si a ello hubiere lugar sobre los “PRODUCTOS” según sea requerido pagos realizados por los deudores así como la forma de aplicación contable. 5. Suministrar la información disponible, y coadyuvar las respuestas que EL COMPRADOR deba presentar ante los diferentes despachos judiciales y administrativos. 6. Informar por escrito a los deudores sobre la cesión de las obligaciones relacionadas en el primero; c. Proporcionar Anexo Uno (1), dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a “HEB” un “LISTADO DE LOS PRODUCTOS”; d. Expedir la Fecha de Celebración y enviar al “prueba de ello a EL COMPRADOR” la factura original conforme a lo establecido en el Contrato; e. Respetar los términos, condiciones y calidades de los “PRODUCTOS”, según sean publicados. f. Responder sobre 7. Ceder las obligaciones del Anexo Uno (1) en los reembolsos, devoluciones términos y cancelaciones, según lo establecido forma que se prevé en el Contrato; g. Contar con todos los permisos y licencias necesarios para comercializar los “PRODUCTOS” en cuestión; h. Respetar y cumplir las condiciones y calidad de los “PRODUCTOS” publicados en el “HEB SHOP”; i. Respetar las ofertas, promociones, publicidad o cualquier otro sobre los “PRODUCTOS”; j. A enviar a “HEB” información actualizada sobre precios de los “PRODUCTOS” y existencias de los mismos, a fin de que la información albergada en “HEB SHOP” se encuentre debidamente actualizadapresente Acta. k. Contratar 8. Cuando a ello haya lugar, notificar a las autoridades competentes sobre la celebración de ésta Acta, siempre que dicha notificación fuere necesaria para el ejercicio de cualquier prerrogativa derivada de las obligaciones objeto del mismo. 9. Entregar a EL COMPRADOR los recaudos recibidos con posterioridad a la Fecha xx Xxxxx y mantener un seguro de responsabilidad civil durante celebración de esta Acta, provenientes de la vigencia del Contratocartera objeto de compraventa o establecer la posibilidad de realizar xxxxx xx xxxxxxx. 10. Transferir a EL COMPRADOR o a quien éste designe, en caso de ser aplicable; y l. A todas las obligaciones explicitas e implícitas existir, los bienes diferentes de efectivo que se desprendan hubiere recibido en pago por parte de los deudores de los activos objeto del presente Contrato. Las “PARTES” acuerdan que en caso de incumplimiento reiteradodocumento, a criterio partir de “HEB”, por parte del “VENDEDOR” de cualesquiera de sus obligaciones, “HEB” podrá suspender la “CUENTA DEL VENDEDOR”, así como dar por terminado el presente Contrato, haciéndose responsable el “VENDEDOR” de cualquier daño y perjuicio ocasionado a “HEB” por dicho incumplimiento; lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el apartado de Vigencia del presente Contrato. Las “PARTES” acuerdan que los “PRODUCTOS” que presenten incidencias constantes, o incumplimientos de parte del “VENDEDOR”, podrán ser dados de baja temporal o permanentemente del “HEB SHOP”, sin necesidad de justificar dicha decisión, de conformidad con lo establecido en el presente Contrato; entendiéndose por incidencias constantes, de manera enunciativa mas no limitativa: Devoluciones, errores de contenido o precio, demora en entrega, cancelaciones o productos defectuososFecha xx Xxxxx.

Appears in 1 contract

Samples: Contract

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. Conservar las mercancías como si fueran suyas. Entregar la cosa determinada (efecto esencial) en el momento de perfeccionarse el contrato y si no ha de determinarse posteriormente por el vendedor. ¿cuándo debe entregarse? En el momento pactado y si no se ha pactado, dentro de las 24 h. Ss. (art. 329 X.Xx) Si esto se incumple, el comprador puede rescindir el contrato más exigir una indemnización. ¿cómo debe efectuar la entrega? Materialmente (1462 CC) o ficticia (337, 338 y 339 X.Xx) poniéndola a disposición del comprador. Excepto pacto, se hace en el domicilio del vendedor. No cabe la entrega parcial (330: El “VENDEDOR” se obliga comprador no está obligado a lo siguiente:aceptarla) a. No divulgar a terceros 1.- Saneamiento: Salvo pacto en contrario, el vendedor debe garantizar la “CLAVE PERSONAL” posesión legal y pacífica de la “CUENTA DEL VENDEDOR”; b. Proporcionar a “HEB” cosa vencida y que los bienes no tienen vicios ni defectos. De calidad. Si no se pacta, será de la información y precios sobre calidad habitual De cantidad: cuando se entrega menos de la pactada. Los plazos para reclamar son de 4 días desde que se recibe, si las mercancías están embaladas, si no lo están será en el momento. Si no hay vicios podrá rescindir el contrato o el incumplimiento, con indemnización. El art. 336, permite que se exija al comprador el reconocimiento de la mercancía. Manifiestos: los “PRODUCTOS” según sea requerido que el comprador debía haber apreciado con la inspección del producto. Se aplica el 1484 CC: no responderá el vendedor de ellas. Ocultos: (Art. 342 X.Xx.) Los que no s pueden saber. Por lo que tiene 30 días desde la entrega para reclamar. Se puede optar por el primero; c. Proporcionar a “HEB” un “LISTADO DE LOS PRODUCTOS”; d. Expedir y enviar al “COMPRADOR” incumplimiento o la factura original conforme a lo establecido en el Contrato; e. Respetar los términos, condiciones y calidades de los “PRODUCTOS”, según sean publicadosrescisión más una indemnización. f. Responder sobre los reembolsos, devoluciones y cancelaciones, según lo establecido en el Contrato; g. Contar con todos los permisos y licencias necesarios para comercializar los “PRODUCTOS” en cuestión; h. Respetar y cumplir las condiciones y calidad de los “PRODUCTOS” publicados en el “HEB SHOP”; i. Respetar las ofertas, promociones, publicidad o cualquier otro sobre los “PRODUCTOS”; j. A enviar a “HEB” información actualizada sobre precios de los “PRODUCTOS” y existencias de los mismos, a fin de que la información albergada en “HEB SHOP” se encuentre debidamente actualizada. k. Contratar y mantener un seguro de responsabilidad civil durante la vigencia del Contrato, en caso de ser aplicable; y l. A todas las obligaciones explicitas e implícitas que se desprendan del presente Contrato. Las “PARTES” acuerdan que en caso de incumplimiento reiterado, a criterio de “HEB”, por parte del “VENDEDOR” de cualesquiera de sus obligaciones, “HEB” podrá suspender la “CUENTA DEL VENDEDOR”, así como dar por terminado el presente Contrato, haciéndose responsable el “VENDEDOR” de cualquier daño y perjuicio ocasionado a “HEB” por dicho incumplimiento; lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el apartado de Vigencia del presente Contrato. Las “PARTES” acuerdan que los “PRODUCTOS” que presenten incidencias constantes, o incumplimientos de parte del “VENDEDOR”, podrán ser dados de baja temporal o permanentemente del “HEB SHOP”, sin necesidad de justificar dicha decisión, de conformidad con lo establecido en el presente Contrato; entendiéndose por incidencias constantes, de manera enunciativa mas no limitativa: Devoluciones, errores de contenido o precio, demora en entrega, cancelaciones o productos defectuosos.

Appears in 1 contract

Samples: Teoría General De Las Obligaciones Y De Los Contratos Mercantiles

OBLIGACIONES DEL VENDEDOR. El “VENDEDOR” DCFR —recuérdese que nos referimos al Marco Común de Referencia—, en cuanto contiene principios, reglas básicas y paradigmáticas, ha entrado de lleno en la regulación de las obligaciones de los sujetos en la compraventa, actualizando este contenido en función de la nueva realidad que representan los mercados de compraventa de bienes y servicios. Las obligaciones del vendedor son: transmitir la propiedad de los bienes, entregarlos, entregar cualquier documento relacionado con la cosa vendida y garantizar la conformidad de los bienes con el contrato que se obliga pacta. 1.3.1. Transmisión y entrega de la cosa y de los documentos – Tradición simbólica. En este caso no se produce la entrega física de la cosa, sino de una accesoria que de alguna forma simboliza a lo siguientela principal: a. No divulgar a terceros a) La entrega de las llaves del lugar donde se encuentran almacenadas o guardadas las cosas (traditio clavium o apudhorreum, art. 1463 CC). Por ejemplo, se compra un coche y se prestan las llaves de acceso al garaje. En la terminología clásica jurídica, se habla de CLAVE PERSONAL” bienes semovientes”. b) La entrega de los títulos de pertenencia al adquirente (art. 1464 CC). Por ej., para los animales, existen unos documentos —llamados guías— que si se entregan suponen la prueba de que se ha adquirido. a) Cuando la cosa no puede transmitirse por una imposibilidad momentánea al comprador en el instante de la “CUENTA DEL VENDEDOR”;venta. b. Proporcionar b) Cuando el comprador ya tenía la cosa en su poder por algún motivo (traditio brevi manu). Por ejemplo, el comprador era el arrendatario de un bien que adquiere en ejercicio de su derecho de retracto arrendaticio. c) Cuando el vendedor no transmite la cosa al comprador, sino que sigue poseyéndola pero a “HEB” título distinto del de dueño (constitutum possessorium). Por ejemplo, el vendedor pasa a ser arrendatario del piso vendido. – Tradición instrumental. Finalmente, el otorgamiento de escritura pública equivale a la información entrega (art. 1462.2 CC). Esla llamada Traditio chartae. En cuanto a los gastos que se deriven de la puesta en poder y precios sobre posesión de la cosa, serán de cuenta del vendedor (art.1465 CC), mientras que los “PRODUCTOS” según sea requerido por gastos derivados del transporte corresponden al comprador (art. 1168 CC). El CC prevé dos supuestos (arts. 1466 y 1467, respectivamente) en los que el primero; c. Proporcionar a “HEB” un “LISTADO DE LOS PRODUCTOS”; d. Expedir y enviar al “COMPRADOR” vendedor queda relegado de la factura original conforme a lo establecido obligación de entrega: cuando no hay plazo para el pago en el Contrato;contrato o cuando el comprador no ha pagado su precio; y si después de la venta se descubre que el comprador es insolvente. e. Respetar los términos, condiciones y calidades 1.3.2. Conformidad de los “PRODUCTOS”bienes con el contrato: saneamiento y falta de conformidad i. Cuando se vende un inmueble con expresión de su cabida, según sean publicadosa razón de un precio por unidad de medida o número, y resulta una menor cabida (art. 1469.2 CC) o una menor calidad (art 1469.3 CC), el comprador puede solicitar la reducción del precio o la resolución del contrato, siempre y cuando la diferencia entre la cabida expresada y la real sea igual o mayor a la décima parte de la total definida en el contrato. f. Responder sobre los reembolsosii. En caso de venta de un inmueble con expresión de su cabida, devoluciones y cancelacionesa razón de un precio por unidad de medida o número, según lo establecido resultando una mayor cabida (art. 1470 CC), el comprador tiene la obligación de pagar el exceso de precio si la mayor cabida no pasa de la vigésima parte de la señalada en el Contrato;contrato. Si excede de tal parte, puede optar entre pagar o resolver el contrato. g. Contar con todos los permisos y licencias necesarios para comercializar los iii. Si se ha realizado la venta de un inmueble a precio alzado (venta de PRODUCTOS” en cuestión; h. Respetar y cumplir las condiciones y calidad de los “PRODUCTOS” publicados en el “HEB SHOPcuerpo cierto; i. Respetar las ofertas), promocionesno cabe aumento o disminución del precio, publicidad aunque la cabida sea mayor o cualquier otro sobre los “PRODUCTOS”; j. A enviar a “HEB” información actualizada sobre precios de los “PRODUCTOS” y existencias de los mismos, a fin de menor que la información albergada en “HEB SHOP” se encuentre debidamente actualizadaesperada o incluso la expresada o pactada (art. 1471.1 CC). Son los supuestos más importantes y habituales; para venta de dos o más fincas por un solo precio, véase art. 1471.2 CC).Estas acciones tienen 6 meses (art. 1472 CC). Es plazo de caducidad. k. Contratar 1) Venta de una cosa ajena: saneamiento por evicción (1475CC). 2) Venta de una cosa gravada: evicción de cargas (1483 CC). 3) Venta de una cosa con vicios ocultos: saneamiento por vicios ocultos (1458 CC). Se trata de un vocablo procedente del latín evincere, y mantener que significa “vencer enjuicio”. I.- Venta de cosa ajena. Saneamiento por evicción. El saneamiento por evicción tiene lugar cuando se priva al comprador, por sentencia firme y en virtud de un seguro derecho anterior a la compra, de responsabilidad civil durante todo o parte de la vigencia del Contratocosa comprada (art.1475 CC). Así pues, en caso de ser aplicable; y l. A todas las obligaciones explicitas e implícitas que se desprendan del presente Contrato. Las “PARTES” acuerdan que en caso de la evicción surge ante el incumplimiento reiterado, a criterio de “HEB”, por parte del “VENDEDOR” vendedor de cualesquiera la obligación de sus obligaciones, “HEB” podrá suspender garantizar la “CUENTA DEL VENDEDOR”posesión legal y pacífica del comprador” (art. 1474.1° CC). Ejemplo 1. Un ayuntamiento vende a unos particulares unas parcelas ubicadas en zona marítimo- terrestre. Dichas parcelas habían sido concedidas por el Estado a dicho ayuntamiento. Ejercitada acción reivindicatoria de las referidas parcelas por el Ministerio de Obras Públicas (ya que éste entendía que no eran urbanizables y el ayuntamiento las había vendido precisamente para eso), así culmina con sentencia estimatoria del Tribunal Supremo. Los compradores interponen entonces acción de saneamiento por evicción solicitando la condena al ayuntamiento a restituir el valor de las fincas vendidas, como dar solares edificables, al tiempo de la evicción [STS12 febrero 2004 (Tol 347002)]. II.- El saneamiento por terminado evicción: se deriva de la existencia de una serie de presupuestos o requisitos recogidos de forma más o menos dispersa por el presente Contrato, haciéndose responsable CC: Aunque no lo dice el “VENDEDOR” de cualquier daño y perjuicio ocasionado a “HEB” por dicho incumplimiento; lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el apartado de Vigencia del presente Contrato. Las “PARTES” acuerdan que los “PRODUCTOS” que presenten incidencias constantes, o incumplimientos de parte del “VENDEDOR”, podrán ser dados de baja temporal o permanentemente del “HEB SHOP”, sin necesidad de justificar dicha decisión, de conformidad con lo establecido en el presente Contrato; entendiéndose por incidencias constantes, CC de manera enunciativa mas expresa, el plazo prescribe a las15 años (ídem STS). a) Privación de todo o parte de la cosa vendida (art. 1475). Tan fundamental es este requisito que, faltando la notificación, la demanda de evicción decae [vid. art1481 y STS 17 julio 2007 (Tol 1123899)]. Aunque no limitativa: Devolucioneslo dice el CC de manera expresa, errores el plazo prescribe a los 15 años (ídem STS). b) Existencia de contenido o precio, demora en entrega, cancelaciones o productos defectuososun derecho anterior a la compra (ídem).

Appears in 1 contract

Samples: Compraventa