OBLIGACIONES EN CASO DE SINIESTRO. 14.1. El Tomador o el Asegurado o el Beneficiario tienen la obligación, en caso de siniestro, de comunicar a la Compañía su acaecer, dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, y darle toda clase de informaciones sobre las circunstancias del mismo. 14.2. Ocurrido el siniestro, y una vez el Beneficiario haya aportado los documentos justificativos que para cada prestación se indican en las Condiciones Generales Específicas, la Compañía pagará la prestación dentro de los 40 días siguientes a la recepción de las declaraciones de siniestro y de los documentos exigidos.
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Samples: Condiciones Generales Y Condiciones Generales Específicas, Insurance Agreement, Seguro De Vida
OBLIGACIONES EN CASO DE SINIESTRO. 14.1. El Tomador o el Asegurado o el Beneficiario Beneficiario tienen la obligación, en caso de siniestro, de comunicar a la Compañía Compa- ñía su acaecer, dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, y darle toda clase de informaciones sobre las circunstancias del mismo.
14.2. Ocurrido el siniestro, y una vez el Beneficiario Beneficiario haya aportado los documentos justificativos justificativos que para cada prestación pres- tación se indican en las Condiciones Generales EspecíficasEspecíficas, la Compañía pagará la prestación dentro de los 40 días siguientes a la recepción de las declaraciones de siniestro y de los documentos exigidos.
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Samples: Condiciones Generales De Base Y Condiciones Generales Específicas