Common use of Obligaciones en la Fecha de Vencimiento Clause in Contracts

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario devolverá al Mutuante los Títulos Valores prestados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestados, además de los derechos y accesorios que se especifican en el literal (b) de la Cláusula 7 del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios existan a la Fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario deberá realizar aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al Mutuante, según se especifica en la Cláusula 3 de este Capítulo. El Mutuario además podrá liberarse entregando al Mutuante en dinero el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVS. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero será efectuada por el Mutuario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante haya hecho reserva de usufructo de conformidad con la cláusula anterior, el Mutuario deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestados, por concepto de intereses devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados que hayan sido ejercidos por el Mutuario. Dichos reembolsos serán efectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario recibe algún pago del emisor que deba ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario deberá efectuar dichos pagos en dinero, en la misma moneda de pago por el emisor (en la medida que sea permitido por la ley aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario entregue al Mutuante derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente.

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Samples: www.avsecurities.com, www.avsecurities.com

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario devolverá al Mutuante los Títulos Valores prestados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestados, además de los derechos y accesorios que se especifican en el literal (b) de la Cláusula 7 del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios existan a la Fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario deberá realizar aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al Mutuante, según se especifica en la Cláusula 3 de este Capítulo. El Mutuario además podrá liberarse entregando al Mutuante en dinero efectivo el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que de esta forma cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVS. BFC CASA DE BOLSA, C.A.. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero efectivo será efectuada por el Mutuario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante haya hecho reserva de usufructo de conformidad con la cláusula anterior, el Mutuario deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestados, por concepto de intereses interés devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados que hayan sido ejercidos por el Mutuario. Dichos reembolsos serán efectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario recibe algún pago del emisor que deba debe ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario deberá efectuar dichos pagos en dinerodinero efectivo, en la misma moneda de pago por el emisor (en la medida en que sea permitido por la ley aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario entregue al Mutuante derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente.

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Samples: Modelo De Confirmación Contrato De Préstamo De Títulos Valores

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario deberá pagar el Premio al Mutuante, así como devolverá al Mutuante los Títulos Valores prestados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestados, además de los derechos y accesorios que se especifican en el literal (b) de la Cláusula 7 7.b del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios existan a la Fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario deberá realizar aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al Mutuante, según se especifica en la Cláusula 3 de este Capítulo. El Mutuario Mutuante además podrá liberarse entregando al Mutuante Mutuario en dinero efectivo el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVSRENDIVALORES. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero efectivo será efectuada por el Mutuario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante haya hecho reserva de usufructo de conformidad con la cláusula anterior, el Mutuario deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestados, por concepto de intereses devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera cualquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados que hayan sido ejercidos por el Mutuario. Dichos reembolsos serán efectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario recibe algún pago del emisor que deba ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario deberá efectuar dichos pagos y pagados en dinerodinero efectivo, en la misma moneda de pago por el emisor denominación de los Títulos Valores prestados (en la medida en que sea esté permitido por la ley legislación aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario entregue al Mutuante derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente.

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Samples: Contrato De Cuenta De Corretaje Bursátil Contrato

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario devolverá Reportador deberá vender al Mutuante Reportado los Títulos Valores prestadosreportados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestadosreportados, además de los derechos y accesorios que se especifican en el literal (b) de la Cláusula 7 7.b del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios existan a la Fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario Reportador deberá realizar aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al MutuanteReportado, según se especifica en la Cláusula 3 de este Capítulo. El Mutuario además podrá liberarse entregando al Mutuante en dinero el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVS. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero será efectuada por el Mutuario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante haya hecho reserva de usufructo de conformidad con la cláusula anterior, el Mutuario Reportador deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestadosreportados, por concepto de intereses devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestadosreportados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados reportados que hayan sido ejercidos por el MutuarioReportador. Dichos reembolsos serán efectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario recibe algún pago del emisor que deba ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario deberá efectuar dichos pagos y pagados en dinerodinero efectivo, en la misma moneda de pago por el emisor denominación de los Títulos Valores reportados (en la medida en que sea esté permitido por la ley legislación aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante Reportado tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario Reportador entregue al Mutuante derivada Reportado deriva de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Por su parte, el Reportado deberá pagar al Reportador en la Fecha de Vencimiento el Precio más el Premio convenido.

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Samples: Contrato De Cuenta De Corretaje Bursátil Contrato

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario Prestatario devolverá al Mutuante Prestamista los Títulos Valores prestados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestados, además de los derechos y accesorios que se especifican en el literal (b) de la Cláusula 7 del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios existan a la Fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario Prestatario deberá realizar aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al MutuantePrestamista, según se especifica en la Cláusula 3 de este Capítulo. El Mutuario Prestatario además podrá liberarse entregando al Mutuante Prestamista en dinero el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVSMSI. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero será efectuada por el Mutuario Prestatario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante Prestamista haya hecho reserva de usufructo de conformidad con la cláusula anterior, el Mutuario Prestatario deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestados, por concepto de intereses devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados que hayan sido ejercidos por el MutuarioPrestatario. Dichos reembolsos serán efectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario Prestatario recibe algún pago del emisor que deba ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario Prestatario deberá efectuar dichos pagos en dinero, en la misma moneda de pago por el emisor (en la medida que sea permitido por la ley aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante Prestamista tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario Prestatario entregue al Mutuante Prestamista derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente.

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Samples: www.mercantilsi.com.pa

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario devolverá Reportador deberá vender al Mutuante Reportado los Títulos Valores prestadosreportados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestadosreportados, además de los derechos y accesorios que se especifican en el literal (b) de la Cláusula 7 7.b del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios existan a la Fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario Reportador deberá realizar aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al MutuanteReportado, según se especifica en la Cláusula 3 de este Capítulo. El Mutuario además podrá liberarse entregando al Mutuante en dinero el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVS. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero será efectuada por el Mutuario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante haya hecho reserva de usufructo de conformidad con la cláusula anterior, el Mutuario Reportador deberá rembolsar rembol- sar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestadosreportados, por concepto de intereses devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestadosreportados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados reportados que hayan sido ejercidos por el MutuarioReportador. Dichos reembolsos serán efectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario recibe algún pago del emisor que deba ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario deberá efectuar dichos pagos y pagados en dinerodinero efectivo, en la misma moneda de pago por el emisor denominación de los Títulos Valores reportados (en la medida en que sea esté permitido por la ley legislación aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante Reportado tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario Reportador entregue al Mutuante derivada Reportado deriva de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Por su parte, el Reportado deberá pagar al Reportador en la Fecha de Vencimiento el Precio más el Premio convenido.

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Samples: Contrato De Cuenta De Corretaje Bursátil

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario devolverá al Mutuante los Títulos Valores prestados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestados, además de los derechos y accesorios que se especifican en el literal (b) de la Cláusula 7 del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios existan a la Fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario deberá realizar aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al Mutuante, según se especifica en la Cláusula 3 de este Capítulo. El Mutuario además podrá liberarse entregando al Mutuante en dinero el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVSXxxxxxx. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero será efectuada por el Mutuario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante haya hecho reserva de usufructo de conformidad con la cláusula anterior, el Mutuario deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestados, por concepto de intereses devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados que hayan sido ejercidos por el Mutuario. Dichos reembolsos serán efectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario recibe algún pago del emisor que deba ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario deberá efectuar dichos pagos en dinero, en la misma moneda de pago por el emisor (en la medida que sea permitido por la ley aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario entregue al Mutuante derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente.

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Samples: www.banacci.com.ve

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario deberá pagar el Premio al Mutuante, así como devolverá al Mutuante los Títulos Valores prestados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestados, además de los derechos y accesorios que se especifican en el literal (b) de la Cláusula 7 7.b del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios existan a la Fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario deberá realizar aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al Mutuante, según se especifica en la Cláusula 3 de este Capítulo. El Mutuario Mutuante además podrá liberarse entregando al Mutuante Mutuario en dinero efectivo el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVSRENDIVALORES. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero efectivo será efectuada por el Mutuario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante haya hecho reserva de usufructo de conformidad con la cláusula anterior, el Mutuario deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestados, por concepto de intereses devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera cualquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados que hayan sido ejercidos por el Mutuario. Dichos reembolsos serán efectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario recibe algún pago del emisor que deba ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario deberá efectuar dichos pagos y pagados en dinerodinero efectivo, en la misma moneda de pago por el emisor denominación de los Títulos Valores prestados (en la medida en que sea esté permitido por la ley legislación aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario entregue entreg- ue al Mutuante derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente.

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Samples: Contrato De Cuenta De Corretaje Bursátil

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario devolverá Reportador deberá vender al Mutuante Reportado los Títulos Valores prestadosReportados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestadosReportados, además de incluyendo los derechos y accesorios que se especifican en (según el literal (bcaso) de la Cláusula 7 del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios los Títulos Valores que existan a la Fecha fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario Reportador deberá realizar aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al Mutuante, Reportado según se especifica en la Cláusula 3 IV.3 de este Capítulo. El Mutuario además podrá liberarse entregando al Mutuante en dinero el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVS. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero será efectuada por el Mutuario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante haya hecho reserva de usufructo de conformidad con la cláusula anteriorestipulación en contrario, el Mutuario Reportador deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestados, reportados por concepto de intereses devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestadosreportados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, dividendo redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados reportados que hayan sido ejercidos por el MutuarioReportador. Dichos Dicho reembolsos serán efectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario recibe algún pago del emisor que deba ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario deberá efectuar dichos pagos y pagados en dinero, en la misma moneda de pago por el emisor denominación de los Títulos Valores reportados (en la medida en que sea esté permitido por la ley legislación aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante Reportado tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario Reportador entregue al Mutuante Reportado derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Por su parte, el Reportado deberá pagar al Repor-tador en la Fecha de Vencimiento el Precio más, el Premio convenido.

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Samples: www.masvalor.com.ve

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario devolverá Reportador deberá vender al Mutuante Reportado los Títulos Valores prestadosreportados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestadosreportados, además de los derechos y accesorios que se especifican en el literal (b) de la Cláusula 7 del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios existan a la Fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario Reportador deberá realizar aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al MutuanteReportado, según se especifica en la Cláusula 3 de este Capítulo. El Mutuario además podrá liberarse entregando al Mutuante en dinero el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVS. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero será efectuada por el Mutuario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante haya hecho reserva de usufructo de conformidad con la cláusula anterior, el Mutuario Reportador deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestadosrepor- tados, por concepto de intereses devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestadosreportados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados reportados que hayan sido ejercidos por el MutuarioReportador. Dichos reembolsos serán efectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario recibe algún pago del emisor que deba ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario deberá efectuar dichos pagos y pagados en dinero, en la misma moneda de pago por el emisor denominación de los Títulos Valores reportados (en la medida en que sea esté permitido por la ley legislación aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante Reportado tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario Reportador entregue al Mutuante Reportado derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Por su parte, el Reportado deberá pagar al Reportador en la Fecha de Vencimiento el Precio más el Premio convenido.

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Samples: www.kairosvalores.com

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario devolverá Reportador deberá vender al Mutuante Reportado los Títulos Valores prestadosreportados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestadosreportados, además de los derechos y accesorios que se especifican en el literal (ba) de la Cláusula 7 del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios existan a la Fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario Reportador deberá realizar todos aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al MutuanteReportado, en los mismos términos de la obligación prevista para el Reportado, según se especifica en la Cláusula 3 de este Capítulo. El Mutuario además podrá liberarse entregando al Mutuante en dinero el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVS. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero será efectuada por el Mutuario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante haya hecho reserva de usufructo de conformidad con la cláusula anterior, el Mutuario Reportador deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestadosreportados, por concepto de intereses devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestadosreportados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, redenciones y similares, o por el ejercicio de del cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados reportados que hayan sido ejercidos por el MutuarioReportador. Dichos reembolsos serán efectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario recibe algún pago del emisor que deba ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario deberá efectuar dichos pagos y pagados en dinerodinero efectivo, en la misma moneda de pago por el emisor denominación de los Títulos Valores reportados (en la medida en que sea esté permitido por la ley legislación aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante Reportado tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario Reportador entregue al Mutuante Reportado derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente. Por su parte, el Reportado deberá pagar al Reportador en la Fecha de Vencimiento el Precio más el premio convenido.

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Samples: Modelo De Confirmación Contrato De Préstamo De Títulos Valores

Obligaciones en la Fecha de Vencimiento. En la Fecha de Vencimiento, el Mutuario Prestatario devolverá al Mutuante Prestamista los Títulos Valores prestados, o títulos que cumplan con las mismas características de los Títulos Valores prestados, además de los derechos y accesorios que se especifican en el literal (b) de la Cláusula 7 del Capítulo I, cuyos derechos y accesorios existan a la Fecha de Vencimiento. A tales efectos, el Mutuario Prestatario deberá realizar aquellos actos que sean necesarios para transmitir la propiedad de los Títulos Valores al MutuantePrestamista, según se especifica en la Cláusula 3 4 de este es te Capítulo. El Mutuario Prestatario además podrá liberarse entregando al Mutuante Prestamista en dinero el Valor xx Xxxxxxx de los Títulos Valores prestados, en el entendido de que cumplirá con su obligación totalmente. El Valor xx Xxxxxxx será el que tengan los Títulos Valores a la Fecha de Vencimiento, según determinación hecha por AVSArca. La devolución de los Títulos Valores o de su Valor xx Xxxxxxx en dinero será efectuada por el Mutuario Prestatario en la Fecha de Vencimiento sin que sea necesario requerimiento o intimación. Igualmente, y salvo que el Mutuante Prestamista haya hecho reserva de usufructo de conformidad conf ormidad con la cláusula anterior, el Mutuario Prestatario deberá rembolsar cualquier cantidad que hubiese pagado el emisor o deudor de los Títulos Valores prestados, por concepto de intereses interes es devengados y/o amortización del capital de los Títulos Valores prestados, así como el monto recibido por concepto de dividendos, redenciones y similares, o por el ejercicio de cualesquiera derechos accesorios de los Títulos Valores prestados que hayan sido ejercidos por el MutuarioPrestatario. Dichos reembolsos reembols os serán efectuados ef ectuados a la Fecha de Vencimiento, o con posterioridad a la Fecha de Vencimiento, si el Mutuario Prestatario recibe algún pago del emisor que deba ser restituido, incluyendo pero no limitado a pagos de dividendos efectuados ef ectuados después de la Fecha de Vencimiento pero cuya fecha de registro de accionistas a quienes corresponda el dividendo haya ocurrido dentro del plazo xxx Xxxxxxxx. El Mutuario deberá efectuar dichos pagos en dinero, en la misma moneda de pago por el emisor (en la medida que sea permitido por la ley aplicable), o en especie, incluyendo pero no limitado a dividendos en acciones u otros derechos concedidos por el emisor, sin que el Mutuante tenga derecho a remuneración adicional. Toda cantidad que el Mutuario entregue al Mutuante derivada de amortizaciones de capital de los Títulos Valores, se rebajará de la obligación de restitución por un monto nominal equivalente.

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Samples: arcavalores.com