OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. De manera general y sin perjuicio de las demás obligaciones que a cargo del Concesionario y en materia de Gestión Predial se detallan en el Contrato –tanto en la Parte General como en la Parte Especial– así como en el presente Apéndice, serán obligaciones del Concesionario: (a) Conformar o contratar un grupo de profesionales de gestión predial, tanto para la elaboración de los insumos prediales como para el desarrollo de la enajenación voluntaria y la expropiación, que cumpla con perfiles adecuados en cuanto a idoneidad, competencia y experiencia en la adquisición de predios para proyectos de infraestructura, en zonas urbanas y rurales. (b) Realizar la demarcación o materialización de los linderos del área a adquirir para el Proyecto, con base en la Ficha Predial definitiva. (c) Una vez la ANI entregue al Concesionario el Corredor del Proyecto, éste se encargará de cercarlo de tal manera que exista uniformidad en la disposición y materiales a lo largo de todo el Corredor del Proyecto, cumpliendo en todo caso con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS. (d) Una vez el Predio sea entregado por el propietario, realizar el cercado del área adquirida, bajo su propio costo y riesgo, de tal manera que al concluir el proceso de adquisición de los Predios, el corredor vial a lado y lado quede delimitado mediante una cerca que cumpla con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS. Las Áreas Remanentes adquiridas deberán ser incorporadas al Corredor del Proyecto, y por lo mismo incluidas en el cercado que del mismo se realice. (e) Adelantar todas las demoliciones de la infraestructura y mejoras existentes en los Predios adquiridos para el Proyecto. (f) Garantizar que los predios aledaños al corredor vial del proyecto queden con el acceso necesario que les permita su desarrollabilidad y funcionalidad, para lo cual deberá identificar en el diseño, las obras a desarrollar en el derecho de vía para el acceso a los predios aledaños. (g) Recabar y entregar a la Interventoría el plan de adquisición de predios a que se refiere la Sección 4.1 de este Apéndice. (h) Realizar las acciones necesarias para que, de acuerdo con la Ley Aplicable, los Predios a ser adquiridos sean declarados como de utilidad pública. (i) Elaborar y entregar a la Interventoría la documentación de Gestión Predial a que se refiere la Secciones 4.2 y siguientes de este Apéndice.
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OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. De manera general El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego y en el de prescripciones técnicas particulares, de conformidad con la propuesta presentada por el concesionario, así como a las instrucciones de la persona responsable del contrato. Serán obligaciones básicas de la persona adjudicataria del contrato las siguientes:
a) Garantizar el derecho de los ciudadanos a ser beneficiarios del servicio, en los términos previstos en la documentación contractual. En caso de extinción del contrato por cumplimiento del mismo, el contratista deberá seguir prestando el servicio hasta que se formalice el nuevo contrato.
b) No interrumpir la prestación del servicio por ningún motivo, ni aún en el caso de demora en el pago, salvo en los casos y con sujeción a los requisitos legalmente previstos.
c) El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el contrato y en el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el Pliego de prescripciones técnicas, así como las prescripciones de la concesión y las instrucciones que, en su caso, le diere por escrito el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
d) Prestar el servicio con xxxxxxxx de todos los costes y gastos relacionados con el mismo. El concesionario deberá sufragar directamente toda clase de tributos, tasas, arbitrios e impuestos, directos o indirectos, que graven el servicio objeto de contrato, incluyendo la formalización del contrato, la ejecución de las obras, la prestación del servicio, etc. Asimismo, asumirá los gastos de suministros y servicios de las obras, instalaciones, maquinarias, parque móvil, etc. Asimismo, asumirá el pago de las sanciones, multas y demás prestaciones pecuniarias o de otro tipo que se le impongan a consecuencia de la explotación del servicio.
e) Prestar el servicio con la calidad exigida y con estricta sujeción a lo exigido en la documentación contractual, pudiendo dictar las instrucciones oportunas, sin perjuicio de las demás obligaciones potestades de la Administración.
f) Obtener todas las autorizaciones, permisos, trámites y licencias, tanto oficiales como particulares que, en su caso, se requieran para la prestación del servicio con anterioridad al comienzo del mismo.
g) Mantener los requisitos de aptitud para contratar (capacidad de obrar y no estar incurso en causa de prohibición de contratar de las previstas en el art. 71 de la LCSP) exigidos por este Pliego para poder licitar. Si posteriormente a la formalización incurre la concesionaria en causa sobrevenida de falta de aptitud (falta de capacidad de obrar o incurrir en causa de prohibición de contratar), el Ayuntamiento, una vez tenga conocimiento de las mismas, requerirá a la concesionaria para su subsanación en el plazo máximo de 30 días.
h) La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, que a cargo del Concesionario asumirá el riesgo operacional derivado de su gestión con la continuidad y en materia de Gestión Predial se detallan los términos establecidos en el Contrato –tanto contrato o que sean ordenados posteriormente por el Ayuntamiento.
i) Asumir directamente la responsabilidad que le corresponde en materia civil, laboral, administrativa o penal, como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de la Parte General gestión del servicio objeto del presente contrato.
j) Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como en consecuencia de las operaciones que requiera la Parte Especial– así como en el presente Apéndice, serán obligaciones ejecución del Concesionario:
(a) Conformar o contratar un grupo contrato. El contratista será responsable igualmente de profesionales de gestión prediallos daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para la elaboración de los insumos prediales Administración como para el desarrollo terceros, por omisiones, errores, utilización de la enajenación voluntaria y la expropiación, que cumpla con perfiles adecuados en cuanto a idoneidad, competencia y experiencia métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la adquisición de predios para proyectos de infraestructura, en zonas urbanas y ruralesejecución del contrato.
(bk) Realizar la demarcación o materialización de los linderos del área a adquirir para el Proyecto, con base en la Ficha Predial definitiva.
(c) Una vez la ANI entregue al Concesionario el Corredor del Proyecto, éste se encargará de cercarlo de tal manera que exista uniformidad en la disposición y materiales a lo largo de todo el Corredor del Proyecto, cumpliendo en todo caso con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS.
(d) Una vez el Predio sea entregado por el propietario, realizar el cercado del área adquiridaEl contratista deberá cumplir, bajo su propio costo exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales e inserción socio-laboral de las personas con discapacidad, y riesgola obligación de contratar a un número o porcentaje específico de personas con discapacidad, así como la obligación de cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.
l) Por el concesionario se velará para que el personal a su cargo que mantenga relación con el usuario, lo haga en las debidas condiciones de aseo y decoro, que actúe con la cortesía requerida y corrección en el trato adecuadas.
m) Facilitar el ejercicio de las funciones de control y fiscalización de los servicios que corresponden a la Entidad Local, cumplimentando y presentando en el plazo fijado la documentación requerida por la Administración para el ejercicio de tales funciones.
n) Mantener una contabilidad independiente y separada propia del contrato y diferenciada para los distintos servicios que estará completamente disponible para este Ayuntamiento y que deberá ser objeto de auditoría anual.
o) Xxxxx disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorias o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
p) El contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de quince años desde el conocimiento de esa información.
q) El contratista está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones previstas en la Ley 19/2013, de tal manera que al concluir el proceso 9 de adquisición diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
r) El contratista deberá cumplir sus obligaciones en materia de protección de datos de conformidad con lo establecido en la cláusula 35.2 de este Pliego.
s) Entregar la factura correspondiente a cada uno de los Prediosabonos que proceda efectuar a su favor conforme al sistema establecido en este pliego y el PPT.
t) Remitir al Ayuntamiento la documentación requerida en el PPT en los plazos que se indican.
u) El contratista está obligado a cumplir con cualquier otra obligación derivada de los presentes pliegos, el corredor vial a lado y lado quede delimitado mediante una cerca que cumpla con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS. Las Áreas Remanentes adquiridas deberán ser incorporadas al Corredor del Proyecto, y por lo mismo incluidas en el cercado que del mismo se realicePPT o la normativa aplicable.
(e) Adelantar todas las demoliciones de la infraestructura y mejoras existentes en los Predios adquiridos para el Proyecto.
(f) Garantizar que los predios aledaños al corredor vial del proyecto queden con el acceso necesario que les permita su desarrollabilidad y funcionalidad, para lo cual deberá identificar en el diseño, las obras a desarrollar en el derecho de vía para el acceso a los predios aledaños.
(g) Recabar y entregar a la Interventoría el plan de adquisición de predios a que se refiere la Sección 4.1 de este Apéndice.
(h) Realizar las acciones necesarias para que, de acuerdo con la Ley Aplicable, los Predios a ser adquiridos sean declarados como de utilidad pública.
(i) Elaborar y entregar a la Interventoría la documentación de Gestión Predial a que se refiere la Secciones 4.2 y siguientes de este Apéndice.
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Samples: Contrato De Servicios Y Concesión
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. De manera general y sin perjuicio Durante la vigencia del Contrato, el Concesionario deberá cumplir con la totalidad de las demás obligaciones que en materia de manejo ambiental y gestión social adquiere como consecuencia de la suscripción del Contrato. El Concesionario tiene la obligación de cumplir con las exigencias ambientales definidas por la Autoridad Ambiental. Por lo tanto, el Concesionario deberá ejecutar las obligaciones derivadas del Contrato y del presente Apéndice (junto con sus Anexos), de tal forma que cumpla oportuna y efectivamente las obligaciones generales y particulares que la Ley Aplicable establezca para el desarrollo del objeto del Contrato. La Interventoría será responsable de adelantar el seguimiento al cumplimiento de los compromisos ambientales. El Concesionario obtenendrá, a su costo, ante las Autoridades Ambientales, las Licencias Ambientales, permisos, autorizaciones o concesiones para el uso o aprovechamiento de recursos naturales que requiera el desarrollo del Proyecto. En caso de no lograrse los permisos, autorizaciones o concesiones de carácter ambiental por causas no imputables al Concesionario, este deberá garantizar la provisión o aprovechamiento de los recursos naturales de otras fuentes. La no obtención de estas licencias y/o permisos, autorizaciones o concesiones por causas imputables al Concesionario, será considerada como causal de incumplimiento del Contrato, razón por la cual se podrán imponer las multas previstas en la Sección 10.01 del Contrato. El Concesionario deberá mantener indemne al INCO por (i) las obligaciones ambientales que adquiere en virtud de la celebración del Contrato y de los demás instrumentos de gestión ambiental aplicables, ante la Autoridad Ambiental; y (ii) de cualquier sanción que llegare a imponer la Autoridad Ambiental al INCO o al INVIAS durante la ejecución del presente Contrato. El Concesionario deberá ejecutar el Contrato, de tal forma que permita el cumplimiento de la(s) Licencia(s) Ambiental(es), según ésta(s) se modifique(n) o adicione(n) de tiempo en tiempo. La Interventoría es responsable de adelantar el seguimiento al cumplimiento de los compromisos ambientales. El Concesionario – por su cuenta y riesgo – deberá realizar todas las gestiones necesarias para el cumplimiento de las normas ambientales vigentes, incluyendo la tramitación y obtención de los permisos, licencias, concesiones, etc., necesarios para la ejecución de las actividades señaladas en el párrafo anterior y en general en el presente Apéndice Ambiental y en el Contrato de Concesión. El cumplimiento de estas obligaciones por parte del Concesionario no generará compensación ni indemnización alguna a cargo del INCO, ni será admitido como causal eximente del cumplimiento de cualquiera de las obligaciones que adquiere el Concesionario y en materia de Gestión Predial se detallan en el Contrato –tanto en la Parte General como en la Parte Especial– así como en el presente Apéndice, serán obligaciones del Concesionario:
(a) Conformar o contratar un grupo de profesionales Concesión. Dentro de gestión predial, tanto para la elaboración de los insumos prediales como para el desarrollo de la enajenación voluntaria y la expropiación, que cumpla con perfiles adecuados en cuanto a idoneidad, competencia y experiencia en la adquisición de predios para proyectos de infraestructura, en zonas urbanas y rurales.
(b) Realizar la demarcación o materialización de los linderos del área a adquirir para el Proyecto, con base en la Ficha Predial definitiva.
(c) Una vez la ANI entregue al Concesionario el Corredor del Proyecto, éste se encargará de cercarlo de tal manera que exista uniformidad en la disposición y materiales a lo largo de todo el Corredor del Proyecto, cumpliendo en todo caso con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS.
(d) Una vez el Predio sea entregado por el propietario, realizar el cercado del área adquirida, bajo su propio costo y riesgo, de tal manera que al concluir el proceso de adquisición de los Predios, el corredor vial a lado y lado quede delimitado mediante una cerca que cumpla con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS. Las Áreas Remanentes adquiridas deberán ser incorporadas al Corredor del Proyecto, y por lo mismo incluidas en el cercado que del mismo se realice.
(e) Adelantar todas las demoliciones de la infraestructura y mejoras existentes en los Predios adquiridos para el Proyecto.
(f) Garantizar que los predios aledaños al corredor vial del proyecto queden con el acceso necesario que les permita su desarrollabilidad y funcionalidad, para lo cual deberá identificar en el diseño, las obras a desarrollar en el derecho de vía para el acceso a los predios aledaños.
(g) Recabar y entregar a la Interventoría el plan de adquisición de predios actividades a que se refiere este numeral se incluyen, sin limitarse, las siguientes: • Explotación xx xxxxxxx de materiales xx xxxx o aluviales, propios o de terceros. • Disposición de material sobrante de las excavaciones. • Explotación de zonas xx xxxxxxxx y de disposición de materiales sobrantes. • Explotación xx xxxxxxx de agua bien sea superficial o subterránea • Ocupación temporal o definitiva de cauces. • Vertimientos sólidos y líquidos • Emisiones gaseosas y emisiones de ruido. • Instalación y operación de campamentos. • Ocupación de zonas para obras o almacenamientos provisionales. • Instalación y operación de plantas de asfalto, triturados y otros materiales. • Aprovechamiento forestal. • Transporte de materiales. • Instalación y operación de centros de control y áreas de servicio. • Uso de infraestructura de cualquier tipo. El Concesionario será responsable por su cuenta y riesgo de los pasivos originados en la Sección 4.1 inadecuada ejecución de las Licencias Ambientales y de los planes de manejo ambiental o cualquier otro documento y/o requisito exigido por la normatividad ambiental vigente. Las organizaciones que representan a las comunidades vecinas a las Obras de Construcción y Rehabilitación, las Organizaciones No Gubernamentales y demás grupos de interés tendrán participación en el proyecto, en los términos establecidos en la Licencia Ambiental y/o en los diferentes instrumentos de gestión ambiental. El Concesionario deberá desarrollar los procesos de información, socialización y participación comunitaria, sin perjuicio de los compromisos que se imponen al Concesionario en la Licencia Ambiental, y/o en los diferentes instrumentos de gestión ambiental. Como resultado de los trabajos de diseño y construcción del Sector en sus diferentes alcances, puede dar como resultado la no utilización y por lo tanto el abandono de secciones de la carretera existente; en este Apéndice.
(h) Realizar caso el Concesionario será responsable de la administración de esta área para su mantenimiento y conservación. En este sentido, el Concesionario tendrá plena autonomía técnica para realizar las acciones necesarias en cuanto a estabilidad geotécnica y ambiental. El Concesionario asumirá plenamente los riesgos ambientales derivados de la expedición y/o modificación xx Xxx Aplicable al momento de la suscripción del Contrato. El Concesionario responderá sin dilación por los daños y perjuicios de tipo civil, penal, laboral o contencioso administrativo, nacional o internacionalmente, frente a cualquier evento que surja de la ejecución del Contrato, incluidas las penalidades ambientales asociadas a la ejecución del Contrato, teniendo o no la titularidad de licencias, concesiones o permisos de cualquier tipo. El Concesionario responderá por cualquier otra obligación consagrada en los Pliegos, la Propuesta, el Contrato y en Ley Aplicable. El Concesionario presentará ante el INCO dentro de los treinta (30) Días previos a la terminación de los Estudios de Detalle de cada Tramo, un documento que deberá ser verificado por la Interventoría, donde se especifique el sistema de Indicadores para queel seguimiento del desempeño ambiental y/o avance de todas las actividades objeto de la concesión, que se definirán de acuerdo con lo establecido en la documentación técnica de los diseños, planes de manejo y cronogramas detallados de trabajo. El Concesionario cumplirá desde la Fecha de Inicio con las exigencias ambientales establecidas por la Autoridad Ambiental competente, contenidos en la Licencia Ambiental y/o plan de manejo ambiental y/o guía de manejo ambiental de proyectos viales. El Concesionario no realizará obras o actividades antes de la obtención de las correspondientes Licencias Ambientales, permisos, autorizaciones o concesiones de carácter ambiental, cuando a ello hubiera lugar. El Concesionario cumplirá plenamente y bajo su entera responsabilidad, los requerimientos de la(s) Autoridad(es) Ambiental(es) que rige(n) al Proyecto en lo referente al objeto de la presente concesión, durante todo el período de la misma. El Concesionario presentará oportunamente al INCO, Interventoría y/o a las Autoridades Ambientales Competentes, los informes o documentos que se estipulen en el Contrato y los demás Apéndices y los que le sean solicitados por las Autoridades Ambientales Competentes, por la Interventoría y por el INCO. El Concesionario, en el evento en que utilice fuentes naturales de agua para consumo o cualquier otra de las actividades que ejecute, deberá cumplir con lo establecido en el Decreto 1900 de 2006 sobre plan de inversión del 1% de que trata el artículo 43 de la Ley Aplicable99 de 1993. Las tarifas que cobre el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y la Autoridad Ambiental Regional competente por los servicios de evaluación y seguimiento en las etapas de construcción y operación; así como las tasas por el uso y aprovechamiento de recursos naturales serán pagadas por el Concesionario a su xxxxx y riesgo. El Concesionario obtendrá para la construcción y operación del Sector y en un plazo máximo de 24 meses contados desde la Fecha de Inicio del Contrato, los Predios a certificados de: aseguramiento de calidad ISO 9001: 2000 nacionales o sus equivalentes internacionales; gestión ambiental ISO 14001:2004 nacionales o sus equivalentes internacionales; y, en salud y seguridad en el trabajo, norma denominada OSHAS 18001:1999. Estos certificados deben ser adquiridos sean declarados como expedidos por organismos nacionales autorizados por la Superintendencia de utilidad públicaIndustria y Comercio, o por los organismos internacionales competentes. Estas certificaciones deberán mantenerse vigentes una vez se obtengan y por toda la duración del Contrato.
(i) Elaborar y entregar a la Interventoría la documentación de Gestión Predial a que se refiere la Secciones 4.2 y siguientes de este Apéndice.
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Samples: Appendix
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. De manera general y sin perjuicio de las demás obligaciones que a cargo del Concesionario y en materia de Gestión Predial se detallan en el Contrato –tanto en la Parte General como en la Parte Especial– Contrato, así como en el presente Apéndice, serán obligaciones del Concesionario:
(a) Conformar o contratar un grupo de profesionales de gestión predialGestión Predial para adelantar el trabajo de investigación catastral, tanto para entre otros, la elaboración de los insumos prediales como para y el desarrollo de la enajenación voluntaria Enajenación Voluntaria y la expropiación, que cumpla con perfiles adecuados en cuanto a idoneidad, competencia y experiencia en la adquisición de predios para proyectos de infraestructura, en zonas urbanas y rurales.
(b) Realizar la demarcación Gestión Predial para obtener el acceso a los Predios a Cargo del Concesionario, y ejecutar cualquier otra actividad a su cargo, relacionada con los Predios a Cargo de la ANI, necesaria para obtener su disponibilidad y/o materialización para adelantar los trámites conducentes a la adquisición de los linderos del área a adquirir para el Proyecto, con base en la Ficha Predial definitivasu propiedad.
(c) Una vez Respecto de los Predios a Cargo de la ANI entregue al Concesionario ANI, deberá elaborar todos los insumos tales como Ficha Predial, Plano Predial, Estudio de Títulos, ficha social, avalúos de mejoras, diagnósticos socioeconómicos, Acuerdos de Reconocimiento y cualquier otro documento requerido por la Agencia Nacional de Tierras, o la entidad que haga sus veces, el Corredor del Proyectomunicipio donde se encuentre ubicado el bien o por cualquier otra autoridad competente, éste se encargará necesarios para obtener la disponibilidad y, cuando sea procedente, adquirir la propiedad de cercarlo dichos predios por parte de tal manera que exista uniformidad en la disposición y materiales a lo largo de todo el Corredor del Proyecto, cumpliendo en todo caso con las especificaciones descritas en el Manual del INVIASANI.
(d) Una vez el Predio sea entregado por el propietarioRealizar las gestiones necesarias –que pueda adelantar en nombre de la ANI– en relación con los Predios a Cargo de la ANI que se encuentren ocupados, realizar el cercado en línea con lo establecido en la Ley 1882 de 2018 o en las demás normas aplicables para lograr su desalojo previo del área adquirida, bajo su propio costo y riesgo, valor de tal manera las mejoras a que al concluir el proceso de adquisición de los Predios, el corredor vial a lado y lado quede delimitado mediante una cerca que cumpla con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS. Las Áreas Remanentes adquiridas deberán ser incorporadas al Corredor del Proyecto, y por lo mismo incluidas en el cercado que del mismo se realicehubiere lugar.
(e) Adelantar todas las demoliciones Adquirir u obtener la tenencia de la infraestructura y mejoras existentes en los Predios adquiridos a Cargo del Concesionario que sean necesarios para el ejecutar las Unidades Funcionales del Proyecto.
(f) Garantizar que Trasladar los predios aledaños al corredor vial recursos a la Subcuenta de Predios a Cargo del proyecto queden con el acceso necesario que les permita su desarrollabilidad y funcionalidad, para lo cual deberá identificar Concesionario en el diseño, las obras a desarrollar los términos establecidos en el derecho la Sección 6.2(g)(vii)) del Contrato de vía para el acceso a los predios aledañosConcesión.
(g) Recabar y entregar Trasladar los recursos a la Interventoría el plan Subcuenta de adquisición Predios a Cargo de predios a que se refiere la ANI en los términos establecidos en la Sección 4.1 6.2(h)(vii)) del Contrato de este ApéndiceConcesión.
(h) Realizar las acciones necesarias para queRecibir de la ANI, en los términos establecidos en el Contrato de acuerdo con la Ley AplicableConcesión y en este Apéndice, los Predios a ser adquiridos sean declarados como Cargo de utilidad públicala ANI.
(i) Elaborar y entregar Instruir a la Interventoría Fiduciaria, cuando corresponda, para que efectúe los pagos a los propietarios de los Predios a Cargo del Concesionario, en los términos descritos en la documentación Sección 12.2 del Contrato de Gestión Predial Concesión, y, cuando aplique, para que efectúe los pagos a que se refiere los propietarios de los Predios a cargo de la Secciones 4.2 y siguientes de este ApéndiceANI.
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OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. De manera general y sin perjuicio Durante la vigencia del Contrato, el Concesionario deberá cumplir con la totalidad de las demás obligaciones que a cargo del Concesionario y en materia de Gestión Predial se detallan en manejo ambiental y gestión social adquiere como consecuencia de la suscripción del Contrato. El Concesionario tiene la obligación de cumplir con las exigencias ambientales definidas por la Autoridad Ambiental, y con la presentación de los informes de cumplimiento ambiental a que haya lugar. Por lo tanto, el Concesionario deberá ejecutar las obligaciones derivadas del Contrato –tanto en la Parte General como en la Parte Especial– así como en el y del presente Apéndice, serán de tal forma que cumpla oportuna y efectivamente las obligaciones del Concesionario:
(a) Conformar o contratar un grupo de profesionales de gestión predial, tanto para generales y particulares que la elaboración de los insumos prediales como Ley Aplicable establezca para el desarrollo del objeto del Contrato. La Interventoría será responsable de la enajenación voluntaria y la expropiación, que cumpla con perfiles adecuados en cuanto a idoneidad, competencia y experiencia en la adquisición de predios para proyectos de infraestructura, en zonas urbanas y rurales.
(b) Realizar la demarcación o materialización adelantar el seguimiento al cumplimiento de los linderos compromisos ambientales. El Concesionario obtenendrá, a su costo, ante las Autoridades Ambientales, las Licencias Ambientales, permisos, autorizaciones o concesiones para el uso o aprovechamiento de recursos naturales que requiera el desarrollo del área Proyecto. En caso de no lograrse los permisos, autorizaciones o concesiones de carácter ambiental por causas no imputables al Concesionario, este deberá garantizar la provisión o aprovechamiento de los recursos naturales de otras fuentes. La no obtención de estas licencias y/o permisos, autorizaciones o concesiones por causas imputables al Concesionario, será considerada como causal de incumplimiento del Contrato, razón por la cual se podrán imponer las multas previstas en el Contrato. El Concesionario elaborará y presentará a adquirir la ANI y al Interventor dentro de los Sesenta (60) Días siguientes a la Fecha de Inicio, un informe que contenga la forma, mecanismos y cronogramas previstos para el trámite y obtención de las Licencias y Permisos de carácter ambiental necesarios para el Proyecto, con base en así como la Ficha Predial definitiva.
(c) Una vez la ANI entregue al Concesionario el Corredor del Proyecto, éste se encargará elaboración y presentación de cercarlo de tal manera que exista uniformidad en la disposición y materiales a lo largo de todo el Corredor del Proyecto, cumpliendo en todo caso con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS.
(d) los PAGA. Una vez el Predio sea entregado Concesionario presente el informe, el Interventor tendrá quince (15) Días para revisarlo y realizar los comentarios que considere pertinentes relativos al mismo. En el caso en que se hicieren observaciones o comentarios al contenido del informe, el Concesionario tendrá diez (10) Días para complementar o modificar el documento. En todo caso, la ANI podrá realizar observaciones a dicho informe una vez estos sean no objetados por la Interventoría, lo cual se hará dentro de los quince (15) Días siguientes a la recepción del mismo. Dichas observaciones deberán ser atendidas por el propietarioConcesionario deberá dentro de los tres (3) Días siguientes a sual recibo de la comunicación , realizar lo cual deberá ser verificado por la Interventoría dentro de los dos (2) Días siguientes al vencimiento del plazo anterior. El Concesionario deberá mantener indemne a la ANI por (i) las obligaciones ambientales que adquiere en virtud de la celebración del Contrato y de los demás instrumentos de gestión ambiental aplicables, ante la Autoridad Ambiental; y (ii) de cualquier sanción que llegare a imponer la Autoridad Ambiental a la ANI o al INVIAS durante la ejecución del presente Contrato. El Concesionario deberá ejecutar el cercado del área adquirida, bajo su propio costo y riesgoContrato, de tal manera forma que permita el cumplimiento de la(s) Licencia(s) y Permisos Ambiental(es), según éstoa(s) se modifique(n) o adicione(n) de tiempo en tiempo. La Interventoría es responsable de adelantar el seguimiento al concluir el proceso de adquisición cumplimiento de los Predioscompromisos ambientales. El Concesionario – por su cuenta y riesgo – deberá realizar todas las gestiones necesarias para el cumplimiento de las normas ambientales vigentes, el corredor vial a lado incluyendo la tramitación y lado quede delimitado mediante una cerca que cumpla con obtención de los permisos, licencias, concesiones, etc., necesarios para la ejecución de las especificaciones descritas actividades señaladas en el Manual del INVIAS. Las Áreas Remanentes adquiridas deberán ser incorporadas al Corredor del Proyecto, párrafo anterior y por lo mismo incluidas en general en el cercado que presente Apéndice Ambiental y en el Contrato de Concesión. El cumplimiento de estas obligaciones por parte del mismo se realice.
(e) Adelantar todas las demoliciones Concesionario no generará compensación ni indemnización alguna a cargo de la infraestructura y mejoras existentes en los Predios adquiridos para ANI, ni será admitido como causal eximente del cumplimiento de cualquiera de las obligaciones que adquiere el Proyecto.
(f) Garantizar que los predios aledaños al corredor vial del proyecto queden con el acceso necesario que les permita su desarrollabilidad y funcionalidad, para lo cual deberá identificar Concesionario en el diseño, Contrato de Concesión. Dentro de las obras a desarrollar en el derecho de vía para el acceso a los predios aledaños.
(g) Recabar y entregar a la Interventoría el plan de adquisición de predios actividades a que se refiere este numeral se incluyen, sin limitarse, las siguientes: • Explotación xx xxxxxxx de materiales xx xxxx o aluviales, propios o de terceros, teniendo en cuenta si es del caso los permisos que deban ser otorgados por la Sección 4.1 Autoridad Minera. • Disposición de material sobrante de las excavaciones o escombros. • Explotación de zonas xx xxxxxxxx y de disposición de materiales sobrantes. • Explotación xx xxxxxxx de agua bien sea superficial o subterránea • Ocupación temporal o definitiva de cauces. • Vertimientos sólidos y líquidos • Emisiones gaseosas y emisiones de ruido. • Instalación y operación de campamentos. • Ocupación de zonas para obras o almacenamientos provisionales. • Instalación y operación de plantas de asfalto, concreto hidráulico, triturados y otros materiales. • Aprovechamiento forestal. • Transporte de materiales. • Instalación y operación de centros de control y áreas de servicio. • Sustracción definitiva de áreas de reserva forestal, nacionales y/o regionales con sus correspondientes compensaciones y requerimientos. • Permiso para tala de especies en veda con sus correspondientes compensaciones y requerimientos. • Requerimientos y demás Compensaciones establecidas en los actos administrativos y demás pronunciamientos de las Autoridades Competentes. • Requerimientos por intervención de infraestructura perteneciente a otros proyectos o empresas; o superposición de áreas con otros proyectos. • Elaboración de los estudios necesarios para la fase de desmantelamiento y abandono del Proyecto y cumplimiento de los requerimientos asociados a los mismos. El Concesionario será responsable por su cuenta y riesgo de los pasivos originados en la inadecuada ejecución de las Licencias Ambientales y/o permisos de los planes de manejo ambiental o cualquier otro documento y/o requisito exigido por la normatividad ambiental vigente. El Concesionario deberá llevar a cabo todas las actividades necesarias para cumplir con lo establecido en las Licencias y Permisos Ambientales, el PAGA, los requerimientos de las Autoridades Ambientales y/o Planes de Compensación, así como en lo dispuesto en la Ley Aplicable para la Fase de Construcción; así también, el Concesionario deberá pagar cualquier tarifa que con ocasión a la prestación de los servicios de evaluación y seguimiento cobre la autoridad ambiental; así como las tasas por el uso y aprovechamiento de recursos naturales. Las organizaciones que representan a las comunidades vecinas a las Obras de Construcción y Rehabilitación, las Organizaciones No Gubernamentales y demás grupos de interés tendrán participación en el proyecto, en los términos establecidos en la Licencia Ambiental y/o en los diferentes instrumentos de gestión ambiental. El Concesionario deberá desarrollar los procesos de información, socialización y participación comunitaria, sin perjuicio de los compromisos que se imponen al Concesionario en la Licencia Ambiental, y/o en los diferentes instrumentos de gestión ambiental. Como resultado de los trabajos de diseño y construcción del Sector en sus diferentes alcances, puede dar como resultado la no utilización y por lo tanto el abandono de secciones de la carretera existente; en este Apéndice.
(h) Realizar caso el Concesionario será responsable de la administración de esta área para su mantenimiento y conservación. En este sentido, el Concesionario tendrá plena autonomía técnica para realizar las acciones necesarias en cuanto a estabilidad geotécnica y ambiental. El Concesionario asumirá plenamente los riesgos ambientales derivados de la expedición y/o modificación xx Xxx Aplicable al momento de la suscripción del Contrato. El Concesionario responderá sin dilación por los daños y perjuicios de tipo civil, penal, laboral o contencioso administrativo, nacional o internacionalmente, frente a cualquier evento que surja de la ejecución del Contrato, incluidas las penalidades ambientales asociadas a la ejecución del Contrato, teniendo o no la titularidad de licencias, concesiones o permisos de cualquier tipo. El Concesionario responderá por cualquier otra obligación consagrada en los Pliegos, la Propuesta, el Contrato y en Ley Aplicable. El Concesionario presentará ante la ANI dentro de los treinta (30) Días previos a la terminación y/o revisión de los Estudios de Detalle, un documento que deberá ser verificado por la Interventoría, donde se especifique el sistema de Indicadores para queel seguimiento del desempeño ambiental y/o avance de todas las actividades objeto de la concesión, que se definirán de acuerdo con lo establecido en la documentación técnica de los diseños, planes de manejo y cronogramas detallados de trabajo. El Concesionario cumplirá desde la Fecha de Inicio con las exigencias ambientales establecidas por la Autoridad Ambiental competente tanto nacional como regional, contenidas en la Licencia Ambiental y/o plan de manejo ambiental y/o guía de manejo ambiental de proyectos viales. El Concesionario no realizará obras o actividades antes de la obtención de las correspondientes Licencias Ambientales, permisos, autorizaciones o concesiones de carácter ambiental, cuando a ello hubiera lugar. El Concesionario cumplirá plenamente y bajo su entera responsabilidad, los requerimientos de la(s) Autoridad(es) Ambiental(es) que rige(n) al Proyecto en lo referente al objeto de la presente concesión, durante todo el período de la misma. El Concesionario presentará dentro de los plazos establecidos para el efecto a la ANI, la Interventoría y/o a las Autoridades Ambientales, todos los documentos establecidos por este Apéndice, el Contrato o la Ley Aplicable, así como, los Predios a ser adquiridos que le sean declarados como de utilidad pública.
(i) Elaborar y entregar solicitados por las Autoridades Ambientales, por la Interventoría y/o por la ANI. El Concesionario remitirá a la Interventoría y la documentación ANI en un término máximo de Gestión Predial un (1) Día Hábil desde su envío o recepción, copia de todo documento remitido o dirigido a la Autoridad Ambiental junto con el radicado respectivo. En el evento en que el Proyecto utilice fuentes naturales de agua para consumo o cualquier otra de las actividades previstas por la Ley Aplicable, el Concesionario deberá cumplir a su xxxxx y riesgo con lo establecido en el Decreto 1900 de 2006 sobre plan de inversión del 1% de que trata el artículo 43 de la Ley 99 de 1993 o la norma que lo modifique o sustituya. Dicho monto no se entenderá como Compensación Ambiental. El Concesionario presentará oportunamente a la Agencia, Interventoría y/o a las Autoridades Ambientales Competentes, los informes o documentos que se refiere estipulen en el Contrato y los demás Apéndices y los que le sean solicitados por las Autoridades Ambientales Competentes, por la Secciones 4.2 Interventoría y siguientes por la Agencia. El Concesionario, en el evento en que utilice fuentes naturales de este Apéndiceagua para consumo o cualquier otra de las actividades que ejecute, deberá cumplir con lo establecido en el Decreto 1900 de 2006 sobre plan de inversión del 1% de que trata el artículo 43 de la Ley 99 de 1993. Las tarifas que estipule el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo SostenibleTerritorial y, lasLa Autoridad Nacional de Licencias Autoridades Ambientales y la Autoridad Ambiental Regional competentes por los servicios de evaluación y seguimiento en las etapas de construcción y operación; así como las tasas por el uso y aprovechamiento de recursos naturales serán pagadas por el Concesionario a su xxxxx y riesgo. El Concesionario obtendrá para la Etapa de Operación y Mantenimiento y en un plazo máximo de 18 meses contados desde la Fecha de Inicio del Contrato, los certificados de: aseguramiento de calidad ISO 9001: 2000 nacionales o sus equivalentes internacionales; gestión ambiental ISO 14001:2004 nacionales o sus equivalentes internacionales; y, en salud y seguridad en el trabajo, norma denominada OSHAS 18001:1999. Estos certificados deben ser expedidos por organismos nacionales autorizados por la Superintendencia de Industria y Comercio, o por los organismos internacionales competentes. Estas certificaciones deberán mantenerse vigentes una vez se obtengan y por el rest de la duración del Contrato.
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Samples: Apéndice Ambiental
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. De manera general y La Concesión otorgada por virtud de este Contrato impone al CONCESIONARIO las siguientes obligaciones generales, sin perjuicio de las otras obligaciones impuestas en la ley o a lo largo del texto del Contrato:
1. El CONCESIONARIO será responsable de la ejecución completa y oportuna del Contrato. Para tal efecto, el CONCESIONARIO deberá realizar por su cuenta y riesgo todas las acciones tendientes al cabal cumplimiento de este Contrato.
2. Financiar mediante recursos propios o de entidades financieras y bajo su propia cuenta y riesgo, los recursos necesarios para la correcta y adecuada ejecución de la totalidad de las obligaciones del contrato y en especial para ejecutar las inversiones necesarias para la adecuada explotación del bien en las condiciones establecidas en este contrato y con sujeción a la normatividad aplicable.
3. Pagar la Contraprestación establecida en el presente contrato, y efectuar el depósito establecido en la Cuenta de inspección, seguimiento, vigilancia y control.
4. Mantener vigente la Garantía Única de Cumplimiento y las demás garantías que son exigidas en este Contrato, en los términos y condiciones previstos en este Contrato.
5. Abstenerse de modificar las condiciones del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, presentadas en la propuesta en cuanto a porcentajes de participación y obligaciones de ejecución salvo autorización expresa y escrita de la GOBERNACION. Para esta la GOBERNACION no admitirá modificaciones durante la etapa previa y de inversión. En la etapa de operación admitirá modificaciones cuando se mantengan los requisitos u competencias aportadas en la propuesta original por la cual se otorga el contrato.
6. Xxxxxxx las instrucciones del INTERVENTOR que se ajusten a la ley y al contrato de acuerdo con lo establecido en este contrato y suministrar al INTERVENTOR toda la información sobre la Concesión, en las condiciones y términos establecidos en este Contrato.
7. Presentar al INTERVENTOR y al CONCEDENTE, dentro de los noventa (90) días calendario siguiente a la finalización de cada año fiscal, el balance general y el estado de pérdidas y ganancias certificado por contador público y debidamente auditado por revisor fiscal que muestre los resultados de la operación hotelera durante el año fiscal precedente. Este balance y estado de pérdidas y ganancias deberán ir acompañados de todos los anexos que permitan a la GOBERNACION y/o EL INTERVENTOR tener claridad sobre el desglose de cada cuenta. Si dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes al recibo la información de manera completa, estos de manera conjunta o separada no presentan objeciones al CONCESIONARIO, dichos estados se considerarán correctos y definitivos para cualquier propósito. En caso de que la GOBERNACION y/o EL INTERVENTOR hayan presentado objeciones a los estados financieros dentro de los cuarenta y cinco (45) días de que trata el presente numeral, EL CONCESIONARIO responderá las objeciones por escrito, o efectuará las modificaciones pertinentes, dando las explicaciones adecuadas, para lo cual contará con un término adicional de treinta (30) días.
8. Remitir al INTERVENTOR y al CONCEDENTE los estados financieros en forma trimestral, dentro de los quince (15) Días del mes siguiente al del periodo reportado.
9. Adoptar una organización administrativa y adecuada para la ejecución del presente Contrato, y establecer mecanismos de control interno que garanticen la calidad de su gestión administrativa, de su información financiera y contable, y del servicio que se preste. Esto incluirá el personal necesario e idóneo para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Plan Especial de Intervención presentado y aprobado ante el Ministerio de Cultura.
10. Proporcionar el personal calificado para la ejecución de la Concesión garantizando que (a) el personal asignado cuenta con la experiencia y los conocimientos técnicos que se requieran para la adecuada ejecución de la Concesión, (b) el personal asignado es suficiente en términos de idoneidad para la ejecución de la Concesión y (c) el personal asignado es suficiente en términos de cantidad y compromiso en tiempo teniendo en cuenta la estimación que de buena fe ha hecho el CONCESIONARIO para ejecutar la Concesión (d) se cumplirá oportunamente con las obligaciones contractuales, salarios, prestaciones sociales, y obligaciones parafiscales a que haya lugar de acuerdo con la legislación vigente.
11. Suministrar a la CONCEDENTE y las autoridades de control y vigilancia del sector que sean competentes, toda la información que estas entidades requieran sobre el desarrollo del Contrato. 27
12. Pagar las multas establecidas en este Contrato por el incumplimiento de las obligaciones a cargo del Concesionario CONCESIONARIO.
13. Restituir y revertir la totalidad de los bienes entregados en concesión en los términos, condiciones y plazos previstos en el presente Contrato de Concesión y en el Plan Especial de Intervención aprobado por parte del Ministerio de Cultura.
14. Tramitar y obtener todas las licencias y permisos necesarios para la intervención de los bienes concesionados que en desarrollo de la Concesión se ejecuten. El cumplimiento de las obligaciones y requerimientos de intervención, restauración y adecuación que requieren el trámite de los permisos, licencias y autorizaciones, estará sujeto a la condición de obtención de los mismos. La no obtención de las licencias, permisos y autorizaciones, no producirá el reconocimiento de indemnizaciones de ninguna índole al CONCESIONARIO.
15. Suscribir el Acta de entrega de bienes e Inicio de Ejecución del contrato de concesión, el Acta de Finalización de la Ejecución, las Actas de Verificación y los demás documentos previstos en este Contrato cuando se cumplan las condiciones previstas en el Contrato para que dicha suscripción deba hacerse.
16. Realizar todas las inversiones necesarias y las acciones requeridas, relacionadas con los permisos ambientales que se requieran para la ejecución de las Obras.
17. Cumplir cabalmente, en ejecución de la Concesión, con las regulaciones ambientales y culturales aplicables y asumir los costos que dicho cumplimiento genere.
18. Será responsable del cumplimiento de sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral, parafiscales, conforme con lo establecido en la normatividad vigente.
19. Presentar a La CONCEDENTE dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la suscripción del acta de inicio de ejecución del contrato, un cronograma general de ejecución en el que se registren los tiempos de realización de las etapas previa, de inversión y explotación económica. Este cronograma deberá ser actualizado cuando se presenten modificaciones contractuales o por la expedición de licencias, permisos y/o documentos que generen cambios en el mismo y que no respondan a demoras atribuibles al CONCESIONARIO.
20. Presentar dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la firma del acta de inicio de ejecución del contrato, el proyecto de intervención que se pretende realizar en la infraestructura concesionada y que será sometido a la aprobación de las entidades competentes, entre ellas, el Ministerio de Cultura, la GOBERNACION XXX XXXXXXXXX y la Alcaldía de Santa Xxxxx.
21. Ejecutar las obras de intervención, restauración, mejoras, reparación y mantenimiento aprobadas por las autoridades competentes, cumpliendo con las condiciones y requisitos establecidos por las mismas, por las normas vigentes en materia de Gestión Predial se detallan en el Contrato –tanto en la Parte General como en la Parte Especial– así como en el presente Apéndice, serán obligaciones del Concesionario:
(a) Conformar o contratar un grupo conservación de profesionales de gestión predial, tanto para la elaboración de los insumos prediales como para el desarrollo de la enajenación voluntaria patrimonio arquitectónico y la expropiación, que cumpla con perfiles adecuados en cuanto a idoneidad, competencia y experiencia en la adquisición de predios para proyectos de infraestructura, en zonas urbanas y rurales.
(b) Realizar la demarcación o materialización de los linderos del área a adquirir para el Proyecto, con base en la Ficha Predial definitiva.
(c) Una vez la ANI entregue al Concesionario el Corredor del Proyecto, éste se encargará de cercarlo de tal manera que exista uniformidad en la disposición y materiales a lo largo de todo el Corredor del Proyecto, cumpliendo en todo caso cultural conforme con las especificaciones descritas establecidas en plan especial de intervención aprobado por el Manual del INVIASMinisterio de Cultura.
(d) Una vez el Predio sea entregado por el propietario, realizar el cercado del área adquirida, bajo su propio costo y riesgo, de tal manera que al concluir el proceso de adquisición de los Predios, el corredor vial a lado y lado quede delimitado mediante una cerca que cumpla con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS22. Las Áreas Remanentes adquiridas deberán ser incorporadas al Corredor del Proyecto, y por lo mismo incluidas en el cercado que del mismo se realice.
(e) Adelantar Realizar todas las demoliciones actividades necesarias para garantizar la correcta operación de la infraestructura y mejoras existentes en los Predios adquiridos para el Proyecto.
(f) Garantizar que los predios aledaños al corredor vial concesionada durante la totalidad del proyecto queden con el acceso necesario que les permita su desarrollabilidad y funcionalidadtiempo de concesión, para lo cual deberá identificar obtener y mantener hasta la finalización del contrato de concesión, la certificación de la norma técnica sectorial colombiana NTSH 006 o la que la sustituya, adicione o modifique expedida por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación ICONTEC, y presentar tal certificación a la GOBERNACION a más tardar al quinto día hábil siguiente a la fecha máxima de terminación de la etapa de inversión establecida en el diseño, las obras a desarrollar en el derecho cronograma de vía para el acceso a los predios aledaños.
(g) Recabar ejecución y entregar a la Interventoría el plan de adquisición de predios a que se refiere la Sección 4.1 de este Apéndice.
(h) Realizar las acciones necesarias para que, de acuerdo con los plazos máximos establecidos en este contrato.
23. Cumplir con la Ley Aplicableregulación que sobre el particular establece la norma técnica sectorial colombiana NTSH 006 o la que la sustituya, modifique o adicione para la operación de hoteles categorizados en al menos cuatro (4) estrellas, o la máxima certificación lograda dadas las restricciones impuestas por la declaratoria de interés cultural de la Nación.
24. Mantener en perfecto estado de aseo, desinfección y protección, las áreas y todos los elementos utilizados para la prestación de los servicios hoteleros y turísticos concesionados, y realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de las edificaciones, instalaciones, dotación y equipos, dentro de los cuales se encuentran incluidos los sistemas de generación eléctrica, acueducto y manejo de aguas residuales entre otros, los Predios a ser adquiridos sean declarados como cuales se deberán mantener en óptimas condiciones de utilidad públicafuncionamiento.
(i) Elaborar 25. Xxxxxxx un servicio de forma permanente, durante todos los días del año y entregar en los horarios establecidos, con personal capacitado y experimentado con este propósito, cumpliendo con lo establecido en las normas vigentes en materia de hotelería y turismo, y este contrato.
26. Adquirir por su cuenta y riesgo, los materiales, elementos y suministros necesarios para la intervención, restauración, adecuación, reparación, operación y mantenimiento del inmueble así como el correcto funcionamiento de la explotación turística y hotelera.
27. Garantizar la disponibilidad de los equipos y herramientas en buen estado y los materiales necesarios y suficientes para el desarrollo del Contrato y la prestación oportuna del servicio, con el fin de mantener en buen funcionamiento las obras e instalaciones de la infraestructura concesionada.
28. Llevar un inventario actualizado de los bienes que para efectos de este contrato ha instalado y/o reemplazado, con sus especificaciones técnicas, ubicación y estado en que se encuentran. Dicho inventario deberá ser presentado al INTERVENTOR y la GOBERNACION cada seis meses, contados a partir de la fecha de inicio de operaciones establecida en el cronograma general del proyecto debidamente aprobado por la GOBERNACION.
29. Asegurar todos los elementos afectos a esta concesión, de conformidad con lo establecido en el presente contrato. Sin perjuicio de lo anterior, todos los riesgos derivados de esta concesión correrán por cuenta y riesgo de EL CONCESIONARIO.
30. Adelantar, en caso de robo, los trámites necesarios con la compañía aseguradora que ha otorgado la póliza de todo riesgo, con el fin de obtener su reposición.
31. Responder por su cuenta y riesgo por la reposición inmediata de los bienes destinados a la Interventoría prestación del servicio que sean sustraídos o hurtados por terceros o una vez finalizada su vida operativa y dentro de un plazo máximo de ocho (8) días hábiles siguientes a la documentación ocurrencia del hecho.
32. Atender en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles los requerimientos que realice la GOBERNACION y/o el INTERVENTOR del Contrato relacionados con la ejecución del contrato, en todos aquellos casos que no se haya establecido un término diferente en el pliego de Gestión Predial a condiciones de entrega en concesión y en este contrato.
33. Elaborar los Planes de Operaciones y Seguridad, Plan de Emergencia, Programa de Higiene y Seguridad Industrial que se refiere aplicarán durante la Secciones 4.2 etapa de explotación económica de la infraestructura concesionada. Los manuales deberán mantenerse actualizados hasta la finalización del contrato. Correrá por cuenta de EL CONCESIONARIO la implementación de dichos manuales.
34. Responder por la higiene y siguientes la protección de los alimentos preparados y expendidos al consumidor.
35. Efectuar las dotaciones que sean necesarias para garantizar la correcta ejecución del objeto contractual.
36. Adoptar las medidas de seguridad que minimicen cualquier riesgo durante el desarrollo de las actividades hoteleras y turísticas, mediante la utilización de materiales y equipos adecuados.
37. Cumplir con los compromisos anticorrupción, establecidos en el pliego de condiciones de la licitación pública y demás documentos del proceso durante la totalidad del plazo de ejecución del contrato de concesión.
38. Pagar todos los impuestos del orden nacional, departamental y municipal, tasas o contribuciones que se encuentren vigentes o se establezcan durante el período contractual, entendiendo por éste la suscripción, la ejecución y liquidación del contrato, incluyendo aquellos gravámenes que son atribuibles al propietario de los bienes concesionados tales como el impuesto predial.
39. Pagar durante toda la vigencia del contrato, todas las cuentas correspondientes a servicios públicos.
40. Pagar a CORPOTAYRONA, como requisito para la legalización del presente contrato, la comisión de éxito señalada para el proceso, tal como se establece en la CLÁUSULA 64.-de este Apéndicedocumento.
41. Conservar en perfecto estado la infraestructura concesionada y devolver en perfecto estado los bienes afectos a la concesión y los que se adquieran con posterioridad y se incorporen a los activos del hotel. Las pérdidas de los bienes correrán a cargo de EL CONCESIONARIO.
42. Dar cumplimiento durante toda la prestación del servicio, a todas las normas y reglamentaciones que sean expedidas por las autoridades nacionales, departamentales y distritales, incluyendo, entre otras, las reglamentaciones sobre conservación del patrimonio arquitectónico, ambiental, de uso del suelo, hotelera y turística.
43. Actualizar anualmente los datos de su inscripción en el Registro Nacional de Turismo. 44. Velar por el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de conservación arquitectónica, evitando cualquier actividad propia y/o de los visitantes o huéspedes que cause el deterioro de la infraestructura concesionada.
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Samples: Contrato De Concesión
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. De manera general y sin perjuicio El Concesionario se obliga a cumplir las obligaciones dispuestas en esta Sección en todas las Etapas del Contrato.
(a) Cumplir con todas las obligaciones correspondientes a cada una de las demás obligaciones Etapas que a cargo del Concesionario se encuentren incluidas en los diferentes Apéndices y Anexos, y en materia de Gestión Predial se detallan en el las demás Secciones y Capítulos del Contrato –tanto en la su Parte General como en la Parte Especial– así como en el presente Apéndice, serán obligaciones del Concesionario:
(a) Conformar o contratar un grupo de profesionales de gestión predial, tanto para la elaboración de los insumos prediales como para el desarrollo de la enajenación voluntaria y la expropiación, que cumpla con perfiles adecuados en cuanto a idoneidad, competencia y experiencia en la adquisición de predios para proyectos de infraestructura, en zonas urbanas y rurales.
(b) Realizar la demarcación o materialización Cumplir con los mínimos técnicos y de resultado establecidos por el Ministerio de Cultura para cada una de las Etapas, asumiendo bajo su cuenta y riesgo los linderos ajustes a los métodos propuestos en el proyecto para cumplir con el objeto del área a adquirir para contrato y con los resultados esperados por el Proyecto, con base en la Ficha Predial definitivaMinisterio de Cultura.
(c) Una vez la ANI entregue al Concesionario el Corredor del Proyecto, éste se encargará Obtener y mantener en vigor las garantías de cercarlo de tal manera que exista uniformidad en la disposición y materiales a lo largo de todo el Corredor del Proyecto, cumpliendo en todo caso con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAStrata esta Parte General.
(d) Una vez el Predio sea entregado por el propietario, realizar el cercado Fondear las subcuentas del área adquirida, bajo su propio costo y riesgoPatrimonio Autónomo que así lo requieran, de tal manera que al concluir el proceso de adquisición de los Predios, el corredor vial a lado y lado quede delimitado mediante una cerca que cumpla conformidad con las especificaciones descritas lo previsto en el Manual del INVIAS. Las Áreas Remanentes adquiridas deberán ser incorporadas al Corredor del Proyecto, y por lo mismo incluidas en el cercado que del mismo se realiceeste Contrato.
(e) Adelantar todas Evitar la imposición de multas al Ministerio de Cultura por incumplimiento imputable al Concesionario de las demoliciones disposiciones ambientales, arqueológicas, marítimas y/o de la infraestructura gestión social y/o cualquier otra Ley Aplicable al Proyecto, y mejoras existentes en los Predios adquiridos para el Proyectocaso de presentarse alguna sanción, multa o indemnización a cargo del Ministerio de Cultura como consecuencia del incumplimiento del Concesionario, éste último deberá mantener indemne al Ministerio de Cultura por cualquiera de estos conceptos.
(f) Garantizar que Evitar la revocatoria, por causas imputables al Concesionario, de cualquiera de los predios aledaños al corredor vial permisos, licencias o aprobaciones gubernamentales requeridas para la ejecución del proyecto queden con el acceso necesario que les permita su desarrollabilidad y funcionalidad, para lo cual deberá identificar en el diseño, las obras a desarrollar en el derecho de vía para el acceso a los predios aledañosContrato.
(g) Recabar Llevar y entregar mantener actualizado un registro sobre las actividades y gestiones efectuadas ante la Autoridades Estatales que sean necesarias para el cumplimiento de las obligaciones a su cargo contenidas en el presente Contrato. Este registro podrá ser consultado por el Ministerio de Cultura y/o el Interventor en cualquier momento, para lo cual darán aviso al Concesionario con dos (2) Días Hábiles de antelación a la Interventoría el plan fecha de adquisición de predios a que se refiere la Sección 4.1 de este Apéndiceconsulta.
(h) Realizar Presentar la información exigida en el Contrato y sus Apéndices en las acciones necesarias para que, de acuerdo con la Ley Aplicablefechas estipuladas, los Predios a ser adquiridos sean declarados como formatos definidos y usando los sistemas de utilidad públicainformación que el Ministerio de Cultura establezca en cada caso.
(i) Elaborar Tramitar y entregar a la Interventoría la documentación obtener ante las Autoridades Ambientales, y en general ante las Autoridades Estatales, todos los permisos, licencias, autorizaciones, concesiones y en general todos los requerimientos necesarios para adelantar el Proyecto, para el uso y aprovechamiento de Gestión Predial a recursos naturales y para el depósito de materiales. Así mismo, preparar todos los estudios que se refiere la Secciones 4.2 y siguientes de este Apéndicele soliciten tales Autoridades.
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Samples: Contrato De Concesión De Patrimonio Cultural Sumergido
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. De manera El concesionario viene obligado, con carácter general a:
1. Cumplir las obligaciones previstas en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares, en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en el contrato que se formalice y demás documentación contractual y las instrucciones que en ejercicio de las potestades que le corresponda, le dirija el ayuntamiento de Quart xx Xxxxxx.
2. Prestar el servicio a su riesgo y xxxxxxx, con xxxxxxxx de todos los costes y gastos relacionados con el mismo.
3. Prestar el servicio con la calidad exigida y con estricta sujeción a lo exigido en la documentación contractual, pudiendo dictar las instrucciones oportunas, sin perjuicio de las demás obligaciones que potestades de la Administración.
4. Garantizar el derecho de los ciudadanos a cargo ser beneficiarios del Concesionario y servicio, en materia de Gestión Predial se detallan los términos previstos en la documentación contractual.
5. No interrumpir la prestación del servicio por ningún motivo, ni aún en el Contrato –tanto caso de demora en el pago, salvo en los casos y con sujeción a los requisitos legalmente previstos.
6. Continuar en la Parte General prestación del servicio una vez extinguido el mismo, hasta el momento en que comience a ser prestado por un nuevo concesionario o por la propia entidad local.
7. Obtener todas las autorizaciones, permisos, trámites y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la prestación del servicio con anterioridad al comienzo del mismo.
8. Indemnizar los daños que se causen a terceros o a la entidad local como consecuencia de la prestación del servicio. A estos efectos, el concesionario deberá suscribir antes del inicio de la prestación del servicio, una póliza de seguro de responsabilidad civil con cobertura suficiente.
9. Cumplir las obligaciones de orden laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y tributarias que le sean de aplicación. En particular, estará obligado a adoptar todas las medidas establecidas en la Parte Especial– así como legislación vigente sobre prevención de riesgos laborales.
10. Facilitar el ejercicio de las funciones de control y fiscalización de los servicios que corresponden al ayuntamiento, cumplimentando y presentando en el presente Apéndice, serán obligaciones del Concesionario:plazo fijado la documentación requerida por la Administración para el ejercicio de tales funciones.
(a) Conformar o contratar un grupo 11. Acreditar ante el ayuntamiento el grado de profesionales de gestión predial, tanto para la elaboración cumplimiento de los insumos prediales como para el desarrollo objetivos de la enajenación voluntaria y la expropiación, que cumpla con perfiles adecuados calidad previstos en cuanto a idoneidad, competencia y experiencia en la adquisición de predios para proyectos de infraestructura, en zonas urbanas y rurales.
(b) Realizar la demarcación o materialización de los linderos del área a adquirir para el Proyecto, con base en la Ficha Predial definitiva.
(c) Una vez la ANI entregue al Concesionario el Corredor del Proyecto, éste se encargará de cercarlo de tal manera que exista uniformidad en la disposición y materiales a lo largo de todo el Corredor del Proyecto, cumpliendo en todo caso con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS.
(d) Una vez el Predio sea entregado por el propietario, realizar el cercado del área adquirida, bajo su propio costo y riesgo, de tal manera que al concluir el proceso de adquisición de los Predios, el corredor vial a lado y lado quede delimitado mediante una cerca que cumpla con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS. Las Áreas Remanentes adquiridas deberán ser incorporadas al Corredor del Proyecto, y por lo mismo incluidas en el cercado que del mismo se realice.
(e) Adelantar todas las demoliciones de la infraestructura y mejoras existentes en los Predios adquiridos para el Proyecto.
(f) Garantizar que los predios aledaños al corredor vial del proyecto queden con el acceso necesario que les permita su desarrollabilidad y funcionalidadeste Pliego, para lo cual deberá identificar realizar un control continuo de la prestación del servicio y remitir periódicamente la documentación necesaria.
12. Dar conocimiento al ayuntamiento sobre cualquier anomalía o incidencia en los servicios, que afecte a la buena marcha de los mismos, comunicándoselo con antelación suficiente o, en el diseño, las obras a desarrollar caso en el derecho que no fuera posible dicha antelación, inmediatamente después de la ocurrencia del hecho.
13. Cumplir la legislación aplicable al ejercicio de su actividad y a la prestación de los servicios y, en particular, la legislación de protección del medio ambiente.
14. Cumplir las obligaciones que se deriven de los Convenios que el ayuntamiento de Quart xx Xxxxxx tenga suscritos con los diferentes Sistemas Integrados de Gestión de residuos o a los convenios marco a los que se encuentre adherido.
15. Todos los traslados de contendores que sean precisos realizar correrán a cargo de la empresa adjudicataria, casos más frecuentes retirarlos de la vía pública y llevarlos al almacén municipal o viceversa, y cambiar contendores de ubicación, siempre con el objetivo de racionalizar el servicio y mejorarlo para que resulte más eficiente para todas las partes implicadas.
16. La empresa adjudicataria del servicio deberá dotar de pegatinas y o placas para distinguir los contenedores dispuestos en la vía pública atendiendo al residuo que debe de albergar, y su reposición cuando éstas se deterioren, el diseño de las pegatinas y placas será consensuado con el ayuntamiento.
17. Con motivo de la entrada en funcionamiento xxx xxxxxx contenedor (el contenido del contenedor verde se va a subdividir en dos fracciones, materia orgánica o biorresiduo y la fracción resto), algunas islas de contenedores soterrados con solo cuatro unidades, el contenedor xx xxxxxx se reconvertirá a materia orgánica), ésta reconversión también será realizada por cuenta de la empresa adjudicataria y sin coste para el acceso a ayuntamiento, ya que se entiende incluida en la valoración general de los predios aledañosservicios.
(g) Recabar 18. Deberá acreditar la implantación, seguimiento y entregar mejora, de un sistema de gestión medioambiental y de calidad aplicado a la Interventoría mercantil en su globalidad o para los servicios previstos en este pliego, y en concreto deberá presentar, en el plan modo que establezca el pliego de adquisición cláusulas administrativas la acreditación de predios los siguientes sellos:
a. Disponer de certificado de un sistema de gestión ambiental cuyo alcance incluya los servicios objeto de este contrato, según el sistema comunitario EMAS y norma ISO14001:2004 o norma equivalente.
b. Disponer de Certificación ISO 9001:2008 o norma equivalente, cuyo alcance incluya los servicios objeto de este contrato.
19. Respetar el principio de no discriminación por razón de nacionalidad, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 280.d) del TRLCSP, respecto de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización del Comercio, en los contratos de suministro que el concesionario adjudique como consecuencia de la gestión del servicio público.
20. Asumir las obligaciones frente a otras empresas subcontratistas, sin que la entidad local asuma obligación alguna al respecto.
21. Respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la prestación del servicio a la que se refiere hubiese otorgado dicho carácter en los pliegos, en el contrato o en las proposiciones de las empresas participantes en el procedimiento de adjudicación o la Sección 4.1 de este Apéndiceque por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante toda la ejecución del contrato.
(h) Realizar las acciones necesarias para que22. Cumplir la legislación de protección de datos de carácter personal, en su calidad de acuerdo con la Ley Aplicable, los Predios a ser adquiridos sean declarados como encargados del tratamiento de utilidad públicadatos personales.
(i) Elaborar y entregar a la Interventoría la documentación de Gestión Predial a que se refiere la Secciones 4.2 y siguientes de este Apéndice.
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Samples: Pliego De Prescripciones Técnicas
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. De manera general y sin perjuicio de las demás obligaciones que a cargo del Concesionario y en materia de Gestión Predial se detallan en el Contrato –tanto en la Parte General como en la Parte Especial– así como en el presente Apéndice, serán obligaciones del Concesionario:
(a) Conformar o contratar un grupo de profesionales de gestión predial, tanto para la elaboración de los insumos prediales como para el desarrollo de la enajenación voluntaria y la expropiación, que cumpla con perfiles adecuados en cuanto a idoneidad, competencia y experiencia en la adquisición de predios para proyectos de infraestructura, en zonas urbanas y rurales.
(b) Realizar la demarcación o materialización de los linderos del área a adquirir para el Proyecto, con base en la Ficha Predial definitiva.
(c) Una vez la ANI entregue al Concesionario el Corredor del Proyecto, éste se encargará de cercarlo de tal manera que exista uniformidad en la disposición y materiales a lo largo de todo el Corredor del Proyecto, cumpliendo en todo caso con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS.
(d) Una vez el Predio sea entregado por el propietario, realizar el cercado del área adquirida, bajo su propio costo y riesgo, de tal manera que al concluir el proceso de adquisición de los Predios, el corredor vial a lado y lado quede delimitado mediante una cerca que cumpla con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS. Las Áreas Remanentes adquiridas deberán ser incorporadas al Corredor del Proyecto, y por lo mismo incluidas en el cercado que del mismo se realice.
(e) Adelantar todas las demoliciones de la infraestructura y mejoras existentes en los Predios adquiridos para el Proyecto.
(f) Garantizar que los predios aledaños al corredor vial del proyecto queden con el acceso necesario que les permita su desarrollabilidad y funcionalidad, para lo cual deberá identificar en el diseño, las obras a desarrollar en el derecho de vía para el acceso a los predios aledaños.
(g) Recabar y entregar a la Interventoría el plan de adquisición de predios a que se refiere la Sección 4.1 de este Apéndice.
(h) Realizar las acciones necesarias para que, de acuerdo con la Ley Aplicable, los Predios a ser adquiridos sean declarados como de utilidad pública.La Concesión
(i) Elaborar El Concesionario será responsable de la ejecución completa y entregar oportuna del Contrato. Para tal efecto, el Concesionario deberá realizar por su cuenta y riesgo todas las acciones tendientes al cabal cumplimiento de este Contrato;
(ii) Mantener vigente la Garantía Única de Cumplimiento y las demás garantías que son exigidas en este Contrato, en los términos y condiciones previstos en este Contrato;
(iii) Abstenerse de modificar las cláusulas estatutarias del Concesionario que, según el Pliego, eran de obligatoria inclusión;
(iv) Abstenerse de permitir que los accionistas que hayan aportado su capacidad financiera para acreditar el cumplimiento de los requisitos financieros de la Licitación o hayan aportado su experiencia para acreditar el cumplimiento de los requisitos técnicos y de experiencia de la Licitación, cedan de cualquier forma su participación en el Concesionario salvo que medie autorización previa y expresa del Concedente;
(v) Atender las instrucciones del Interventor que se ajusten a la Interventoría ley y al contrato de acuerdo con lo establecido en el presente Contrato y suministrar al Interventor toda la documentación información sobre la Concesión, en las condiciones y términos establecidos en este Contrato;
(vi) Remitir al Interventor y al Concedente el dictamen del auditor externo o del revisor fiscal anualmente, a más tardar el treinta (30) xx xxxxx de Gestión Predial cada año, junto con los estados financieros del ejercicio anual anterior y las notas a los estados financieros;
(vii) Remitir al Interventor y al Concedente los estados financieros en forma trimestral, dentro de los quince (15) Días del mes siguiente a la finalización del periodo reportado;
(viii) Adoptar una organización administrativa idónea y adecuada para la ejecución del presente Contrato, y establecer mecanismos de control interno que garanticen la calidad de su gestión administrativa, de su información financiera y contable, y del servicio que se refiere preste;
(ix) Proporcionar el personal calificado para la Secciones 4.2 ejecución de la Concesión garantizando que: (a) el personal asignado cuenta con la experiencia y siguientes los conocimientos técnicos que se requieran para la adecuada ejecución de la Concesión; (b) el personal asignado es suficiente en términos de idoneidad para la ejecución de la Concesión; y, (c) que el personal asignado es suficiente en términos de cantidad y compromiso en tiempo teniendo en cuenta la estimación que de buena fe ha hecho el Concesionario para ejecutar la Concesión.
(x) Suministrar al Concedente y las autoridades de control y vigilancia del sector que sean competentes, toda la información que estas entidades requieran sobre el desarrollo del Contrato;
(xi) Pagar las multas establecidas en este ApéndiceContrato por el incumplimiento de las obligaciones a cargo del Concesionario;
(xii) Restituir y revertir el el Hotel Sochagota en los términos, condiciones y plazos previstos en el presente Contrato de Concesión;
(xiii) Tramitar y obtener todas las licencias y permisos necesarios para la ejecución de las Obras que en desarrollo de la Concesión se ejecuten en el evento de aplicar;
(xiv) Suscribir el Acta de Inicio de Ejecución, las Actas de Entrega, el Acta de Terminación, el Acta de Finalización de la Ejecución, las Actas de Verificación y los demás documentos previstos en este Contrato cuando se cumplan las condiciones previstas en el Contrato para que dicha suscripción deba hacerse;
(xv) No modificar el nombre del Hotel Sochagota. El nombre comercial pertenece y pertenecerá a la INFIBOY y el Concesionario lo explotará y utilizará en nombre de él. Sin perjuicio de lo anterior, al Concesionario le estará permitido anteponer o posponer al nombre “Hotel Sochagota” el nombre de la franquicia que represente o el del operador;
(xvi) Las partes podrán incluir durante los primeros tres (3) años contados desde el Acta de inicio de Ejecución del Contrato, otro u otros hoteles de propiedad de la entidad, para su operación, mantenimiento, mejoramiento, adecuación y/o construcción, previa renegociación del Contrato de concesión. En este caso, y si a ello hubiere lugar, el Concedente estará obligado, además, a pagar la totalidad de los impuestos, tasas y/o contribuciones que deba el o los inmuebles. Todo lo anterior, por supuesto, con estricta sujeción a las leyes aplicables.
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Samples: Concession Agreement
OBLIGACIONES GENERALES DEL CONCESIONARIO. De manera general y sin Sin perjuicio de las demás obligaciones que a cargo del Concesionario y lo señalado en materia otras Secciones de Gestión Predial se detallan este Apéndice, en otros Apéndices y/o en el Contrato –tanto en de Concesión, el Concesionario deberá cumplir con las siguientes obligaciones generales de carácter ambiental durante la Parte General como en la Parte Especial– así como en el presente Apéndice, serán obligaciones ejecución del ConcesionarioContrato:
(a) Conformar o contratar un grupo de profesionales de gestión predialDar, tanto para la elaboración de los insumos prediales como para el desarrollo de la enajenación voluntaria y la expropiación, que cumpla con perfiles adecuados en cuanto a idoneidad, competencia y experiencia en la adquisición de predios para proyectos de infraestructura, en zonas urbanas y rurales.
(b) Realizar la demarcación o materialización de los linderos del área a adquirir para el Proyecto, con base en la Ficha Predial definitiva.
(c) Una vez la ANI entregue al Concesionario el Corredor del Proyecto, éste se encargará de cercarlo de tal manera que exista uniformidad en la disposición y materiales a lo largo de todo el Corredor del Proyecto, cumpliendo en todo caso con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS.
(d) Una vez el Predio sea entregado por el propietario, realizar el cercado del área adquirida, bajo su propio costo entera cuenta y riesgo, estricto cumplimiento a la Ley Aplicable en materia ambiental respecto de tal manera que al concluir el proceso de adquisición de los Predios, el corredor vial a lado y lado quede delimitado mediante una cerca que cumpla con las especificaciones descritas en el Manual del INVIAS. Las Áreas Remanentes adquiridas deberán ser incorporadas al Corredor del Proyecto, y por lo mismo incluidas en el cercado que del mismo se realice.
(e) Adelantar todas las demoliciones de la infraestructura y mejoras existentes actividades a su cargo, incluyendo lo señalado en los Predios adquiridos para actos administrativos emitidos por las Autoridades Ambientales competentes en relación con el Proyecto.
(f. Sin perjuicio de lo señalado en la Sección 11.10(b) Garantizar que los predios aledaños al corredor vial del proyecto queden con el acceso necesario que les permita su desarrollabilidad Contrato y funcionalidad, para de lo cual deberá identificar establecido en el diseño, las obras a desarrollar en el derecho de vía para el acceso a los predios aledaños.
(g) Recabar y entregar a la Interventoría el plan de adquisición de predios a que se refiere la Sección 4.1 de este Apéndice, el cumplimiento de estas obligaciones por parte del Concesionario: (i) no generará compensación distinta de la derivada de la Retribución de la que trata la Sección 4.3 del Contrato; (ii) no le dará derecho a indemnización alguna a cargo de la ANI; (iii) ni será admitido per se como un Evento Eximente de Responsabilidad en relación con el cumplimiento de cualquiera de las demás obligaciones que adquiere el Concesionario en el Contrato de Concesión (salvo cuando respecto de la misma se configure lo señalado en el Contrato de Concesión para el efecto).
(b) Identificar, tramitar, obtener y/o modificar ante la Autoridad Ambiental y cumplir todos los Permisos Ambientales que se requieran para la ejecución de las labores a su cargo según el Contrato (incluyendo los asociados con el permiso de aprovechamiento forestal, ocupación de cauce, permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales —requerido para la manipulación y/o recolección de especies vegetales o animales—, autorización de zonas de disposición de material de excavación sobrantes —ZODMES—, levantamiento de veda de xxxxx xxxxxxxxx, imposición de medidas de manejo a los individuos de epífitas vasculares y no vasculares, según corresponda, y permisos a que hay lugar como producto de la consulta sustracción en áreas de reserva forestal u otras áreas protegidas de orden regional, o como resultado de cualquier consulta que deba ser elevada a la Autoridades Ambientales u otras Autoridades Estatales, como la UAESPNN, las Corporaciones Autónomas Regionales, Alcaldías Municipales con jurisdicción en el área del Proyecto y otros que pueda requerir la Autoridad Ambiental). Dentro de dichos Permisos Ambientales no se encuentra la eventual necesidad de obtener una Licencia Ambiental asociada específica y directamente con el alcance del Proyecto debido a un cambio de la Ley Aplicable o a una interpretación en tal sentido por parte de la Autoridad Ambiental competente, la cual, en los términos de la Sección 13.3 del Contrato de Concesión, es de responsabilidad de la ANI.
(c) Abstenerse de llevar a cabo actividad alguna cuya ejecución requiera de una Licencia y Permiso de carácter ambiental o de un PAGA antes de su no objeción u obtención, según corresponda.
(d) Elaborar, presentar a la ANI y al Interventor, dar seguimiento, cumplir y ajustar, de ser necesario, los PAGA requeridos por la Ley Aplicable y/o este Apéndice para las actividades a ser ejecutadas por el Concesionario, en los plazos y en las condiciones establecidas en la Secciones 5.2 y 6.2 de este Apéndice, en la Ley Aplicable y/o en el Contrato.
(e) Elaborar e implementar dentro de los noventa (90) Días siguientes a la Fecha de Inicio, a su entera cuenta y riesgo, un programa para el uso eficiente y ahorro de agua, en el marco de la Ley 373 de 1997, Decreto 1076 de 2015 (adicionado por el Decreto 1090 de 2018) y la resolución 1257 de 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o las normas que los sustituyan, complementen o deroguen, que formule proyectos específicos en este sentido cuya ejecución será obligación contractual del Concesionario, por lo cual deberá asumir todos los costos asociados con los mismos en términos de tiempo y recursos (humanos, técnicos y económicos).
(f) Además de las obligaciones ambientales que deberán ser cumplidas por el Concesionario durante toda la vigencia del Contrato de Concesión, éste deberá adoptar las medidas para prevenir, mitigar y controlar el Impacto Ambiental durante la ejecución de las Unidades Funcionales, el Dragado y demás actividades a su cargo, sin perjuicio de todas aquellas otras obligaciones de carácter ambiental contenidas en los Permisos Ambientales, los PAGA, la Ley Aplicable, y actos administrativos vinculantes de las Autoridades Ambientales u otras Autoridades Estatales.
(g) Sin perjuicio de la imposición de las sanciones y mecanismos de apremio establecidos en el Contrato, el Concesionario será responsable de los pendientes y pasivos originados por la inadecuada ejecución de la Gestión Ambiental, la ejecución defectuosa o inejecución de las obligaciones establecidas en los Permisos Ambientales, este Contrato, la Ley Aplicable, y/o cualquier otro documento y/o requisito exigido por la Ley Aplicable de carácter ambiental. Así también, será responsable de cualquier sanción impuesta por la Autoridad Ambiental en el marco del Proyecto (incluyendo, de ser el caso, respecto del cumplimiento de la Licencia Ambiental de la que trata la Sección 13.3(b) del Contrato de Concesión).
(h) Realizar las acciones necesarias para que, de acuerdo Presentar todos los documentos relacionados con la Gestión Ambiental establecidos por la Ley Aplicable, el Contrato y/o este Apéndice, así como los Predios que le sean solicitados por las Autoridades Ambientales, la Interventoría y la ANI dentro de los plazos establecidos y con el alcance y nivel de detalle que le sean fijados por cada una de ellas. En todo caso, y sin perjuicio de lo señalado en este Apéndice para trámites específicos, toda información o documento que el Concesionario radique ante una Autoridad Ambiental o terceros debe ser remitido a ser adquiridos sean declarados como la ANI y la Interventoría, dentro de utilidad públicalos dos (2) Días siguientes a su radicación. Adicionalmente, el Concesionario debe enviar a la ANI y a la Interventoría todo documento que reciba de la Autoridad Ambiental o terceros en relación con la Gestión Ambiental, dentro de los dos (2) Días siguientes a su recepción.
(i) Elaborar Atender las disposiciones de la Ley Aplicable para residuos de aparatos eléctricos y entregar electrónicos (RAEE), generación de vertimientos, residuos peligrosos (RESPEL), residuos domésticos e industriales, sin limitarse a ellos, los cuales están asociados a la Interventoría la documentación construcción y/u operación de Gestión Predial a que se refiere la Secciones 4.2 las obras, centro de control de operaciones, demás infraestructura/instalaciones asociadas al Proyecto, y siguientes de este Apéndiceel Dragado.
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Samples: Contrato De Concesión