CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN. Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación del concurso, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 86 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, serán los señalados en la cláusula 5ª xxx Xxxxxx de prescripciones técnicas.
CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN. Criterio para aquellas ofertas que no contengan pago de precio aplazado. Pago del precio total.- de 0 a 7 puntos. Explicación del criterio, se otorga una puntuación de hasta 7 puntos puesto que el Ayuntamiento valora considerablemente que el precio no se aplace, por lo tanto este criterio, el del mejor precio, sólo se aplicará a aquellos licitadores que no lo aplacen puntuándose con 7 puntos al mayor precio ofertado y los siguientes mediante una regla de tres simple inversa. Criterio para aquellas ofertas que contengan precio aplazado Pago del precio aplazado.- de 0 a 3 puntos. Explicación del criterio, para los licitadores cuya oferta contenga un pago del precio aplazado la aplicación será la siguiente: De 0 a 1 punto; mejor precio de entre los ofertados De 0 a 2 puntos; mejores condiciones de aplazamiento, que se determinarán exclusivamente en función del menor plazo, operando de la siguiente forma, se otorgarán 2 puntos a la oferta cuyo periodo de aplazamiento sea menor en plazo, contándose en meses, y los siguientes mediante una regla de tres simple inversa. Razonamiento de los criterios para su debida comprensión: El Ayuntamiento valora que el pago se haga al contado, por ello si hubiera una única oferta que contuviera el pago al contado obtendría 7 puntos y por lo tanto se le adjudicaría el contrato de compra-venta aunque hubiera otras incluso con mejor precio que contuvieran el pago del precio aplazado. Para el caso de que no hubiera ninguna oferta que contuviera el pago del precio al contado, el Ayuntamiento siga dando más valor al hecho de que el pago en su totalidad se realice lo antes posible, por eso el criterio que valora el menor tiempo de aplazamiento se valora el doble que, dentro de las ofertas con pago aplazado aquellas que tuvieran mayor precio puesto que, y esto resulta una obviedad las ofertas con pago aplazado deben contener el precio total y el periodo de aplazamiento.
CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN. Las ofertas se evaluarán atendiendo únicamente al precio más bajo.
CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN. El órgano de contratación acordará la adjudicación del contrato atendiendo a los siguientes criterios, valorables por aplicación de fórmula matemática, y por juicio de valor, establecidos por orden decreciente de importancia y con su ponderación relativa con respecto al índice de 100 puntos atribuibles como máximo a cada licitador según se acredita en el informe justificativo de la necesidad e idoneidad del contrato.
CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN. El órgano de contratación acordará la adjudicación del contrato atendiendo a los siguientes criterios, valorables por aplicación de fórmula matemática, y por juicio de valor, establecidos por orden decreciente de importancia y con su ponderación relativa con respecto al índice de 100 puntos atribuibles como máximo a cada licitador según se acredita en el informe justificativo de la necesidad e idoneidad del contrato.
15.1.1 Criterios valorables por aplicación de fórmula matemática. (máximo 51 puntos) Mayor porcentaje de baja ofertado para el precio unitario base de licitación referido al coste unitario €/m2 de superficie objeto de contrato para el servicio de limpieza (IGIC excluido) calculado conforme a lo descrito en la cláusula 4 de este pliego (máximo 40 puntos) Mayor número de horas ofertado como mejora sin coste económico para el Ayuntamiento para ser destinado por éste a limpieza en otras dependencias no objeto de contrato, u otras limpiezas dentro de las mismas instalaciones objeto de contrato; referidas a cada anualidad de ejecución hasta un máximo de 10.000 horas al año (máximo 11 puntos)
15.1.2 Criterios valorables mediante juicio de valor. (máximo 49 puntos) Plan de ejecución de los servicios ofertados: hasta 25 puntos Maquinaria y medios materiales que oferte adscribir al servicio: hasta 14 puntos Características y composición del equipo de trabajo: hasta 10 puntos El criterio que determine la adjudicación se basará en la puntuación obtenida por la aplicación del baremo del presente apartado. De este modo, la adjudicación se realizará a la oferta más ventajosa para la administración, sin perjuicio de que la mesa de contratación pueda proponer al órgano de contratación declarar desierta la adjudicación. En caso de empate entre dos o más ofertas se resolverá a favor de:
a) La propuesta presentada por una empresa que tenga en su plantilla personas discapacitadas, de acuerdo con el apartado 1º de la Disposición Adicional Cuarta TRLCSP.
CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN. 1.-Mejor oferta económica de 0 a 40 puntos, de acuerdo a la siguiente fórmula: Criterios cuantificables automáticamente Si Bi < ó = 10 Pi= 3,2 * Bi Si Bi > 10 Pi= 2 * (19 + [(Bi-10) / (Bmax -10)] ) Siendo Bi: Baja, en tanto por cien, de la oferta “i”. Pi: Valoración obtenida por la oferta “i” de acuerdo con la baja realizada. Bmax: Baja máxima, en tanto por cien, de las ofertas admitidas. La puntuación otorgada a la oferta económica se situará entre 0 y 40 puntos, según el importe de la oferta recibida y en aplicación de la fórmula anteriormente expuesta. Sólo serán valoradas las ofertas comprendidas entre el precio máximo y el 70% del precio máximo establecido para la licitación. Por debajo del 70% del precio máximo establecido, las ofertas serán consideradas anormales o desproporcionadas. Criterios cuya ponderación o valoración dependan de un juicio de valor 2.-Plan de gestión de las piscinas o memoria de la actividad máximo 20 puntos Deberá indicarse en la misma como mínimo: -Recursos personales, con expresión de la dedicación, número de trabajadores por dedicación, funciones, recursos... -Recursos materiales para la gestión de la instalación. -Programa de mantenimiento higiénico sanitario de la piscina. -Información relativa a la prestación y organización del servicio. -Controles objeto de realización. 3.-Mejora y ampliación de plazos y horarios de apertura propuestos sobre los mínimos exigidos por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx máximo 10 puntos. .
CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN. El único criterio valorable de forma objetiva a considerar para la adjudicación del contrato será el de su precio. A tal efecto, el carácter desproporcionado o anormal de las ofertas podrá apreciarse de acuerdo con los parámetros establecidos en el art. 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 150 del TRLCSP, la adjudicación se efectuará a la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta, solamente, las ofertas válidas y los criterios directamente vinculados al objeto del contrato, que se enumeran en esta cláusula. La puntuación máxima que la Mesa puede otorgar y que cada una de las ofertas presentadas puede obtener es de 100 puntos, de los cuales el 35% corresponden a criterios evaluables aplicando juicio de valor y el 65% a criterios mediante la aplicación de fórmula matemática, según se detalla a continuación:
20.1.- Criterios cuya evaluación precisa aplicar juicio de valor, hasta un máximo de 35 puntos, con la siguiente distribución: a).-Instalaciones para el depósito y custodia de vehículos hasta 20 puntos. La puntuación se otorgará teniendo en cuenta la idoneidad y características del local ofertado, superficie, ubicación y propiedad, obteniendo, la máxima puntuación, la oferta que más se adecúe al criterio establecido, puntuando las restantes ofertas proporcionalmente.
CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN. Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación, serán los siguientes:
1.- Destino del establecimiento además de a bar, a bar-restaurante. Se valorará en 30 puntos.
2.- Mayor renta ofrecida. Se valorará en 30 puntos.
3.- Conocimientos de euskera por parte del adjudicatario y el resto del personal que va a atender el negocio. Se valorará en 30 puntos
4.- Mejor proyecto de explotación del inmueble arrendado (personal y medios puestos al servicio del establecimiento). Se tendrá en cuenta, el número de personal que atenderá la explotación, su cualificación, los medios materiales que se aportarán al negocio, además de los ya existentes en el inmueble, así como las mejoras en la explotación de la actividad hostelera, entre otras, en el horario de apertura y cierre del establecimiento, (siempre respetando la normativa de horarios de establecimientos públicos). Este apartado se valorará en 10 puntos
CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN. De acuerdo con el artículo 150 xx Xxx 30/2007, de 30 de octubre, las ofertas se valorarán hasta un máximo de 51 puntos, aplicando los siguientes criterios: