Obras y/o servicios. 24.2.1. El Proveedor deberá conocer todos los requisitos y normativa legal e interna que le apliquen para realizar los trabajos. 24.2.2. El Proveedor garantizará, y en su caso acreditará, que el personal que va a desarrollar los trabajos objeto del Contrato, posee o recibe la adecuada formación teórico-práctica para ello y especialmente, la necesaria para garantizar su correcto comportamiento medioambiental y reducir el riesgo de un incidente con repercusiones ambientales. La formación incluirá las obligaciones que para ellos se deriven de los documentos del sistema de gestión medioambiental, en caso de que exista uno implantado o en implantación, como es común en los diferentes negocios de ENEL. 24.2.3. El Proveedor dotará a su personal de los medios necesarios para que los trabajos puedan realizarse respetando el medio ambiente. Asimismo, se obliga a cumplir todos los requisitos legales que le sean de aplicación, así como los derivados del sistema de gestión medioambiental, en caso de que haya uno implantado en la instalación objeto del Contrato. 24.2.4. El Proveedor responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, como consecuencia de la realización de los trabajos, reservándose ENEL el derecho de hacer recaer sobre el Proveedor las acciones y los gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones en materia medioambiental. El Proveedor adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de toda la legislación medioambiental vigente que le sea de aplicación a los trabajos y restaurará el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicable. 24.2.5. El Proveedor elaborará un plan de prevención de riesgos y contingencias medioambientales derivada de los trabajos a realizar, que entregará a ENEL cuando así se le requiera, y para evitar cualquier incidente, adoptará las medidas preventivas oportunas para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente de aplicación, así como las que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental, tales como: 24.2.6. El jefe de obra del Proveedor será responsable de la vigilancia y el cumplimiento de los procedimientos, pudiendo designar a otra persona para realizar la tarea, notificando al técnico de ENEL supervisor del trabajo, sus datos de identificación, quien podrá transmitirle instrucciones específicas medioambientales para el trabajo a desarrollar. 24.2.7. El Proveedor se compromete a informar inmediatamente al técnico de ENEL supervisor de los trabajos, sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca durante la ejecución de los mismos, estando obligado a presentar un informe escrito del hecho y sus causas. 24.2.8. En caso de que se produzca un incidente medioambiental, cualquiera que sea, el Proveedor se compromete a cumplir con las instrucciones del técnico de ENEL, supervisor de los trabajos. 24.2.9. Ante un incumplimiento de cualquiera de las presentes cláusulas, el técnico de ENEL, supervisor de los trabajos podrá paralizarlos, haciéndose cargo el Proveedor de las pérdidas ocasionadas y en cualquier caso, el incumplimiento de las obligaciones relativas al mantenimiento de la zona de trabajo, determinará el que se deduzca de la facturación el cargo por los gastos ocasionados más el 10% de los mismos en concepto de penalización. El Proveedor acepta aplicar estas especificaciones a todas las obras o servicios que tenga que realizar en cualquier instalación de ENEL o de terceros.
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Samples: Anexo v Perú, Anexo v Perú
Obras y/o servicios. 24.2.1. El Proveedor deberá conocer todos los requisitos y normativa legal e interna que le apliquen para realizar los trabajos.
24.2.2. El Proveedor PROVEEDOR/ CONTRATISTA garantizará, y en su caso acreditará, que el personal que va a desarrollar los trabajos objeto del Contrato, contrato posee o recibe la adecuada formación teórico-teórico- práctica para ello y especialmente, cumplir la necesaria para garantizar su correcto comportamiento normativa medioambiental y reducir el riesgo de un incidente con repercusiones ambientalesmedioambientales. La formación incluirá las obligaciones que para ellos se deriven de los documentos y protocolos del sistema Sistema de gestión medioambientalGestión Ambiental, en caso de que exista uno implantado o en implantación, como es común en los diferentes negocios de ENEL.
24.2.3VIESGO. El Proveedor PROVEEDOR/ CONTRATISTA dotará a su personal de los medios necesarios para que los trabajos puedan realizarse respetando el medio ambiente. Asimismo, se obliga a cumplir medioambiente y cumpliendo todos los requisitos legales que le sean de aplicación, así como los derivados del sistema Sistema de gestión medioambientalGestión Ambiental, en caso de que haya uno implantado o en la instalación objeto del Contrato.
24.2.4implantación. El Proveedor PROVEEDOR/ CONTRATISTA responderá de cualquier incidente medioambiental que haya causado, sea por él causadoacción u omisión, como consecuencia de la realización de los trabajostrabajos objeto del Contrato o Pedido, reservándose ENEL el derecho y estará obligado a la restauración y/o indemnización de hacer recaer sobre el Proveedor las acciones y los gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones en materia medioambientaldaños ocasionados. El Proveedor adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento PROVEEDOR/ CONTRATISTA estará obligado a reintegrar a VIESGO de toda la legislación forma inmediata cualquier gasto, sanción o indemnización que de un incidente medioambiental vigente que le sea de aplicación a los trabajos y restaurará el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicable.
24.2.5hubiese sido derivada. El Proveedor PROVEEDOR/ CONTRATISTA elaborará un plan de prevención de riesgos y contingencias medioambientales derivada derivadas de los trabajos a realizar, que entregará a ENEL VIESGO cuando así se le requiera, que incluirá las medidas de actuación en caso de ocurrencia de un incidente con objeto de minimizar las consecuencias del mismo, y para evitar cualquier incidente, adoptará las medidas preventivas oportunas para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente de aplicación, así como las que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental, tales como:
24.2.6: Almacenar y manejar adecuadamente productos químicos y mercancías o residuos tóxicos y peligrosos, disponiendo por separado productos químicos incompatibles entre sí y evitando la mezcla de residuos. Señalizar claramente las zonas y los residuos con especial impacto ambiental. Prevenir fugas, derrames y contaminación de suelos, arquetas o cauces. Prohibir a sus empleados la realización de fuegos, baldeos o abandonos incontrolados. Prevenir las emisiones de polvo u otras sustancias en el transporte de materiales. Deberá observar especialmente la prohibición de realizar cualquier tipo de vertido incontrolado, así como del abandono de cualquier tipo de residuo en la zona abarcada por el desarrollo de las obras o servicios contratados, que deberá procurarse que permanezca limpia y ordenada en lo posible durante cada jornada de trabajo y en especial al finalizar la misma, teniendo además que cumplir lo especificado en los procedimientos medioambientales del Sistema de Gestión Ambiental, que le sean de aplicación a los trabajos a ejecutar, en caso de existir uno implantado o en curso de implantación. Para segregar adecuadamente cada residuo, el PROVEEDOR/ CONTRATISTA deberá colocar un número suficiente de contenedores, con cierre, señalizados y en buen estado, en el lugar de los trabajos, cuando como consecuencia de los mismos se generen residuos, los cuales deberá gestionar posteriormente de manera conveniente, mediante gestor autorizado y de acuerdo con la legislación. El jefe PROVEEDOR/ CONTRATISTA entregará a VIESGO cuando se lo solicite, copia de los documentos de transporte, gestión y eliminación de los residuos según aplique la normativa, así como de las autorizaciones que habilitan a los transportistas y gestores utilizados. Una vez concluidas todas las obras o servicios encargados, el PROVEEDOR/ CONTRATISTA está obligado a dejar limpia y libre de restos la zona de trabajo, retirando al finalizar la obra todos los escombros, envases, embalajes, basuras, chatarra, y todo tipo de residuos generados, que allí permanezcan, siendo de su cuenta y cargo la recogida, transporte y gestión autorizada de los mismos. Asimismo, adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que le sea de aplicación a los citados trabajos. El representante del Proveedor PROVEEDOR/ CONTRATISTA en el lugar de trabajo será responsable de la vigilancia y el cumplimiento de los procedimientos, pudiendo designar a otra persona para realizar la tarea, notificando al técnico de ENEL VIESGO supervisor del trabajo, sus datos de identificación, quien podrá transmitirle instrucciones específicas medioambientales para el trabajo a desarrollar.
24.2.7. El Proveedor PROVEEDOR/ CONTRATISTA se compromete a informar inmediatamente al técnico de ENEL VIESGO supervisor de los trabajos, sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca durante la ejecución de los mismos, estando obligado a presentar un informe escrito del hecho hecho, sus causas y sus causas.
24.2.8las medidas preventivas asociadas a las mismas que proponga, estando obligado a tomar en consideración las propuestas por parte de VIESGO para evitar la ocurrencia de un incidente similar. En caso de que se produzca un incidente medioambiental, cualquiera que sea, el Proveedor PROVEEDOR/ CONTRATISTA cumplirá lo establecido en su plan de prevención de riesgos y contingencias medioambientales mencionado anteriormente, y se compromete a cumplir con las instrucciones del técnico de ENEL, VIESGO supervisor de los trabajos.
24.2.9trabajos si tuviera algún comentario al respecto. Los medios materiales y humanos previstos serán por cuenta del PROVEEDOR/ CONTRATISTA, quedando obligado a adoptar cuantos medios VIESGO estime oportuno con el fin de minimizar las consecuencias potenciales de los incidentes que se puedan producir a consecuencia de su trabajo. Ante un incumplimiento de cualquiera de las presentes cláusulascláusulas o ante cualquier praxis que suponga un riesgo grave e inminente para el medioambiente a criterio de VIESGO, el técnico de ENELVIESGO, supervisor de los trabajos podrá paralizarlos, haciéndose cargo el Proveedor PROVEEDOR/ CONTRATISTA de las pérdidas ocasionadas y en cualquier caso, el incumplimiento de las obligaciones relativas al mantenimiento de la zona de trabajo, determinará el que se deduzca de la facturación el cargo por los gastos ocasionados más el 10% de los mismos en concepto de penalizacióngastos de gestión. El Proveedor PROVEEDOR/ CONTRATISTA acepta aplicar estas especificaciones a todas las obras o servicios que tenga que realizar en cualquier instalación de ENEL VIESGO o de terceros.
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Obras y/o servicios. 24.2.1. El Proveedor PROVEEDOR deberá conocer todos los requisitos y normativa legal e interna que le apliquen normas de aplicación para realizar el trabajo y conservar las pruebas que evidencien el cumplimiento de los trabajosmismos.
24.2.2. El Proveedor PROVEEDOR garantizará, y en su caso acreditará, que el personal que va a desarrollar los trabajos objeto del Contrato, posee o recibe la adecuada formación teórico-práctica para ello y especialmente, la necesaria para garantizar su correcto comportamiento medioambiental y reducir el riesgo de un incidente con repercusiones ambientales. La formación incluirá las obligaciones que para ellos se deriven de los documentos del sistema Sistema de gestión medioambientalGestión Ambiental, en caso las normas técnicas y de que exista uno implantado o en implantación, como es común en aplicación legal y las restricciones y los diferentes negocios requisitos de ENELlicencia y autorizaciones.
24.2.3. El Proveedor PROVEEDOR dotará a su personal de los medios necesarios para que los trabajos puedan realizarse respetando el medio ambienteMedio Ambiente y de acuerdo con las normas y requisitos aplicables. Asimismo, se obliga a cumplir todos los requisitos legales que le sean de aplicaciónxxxx xx xxxxxxxxxx, así como los derivados del sistema Sistema de gestión medioambientalGestión Medioambiental, en caso de que haya uno implantado en la instalación objeto del Contrato.
24.2.4. O El Proveedor PROVEEDOR responderá por cualquier accidente o daño ambiental causado por sus actividades, sea por dolo, culpa o caso fortuito. De esta forma el PROVEEDOR debe tratar la gestión integral del riesgo de sus actividades y responsabilizarse por recuperar y reparar cualquier incidente medioambiental daño causado por él causado, como consecuencia de las mismas. Se incluyen las actividades efectuadas directa o indirectamente por el PROVEEDOR para la realización de los servicios contratados para el cumplimiento de los trabajos, reservándose . ENEL se reserva el derecho de hacer recaer sobre el Proveedor las responsabilizar al PROVEEDOR por acciones y los gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones la misma realice en materia medioambientalambiental en los ámbitos administrativos, civil y criminal, por daños causados al medio ambiente, conforme con las definiciones anteriores. El Proveedor PROVEEDOR adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de toda la legislación medioambiental vigente que le sea de aplicación ambiental vigente, nacional, estatal y municipal, aplicable a los trabajos y restaurará reparará el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento sus actividades, aunque estas sean conformes con las normativas de aplicación, con la normativa vigente que le legislación brasileña y con la gestión integral del riesgo de actividades, y el daño sea aplicableatribuible a un caso fortuito o motivo de fuerza mayor.
24.2.5. El Proveedor PROVEEDOR elaborará un plan de prevención de riesgos y contingencias medioambientales derivada de los trabajos a realizar, que entregará a ENEL cuando así se le requiera, y para evitar cualquier incidente, adoptará las medidas preventivas oportunas para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente de aplicación, así como las que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental, tales como:: Almacenar y manejar adecuadamente productos químicos y mercancías o residuos tóxicos y peligrosos, disponiendo por separado productos químicos incompatibles entre sí y evitando la mezcla de residuos. Señalizar claramente las zonas y los residuos con especial impacto ambiental. Prevenir fugas, derrames y contaminación de suelos, arquetas o cauces. Prohibir a sus empleados la realización de fuegos, baldeos o abandonos incontrolados. Prevenir las emisiones de polvo u otras sustancias en el transporte de materiales. Deberá respetar especialmente la prohibición de efectuar cualquier tipo de descarga no controlada, de abandonar cualquier tipo de residuo en el área afectada por las obras o servicios contratados, y deberá ocuparse de mantenerla limpia y organizada dentro de lo posible en cada jornada laboral y especialmente al finalizar el trabajo, debiendo también cumplir las especificaciones incluidas en el Sistema de Gestión Ambiental y las disposiciones de los Planos básicos ambientales registrados en los organismos ambientales competentes o equivalentes, aplicables a los trabajos que se ejecutarán, en el caso de que no exista uno en las instalaciones objeto del Contrato. Para separar adecuadamente cada tipo de residuo, el PROVEEDOR deberá tener un número suficiente de cubos, conformes a las normas vigentes, cerrados, señalizados y en buen estado, en los puestos de trabajo. Los residuos generados se deben recoger y acondicionar conforme a las normas vigentes. Se deben transportar como lo indican las normas legales aplicables hasta los receptores autorizados. El PROVEEDOR entregará a ENEL, cuando la empresa lo solicite, copia de los documentos de transporte y destino de los residuos, conforme a las normas aplicables, acompañados de las licencias y autorizaciones que habilitan a los transportistas y a los receptores utilizados. Al finalizar todos los servicios o las obras contratadas, el PROVEEDOR está obligado a dejar el área de trabajo limpia y libre, reparando las zonas degradadas conforme a las obligaciones contraídas con el organismo ambiental, retirando los escombros, los embalajes, los bultos, las bolsas, la chatarra y todo tipo de residuos generados que se encuentren en el sitio, quedando por su cuenta y cargo la recolección, el transporte y el envío adecuado de los mismos a destino. Las áreas deben ser recuperadas desarmando las estructuras temporarias a medida que ya no se utilicen, debiendo el PROVEEDOR promover la protección del área (cercado) para garantizar el crecimiento de la vegetación utilizada para su recuperación.. Asimismo, el PROVEEDOR, adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que le sea de aplicación a los citados trabajos.
24.2.6. El jefe Jefe de obra Obra del Proveedor PROVEEDOR será responsable de la vigilancia y el cumplimiento de los procedimientos, pudiendo designar a otra persona para realizar la tarea, notificando al técnico de ENEL supervisor del trabajo, sus datos de identificación, quien podrá transmitirle instrucciones específicas medioambientales para el trabajo a desarrollar.
24.2.7. El Proveedor PROVEEDOR se compromete a informar inmediatamente al técnico de ENEL supervisor de los trabajos, sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca durante la ejecución de los mismos, estando obligado a presentar un informe escrito del hecho y sus causas.
24.2.8. En caso de que se produzca un incidente medioambiental, cualquiera que sea, el Proveedor PROVEEDOR se compromete a cumplir con las instrucciones del técnico de ENEL, supervisor de los trabajos.
24.2.9. Ante un El técnico que supervisa los servicios de ENEL podrá cesar los servicios si constata cualquier incumplimiento de cualquiera de las presentes cláusulascontractual, en cuyo caso el técnico de ENEL, supervisor de los trabajos podrá paralizarlos, haciéndose cargo el Proveedor PROVEEDOR será responsable de las pérdidas ocasionadas y en cualquier caso, el daños ocasionados por dicho cese. El incumplimiento de las obligaciones relativas al relacionadas con el mantenimiento del lugar de la zona realización de trabajo, determinará el que se deduzca los servicios tendrá como consecuencia una retención de la facturación el cargo por del PROVEEDOR de aquellas cantidades que resulten de los gastos ocasionados más el perjuicios ocasionados, aplicándose además una multa no compensatoria del 10% de los mismos en concepto de penalización. El Proveedor acepta aplicar estas especificaciones a todas las obras o servicios que tenga que realizar en cualquier instalación de ENEL o de terceros(diez por ciento) calculada sobre el valor total del perjuicio.
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Samples: Purchase Agreement
Obras y/o servicios. 24.2.1. 24.2.1 El Proveedor deberá conocer y verificar que su personal conoce, comprende y ejecuta todos los requisitos y normativa legal e interna en relación con la protección ambiental, la eficiencia energética y la calidad ambiental en interiores que le apliquen sean de aplicación, para realizar los trabajos.
24.2.2. 24.2.2 El Proveedor garantizará, y en su caso acreditará, que el personal que va a desarrollar los trabajos objeto del Contrato, posee o recibe la adecuada formación teórico-teórico- práctica para ello y especialmentey, especialmente la necesaria para garantizar su correcto comportamiento medioambiental y reducir el riesgo de un incidente con repercusiones ambientales. La formación incluirá las obligaciones que para ellos se deriven de los documentos del sistema de gestión medioambientallos Sistemas de Gestión Ambiental, en caso de que exista uno implantado o en implantación, como es común en los diferentes negocios de ENEL.
24.2.3. 24.2.3 El Proveedor dotará a su personal de los medios necesarios para que los trabajos puedan realizarse respetando el medio ambienteMedio Ambiente. Asimismo, se obliga a cumplir todos los requisitos legales que le sean de aplicación, así como los derivados del sistema de gestión medioambientallos Sistemas de Gestión Medioambiental, en caso de que se haya uno implantado alguno en la instalación objeto del Contrato.
24.2.4. 24.2.4 El Proveedor responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, como consecuencia de la realización de los trabajos, reservándose ENEL el derecho de hacer recaer sobre el Proveedor y deberá afrontar todas las acciones y los gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones en materia medioambiental. El Proveedor adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de toda la legislación medioambiental vigente aplicable en estos ámbitos, nacional, provincial y municipal que le sea de aplicación a los trabajos y restaurará el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicablemisma.
24.2.5. 24.2.5 El Proveedor elaborará un plan de prevención de riesgos y contingencias medioambientales derivada de los trabajos a realizar, que entregará a ENEL cuando así se le requiera, y para evitar cualquier incidente, adoptará las medidas preventivas oportunas para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente de aplicación, así como las que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental, tales como:
24.2.6: Almacenar y manejar adecuadamente productos químicos y mercancías o residuos tóxicos y peligrosos, disponiendo por separado productos químicos incompatibles entre sí y evitando la mezcla de residuos. Señalizar claramente las zonas y los residuos con especial impacto ambiental. Prevenir fugas, derrames y contaminación de suelos, arquetas o cauces. Prohibir a sus empleados la realización de fuegos, baldeos o abandonos incontrolados. Prevenir las emisiones de polvo u otras sustancias en el transporte de materiales. Deberá observar especialmente la prohibición de realizar cualquier tipo de vertido incontrolado, así como del abandono de cualquier tipo de residuo en la zona abarcada por el desarrollo de las obras o servicios contratados, que deberá procurarse que permanezca limpia y ordenada en lo posible durante cada jornada de trabajo y en especial al finalizar la misma, teniendo además que cumplir lo especificado en los procedimientos del Sistema de Gestión Medioambiental, que le sean de aplicación a los trabajos a ejecutar, en caso de existir uno implantado en las instalaciones objeto del Contrato. Para segregar adecuadamente cada residuo, el Proveedor deberá colocar un número suficiente de contenedores, con cierre, señalizados y en buen estado, en el lugar de los trabajos, cuando como consecuencia de los mismos se generen residuos, los cuales deberá gestionar posteriormente de manera conveniente, mediante gestor autorizado y de acuerdo con la legislación. El jefe Proveedor entregará a ENEL cuando se lo solicite, copia de los documentos de transporte, gestión y eliminación de los residuos según aplique la normativa, así como de las autorizaciones que habilitan a los transportistas y gestores utilizados. Una vez cumplimentadas todas las obras o servicios encargados, el Proveedor está obligado a dejar limpia y libre de restos la zona de trabajo, retirando al finalizar la obra todos los escombros, envases, embalajes, basuras, chatarra, y todo tipo de residuos generados, que allí permanezcan, siendo de su cuenta y cargo la recogida, transporte y gestión autorizada de los mismos. Asimismo, adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que le sea de aplicación a los citados trabajos.
24.2.6 El Jefe de Obra del Proveedor será responsable de la vigilancia y el cumplimiento de los procedimientos, pudiendo designar a otra persona para realizar la tarea, notificando al técnico de ENEL supervisor del trabajo, sus datos de identificación, quien podrá transmitirle instrucciones específicas medioambientales para el trabajo a desarrollar.
24.2.7. 24.2.7 El Proveedor se compromete a informar inmediatamente al técnico de ENEL supervisor de los trabajos, sobre cualquier incidente medioambiental ambiental que se produzca durante la ejecución de los mismos, estando obligado a presentar un informe escrito del hecho y sus causas.
24.2.8. 24.2.8 En caso de que se produzca un incidente medioambiental, cualquiera que sea, el Proveedor se compromete a cumplir con las instrucciones del técnico de ENEL, supervisor de los trabajos.
24.2.9. Ante un incumplimiento de cualquiera de las presentes cláusulas, el técnico de ENEL, supervisor de los trabajos podrá paralizarlos, haciéndose cargo el Proveedor de las pérdidas ocasionadas y en cualquier caso, el incumplimiento de las obligaciones relativas al mantenimiento de la zona de trabajo, determinará el que se deduzca de la facturación el cargo por los gastos ocasionados más el 10% de los mismos en concepto de penalización. El Proveedor acepta aplicar estas especificaciones a todas las obras o servicios que tenga que realizar en cualquier instalación de ENEL o de terceros.
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Samples: Supply and Service Agreement
Obras y/o servicios. 24.2.1. 24.2.1 El Proveedor PROVEEDOR deberá conocer y verificar que su personal conoce, comprende y ejecuta todos los requisitos y normativa legal e interna en relación con la protección ambiental, la eficiencia energética y la calidad ambiental en interiores que le apliquen sean de aplicación, para realizar los trabajos.
24.2.2. 24.2.2 El Proveedor PROVEEDOR garantizará, y en su caso acreditará, que el personal que va a desarrollar los trabajos objeto del Contrato, posee o recibe la adecuada formación teórico-práctica para ello y especialmentey, especialmente la necesaria para garantizar su correcto comportamiento medioambiental y reducir el riesgo de un incidente con repercusiones ambientales. La formación incluirá las obligaciones que para ellos se deriven de los documentos del sistema de gestión medioambientallos Sistemas de Gestión Ambiental, en caso de que exista uno implantado o en implantación, como es común en los diferentes negocios de ENEL.
24.2.3. 24.2.3 El Proveedor PROVEEDOR dotará a su personal de los medios necesarios para que los trabajos puedan realizarse respetando el medio ambienteMedio Ambiente. Asimismo, se obliga a cumplir todos los requisitos legales que le sean de aplicación, así como los derivados del sistema de gestión medioambientallos Sistemas de Gestión Medioambiental, en caso de que se haya uno implantado alguno en la instalación objeto del Contrato.
24.2.4. 24.2.4 El Proveedor PROVEEDOR responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, como consecuencia de la realización de los trabajos, reservándose ENEL el derecho de hacer recaer sobre el Proveedor y deberá afrontar todas las acciones y los gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones en materia medioambiental. El Proveedor PROVEEDOR adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de toda la legislación medioambiental vigente aplicable en estos ámbitos, nacional, provincial y municipal que le sea de aplicación a los trabajos y restaurará el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicablemisma.
24.2.5. 24.2.5 El Proveedor PROVEEDOR elaborará un plan de prevención de riesgos y contingencias medioambientales derivada de los trabajos a realizar, que entregará a ENEL cuando así se le requiera, y para evitar cualquier incidente, adoptará las medidas preventivas oportunas para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente de aplicación, así como las que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental, tales como:
24.2.6: • Almacenar y manejar adecuadamente productos químicos y mercancías o residuos tóxicos y peligrosos, disponiendo por separado productos químicos incompatibles entre sí y evitando la mezcla de residuos. • Señalizar claramente las zonas y los residuos con especial impacto ambiental. • Prevenir fugas, derrames y contaminación de suelos, arquetas o cauces. • Prohibir a sus empleados la realización de fuegos, baldeos o abandonos incontrolados. • Prevenir las emisiones de polvo u otras sustancias en el transporte de materiales. • Deberá observar especialmente la prohibición de realizar cualquier tipo de vertido incontrolado, así como del abandono de cualquier tipo de residuo en la zona abarcada por el desarrollo de las obras o servicios contratados, que deberá procurarse que permanezca limpia y ordenada en lo posible durante cada jornada de trabajo y en especial al finalizar la misma, teniendo además que cumplir lo especificado en los procedimientos del Sistema de Gestión Medioambiental, que le sean de aplicación a los trabajos a ejecutar, en caso de existir uno implantado en las instalaciones objeto del Contrato. • Para segregar adecuadamente cada residuo, el PROVEEDOR deberá colocar un número suficiente de contenedores, con cierre, señalizados y en buen estado, en el lugar de los trabajos, cuando como consecuencia de los mismos se generen residuos, los cuales deberá gestionar posteriormente de manera conveniente, mediante gestor autorizado y de acuerdo con la legislación. El jefe PROVEEDOR entregará a ENEL cuando se lo solicite, copia de los documentos de transporte, gestión y eliminación de los residuos según aplique la normativa, así como de las autorizaciones que habilitan a los transportistas y gestores utilizados. • Una vez cumplimentadas todas las obras o servicios encargados, el PROVEEDOR está obligado a dejar limpia y libre de restos la zona de trabajo, retirando al finalizar la obra todos los escombros, envases, embalajes, basuras, chatarra, y todo tipo de residuos generados, que allí permanezcan, siendo de su cuenta y cargo la recogida, transporte y gestión autorizada de los mismos. • Asimismo, adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que le sea de aplicación a los citados trabajos.
24.2.6 El Jefe de Obra del Proveedor PROVEEDOR será responsable de la vigilancia y el cumplimiento de los procedimientos, pudiendo designar a otra persona para realizar la tarea, notificando al técnico de ENEL supervisor del trabajo, sus datos de identificación, quien podrá transmitirle instrucciones específicas medioambientales para el trabajo a desarrollar.
24.2.7. 24.2.7 El Proveedor PROVEEDOR se compromete a informar inmediatamente al técnico de ENEL supervisor de los trabajos, sobre cualquier incidente medioambiental ambiental que se produzca durante la ejecución de los mismos, estando obligado a presentar un informe escrito del hecho y sus causas.
24.2.8. 24.2.8 En caso de que se produzca un incidente medioambiental, cualquiera que sea, el Proveedor PROVEEDOR se compromete a cumplir con las instrucciones del técnico de ENEL, supervisor de los trabajos.
24.2.9. Ante un incumplimiento de cualquiera de las presentes cláusulas, el técnico de ENEL, supervisor de los trabajos podrá paralizarlos, haciéndose cargo el Proveedor de las pérdidas ocasionadas y en cualquier caso, el incumplimiento de las obligaciones relativas al mantenimiento de la zona de trabajo, determinará el que se deduzca de la facturación el cargo por los gastos ocasionados más el 10% de los mismos en concepto de penalización. El Proveedor acepta aplicar estas especificaciones a todas las obras o servicios que tenga que realizar en cualquier instalación de ENEL o de terceros.
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Samples: Supply and Service Agreement
Obras y/o servicios. 24.2.110.2.1. El Proveedor deberá conocer todos los requisitos y normativa legal e interna que le apliquen para realizar los trabajos.
24.2.210.2.2. El Proveedor garantizará, y en su caso acreditará, que el personal que va a desarrollar los trabajos objeto del Contrato, posee o recibe la adecuada formación teórico-práctica para ello y especialmente, la necesaria para garantizar su correcto comportamiento medioambiental y reducir el riesgo de un incidente con repercusiones ambientales. La formación incluirá las obligaciones que para ellos se deriven de los documentos del sistema de gestión medioambiental, en caso de que exista uno implantado o en implantación, como es común en los diferentes negocios de ENEL.
24.2.310.2.3. El Proveedor dotará a su personal de los medios necesarios para que los trabajos puedan realizarse respetando el medio ambiente. Asimismo, se obliga a cumplir todos los requisitos legales que le sean de aplicación, así como los derivados del sistema de gestión medioambiental, en caso de que haya uno implantado en la instalación objeto del Contrato.
24.2.410.2.4. El Proveedor responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, como consecuencia de la realización de los trabajos, reservándose ENEL el derecho de hacer recaer sobre el Proveedor las acciones y los gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones en materia medioambiental. El Proveedor adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de toda la legislación medioambiental vigente que le sea de aplicación a los trabajos y restaurará el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicable.
24.2.510.2.5. El Proveedor elaborará un plan de prevención de riesgos y contingencias medioambientales derivada de los trabajos a realizar, que entregará a ENEL cuando así se le requiera, y para evitar cualquier incidente, adoptará las medidas preventivas oportunas para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente de aplicación, así como las que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental, tales como:
24.2.610.2.6. El jefe de obra del Proveedor será responsable de la vigilancia y el cumplimiento de los procedimientos, pudiendo designar a otra persona para realizar la tarea, notificando al técnico de ENEL supervisor del trabajo, sus datos de identificación, quien podrá transmitirle instrucciones específicas medioambientales para el trabajo a desarrollar.
24.2.710.2.7. El Proveedor se compromete a informar inmediatamente al técnico de ENEL supervisor de los trabajos, sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca durante la ejecución de los mismos, estando obligado a presentar un informe escrito del hecho y sus causas.
24.2.810.2.8. En caso de que se produzca un incidente medioambiental, cualquiera que sea, el Proveedor se compromete a cumplir con las instrucciones del técnico de ENEL, supervisor de los trabajos.
24.2.910.2.9. Ante un incumplimiento de cualquiera de las presentes cláusulas, el técnico de ENEL, supervisor de los trabajos podrá paralizarlos, haciéndose cargo el Proveedor de las pérdidas ocasionadas y en cualquier caso, el incumplimiento de las obligaciones relativas al mantenimiento de la zona de trabajo, determinará el que se deduzca de la facturación el cargo por los gastos ocasionados más el 10% de los mismos en concepto de penalización. El Proveedor acepta aplicar estas especificaciones a todas las obras o servicios que tenga que realizar en cualquier instalación de ENEL o de terceros.
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Samples: Anexo v Perú
Obras y/o servicios. 24.2.1. 24.2.1 El Proveedor deberá conocer y verificar que su personal conoce, comprende y ejecuta todos los requisitos y normativa legal e interna en relación con la protección ambiental, la eficiencia energética y la calidad ambiental en interiores que le apliquen sean de aplicación, para realizar los trabajos.
24.2.2. 24.2.2 El Proveedor garantizará, y en su caso acreditará, que el personal que va a desarrollar los trabajos objeto del Contrato, posee o recibe la adecuada formación teórico-teórico- práctica para ello y especialmentey, especialmente la necesaria para garantizar su correcto comportamiento medioambiental y reducir el riesgo de un incidente con repercusiones ambientales. La formación incluirá las obligaciones que para ellos se deriven de los documentos del sistema de gestión medioambientallos Sistemas de Gestión Ambiental, en caso de que exista uno implantado o en implantación, como es común en los diferentes negocios de ENEL.
24.2.3. 24.2.3 El Proveedor dotará a su personal de los medios necesarios para que los trabajos puedan realizarse respetando el medio ambienteMedio Ambiente. Asimismo, se obliga a cumplir todos los requisitos legales que le sean de aplicación, así como los derivados del sistema de gestión medioambientallos Sistemas de Gestión Medioambiental, en caso de que se haya uno implantado alguno en la instalación objeto del Contrato.
24.2.4. 24.2.4 El Proveedor responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, como consecuencia de la realización de los trabajos, reservándose ENEL el derecho de hacer recaer sobre el Proveedor y deberá afrontar todas las acciones y los gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones en materia medioambiental. El Proveedor adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de toda la legislación medioambiental vigente aplicable en estos ámbitos, nacional, provincial y municipal que le sea de aplicación a los trabajos y restaurará el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicablemisma.
24.2.5. 24.2.5 El Proveedor elaborará un plan de prevención de riesgos y contingencias medioambientales derivada de los trabajos a realizar, que entregará a ENEL cuando así se le requiera, y para evitar cualquier incidente, adoptará las medidas preventivas oportunas para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente de aplicación, así como las que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental, tales como:
24.2.6: • Almacenar y manejar adecuadamente productos químicos y mercancías o residuos tóxicos y peligrosos, disponiendo por separado productos químicos incompatibles entre sí y evitando la mezcla de residuos. • Señalizar claramente las zonas y los residuos con especial impacto ambiental. • Prevenir fugas, derrames y contaminación de suelos, arquetas o cauces. • Prohibir a sus empleados la realización de fuegos, baldeos o abandonos incontrolados. • Prevenir las emisiones de polvo u otras sustancias en el transporte de materiales. • Deberá observar especialmente la prohibición de realizar cualquier tipo de vertido incontrolado, así como del abandono de cualquier tipo de residuo en la zona abarcada por el desarrollo de las obras o servicios contratados, que deberá procurarse que permanezca limpia y ordenada en lo posible durante cada jornada de trabajo y en especial al finalizar la misma, teniendo además que cumplir lo especificado en los procedimientos del Sistema de Gestión Medioambiental, que le sean de aplicación a los trabajos a ejecutar, en caso de existir uno implantado en las instalaciones objeto del Contrato. • Para segregar adecuadamente cada residuo, el Proveedor deberá colocar un número suficiente de contenedores, con cierre, señalizados y en buen estado, en el lugar de los trabajos, cuando como consecuencia de los mismos se generen residuos, los cuales deberá gestionar posteriormente de manera conveniente, mediante gestor autorizado y de acuerdo con la legislación. El jefe Proveedor entregará a ENEL cuando se lo solicite, copia de los documentos de transporte, gestión y eliminación de los residuos según aplique la normativa, así como de las autorizaciones que habilitan a los transportistas y gestores utilizados. • Una vez cumplimentadas todas las obras o servicios encargados, el Proveedor está obligado a dejar limpia y libre de restos la zona de trabajo, retirando al finalizar la obra todos los escombros, envases, embalajes, basuras, chatarra, y todo tipo de residuos generados, que allí permanezcan, siendo de su cuenta y cargo la recogida, transporte y gestión autorizada de los mismos. • Asimismo, adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que le sea de aplicación a los citados trabajos.
24.2.6 El Jefe de Obra del Proveedor será responsable de la vigilancia y el cumplimiento de los procedimientos, pudiendo designar a otra persona para realizar la tarea, notificando al técnico de ENEL supervisor del trabajo, sus datos de identificación, quien podrá transmitirle instrucciones específicas medioambientales para el trabajo a desarrollar.
24.2.7. 24.2.7 El Proveedor se compromete a informar inmediatamente al técnico de ENEL supervisor de los trabajos, sobre cualquier incidente medioambiental ambiental que se produzca durante la ejecución de los mismos, estando obligado a presentar un informe escrito del hecho y sus causas.
24.2.8. 24.2.8 En caso de que se produzca un incidente medioambiental, cualquiera que sea, el Proveedor se compromete a cumplir con las instrucciones del técnico de ENEL, supervisor de los trabajos.
24.2.9. Ante un incumplimiento de cualquiera de las presentes cláusulas, el técnico de ENEL, supervisor de los trabajos podrá paralizarlos, haciéndose cargo el Proveedor de las pérdidas ocasionadas y en cualquier caso, el incumplimiento de las obligaciones relativas al mantenimiento de la zona de trabajo, determinará el que se deduzca de la facturación el cargo por los gastos ocasionados más el 10% de los mismos en concepto de penalización. El Proveedor acepta aplicar estas especificaciones a todas las obras o servicios que tenga que realizar en cualquier instalación de ENEL o de terceros.
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Samples: Supply and Service Agreement
Obras y/o servicios. 24.2.1. 24.2.1 El Proveedor PROVEEDOR deberá conocer y verificar que su personal conoce, comprende y ejecuta todos los requisitos y normativa legal e interna en relación con la protección ambiental, la eficiencia energética y la calidad ambiental en interiores que le apliquen sean de aplicación, para realizar los trabajos.
24.2.2. 24.2.2 El Proveedor PROVEEDOR garantizará, y en su caso acreditará, que el personal que va a desarrollar los trabajos objeto del Contrato, posee o recibe la adecuada formación teórico-práctica para ello y especialmentey, especialmente la necesaria para garantizar su correcto comportamiento medioambiental y reducir el riesgo de un incidente con repercusiones ambientales. La formación incluirá las obligaciones que para ellos se deriven de los documentos del sistema de gestión medioambientallos Sistemas de Gestión Ambiental, en caso de que exista uno implantado o en implantación, como es común en los diferentes negocios de ENEL.
24.2.3. 24.2.3 El Proveedor PROVEEDOR dotará a su personal de los medios necesarios para que los trabajos puedan realizarse respetando el medio ambienteMedio Ambiente. Asimismo, se obliga a cumplir todos los requisitos legales que le sean de aplicación, así como los derivados del sistema de gestión medioambientallos Sistemas de Gestión Medioambiental, en caso de que se haya uno implantado alguno en la instalación objeto del Contrato.
24.2.4. 24.2.4 El Proveedor PROVEEDOR responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, como consecuencia de la realización de los trabajos, reservándose ENEL el derecho de hacer recaer sobre el Proveedor y deberá afrontar todas las acciones y los gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones en materia medioambiental. El Proveedor PROVEEDOR adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de toda la legislación medioambiental vigente aplicable en estos ámbitos, nacional, provincial y municipal que le sea de aplicación a los trabajos y restaurará el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicablemisma.
24.2.5. 24.2.5 El Proveedor PROVEEDOR elaborará un plan de prevención de riesgos y contingencias medioambientales derivada de los trabajos a realizar, que entregará a ENEL cuando así se le requiera, y para evitar cualquier incidente, adoptará las medidas preventivas oportunas para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente de aplicación, así como las que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental, tales como:
24.2.6: Almacenar y manejar adecuadamente productos químicos y mercancías o residuos tóxicos y peligrosos, disponiendo por separado productos químicos incompatibles entre sí y evitando la mezcla de residuos. Señalizar claramente las zonas y los residuos con especial impacto ambiental. Prevenir fugas, derrames y contaminación de suelos, arquetas o cauces. Prohibir a sus empleados la realización de fuegos, baldeos o abandonos incontrolados. Prevenir las emisiones de polvo u otras sustancias en el transporte de materiales. Deberá observar especialmente la prohibición de realizar cualquier tipo de vertido incontrolado, así como del abandono de cualquier tipo de residuo en la zona abarcada por el desarrollo de las obras o servicios contratados, que deberá procurarse que permanezca limpia y ordenada en lo posible durante cada jornada de trabajo y en especial al finalizar la misma, teniendo además que cumplir lo especificado en los procedimientos del Sistema de Gestión Medioambiental, que le sean de aplicación a los trabajos a ejecutar, en caso de existir uno implantado en las instalaciones objeto del Contrato. Para segregar adecuadamente cada residuo, el PROVEEDOR deberá colocar un número suficiente de contenedores, con cierre, señalizados y en buen estado, en el lugar de los trabajos, cuando como consecuencia de los mismos se generen residuos, los cuales deberá gestionar posteriormente de manera conveniente, mediante gestor autorizado y de acuerdo con la legislación. El jefe PROVEEDOR entregará a ENEL cuando se lo solicite, copia de los documentos de transporte, gestión y eliminación de los residuos según aplique la normativa, así como de las autorizaciones que habilitan a los transportistas y gestores utilizados. Una vez cumplimentadas todas las obras o servicios encargados, el PROVEEDOR está obligado a dejar limpia y libre de restos la zona de trabajo, retirando al finalizar la obra todos los escombros, envases, embalajes, basuras, chatarra, y todo tipo de residuos generados, que allí permanezcan, siendo de su cuenta y cargo la recogida, transporte y gestión autorizada de los mismos. Asimismo, adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que le sea de aplicación a los citados trabajos.
24.2.6 El Jefe de Obra del Proveedor PROVEEDOR será responsable de la vigilancia y el cumplimiento de los procedimientos, pudiendo designar a otra persona para realizar la tarea, notificando al técnico de ENEL supervisor del trabajo, sus datos de identificación, quien podrá transmitirle instrucciones específicas medioambientales para el trabajo a desarrollar.
24.2.7. 24.2.7 El Proveedor PROVEEDOR se compromete a informar inmediatamente al técnico de ENEL supervisor de los trabajos, sobre cualquier incidente medioambiental ambiental que se produzca durante la ejecución de los mismos, estando obligado a presentar un informe escrito del hecho y sus causas.
24.2.8. 24.2.8 En caso de que se produzca un incidente medioambiental, cualquiera que sea, el Proveedor PROVEEDOR se compromete a cumplir con las instrucciones del técnico de ENEL, supervisor de los trabajos.
24.2.9. Ante un incumplimiento de cualquiera de las presentes cláusulas, el técnico de ENEL, supervisor de los trabajos podrá paralizarlos, haciéndose cargo el Proveedor de las pérdidas ocasionadas y en cualquier caso, el incumplimiento de las obligaciones relativas al mantenimiento de la zona de trabajo, determinará el que se deduzca de la facturación el cargo por los gastos ocasionados más el 10% de los mismos en concepto de penalización. El Proveedor acepta aplicar estas especificaciones a todas las obras o servicios que tenga que realizar en cualquier instalación de ENEL o de terceros.
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Samples: Anexo Xv Argentina
Obras y/o servicios. 24.2.1. El Proveedor deberá conocer todos los requisitos y normativa legal e interna que le apliquen sean de aplicación, para realizar los trabajos.
24.2.2. El Proveedor garantizará, y en su caso acreditará, que el personal que va a desarrollar los trabajos objeto del Contrato, posee o recibe la adecuada formación teórico-práctica para ello y especialmente, la necesaria para garantizar su correcto comportamiento medioambiental y reducir el riesgo de un incidente con repercusiones ambientales. La formación incluirá las obligaciones que para ellos se deriven de los documentos del sistema Sistema de gestión medioambientalGestión Ambiental, en caso de que exista uno implantado o en implantación, como es común en los diferentes negocios de ENEL.
24.2.3. El Proveedor dotará a su personal de los medios necesarios para que los trabajos puedan realizarse respetando el medio ambienteMedio Ambiente. Asimismo, se obliga a cumplir todos los requisitos legales que le sean de aplicación, así como los derivados del sistema Sistema de gestión medioambientalGestión Medioambiental, en caso de que haya uno implantado en la instalación objeto del Contrato.
24.2.4. El Proveedor responderá de cualquier incidente medioambiental por él causado, como consecuencia de la realización de los trabajos, reservándose ENEL el derecho de hacer recaer sobre el Proveedor las acciones y los gastos que se originen por el incumplimiento de sus obligaciones en materia medioambiental. El Proveedor adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de toda la legislación medioambiental vigente vigente, Estatal, Autonómica, Regional, Provincial y Local que le sea de aplicación a los trabajos y restaurará el daño que haya producido como consecuencia de cualquier incumplimiento de la normativa vigente que le sea aplicable.
24.2.5. El Proveedor elaborará un plan de prevención de riesgos y contingencias medioambientales derivada de los trabajos a realizar, que entregará a ENEL cuando así se le requiera, y para evitar cualquier incidente, adoptará las medidas preventivas oportunas para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente de aplicación, así como las que dictan las buenas prácticas de gestión medioambiental, tales como:: • Almacenar y manejar adecuadamente productos químicos y mercancías o residuos tóxicos y peligrosos, disponiendo por separado productos químicos incompatibles entre sí y evitando la mezcla de residuos. • Señalizar claramente las zonas y los residuos con especial impacto ambiental. • Prevenir fugas, derrames y contaminación de suelos, arquetas o cauces. • Prohibir a sus empleados la realización de fuegos, baldeos o abandonos incontrolados. • Prevenir las emisiones de polvo u otras sustancias en el transporte de materiales. • Deberá observar especialmente la prohibición de realizar cualquier tipo de vertido incontrolado, así como del abandono de cualquier tipo de residuo en la zona abarcada por el desarrollo de las obras o servicios contratados, que deberá procurarse que permanezca limpia y ordenada en lo posible durante cada jornada de trabajo y en especial al finalizar la misma, teniendo además que cumplir lo especificado en los procedimientos medioambientales del Sistema de Gestión Medioambiental, que le sean de aplicación a los trabajos a ejecutar, en caso de existir uno implantado en las instalaciones objeto del Contrato. • Para segregar adecuadamente cada residuo, el Proveedor deberá colocar un número suficiente de contenedores, con cierre, señalizados y en buen estado, en el lugar de los trabajos, cuando como consecuencia de los mismos se generen residuos, los cuales deberá gestionar posteriormente de manera conveniente, mediante gestor autorizado y de acuerdo con la legislación. El Proveedor entregará a ENEL cuando se lo solicite, copia de los documentos de transporte, gestión y eliminación de los residuos según aplique la normativa, así como de las autorizaciones que habilitan a los transportistas y gestores utilizados. • Una vez cumplimentadas todas las obras o servicios encargados, el Proveedor viene obligado a dejar limpia y libre de restos la zona de trabajo, retirando al finalizar la obra todos los escombros, envases, embalajes, basuras, chatarra, y todo tipo de residuos generados, que allí permanezcan, siendo de su cuenta y cargo la recogida, transporte y gestión autorizada de los mismos. • Asimismo, adoptará las medidas oportunas para garantizar el estricto cumplimiento de la legislación medioambiental vigente que le sea de aplicación a los citados trabajos.
24.2.6. El jefe Jefe de obra Obra del Proveedor será responsable de la vigilancia y el cumplimiento de los procedimientos, pudiendo designar a otra persona para realizar la tarea, notificando al técnico de ENEL supervisor del trabajo, sus datos de identificación, quien podrá transmitirle instrucciones específicas medioambientales para el trabajo a desarrollar.
24.2.7. El Proveedor se compromete a informar inmediatamente al técnico de ENEL supervisor de los trabajos, sobre cualquier incidente medioambiental que se produzca durante la ejecución de los mismos, estando obligado a presentar un informe escrito del hecho y sus causas.
24.2.8. En caso de que se produzca un incidente medioambiental, cualquiera que sea, el Proveedor se compromete a cumplir con las instrucciones del técnico de ENEL, supervisor de los trabajos.
24.2.9. Ante un incumplimiento de cualquiera de las presentes cláusulas, el técnico de ENEL, supervisor de los trabajos podrá paralizarlos, haciéndose cargo el Proveedor de las pérdidas ocasionadas y en cualquier caso, el incumplimiento de las obligaciones relativas al mantenimiento de la zona de trabajo, determinará el que se deduzca de la facturación el cargo por los gastos ocasionados más el 10% de los mismos en concepto de penalización. El Proveedor acepta aplicar estas especificaciones a todas las obras o servicios que tenga que realizar en cualquier instalación de ENEL o de terceros.
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Samples: Anexo Iii Colombia