ORDEN DE PRELACIÓN. Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación: a) La orden de compra, de venta o el contrato, en su caso. b) La adjudicación. c) Las muestras que se hubieran acompañado. d) La oferta. e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares aplicable. f) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. g) Las normas que se dicten en consecuencia del presente Reglamento. h) Las disposiciones del presente Reglamento. i) La normativa general vigente en la materia
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ORDEN DE PRELACIÓN. Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) La orden de compra, de venta o el contrato, en su casoDecreto 1023/01 y sus modificatorios y complementarios.
b) La adjudicaciónLas disposiciones del presente reglamento.
c) Las muestras normas que se hubieran acompañadodicten en consecuencia del presente reglamento.
d) La ofertaEl Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aplicable.
e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares aplicableParticulares.
f) El Pliego Único de Bases y Condiciones GeneralesLa oferta.
g) Las normas muestras que se dicten en consecuencia del presente Reglamento.
hubieran acompañado, de corresponder. h) Las disposiciones del presente ReglamentoLa adjudicación.
i) La normativa general vigente orden de compra, o el contrato, en la materiasu caso.
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ORDEN DE PRELACIÓN. Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificaciones.
b) Las disposiciones del presente reglamento.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del presente reglamento.
d) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aplicable.
e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
f) La oferta.
g) Las muestras que se hubieran acompañado.
h) La adjudicación.
i) La orden de compra, de venta o el contrato, en su caso.
b) La adjudicación.
c) Las muestras que se hubieran acompañado.
d) La oferta.
e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares aplicable.
f) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
g) Las normas que se dicten en consecuencia del presente Reglamento.
h) Las disposiciones del presente Reglamento.
i) La normativa general vigente en la materia
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Samples: Reglamento De Contrataciones
ORDEN DE PRELACIÓN. Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios.
b) Las disposiciones del reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del citado reglamento.
d) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
e) El pliego de bases y condiciones particulares aplicable.
f) La oferta.
g) Las muestras que se hubieran acompañado.
h) La adjudicación.
i) La orden de compra, de venta o el contrato, en su caso.
b) La adjudicación.
c) Las muestras que se hubieran acompañado.
d) La oferta.
e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares aplicable.
f) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
g) Las normas que se dicten en consecuencia del presente Reglamento.
h) Las disposiciones del presente Reglamento.
i) La normativa general vigente en la materia
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Samples: Pliego De Condiciones Particulares
ORDEN DE PRELACIÓN. Todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Decreto Delegado N° 1.023/01 y sus modificatorios y complementarios.
b) Las disposiciones del reglamento aprobado por Ordenanza de CS N° 004/2022.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del citado reglamento.
d) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
e) El pliego de bases y condiciones particulares aplicable.
f) La oferta.
g) Las muestras que se hubieran acompañado.
h) La adjudicación.
i) La orden de compra, de venta o el contrato, en su caso.
b) La adjudicación.
c) Las muestras que se hubieran acompañado.
d) La oferta.
e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares aplicable.
f) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
g) Las normas que se dicten en consecuencia del presente Reglamento.
h) Las disposiciones del presente Reglamento.
i) La normativa general vigente en la materia
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ORDEN DE PRELACIÓN. Todos Conforme lo dispuesto en el artículo 99 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 (B.O. 14-06-12), todos los documentos que rijan el llamado, así como los que integren el contrato contrato, serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) Decreto Delegado Nº 1.023/01 y sus modificaciones.
b) Las disposiciones del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.
c) Las normas que se dicten en consecuencia del citado Reglamento de Contrataciones.
d) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones Nº 58/2014
e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
f) La oferta.
g) La adjudicación.
h) La orden de compra, de venta o el contrato, en su caso.
b) La adjudicación.
c) Las muestras que se hubieran acompañado.
d) La oferta.
e) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares aplicable.
f) El Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
g) Las normas que se dicten en consecuencia del presente Reglamento.
h) Las disposiciones del presente Reglamento.
i) La normativa general vigente en la materia
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