Common use of ORGANO DE CONTRATACIÓN Clause in Contracts

ORGANO DE CONTRATACIÓN. 5.1.- De conformidad con el artículo 61 LCSP, la representación de las entidades del sector publico público en materia contractual corresponde a los órganos de contratación, unipersonales o colegiados que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tengan atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre.

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Samples: Pliego De Condiciones Administrativas Que Habrán De Regir La Licitación, Mediante Procedimiento Abierto, Sujeto a Regulación Armonizada, Del Acuerdo Marco Para La Selección De Empresas