PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o rescisión de este Contrato, el “CONAFE” cubrirá a “EL ARRENDADOR” únicamente el importe de la renta que corresponda hasta el día en que se verifique la desocupación del inmueble.
PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o
PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o rescisión de este contrato, “EL AYUNTAMIENTO” cubrirá únicamente el importe que corresponda a los meses transcurridos y que se adeuden hasta el día en que se haya dado el aviso correspondiente. En caso de que a la fecha en que se haya notificado la terminación o la recisión de este contrato, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” tuviera trabajos o trámites pendientes por realizar, éste los llevará a cabo de manera diligente.
PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o rescisión de este contrato, “EL AYUNTAMIENTO” cubrirá únicamente el importe que se haya generado por concepto xx xxxxx hasta el día en que se haya dado el aviso correspondiente.
PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o rescisión de este contrato, “La Arrendataria” cubrirá únicamente el importe de la renta que corresponda hasta el día en que se verifique la desocupación.
PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o rescisión de este contrato, “EL AYUNTAMIENTO” cubrirá únicamente el importe del producto que haya sido entregado a éste y recibido a su entera satisfacción.
PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o rescisión de este contrato, “EL AYUNTAMIENTO” cubrirá únicamente el importe de las motocicletas que hayan sido entregados y recibidos a su entera satisfacción.
PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o rescisión de este contrato, “EL AYUNTAMIENTO” cubrirá únicamente el importe de la renta que corresponda hasta el día en se verifique la desocupación.
PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o rescisión de este contrato, “El Ayuntamiento” cubrirá únicamente el importe de los honorarios y material que se hayan devengado y utilizado.
PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o rescisión de este contrato, “EL ARRENDATARIO” cubrirá únicamente el importe de la renta que corresponda hasta el día en que se verifique la devolución de los vehículos arrendados.