Participación a) Para intervenir en el registro del acto de presentación y apertura de proposiciones, bastará un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, quedando en poder, el mismo, de la Dirección de Adquisiciones, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica;
Subasta electrónica Para la adjudicación se celebrará una subasta electrónica con arreglo a los siguientes elementos: No.
Licitación electrónica Se admite la presentación de ofertas por medios electrónicos: NO Tablón de anuncios electrónico como medio de comunicación de defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada:
FIRMA ELECTRÓNICA Para efectos del presente Instrumento el Banco podrá entregar al (a los) Cliente(s) titular(es) de la(s) Cuenta(s), una Clave de Acceso y un código de activación para que el Cliente active su Clave de Acceso y dé de alta su Número de Identificación Personal; para Tarjetas de Crédito, el Número de Identificación Personal podrá generarse a través del Sistema de Audio Respuesta para conformar así su Firma Electrónica; adicionalmente el Banco entregará al Cliente Factores de Autenticación adicionales para operar en Banca Telefónica a través del mencionado servicio como pueden ser dispositivos que generan un segundo Factor de Autenticación como el Dispositivo Físico OTP, mismos que también conformarán su Firma Electrónica. La Firma Electrónica se regirá por lo siguiente: 1.- Desde el momento de su recepción o activación el Cliente será el único responsable por su uso, guarda y custodia y, en consecuencia, desde este momento libera al Banco de una manera tan amplia como en derecho proceda por cualquier utilización que de la misma efectúe ya sea el Cliente o cualquier tercero con posterioridad a su entrega o activación. 2.- El Cliente se encontrará facultado en cualquier momento a cambiar los elementos de identificación o Autenticación, mismos que no pueden ser del conocimiento del Banco y por lo tanto éste no asumirá responsabilidad alguna por su uso desde el momento en que se efectúe el cambio indicado. Para la realización de dicho cambio, el Cliente se obliga a seguir los procedimientos que establezcan las políticas generales del Banco a este respecto y a cubrir las comisiones, impuestos o demás cargos financieros correspondientes que en su caso llegue a fijar el Banco por tal concepto, los cuales serán notificados oportunamente al Cliente. 3.- El Cliente sabe y acepta que su Firma Electrónica puede ser irrecuperable, por lo tanto en caso de pérdida o deterioro de la misma o cuando por cualquier causa no pueda ser utilizada, deberá seguir las instrucciones y políticas de seguridad establecidas por el Banco. 4.- El Banco podrá indicar al Cliente la necesidad de modificar su Firma Electrónica o alguno de sus componentes, (Factor de Autenticación de segundo nivel o número de identificación del servicio), siguiendo al efecto las especificaciones que el Banco le indique; en estas hipótesis el Cliente se obliga a cumplir con lo anterior, en el entendido de que de no hacerlo el Banco podrá dar por terminado el presente Contrato sin responsabilidad alguna a su cargo.
Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo Formalizado el contrato el adjudicatario elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Obra, ajustado al Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en estos. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el Contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución del nivel de protección previsto en el Estudio. El Plan será aprobado por el Ayuntamiento, antes del inicio de la obra, previo informe del Coordinador en materia de seguridad y salud o de la Dirección facultativa de la Obra, si no fuera preceptivo designar Coordinador, y se comunicará a la Autoridad Laboral. Efectuado este trámite se procederá al acta de replanteo e inicio de la obra.
Plan de Seguridad y Salud En cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción el contratista deberá presentar el Plan de Seguridad y Salud con el contenido indicado en el citado Real Decreto y basado en el estudio de seguridad o salud o en el estudio básico de seguridad y salud que acompaña al proyecto. Este plan deberá ser aprobado antes del inicio de la obra.
Medios electrónicos Se admitirá la utilización de medios y soportes electrónicos, informáticos y telemáticos en la presentación de proposiciones y documentos, así como en las notificaciones y comunicaciones entre el órgano de contratación y los interesados si así se indica en el apartado 12 del anexo I. En el mismo apartado se indica el portal informático donde, en su caso, se puede acceder a los programas y la información necesaria para licitar por medios electrónicos y para acceder al tablón de anuncios electrónico.
Medios Remotos de Comunicación Electrónica Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares.
INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO Identificación Respuesta Información general Respuesta
Correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xx