Personal de Control de Calidad Cláusulas de Ejemplo

Personal de Control de Calidad. 23.3.1 Jefe de Control de Calidad: El Jefe de Control de Calidad estará presente en el lugar de la obra en todo momento durante la ejecución del proyecto para realizar las tareas establecidas en el plan de control de calidad y tendrá, como mínimo, una titulación universitaria en Ingeniería Técnica y un mínimo de 5 años de experiencia como jefe de control de calidad en proyectos similares.
Personal de Control de Calidad. Exámenes médicos: 1. Servicios obligatorios / requeridos que se proporcionarán a todos los beneficiarios* 2. Servicios adicionales que se proporcionarán únicamente a solicitud por escrito de la OIM y para un número específico de beneficiarios 3. Asegurar y verificar la identidad del beneficiario antes de la realización del examen por parte del personal del Proveedor de Servicios. En caso de duda sobre el cambio de identidad, la OIM debe ser notificada de inmediato, y el examen debe suspenderse hasta nuevo aviso por parte de la OIM. 4. Interpretación de los resultados de las pruebas por personal médico calificado utilizando los formularios oficiales del Proveedor de Servicios y presentados como Anexo a la propuesta, a menos que la OIM indique lo contrario. 5. En caso de que un resultado concluyente de la prueba indique la existencia de una condición patológica, se informará inmediatamente a la OIM y se realizarán exámenes de laboratorio de seguimiento lo antes posible. Se informará al beneficiario y al laboratorio o servicio de radiología pertinentes de la necesidad de exámenes adicionales que se programarán para la fecha más próxima disponible, preferiblemente el mismo día; 6. Completar los formularios oficiales y presentar los formularios completados al personal designado de la OIM dentro de las 48 horas, directamente o a través del sistema de mensajería acordado por la OIM. Bajo ninguna circunstancia se entregarán los resultados, ni el Proveedor de Servicios se comunicará directamente al beneficiario en cuestión, a sus familiares o a cualquier tercero, a menos que se otorgue una autorización previa por escrito de la OIM al respecto. El Proveedor de Servicios obtendrá la firma del beneficiario en el Formulario de Consentimiento Informado de Evaluación de Salud (Anexo D); 7. Solo el examen radiológico (rayos X) de estándares aceptables será aceptado y pagado por la OIM. La tarifa de servicio para exámenes radiológicos no aceptables no será pagada por la OIM. Dichos exámenes incluyen, entre otros: sobre o subexposición, postura incorrecta, artefactos de desenfoque respiratorio u otros artefactos, campos pulmonares oscurecidos o cortados, identificación incompleta o incorrecta en la película o tergiversación por parte del beneficiario; 8. El examen y la interpretación de los resultados de los ensayos se completarán el mismo día, a menos que, debido al tipo de examen, se requiera tiempo adicional para una interpretación precisa. En tal caso, la OIM y el Prove...

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  • CONTROL DE CALIDAD 9.3.1. El control de calidad comprende el conjunto de acciones, actividades y técnicas necesarias para proveer confianza suficiente de que el material, el equipo, la obra o el servicio objeto del Contrato cumplirán satisfactoriamente las condiciones requeridas por ENEL y, en su caso, por las normas técnicas correspondientes. 9.3.2. El Proveedor será el único responsable del control de calidad, independientemente de los controles y pruebas que efectúe o exija ENEL por sus propios medios o por los de un tercero. Estos ensayos no alterarán la plena responsabilidad que exclusivamente le corresponde al Proveedor. 9.3.3. Antes de iniciar el proceso de fabricación, o la realización de la obra o servicio contratado, el Proveedor presentará, a requerimiento de ENEL, para su aprobación, un Plan de Control de Calidad. 9.3.4. Una vez presentado el Plan de Control de Calidad mencionado, ENEL podrá formular objeciones al mismo durante un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a su presentación a ENEL, siempre por motivos justificados, y el Proveedor deberá obligarse a modificarlo con la debida diligencia, realizando las correcciones necesarias de acuerdo con las objeciones indicadas por ENEL. 9.3.5. Durante la ejecución del Contrato, el Proveedor dará la más estricta y rigurosa observancia a lo establecido en su Sistema de Aseguramiento de la Calidad y Plan de Control de Calidad aprobados por ENEL, quien se reserva el derecho a efectuar las auditorías necesarias para comprobar su cumplimiento. 9.3.6. Al concluir la ejecución del Contrato, el Proveedor entregará a ENEL, para su aprobación, un informe final de Control de Calidad, cuyo contenido deberá ajustarse a lo establecido en el Contrato y en el Plan de Control de Calidad aprobado. 9.3.7. El cumplimiento de estas condiciones de control de calidad no exime al Proveedor, en ningún caso, de su responsabilidad por la incorrecta ejecución del Contrato.

  • Control de la Calidad CGC 35.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: doce (12) meses contados a partir de la Fecha de Terminación.

  • Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA El CONTRATISTA ejecutará y entregará la obra satisfactoriamente concluida, en estricto acuerdo con los ítems de la propuesta adjudicada, los planos del diseño final, la validación del lugar de la obra, las especificaciones técnicas y el Cronograma de Ejecución de Obra en el plazo de (Registrar en forma literal y numeral el plazo de ejecución de la obra) calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR expida la Orden de Proceder, por orden de la ENTIDAD. Emitida la Orden de Proceder, que constará en el Libro de Órdenes, comenzará a correr el plazo de ejecución de la obra. El plazo para la movilización del CONTRATISTA, realizando los trabajos de instalación de faenas, facilidades para la SUPERVISIÓN y propias, que será de (Registrar en forma literal y numeral el plazo previsto para el efecto) días calendario, forma parte del plazo total de ejecución de la obra, por lo que también se computa a partir de la emisión de la Orden de Proceder. El plazo de ejecución de la obra, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado en los siguientes casos: a) Cuando la ENTIDAD así lo determine. b) Por demora en el pago de planillas de avance de obra. c) Por otras de las causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo. En los casos señalados precedentemente se aplicara el procedimiento establecido en la Cláusula Trigésima, dando lugar a una modificación del contrato por Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio, conforme lo establecido en los incisos b) y c) del numeral 30.4, del presente contrato. El CONTRATISTA deberá efectuar el trámite de reclamo en su favor, cumpliendo el procedimiento pertinente, el que será analizado por el SUPERVISOR para luego emitir informe y recomendación respectiva al FISCAL, a efectos de la emisión de la Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio que establezca la ampliación de plazo.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EL INDICADO EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA LA INDICADA EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO.

  • Tramitación, procedimiento y forma de adju- dicación a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso.

  • MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO “No aplica este Método”

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES EL PROVEEDOR" no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de "EL CENACE" deslindando a ésta de toda responsabilidad.