CONSENTIMIENTO INFORMADO Cláusulas de Ejemplo

CONSENTIMIENTO INFORMADO. El Ensayo se realizará con el máximo respeto a los derechos de los pacientes, informando a estos de manera clara y precisa del objeto del Ensayo y de las posibles consecuencias del mismo en su salud, de acuerdo con lo establecido en el capítulo II del RD 1090/2015. En particular, será necesario el estricto cumplimiento de las obligaciones sobre la obtención de consentimiento informado (artículo 4 del RD 1090/2015), y las que resulten aplicables según normativa de garantía de protección de los pacientes.
CONSENTIMIENTO INFORMADO. El Investigador Principal directamente, o a través de sus investigadores colaboradores, se obliga a informar debidamente a los pacientes sujetos del Ensayo de los objetivos del estudio, metodología, beneficios, incomodidades y riesgos previstos, alternativas posibles, derechos y responsabilidades. La obtención del consentimiento informado será previo a la inclusión del sujeto en el ensayo, y deberá realizarse según lo previsto en el RD 1090/2015, de 4 de diciembre, y la Ley 41/2002 de 14 de noviembre, documentándose mediante la hoja de información al paciente y el documento de consentimiento informado. Las versiones a utilizar de la hoja de información al paciente y consentimiento informado serán las que consten en el documento de conformidad del Comité de Ética de la Investigación con medicamentos. Control de la administración del fármaco o material sanitario objeto del estudio El Investigador Principal se obliga a administrar controladamente el/los fármaco/s o material/es sanitario/s, ciñéndose en todo momento a lo establecido en el Protocolo; a llevar un registro puntual preciso, completo y claro, de todos los parámetros de valoración en las correspondientes hojas de datos. A la finalización del Ensayo, el Investigador Principal hará entrega al Promotor de su informe final y hojas de datos para su posterior tratamiento estadístico. El Centro se compromete a hacer entrega al Promotor de todas las muestras del compuesto y del resto del material suministrado por el mismo y no utilizados en el Ensayo Clínico. Dicho/s fármaco/s o material/es sanitario/s no serán utilizados fuera del Protocolo para el que se han proporcionado. Inicio y duración del ensayo El ENSAYO no se iniciará bajo ningún concepto hasta que se haya emitido la preceptiva autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, en los términos del Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, del CEIm correspondiente,y de cualquier otra autorización que, en su caso, fuera requerida por la legislación o regulación aplicable. La eficacia del presente contrato, queda supeditada a la obtención de las referidas autorizaciones por lo que hasta dicho momento el promotor se compromete a no iniciar en el centro ninguna actividad relacionada con el reclutamiento de sujetos del estudio, momento a partir del cual la duración prevista del ensayo será de……..meses, estando previsto el fin del reclutamiento de pacientes en………..En caso de que el reclutamiento o la experimentación no hubieran ...
CONSENTIMIENTO INFORMADO. RESOLUCIÓN Nº 008430 DE 1993 POR LA CUAL SE ESTABLECEN LAS NORMAS CIENTÍFICAS, TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA INVESTIGACIÓN EN SALUD
CONSENTIMIENTO INFORMADO. Antes de su inclusión en el estudio se obtendrá y documentará el consentimiento informado de cada uno de los sujetos del estudio, libremente expresado en los términos del artículo 8 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, así como demás legislación vigente.
CONSENTIMIENTO INFORMADO. Deberá garantizarse el cumplimiento de lo establecido en el R.D. 1090/2015 de 4 de diciembre del Ministerio de Sanidad , Servicios Sociales e Igualdad .
CONSENTIMIENTO INFORMADO. El TARJETAHABIENTE, este acto,
CONSENTIMIENTO INFORMADO. Acorde con lo establecido en la Ley 8968, el TARJETAHABIENTE da fe que, para solicitar y consultar sus datos de carácter personal, ha sido ampliamente informado que:
CONSENTIMIENTO INFORMADO. 2.1.- Antes de ser incluido en el ensayo, es imprescindible que cada paciente otorgue libremente el consentimiento informado en los términos establecidos en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica (B. O. E. número 274, de 15 de noviembre). 2.2.- El sujeto del ensayo expresará su consentimiento, preferiblemente por escrito, sin estar influenciado por las personas directamente implicadas en el ensayo, y una vez informadas de los objetivos del ensayo, beneficios, incomodidades, riesgos previstos, alternativas posibles, derechos y responsabilidades que pudieran derivarse de su inclusión en el ensayo clínico. 2.3.- En casos de sujetos menores de edad y/o incapaces, el Consentimiento lo otorgará siempre por escrito su representante legal, tras haber recibido y comprendido la información mencionada y cumpliendo todos los requisitos establecidos en los artículos 4 y 5 del RD 1090/2015. En cualquier caso deberá ser oído, sí siendo menor de 12 años tuviera suficiente juicio, y en todo caso, cuando tenga doce o más años de edad, éste deberá prestar además su consentimiento después de haber recibido la información adaptada a su nivel de entendimiento. El Consentimiento del representante legal, y del menor en su caso, será puesto en conocimiento del Ministerio Fiscal por el Investigador Principal, antes de la realización del ensayo, de acuerdo al Art. 20, 2c de la ley 14/2007 de 3 de julio. 2.4.- Las circunstancias no reguladas en los apartados anteriores serán resueltas en los términos que estable el Art. 7 del Real Decreto 1090/2015. 2.5.- El sujeto participante en el ensayo clínico o su representante, podrán revocar su consentimiento en cualquier momento, sin expresión de causa, sin que se derive para él responsabilidad ni perjuicio y sin que ello implique renuncia a las salvaguardias y resarcimientos garantizados por los seguros y responsabilidades del ensayo. TERCERA:
CONSENTIMIENTO INFORMADO. 53.- El/La cuentaahorrante manifiesta que ha sido informado/a de manera clara, veraz, oportuna y suficiente sobre las particularidades de éste servicio, que ha recibido copia de toda la normativa reglamentaria del Banco asociada a él/ella, que con esa información, conscientemente ha aceptado las condiciones de esta contratación, asumiendo sus deberes y obligaciones frente al Banco, en señal de lo cual firma este contrato en la ciudad de a las del año 20 . horas del día del mes de Nombre: No. Ident. Dirección: Cantón: Distrito: Correo electrónico: Teléfonos: Habitación: , Habitación: , Trabajo: Ext. Cta. Bancaria No: _ Tipo de tarjeta: _ Número de tarjeta: Autorizados: _
CONSENTIMIENTO INFORMADO. Mediante el acceso a nuestro sitio web xxx.xxxxxx.xx eso mediante la utilización de los servicios del portal, usted consiente y autoriza expresa e inequívocamente que sus datos de carácter personal sean incorporados por el responsable del tratamiento (XXXXXX APUESTAS S.A.U.) a su respectivo fichero y tratados de conformidad con los fines establecidos en la Política de Privacidad y, en su caso, en las Condiciones del Servicio, habida cuenta de que la finalidad del tratamiento de los datos personales es dar cumplimiento a la relación contractual establecida con el jugador y , en su caso, llevar a cabo actividades promocionales en relación con la misma. Dichas acciones comerciales podrán ser realizadas por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente. Usted consiente en la utilización de sus datos de contacto para que la EMPRESA contacte por cualquier motivo relacionado con el servicio que presta, excepto si nos especifica lo contrario. En este caso sólo se contactará por motivos transaccionales o de seguridad y fraude, o por motivos de cumplimiento legal. XXXXXX APUESTAS, S.A.U podrá informar a los clientes por teléfono o email sobre promociones especiales y nuevos productos, y les ofrecerá ayuda de manera proactiva, siempre y cuando los clientes no hayan solicitado expresamente no ser contactados de esta manera. Usted como cliente tiene derecho a solicitar no ser contactado para la finalidad comercial o promocional en cualquier momento, sin necesidad de alegar motivo alguno. El procedimiento que tiene su disposición es la simple comunicación con la empresa, a través del Departamento de Atención al Cliente, poniendo de manifiesto su voluntad en este sentido. XXXXXX APUESTAS S.A.U le informa que los datos nunca serán usados para distintas a la prestación del servicio y serán cancelados cuando dejen de ser necesarios para tal fin. Cuando se solicite o usted, como cliente, nos facilite una dirección de correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica, nos autoriza expresamente para que dicho medio sea utilizado como canal de comunicación con usted, tanto para dar cumplimiento a la relación contractual para apuestas que se establezca, como para atender o dar respuesta a su solicitud y/o consulta, en su caso, así como para poderle remitir información comercial y publicitaria relativa a la actividad de la empresa (XXXXXX APUESTAS S.A.U) e informarle de cualesquiera otros cambios relevantes, o actualizaciones, que se produzcan ...