Common use of Plan de Igualdad Clause in Contracts

Plan de Igualdad. La Dirección de Iberdrola Inmobiliaria y la Representación Social en la misma son conscientes de las distintas modificaciones que en el ámbito de las relaciones sociales, laborales, familiares y económicas ha supuesto la masiva incorporación de las mujeres al mercado de trabajo, si bien también se reconocen las dificultades que se están encontrando en la consecución de un equilibrio en su participación social y laboral, debido en gran medida a razones culturales, relacionadas con la xxxxxxxx casi en exclusiva, por parte de la mujer, de las responsabilidades domésticas y familiares. Es por tanto en este marco, donde la Dirección de la Compañía y la Representación Social muestran su inquebrantable voluntad de trabajar por la consecución de una igualdad real entre hombres y mujeres, enfrentando las posibles razones culturales que no permiten llegar a la misma. Trabajo encaminado a hacer efectivo este principio de igualdad, que en el ámbito de empresa requieren necesariamente de políticas activas en los distintos ámbitos. En consecuencia, las partes acuerdan integrar en el presente Convenio Colectivo el Plan de Igualdad, firmado con fecha 11 de noviembre de 2009, para por un lado dar cumplimiento al objetivo que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y demás normativa aplicable, y por otro, seguir avanzando en uno de los principios de nuestra Política de Responsabilidad Social Corporativa, como es el desarrollo de un marco favorable de relaciones laborales basado en la igualdad de oportunidades, la no discriminación y el respeto a la diversidad, promoviendo un entorno seguro y saludable y facilitando la comunicación con el equipo humano.

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Samples: Convenio Colectivo

Plan de Igualdad. La Dirección Empresa cuenta con un I Plan de Iberdrola Inmobiliaria y la Representación Social en la misma son conscientes de las distintas modificaciones Igualdad (2022-2024) que en tiene como fin el ámbito de las relaciones sociales, laborales, familiares y económicas ha supuesto la masiva incorporación de las mujeres al mercado de trabajo, si bien también se reconocen las dificultades que se están encontrando en la consecución de un equilibrio en su participación social y laboral, debido en gran medida a razones culturales, relacionadas con la xxxxxxxx casi en exclusiva, por parte cumplimiento de la mujerlegislación vigente, de las responsabilidades domésticas y familiares. Es por tanto específicamente lo dispuesto en este marco, donde la Dirección de la Compañía y la Representación Social muestran su inquebrantable voluntad de trabajar por la consecución de una igualdad real entre hombres y mujeres, enfrentando las posibles razones culturales que no permiten llegar a la misma. Trabajo encaminado a hacer efectivo este principio de igualdad, que en el ámbito de empresa requieren necesariamente de políticas activas en los distintos ámbitos. En consecuencia, las partes acuerdan integrar en el presente Convenio Colectivo el Plan de Igualdad, firmado con fecha 11 de noviembre de 2009, para por un lado dar cumplimiento al objetivo que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres, así como lo previsto en el Real Decreto 901/2020 sobre los planes de igualdad efectiva y el Real Decreto 902/2020 sobre igualdad retributiva. En particular, el citado Plan recoge el compromiso de la Empresa en el establecimiento y desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres hombres, sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso y demás normativa aplicablefomento de medidas para conseguir la igualdad real en el seno de su organización. De esta manera, y por otrode acuerdo con lo previsto en el I Plan de Igualdad de Quirón Prevención, seguir avanzando en uno la Empresa se compromete a salvaguardar el cumplimiento de los principios de nuestra Política de Responsabilidad Social Corporativa, como es el desarrollo de un marco favorable de relaciones laborales basado en la igualdad de oportunidadesoportunidades entre mujeres y hombres en ámbitos tales como el acceso al empleo, la no discriminación promoción profesional, la formación, la retribución, las condiciones de trabajo y empleo, la salud laboral, la ordenación del tiempo de trabajo y la conciliación, la prevención y actuación frente al acoso sexual y del acoso por razón de sexo, y el respeto a la diversidaduso no discriminatorio del lenguaje, promoviendo un entorno seguro y saludable y facilitando la comunicación con el equipo humanoy la publicidad.

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Samples: Convenio Colectivo

Plan de Igualdad. La Dirección de Iberdrola Inmobiliaria y la Representación Social en la misma son conscientes de las distintas modificaciones que en el ámbito de las relaciones sociales, laborales, familiares y económicas ha supuesto la masiva incorporación de las mujeres al mercado de trabajo, si bien también se reconocen las dificultades que se están encontrando en la consecución de un equilibrio en su participación social y laboral, debido en gran medida a razones culturales, relacionadas con la xxxxxxxx casi en exclusiva, por parte de la mujer, de las responsabilidades domésticas y familiares. Es por tanto en este marco, donde la Dirección de la Compañía y la Representación Social muestran su inquebrantable voluntad de trabajar por la consecución de una igualdad real entre hombres y mujeres, enfrentando las posibles razones culturales que no permiten llegar a la misma. Trabajo encaminado a hacer efectivo este principio de igualdad, que en el ámbito de empresa requieren necesariamente de políticas activas en los distintos ámbitos. En consecuencia, las partes acuerdan integrar en el presente Convenio Colectivo el Plan de Igualdad, firmado con fecha 11 de noviembre de 2009, para por un lado dar cumplimiento al objetivo que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece en su artículo 43 que mediante la negociación colectiva se podrán establecer medidas de acción positiva para favorecer el acceso de las mujeres al empleo y demás normativa aplicablela aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y no discriminación en las condiciones de trabajo entre hombres y mujeres. Asimismo, en su artículo 45.2, dispone que en el caso de empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en dicho capítulo, que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral. Los planes de igualdad podrán contemplar entre otras materias como el acceso al empleo, la clasificación profesional, la promoción y formación, las retribuciones, la ordenación del tiempo de trabajo para la conciliación laboral, personal y familiar, y la prevención del acoso sexual y del acoso por otrorazón del sexo: elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, seguir avanzando en uno realización de los principios campañas informativas o acciones de nuestra Política formación. Se acuerda, por tanto, la creación de Responsabilidad Social Corporativa, como es el una comisión para la elaboración y desarrollo de un marco favorable plan de relaciones laborales basado igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Esta estará compuesta por seis miembros, tres por la parte empresarial y tres por la parte social. Dicha comisión se constituirá en un plazo de tres meses a partir de la igualdad de oportunidades, la no discriminación y publicación en el respeto a la diversidad, promoviendo un entorno seguro y saludable y facilitando la comunicación con el equipo humano«BOE» del presente Convenio Colectivo.

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Samples: Vii Convenio Colectivo

Plan de Igualdad. La Dirección El objetivo de Iberdrola Inmobiliaria este capítulo es garantizar la igualdad de trato y la Representación Social en la misma son conscientes de oportunidades como uno de los principios integradores de este Convenio. Asimismo, aborda las distintas modificaciones que en el ámbito medidas de las relaciones sociales, laborales, familiares y económicas ha supuesto la masiva incorporación de las mujeres al mercado de trabajo, si bien también se reconocen las dificultades que se están encontrando en la consecución de un equilibrio en su participación social y laboral, debido en gran medida a razones culturales, relacionadas con la xxxxxxxx casi en exclusiva, por parte conciliación de la mujervida laboral con las necesidades personales y responsabilidades familiares, con el objetivo común de lograr que las responsabilidades domésticas y familiares. Es por tanto en este marco, donde la Dirección necesidades organizativas de la Compañía y sean compatibles con la Representación Social muestran su inquebrantable voluntad vida personal de trabajar por la consecución las personas trabajadoras. Con el fin de una igualdad real evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres, enfrentando las posibles razones culturales que no permiten llegar a la misma. Trabajo encaminado a hacer efectivo este principio de igualdad, que en el ámbito de empresa requieren necesariamente de políticas activas en los distintos ámbitos. En consecuencia, las partes acuerdan integrar en el presente Convenio Colectivo el se redactará un Plan de Igualdad, firmado con fecha 11 de noviembre de 2009, para por un lado dar cumplimiento al objetivo que establece Igualdad conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres hombres. La Comisión Negociadora del presente Convenio se compromete a crear una Comisión de Igualdad con el objetivo de supervisar el cumplimiento del Plan de Igualdad de la Compañía durante el periodo de vigencia del presente Convenio. Queda prohibida toda discriminación basada en el sexo o la edad de las personas trabajadoras en lo que respecta al salario y demás normativa aplicablela contratación cuando desempeñen puestos de igual valor o igual grupo profesional, así como en lo que respecta a los ascensos, etc. La Compañía y por otro, seguir avanzando SEPLA tienen interés en uno de los principios de nuestra Política de Responsabilidad Social Corporativa, como es el desarrollo de un marco favorable de relaciones laborales basado desarrollar medidas en sus correspondientes ámbitos para lograr la igualdad de oportunidadesoportunidades entre hombres y mujeres en el lugar de trabajo para contribuir al pleno desarrollo de los derechos y las capacidades de las personas. El punto xx xxxxxxx será la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la no discriminación igualdad efectiva de mujeres y el respeto a la diversidad, promoviendo un entorno seguro y saludable y facilitando la comunicación con el equipo humanohombres.

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Samples: Convenio Colectivo

Plan de Igualdad. La Dirección 43.1.- Este capítulo pretende garantizar la igualdad de Iberdrola Inmobiliaria trato y oportunidades como principio integrador del presente convenio. Así mismo aborda las medidas de conciliación entre la Representación Social en la misma son conscientes de las distintas modificaciones que en el ámbito de las relaciones sociales, laborales, familiares y económicas ha supuesto la masiva incorporación de las mujeres al mercado de trabajo, si bien también se reconocen las dificultades que se están encontrando en la consecución de un equilibrio en su participación social y vida laboral, debido en gran medida a razones culturales, relacionadas necesidades personales y responsabilidades familiares con el objetivo común de compatibilizar las necesidades organizativas de la empresa con la xxxxxxxx casi en exclusiva, por parte vida personal de los trabajadores. Con la mujer, finalidad de las responsabilidades domésticas y familiares. Es por tanto en este marco, donde la Dirección evitar cualquier tipo de la Compañía y la Representación Social muestran su inquebrantable voluntad de trabajar por la consecución de una igualdad real discriminación laboral entre hombres y mujeres, enfrentando las posibles razones culturales que no permiten llegar a la misma. Trabajo encaminado a hacer efectivo este principio se elaborará un Plan de igualdad, que en el ámbito de empresa requieren necesariamente de políticas activas Igualdad en los distintos ámbitos. En consecuencia, las partes acuerdan integrar términos regulados en el presente Convenio Colectivo el Plan de Igualdad, firmado con fecha 11 de noviembre de 2009, para por un lado dar cumplimiento al objetivo que establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres hombres. La Comisión Negociadora del presente convenio, se compromete a crear una Comisión de igualdad integrada por 4 miembros de cada una de las partes firmantes del mismo, con el objetivo de analizar y demás normativa aplicabledebatir un Plan de igualdad de la compañía durante la vigencia del presente Convenio. 43.2.- Se prohíbe toda discriminación, y por otro, seguir avanzando en uno razón de sexo o edad de los principios trabajadores en materia salarial y de nuestra Política contratación, cuando desarrollen trabajos de Responsabilidad Social Corporativaigual valor y/o grupo profesional, así como es el desarrollo en materia de un marco favorable de relaciones laborales basado promoción, ascensos, etc. Las organizaciones firmantes del Convenio, tanto empresariales como sindicales, están interesados en desarrollar en sus ámbitos respectivos medidas para conseguir la igualdad de oportunidadesoportunidades para hombres y mujeres en el trabajo, con la no discriminación finalidad de contribuir al pleno desarrollo de los derechos y el respeto a capacidades de las personas. El punto xx xxxxxxx será la diversidadLO 3/2007, promoviendo un entorno seguro Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y saludable y facilitando la comunicación con el equipo humanohombres.

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Samples: Convenio Colectivo