Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. Como obligación previa al inicio de las obras el adjudicatario deberá aceptar el estudio de Seguridad y Salud para la obra que figure en el proyecto adjudicado y proponer su propio Plan de Seguridad a la Dirección Facultativa. El Plan de Seguridad y Salud en el trabajo deberá ser presentado por el contratista a la Administración en el plazo máximo de 30 días naturales desde la fecha de notificación de la adjudicación, al objeto de que pueda ser aprobado por ésta previamente al inicio de la obra, requisito imprescindible para que ésta se pueda comenzar. 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98 Si se incumple dicho plazo y debido a ello, la aprobación del Plan no se produce antes de la comprobación del replanteo e inicio de las obras, aunque se autorice el inicio de las mismas, para su comienzo efectivo será condición imprescindible la aprobación del referido Plan. En dicho supuesto, el plazo contractual empezará a contar a partir del día siguiente a la firma del Acta de comprobación de replanteo e inicio de las obras, en el que se dejará constancia de los extremos mencionados.
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Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. Como obligación previa al inicio 22.1. El contratista adjudicatario de las obras el adjudicatario deberá aceptar el estudio de Seguridad y Salud para la obra que figure en el proyecto adjudicado y proponer su propio Plan de Seguridad a la Dirección Facultativa. El elaborar un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo deberá ser presentado trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el contratista a que se establecen disposiciones mínimas en materia de seguridad y salud en las obras de construcción, que se presentará por duplicado. Dicho Plan, con el correspondiente informe del coordinador o, en su defecto, por la Administración en dirección facultativa que designe el plazo máximo órgano de 30 días naturales desde la fecha de notificación de la adjudicacióncontratación, al objeto de que pueda ser aprobado por ésta previamente al inicio de la obra, requisito imprescindible para que ésta se pueda comenzar. 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98 Si se incumple dicho plazo y debido a ello, la aprobación antes del Plan no se produce antes de la comprobación del replanteo e inicio de las obras, aunque se autorice elevará para su aprobación al órgano competente de la Diputación.
22.2. El coordinador o la persona integrada en la dirección facultativa designada al efecto, podrán ordenar la paralización provisional de la obra en su totalidad o de los tajos, en particular, cuando observase el inicio incumplimiento de las mismasmedidas de seguridad y salud, con riesgo inminente o grave para su comienzo efectivo será condición imprescindible la aprobación del referido Planlas personas. En dicho supuestoestos casos, pondrá el tema en conocimiento inmediato de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y del resto de los interesados, conforme al artículo 14 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.
22.3. No se iniciará ninguna obra sin que se haya aprobado el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo. Si en el transcurso de la obra se ordena la paralización de las obras por incumplimiento por el contratista o subcontratista de las medidas de seguridad y salud, el tiempo en que permanezca paralizada la obra o el tajo seguirá computándose a los efectos de plazo contractual empezará de ejecución y podrá llegar a contar a partir ser causa de resolución de la misma, conforme los artículos 196, 197 y 220 de la Ley de Contratos del día siguiente a la firma del Acta de comprobación de replanteo e inicio de las obras, en el que se dejará constancia de los extremos mencionadosSector Público.
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Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. Como obligación previa al inicio 19.1. El contratista adjudicatario de las obras el adjudicatario deberá aceptar el estudio de Seguridad y Salud para la obra que figure en el proyecto adjudicado y proponer su propio Plan de Seguridad a la Dirección Facultativa. El elaborar un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo deberá ser presentado trabajo, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el contratista a que se establecen disposiciones mínimas en materia de seguridad y salud en las obras de construcción, que se presentará por duplicado. Dicho Plan, con el correspondiente informe del coordinador o, en su defecto, por la Administración en dirección facultativa que designe el plazo máximo órgano de 30 días naturales desde la fecha de notificación de la adjudicacióncontratación, al objeto de que pueda ser aprobado por ésta previamente al inicio de la obra, requisito imprescindible para que ésta se pueda comenzar. 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98 Si se incumple dicho plazo y debido a ello, la aprobación antes del Plan no se produce antes de la comprobación del replanteo e inicio de las obras, aunque se autorice elevará para su aprobación al órgano competente de la Diputación.
19.2. El coordinador o la persona integrada en la dirección facultativa designada al efecto, podrán ordenar la paralización provisional de la obra en su totalidad o de los tajos, en particular, cuando observase el inicio incumplimiento de las mismasmedidas de seguridad y salud, con riesgo inminente o grave para su comienzo efectivo será condición imprescindible la aprobación del referido Planlas personas. En dicho supuestoestos casos, pondrá el tema en conocimiento inmediato de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y del resto de los interesados, conforme al artículo 14 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre.
19.3. No se iniciará ninguna obra sin que se haya aprobado el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo. Si en el transcurso de la obra se ordena la paralización de las obras por incumplimiento por el contratista o subcontratista de las medidas de seguridad y salud, el tiempo en que permanezca paralizada la obra o el tajo seguirá computándose a los efectos de plazo contractual empezará de ejecución y podrá llegar a contar a partir ser causa de resolución de la misma, conforme los artículos 196, 197 y 220 de la Ley de Contratos del día siguiente a la firma del Acta de comprobación de replanteo e inicio de las obras, en el que se dejará constancia de los extremos mencionadosSector Público.
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Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. Como obligación previa al inicio de las obras Formalizado el contrato el adjudicatario deberá aceptar el estudio de Seguridad y Salud para la obra que figure en el proyecto adjudicado y proponer su propio Plan de Seguridad a la Dirección Facultativa. El elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo deberá ser presentado Trabajo de la Obra, ajustado al Estudio de Seguridad y Salud o, en su caso, Estudio Básico de Seguridad del Proyecto, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en estos. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el Contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución del nivel de protección previsto en el Estudio. El Plan será aprobado por el contratista a la Administración en el plazo máximo de 30 días naturales desde la fecha de notificación de la adjudicaciónAyuntamiento, al objeto de que pueda ser aprobado por ésta previamente al antes del inicio de la obra, requisito imprescindible para que ésta se pueda comenzar. 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F previo informe del HASH DEL CERTIFICADO: 6365B317B8633111667D30E48C3328C8066913FD Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx de Fuensalida - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx Sede Electrónica: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxxx.xxx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98 Si se incumple dicho plazo 45510IDOC26D2A1BE716505C4484 Coordinador en materia de seguridad y debido a ello, la aprobación del Plan no se produce antes salud o de la comprobación del replanteo e inicio Dirección facultativa de las obrasla Obra, aunque si no fuera preceptivo designar Coordinador, y se autorice el inicio de las mismas, para su comienzo efectivo será condición imprescindible la aprobación del referido Plan. En dicho supuesto, el plazo contractual empezará a contar a partir del día siguiente comunicará a la firma del Acta de comprobación Autoridad Laboral. Efectuado este trámite se procederá al acta de replanteo e inicio de las obras, en el que se dejará constancia de los extremos mencionadosla obra.
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Samples: Contrato De Obras
Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. Como obligación previa al inicio de las obras el adjudicatario deberá aceptar el estudio de Seguridad y Salud para la obra que figure en el proyecto adjudicado y proponer su propio Plan de Seguridad a la Dirección Facultativa. El Plan de Seguridad y Salud en el trabajo deberá ser presentado por el contratista a la Administración en En el plazo máximo de 30 quince días naturales desde la fecha de notificación de la adjudicaciónadjudicación el contratista presentará al Órgano de contratación el Plan de seguridad y salud en el trabajo, que será informado en el plazo de cinco días naturales sobre la procedencia de su aprobación. NOMBRE: XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX En todo caso, el plazo máximo para la aprobación del Plan de seguridad y salud en el trabajo será de un mes desde la firma del contrato. Si, por incumplir el contratista los plazos indicados en el párrafo anterior, no fuera posible empezar las obras al objeto de que pueda ser aprobado por ésta previamente al inicio de la obra, requisito imprescindible para que ésta se pueda comenzar. 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F recibir Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC24638BBCD9CA5674B98 Si se incumple dicho plazo y debido a ello, la aprobación del Plan no se produce antes 16001IDOC297441EE4FAEA1C47AA PLIEGO CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS CONTRATACIÓN OBRAS PROCEDIMIENTO ABIERTO “Acondicionamiento de la comprobación del replanteo e inicio urbanización en calles de las obras, aunque se autorice Tiradores en Cuenca. X/ Xxxxxxxxx” (xxxx nº 125 P.O.S. 2021-2022) 1DF9BDD4FE4CC45233D5D4E43DCD565D10C42A1B autorización para el inicio de las mismas, para su comienzo efectivo será condición imprescindible la aprobación del referido Planno podrá reclamar ampliación alguna de plazo por este motivo. En dicho supuesto, el plazo contractual empezará a contar a partir del día siguiente a la firma del Acta de comprobación de replanteo e inicio de las obras, en el que se dejará constancia de los extremos mencionados.02/02/2022
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