PLAZO DE ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS Cláusulas de Ejemplo

PLAZO DE ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. El furgón CCTV objeto del presente Xxxxxx, deberá ser entregado en el centro de trabajo que AIGÜES D’ELX designe en un plazo máximo de: - CUATRO (4) meses contados a partir de la fecha de firma del contrato. El incumplimiento de este plazo (o del ofertado, si fuere menor) podrá ser causa de resolución del contrato conforme se indica en el punto 8. Cualquier previsión de retraso en la entrega o de excepción por motivos no imputables al Adjudicatario (plazo de entrega impuesto por el fabricante de los vehículos, problemas de transporte, etc.) deberá ser comunicado por escrito por el Adjudicatario a AIGÜES D’ELX, acreditando justificadamente dichos motivos e indicando la fecha prevista de entrega efectiva.
PLAZO DE ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. Tres meses
PLAZO DE ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. Los vehículos objeto del presente pliego, deberán ser entregados en la Planta de recuperación y Compostaje xx Xxxxx (Almería) en un plazo máximo de TRES (3) meses contado a partir de la fecha del contrato. Cada cabeza tractora deberá disponer de dos copias de las llaves del mismo, las cuales serán devueltas a la finalización del contrato. En caso de exceder los plazos de entrega, el licitador deberá prestar en régimen de alquiler sin coste para el Consorcio de Residuos Sólidos, los vehículos equivalentes a los restantes de entrega. Los vehículos referenciados estarán dotados de las características técnicas necesarias y motorización suficiente para realizar el servicio de transferencia de residuos.

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  • Entrega de los bienes El Concursante adjudicado hará entrega de los bienes conforme a los términos y requerimientos xxx Xxxxxx de Requisitos y condiciones pactadas en el contrato, entendiéndose por ello la forma, lugar, y el plazo, entre otros señalado en los Anexos 1 y 2. Los Concursantes deberán presentar su oferta considerando que los bienes deben ser entregados bajo la condición DDP Destino Final, entregado con derechos pagados de acuerdo a los Incoterms 2010 bajo la cual serán evaluados y adquiridos. Atendiendo a las características de los bienes, las maniobras de descarga en destino final, serán por cuenta de CFE GENERACION III EPS. En su caso, los Concursantes adjudicados, a la entrega deberán presentar a CFE Generación III EPS, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre, mediante el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes que entregará, este escrito será presentado en el almacén que corresponda a la última entrega. La recepción será en el lugar, fecha y horario indicado en el Anexo 2, debiendo obtener la evidencia de entrega mediante el sello otorgado por el responsable de la recepción de los bienes en el almacén en la factura o nota de remisión y la aceptación del área técnica. El Administrador del Contrato, notificará por escrito al Proveedor sobre la devolución o rechazo de los bienes, en un plazo que no excederá de 5 (cinco) días naturales siguientes a su recepción. El Concursante adjudicado acepta los términos establecidos en el presente Pliego de Requisitos para la aceptación de los bienes, estando de acuerdo que hasta en tanto ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados. El Proveedor debe cumplir con lo establecido en la Especificación CFE-L1000-11 vigente relativa a “Empaque, embalaje, embarque, transporte, descarga, recepción y almacenamiento de bienes muebles adquiridos por CFE”, así como los manuales del usuario correspondientes, de conformidad con la especificación CFE-L1000-32 vigente.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EL INDICADO EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO FECHA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA LA INDICADA EN LA CONVOCATORIA O LA MODIFICACIÓN QUE EN SU CASO SE HAYA EFECTUADO.

  • PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA 20.1.- El Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Cuadro de Características de este Pliego, apartado 16, establecerá el plazo máximo para la entrega o entregas sucesivas de los productos, una vez recibido el pedido por el contratista. Si el licitador ofertase un plazo inferior, y la Administración lo estimase conveniente, se hará constar éste en el contrato y será el exigido en la ejecución del mismo. 20.2.- La entrega se efectuará en el lugar indicado en el apartado 16 del Cuadro de características. En todo caso, dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega, o en el plazo que se determine en el apartado 20 de Condiciones Específicas del procedimiento, la Administración realizará un acto formal y positivo de recepción o conformidad. 20.3.- El contratista estará obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos, de acuerdo con el art. 268 LCSP. 20.4.- Gastos de entrega y recepción.- Salvo pacto en contrario, los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA El CONTRATISTA ejecutará y entregará la obra satisfactoriamente concluida, en estricto acuerdo con los ítems de la propuesta adjudicada, los planos del diseño final, la validación del lugar de la obra, las especificaciones técnicas y el Cronograma de Ejecución de Obra en el plazo de (Registrar en forma literal y numeral el plazo de ejecución de la obra) calendario, que serán computados a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR expida la Orden de Proceder, por orden de la ENTIDAD. Emitida la Orden de Proceder, que constará en el Libro de Órdenes, comenzará a correr el plazo de ejecución de la obra. El plazo para la movilización del CONTRATISTA, realizando los trabajos de instalación de faenas, facilidades para la SUPERVISIÓN y propias, que será de (Registrar en forma literal y numeral el plazo previsto para el efecto) días calendario, forma parte del plazo total de ejecución de la obra, por lo que también se computa a partir de la emisión de la Orden de Proceder. El plazo de ejecución de la obra, establecido en la presente cláusula, podrá ser ampliado en los siguientes casos: a) Cuando la ENTIDAD así lo determine. b) Por demora en el pago de planillas de avance de obra. c) Por otras de las causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo. En los casos señalados precedentemente se aplicara el procedimiento establecido en la Cláusula Trigésima, dando lugar a una modificación del contrato por Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio, conforme lo establecido en los incisos b) y c) del numeral 30.4, del presente contrato. El CONTRATISTA deberá efectuar el trámite de reclamo en su favor, cumpliendo el procedimiento pertinente, el que será analizado por el SUPERVISOR para luego emitir informe y recomendación respectiva al FISCAL, a efectos de la emisión de la Orden de Cambio y/o Contrato Modificatorio que establezca la ampliación de plazo.

  • PLAZO DE ENTREGA “El Proveedor” se obliga a la entrega de los bienes dentro de un término de 15 (Quince) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato. No se aceptarán entregas parciales, solo se aceptará la totalidad de los bienes. Además “El Proveedor” se obliga a entregar en la Subdirección de Adquisiciones, Arrendamiento y Mantenimiento de Inmuebles de “La Secretaría” una constancia que avale la entrega recepción de los bienes. Solo hasta la entrega total se recibirá la factura debidamente requisitada y hasta entonces se iniciará el trámite normativo correspondiente de pago. - -

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación Sub Gerencia de Personal

  • PLAZOS DE ENTREGA El XXXXXX CATALANA procurará siempre y con todo interés efectuar las entregas de mercancías en los plazos convenidos, los cuales, cuando se fijen por unidad de tiempo sin fecha, los cuales no empezaran a contar hasta que XXXXXX CATALANA no haya obtenido la confirmación por escrito del pedido. Esto es, éste no será vinculante hasta que el Comprador lo confirme y acepte por escrito. No obstante, cabe tener en cuenta que si los plazos de expedición y entrega se indican en las condiciones de transacción comercial, estos se entenderán aproximados y meramente indicativos. En estos casos, XXXXXX CATALANA no responderá por retraso en la entrega de las mercancías si dicho incumplimiento o retraso es debido a causas de fuerza mayor o por otros motivos que no le sean directamente imputables, o bien han sido expresamente comunicados con una antelación mínima de dos día. En estos casos, el Comprador no tendrá derecho a reclamar ningún tipo de indemnización, compensación, penalidad ni anulación total o parcial del pedido. En el caso de común acuerdo sobre la suspensión o aplazamiento de las fechas de entrega del pedido, ello tendrá siempre carácter temporal, salvo que ya se hubiesen convenido correctamente nuevas fechas. De no existir en forma fehaciente este último convenio, XXXXXX CATALANA podrá efectuar las entregas o poner las mercancías a disposición del Comprador cuando, a su criterio, considere terminado el plazo de suspensión o transcurridas las fechas de aplazamiento, sin que la parte compradora pueda oponerse a la recepción de las mercancías. De no haberse establecido desde el principio fechas de entrega, se entenderá que el Comprador se compromete a adquirir la totalidad del pedido en el tiempo máximo de seis meses. Por otro lado, en el caso de que la recogida de la mercancía incumba al Comprador y éste no la recoja tras su puesta a disposición, XXXXXX CATALANA tendrá derecho a almacenar la mercancía o, después de interpelar al Comprador, proceder a su entrega o venta compensatoria por cuenta y riesgo de este. En el caso de entregas sucesivas, si el Comprador persiste en no recoger las mercancías, XXXXXX CATALANA podrá resolver el contrato anulando en consecuencia aquella parte del pedido pendiente de servir. Las causas internas de ABELAN CATALANA que supongan un paro, una suspensión o una reducción pasajera de la producción, dan derecho a prórrogas por el tiempo equivalente a su duración, pero no podrán ser invocadas por las partes como causa de anulación de los pedidos, salvo caso de fuerza mayor.

  • Importe máximo de los gastos de publicidad de la licitación 2.000 euros

  • PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares se fijara un plazo diferente. El plazo de SESENTA (60) días antes aludido o el que se establezca en el pertinente pliego particular se renovará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el respectivo pliego particular, y así sucesivamente, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación mínima xx XXXX (10) días corridos al vencimiento de cada plazo. La prórroga automática del plazo de mantenimiento de oferta no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura. El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos, y en ese caso, la jurisdicción o entidad contratante la tendrá por retirada a la finalización del período indicado. Si el oferente, en la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la fecha indicada en el párrafo anterior. Si el oferente manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta fuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía de mantenimiento de la oferta. Con posterioridad a la notificación del acto de adjudicación, el plazo de mantenimiento de oferta se renovará por DIEZ (10) días hábiles. Vencido éste plazo sin que se hubiese notificado la orden de compra o venta por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá desistir de su oferta sin que le sea aplicable ningún tipo de penalidad ni sanción.