PLAZO. El pago se efectuará una vez vencido el período que corresponda, dentro de los siguientes plazos máximos: cuatro (4) días hábiles para la remuneración mensual o quincenal y tres (3) días hábiles para la semanal.
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Samples: fataga.com.ar, oig.cepal.org, Contrato De Trabajo
PLAZO. El pago se efectuará una vez vencido el período que corresponda, dentro de los siguientes plazos máximos: cuatro (4) 4 días hábiles para la remuneración mensual o quincenal y tres (3) 3 días hábiles para la semanal.
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Samples: www.ceclasvarillas.org.ar, www.mardelplata.gob.ar, www.aecazul.com
PLAZO. El pago se efectuará una vez vencido el período que corresponda, dentro de los siguientes plazos máximos: cuatro Cuatro (4) días hábiles para la remuneración mensual o quincenal y tres (3) días hábiles para la semanal.
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Samples: www.cec-neuquen.com, www.cpacf.org.ar
PLAZO. ARTICULO 128.- El pago se efectuará una vez vencido el período que corresponda, dentro de los siguientes plazos máximos: cuatro (4) días hábiles para la remuneración mensual o quincenal y tres (3) días hábiles para la semanal.
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Samples: www.uppa.org.ar