Precio de las unidades de obra no previstas en el contrato. 1. Cuando se juzgue necesario emplear materiales o ejecutar unidades de obra que no figuren en el proyecto, la propuesta del director de la obra sobre los nuevos precios a fijar se basará en cuanto resulte de aplicación, en los costes elementales fijados en la descomposición de los precios unitarios integrados en el contrato y, en cualquier caso, en los costes que correspondiesen a la fecha en que tuvo lugar la adjudicación.
Precio de las unidades de obra no previstas en el contrato. 1. Cuando ce juzgue nececario emplear materialec o ejecutar unidadec de obra que no figuren en el proyecto, la propuecta del director de la obra cobre loc nuevoc precioc a fijar ce bacará en cuanto reculte de aplicación, en loc coctec elementalec fijadoc en la deccompocición de loc precioc unitarioc integradoc en el contrato y, en cualquier caco, en loc coctec que correcpondiecen a la fecha en que tuvo lugar la adjudicación.
Precio de las unidades de obra no previstas en el contrato. 1. Cuando se juzgue necesario emplear materiales o ejecu- tar unidades de obra que no figuren en el proyecto, la pro- puesta del director de la obra sobre los nuevos precios a fijar se basará en cuanto resulte de aplicación, en los costes ele- mentales fijados en la descomposición de los precios unitarios integrados en el contrato y, en cualquier caso, en los costes que correspondiesen a la fecha en que tuvo lugar la adjudicación.