Common use of PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE Clause in Contracts

PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos serán inmediatamente ejecutivos y pondrán fin a la vía administrativa. Contra tales acuerdos podrá interponerse recurso potestativo de reposición en vía administrativa conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. El sometimiento a arbitraje se sujetará a lo dispuesto en la Ley 2/2006, de 3 xx xxxx, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y con carácter supletorio a la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación. adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato administrativo.

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Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Servicios, Contrato De Servicios

PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, se podrá modificar por razones de interés público el contrato y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados del TRLCSP y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivas. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratacióncontratación competente, cuyos acuerdos serán inmediatamente ejecutivos y pondrán fin a la vía administrativa. Contra tales acuerdos podrá interponerse administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso- administrativo, conforme a lo previsto por la Ley Reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición reposición, previsto en vía administrativa conforme a lo dispuesto en los art. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. El sometimiento a arbitraje se sujetará a lo dispuesto en la Ley 2/2006, de 3 xx xxxx, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y con carácter supletorio a la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación. adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato administrativo.

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Samples: Contract for the Supply and Implementation of Accounting Software

PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el 21.1. El órgano de contratación, cuyos contratación ostenta las prerrogativas previstas en el artículo 210 del TRLCSP y los acuerdos serán inmediatamente ejecutivos y que adopte en el ejercicio de las mismas pondrán fin a la vía administrativaadministrativa y serán inmediatamente ejecutivos. 21.2. Contra tales acuerdos podrá interponerse recurso potestativo El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de reposición las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de de este contrato será el contencioso-administrativo, sin perjuicio de que, en vía administrativa conforme a lo dispuesto su caso, proceda la interposición de cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. 21.3. El sometimiento a arbitraje se sujetará a lo dispuesto recurso especial podrá interponerse contra los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos de trámites adoptados en el procedimiento de adjudicación cuando decidan directa o indirectamente sobre la Ley 2/2006, de 3 xx xxxx, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y con carácter supletorio a la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación. adjudicación, efectosdeterminen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, cumplimiento y extinción del presente contrato administrativo.los acuerdos de adjudicación. GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE MELILLA

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Samples: Suministro De Aparataje E Instrumental Sanitario

PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Corresponden al Ayuntamiento xx Xxxxxx las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011 , de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratacióncontratación competente, cuyos acuerdos serán inmediatamente ejecutivos y pondrán fin a la vía administrativa. Contra tales acuerdos , y contra los mismos se podrá interponerse interponer potestativamente recurso potestativo de reposición en vía administrativa conforme a el plazo de un mes ante el mismo órgano o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación. En todo lo dispuesto no expresamente previsto en la Ley 30/1992estos Pliegos, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. El sometimiento a arbitraje se sujetará a lo dispuesto en la Ley 2/2006, de 3 xx xxxx, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y con carácter supletorio a la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación. adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato administrativose regirá por el TRLCSP y su legislación de desarrollo.

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Samples: Contrato De Gestión Del Servicio Público

PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. 32.1. El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público, los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP, de 16 de noviembre. Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos. 32.2. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratacióncontratación competente, cuyos acuerdos serán inmediatamente ejecutivos y pondrán fin a la vía administrativa. Contra tales acuerdos podrá interponerse administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición reposición, previsto en vía administrativa conforme a lo dispuesto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. El sometimiento a arbitraje se sujetará a lo dispuesto en la Ley 2/2006, de 3 xx xxxx, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y con carácter supletorio a la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación. adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato administrativo.

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Samples: Contract for the Management of Services

PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos serán inmediatamente ejecutivos y pondrán fin a la vía administrativa. Contra tales acuerdos podrá interponerse recurso potestativo de reposición en vía administrativa conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente, recurso contencioso-contencioso- administrativo conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Contencioso-Administrativa. El sometimiento a arbitraje se sujetará a lo dispuesto en la Ley 2/2006, de 3 xx xxxx, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y con carácter supletorio a la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación. adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato administrativo.

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Samples: Servicios Técnicos, De Consultoría Y De Asistencia

PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de este contrato serán resueltas por el órgano de contratación, cuyos acuerdos serán inmediatamente ejecutivos y pondrán fin a la vía administrativa. Contra tales acuerdos podrá interponerse recurso potestativo de reposición en vía administrativa conforme a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien, directamente, recurso contencioso-contencioso- administrativo conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Contencioso-Administrativa. X/ XXXXXXXX XXXX, 1 47008 VALLADOLID El sometimiento a arbitraje se sujetará a lo dispuesto en la Ley 2/2006, de 3 xx xxxx, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y con carácter supletorio a la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación. adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato administrativo.

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Samples: Contrato De Servicios