Common use of Principios: igualdad, transparencia, publicidad, información y confidencialidad Clause in Contracts

Principios: igualdad, transparencia, publicidad, información y confidencialidad. El órgano de contratación dará a las empresas licitadoras un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán su actuación al principio de transparencia. Sin perjuicio de las disposiciones de la LCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a las empresas licitadoras, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por las licitadoras que hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en este pliego, en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que este pliego o el contrato establezcan un plazo mayor.

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Samples: Pliego De Cláusulas Particulares Contratacion De Agencia Publicitaria Para Asumir La Gestión De Dos Campañas Publicitarias, Pliego De Cláusulas Particulares

Principios: igualdad, transparencia, publicidad, información y confidencialidad. El órgano de contratación dará a las empresas licitadoras un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán su actuación al principio de transparencia. Sin perjuicio de las disposiciones de la LCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a las empresas licitadoras, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por las licitadoras que hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en este pliego, en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que en el Cuadro Resumen de este pliego o el contrato establezcan un plazo se estableciera uno mayor.

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Samples: Pliego De Condiciones Jurídicas Particulares, Pliego De Condiciones Jurídicas Particulares

Principios: igualdad, transparencia, publicidad, información y confidencialidad. El órgano de contratación dará a las empresas licitadoras un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán su actuación al principio de transparencia. Sin perjuicio de las disposiciones de la LCSP del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a las empresas licitadoras, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por las licitadoras que hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. El La contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en este pliego, pliego o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que este pliego o el contrato establezcan un plazo mayor.

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Samples: Contrato De Suministro

Principios: igualdad, transparencia, publicidad, información y confidencialidad. El órgano de contratación dará a las empresas licitadoras los licitadores un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán ajustará su actuación al principio de transparencia. Sin perjuicio de las disposiciones de la LCSP del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a las empresas licitadoraslos licitadores, los órganos el órgano de contratación no podrán divulgar la información facilitada por las licitadoras los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en este pliego, Pliego o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que este pliego Pliego o el contrato establezcan un plazo mayor.

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Samples: www.alonsotegi.net

Principios: igualdad, transparencia, publicidad, información y confidencialidad. El órgano de contratación dará a las empresas licitadoras los licitadores un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán su actuación al principio de transparencia. Sin perjuicio de las disposiciones del Texto Refundido de la LCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a las empresas licitadoraslos licitadores, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por las licitadoras los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en este pliego, pliego o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que este pliego o el contrato establezcan un plazo mayor.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para Contratar Las Obras De “Aparcamiento Disuasorio en La Zona De Pradera Usila

Principios: igualdad, transparencia, publicidad, información y confidencialidad. El órgano de contratación dará a las empresas licitadoras un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán su actuación al principio de transparencia. Sin perjuicio de las disposiciones de la LCSP del TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a las empresas licitadoras, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por las licitadoras que éstas hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. El La contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en este pliego, pliego o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que este pliego o el contrato establezcan un plazo mayor.

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Samples: Contrato De Obras

Principios: igualdad, transparencia, publicidad, información y confidencialidad. El órgano de contratación dará a las empresas licitadoras los licitadores un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustarán su actuación al principio de transparencia. Sin perjuicio de las disposiciones de la LCSP TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a las empresas licitadoraslos licitadores, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por las licitadoras los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en este pliego, pliego o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que este pliego o el contrato establezcan establezca un plazo mayor.

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Samples: www.guenes.eus