Procedimiento de Contratación Alcanzado Cláusulas de Ejemplo

Procedimiento de Contratación Alcanzado. El presente llamado se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para el Sistema de Compras Electrónicas de la Provincia de Buenos Aires, en adelante “PBAC”, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 y concordantes de la Ley N° 13.981, y del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y sus modificatorias, Resolución N° RESOL-2019-76-GDEBA-CGP de la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires que aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios, Resolución Conjunta N° 20/17 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y N° 92/17 del Contador General de la Provincia de Buenos Aires, Resolución N° 2017-5-E-GDEBA-CGP y modificatorias, Resolución Conjunta N° RESOC- 2020-2-GDEBA-CGP y el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexos, que rigen para el procedimiento encuadrado en los artículos 18 de la Ley N° 13.981, y 18, inciso 1º apartado a), del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA y sus modificatorias, Proceso de Compra N° 382-0025-CME24, bajo la modalidad de Contratación Menor, Expediente Nº EX-2024-01055231-GDEBA-DPTAAARBA. La presente tiene por objeto la contratación del servicio de Renovación de la Suscripción de la licencia de Software de Análisis de Vulnerabilidades a nivel WEB “Acunetix on premise para cinco (5) targets, tipo premium”, con destino a cubrir las necesidades operativas de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, conforme las condiciones del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos, de acuerdo al siguiente detalle: Renglón Cantidad Unidad Descripción 1 1 Servicio Renovación de la Suscripción de la licencia de Software de Análisis de Vulnerabilidades a nivel WEB “Acunetix on premise para cinco (5) targets, tipo premium”. En un todo de acuerdo a lo detallado en el Anexo I - Especificaciones Técnicas Básicas. El presupuesto oficial de la presente contratación asciende a la suma total de pesos veintiocho millones setecientos seis mil quinientos veinte ($28.706.520). La cotización y pago se efectuarán en moneda de curso legal.
Procedimiento de Contratación Alcanzado. Las presentes Condiciones Particulares rigen para la Contratación Directa Nº28/2016, procedimiento regulado por el Capítulo I - Título III - Contrataciones de la Ley de Contabilidad - Decreto-Ley Nº 7764/71, Artículo 26, Inciso 3), Apartado b).
Procedimiento de Contratación Alcanzado. Las presentes Condiciones Particulares y Anexo II de Especificaciones Técnicas y Anexo III Planilla de Cotización, rigen para el procedimiento que seguidamente se indica: Contratación Directa en los términos artículo 18 inc. 2 apartado B de la Ley N° 13.981, y artículo 18 inc 2 apartado B, del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA, por un periodo de doce (12) meses, con opción de prórroga por igual período de tiempo y con cláusula de redeterminación de precios conforme artículo 7° incisos f) y g) del Anexo I del Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
Procedimiento de Contratación Alcanzado. Las presentes Condiciones Particulares rigen para el procedimiento que seguidamente se indica: Licitación Privada en los términos de la Ley N°13.981, y Art 17 del Anexo I del Decreto Reglamentario DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA.
Procedimiento de Contratación Alcanzado. Las presentes Condiciones Particulares rigen para el procedimiento regulado por el Anexo I del Decreto N°592/16, en su artículo 3°, apartado b), Compra Superior N°2/2016.
Procedimiento de Contratación Alcanzado. Las presentes Condiciones Particulares rigen para los procedimientos regulados por el Capítulo I - Título III - Contrataciones de la Ley de Contabilidad - Decreto-Ley Nº 7764/71, que seguidamente se indican:

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.