Common use of PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL Clause in Contracts

PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. Todos los trabajos e información generados durante el desarrollo del contrato serán propiedad de ECCSA, que será titular de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial de la totalidad de los trabajos y de sus resultados con las limitaciones previstas en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por RDL 1/1996, de 12 xx xxxxx y la Ley 11/1986, de 20 xx xxxxx, de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, y su normativa complementaria y de desarrollo. Los integrantes del equipo del adjudicatario que hayan participado en el contrato se comprometerán expresamente mediante documento escrito a no divulgar información relacionada con el mismo durante su duración.

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