Propósito. 1.1 El propósito de este documento es definir las políticas del Banco y explicar los procedimientos para la selección, contratación y supervisión de los consultores cuyos servicios se requieren para proyectos financiados total o parcialmente por el Banco1 o fondos administrados2 por el Banco y ejecutados por el Beneficiario. 1.2 El Contrato xx Xxxxxxxx rige las relaciones legales entre el Prestatario y el Banco, y las Políticas se aplican a la selección y contratación de consultores para el proyecto de acuerdo a lo dispuesto en el Contrato. Los derechos y obligaciones del Prestatario3 y del consultor se rigen por la Solicitud de Propuestas (SP)4 específica emitida por el Prestatario y por el contrato firmado entre el Prestatario y el consultor, y no por las presentes Políticas ni por el Contrato xx Xxxxxxxx. Ninguna entidad distinta de las que suscriben el Contrato xx Xxxxxxxx podrá obtener derecho alguno en virtud del mismo ni reclamar título alguno sobre el importe xxx xxxxxxxx. 1.3 Para los efectos de las presentes Políticas, la expresión consultores5 incluye una amplia gama de entidades públicas y privadas, entre ellas, firmas consultoras, empresas de ingeniería, administradoras de construcción de obras, empresas de administración, agencias de contrataciones, agencias de inspección, agencias especializadas6 y otras organizaciones multilaterales, bancos de inversiones, bancos comerciales, universidades, instituciones de investigación, organismos gubernamentales, organizaciones no gubernamentales (ONGs) y consultores individuales.7 Con el fin de complementar su capacidad, los Prestatarios del Banco emplean a esas organizaciones como consultores para que presten ayuda en una gran variedad de servicios, tales como: asesoramiento en materia de políticas; reformas institucionales; administración; servicios de ingeniería; supervisión de construcción de obras; servicios financieros; servicios de contratación; estudios sociales y del medio ambiente, e identificación, preparación y ejecución de proyectos. 1 La expresión “Banco” utilizada en estas Políticas comprende al Banco Interamericano de Desarrollo y los fondos administrados por el Banco, y la expresión “préstamos” abarca todos los instrumentos y métodos de financiación, las cooperaciones técnicas y los financiamientos de operaciones. La expresión “Contrato xx Xxxxxxxx” comprende todos los instrumentos legales por medio de los cuales se formalizan las operaciones del Banco. 2 En caso de discrepancias entre el Acuerdo de Fondos Administrados y estas Políticas, prevalecerá el Acuerdo. 3 En algunos casos, el Prestatario actúa solamente como intermediario y el proyecto es ejecutado por otro organismo o entidad. Las referencias al Prestatario que se hacen en estas Políticas comprenden también a dichos organismos y entidades, así como a los Subprestatarios que participan en "acuerdos de subpréstamo". La expresion “Prestatario” incluye también “Beneficiario” en el caso de operaciones con financiamiento del Banco en calidad no reembolsable. 4 Veáse Apéndice 2.
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Propósito. 1.1 El propósito A través de este documento es definir la implementación del Plan de Gestión Social Contractual se dará a conocer el desempeño social del proyecto inherente a cada una de las políticas del Banco y explicar los procedimientos para la selección, contratación y supervisión de los consultores cuyos servicios se requieren para proyectos financiados total o parcialmente por el Banco1 o fondos administrados2 por el Banco y ejecutados por el Beneficiario.
1.2 El Contrato xx Xxxxxxxx rige las relaciones legales entre el Prestatario y el Banco, y las Políticas se aplican a la selección y contratación de consultores para actividades desarrolladas en el proyecto de Concesión, el cual se enmarcará en los siguientes objetivos: Presentar para implementación el Plan de Gestión Social Contractual xxx xxxxxxxx vial Bucaramanga – Pamplona de acuerdo a lo dispuesto con las condiciones socioeconómicas, culturales e institucionales del área de influencia directa e indirecta del proyecto. Desarrollar las estrategias, los programas y actividades previstas en el ContratoPlan de Gestión Social. Los derechos Desarrollar estrategias de:
a) Atención a la comunidad y obligaciones usuarios xxx xxxxxxxx vial, que permitan el conocimiento claro y oportuno de las particularidades del Prestatario3 proyecto, beneficios, impactos, planes de manejo, etc.
b) Información y del consultor se rigen por la Solicitud comunicación como parte integral de Propuestas (SP)4 específica emitida cada uno de los programas y proyectos planteados
c) Mecanismos de educación y capacitación al personal vinculado en el proyecto.
d) Contratación de mano de obra de acuerdo con las políticas establecidas por el Prestatario concesionario para tal fin. XXXXXXXX XXXXXXXXX / DSA XXXXXX XXXXXX / DSGI XXXXX X. XXXXXXXX / Gerente
e) Gestión interinstitucional dirigida a los entes de orden local (Departamentos, Municipios, CARs) y por el contrato firmado entre el Prestatario y el consultornacional (ANLA, y no por las presentes Políticas ni por el Contrato xx Xxxxxxxx. Ninguna entidad distinta de las que suscriben el Contrato xx Xxxxxxxx podrá obtener derecho alguno en virtud del mismo ni reclamar título alguno sobre el importe xxx xxxxxxxxANI).
1.3 Para f) Gestión interinstitucional dirigida a los efectos entes de las presentes Políticasorden local y nacional
g) Mecanismos de capacitación, Educación y Concientización de la expresión consultores5 incluye una amplia gama de entidades públicas y privadas, entre ellas, firmas consultoras, empresas de ingeniería, administradoras de construcción de obras, empresas de administración, agencias de contrataciones, agencias de inspección, agencias especializadas6 y otras organizaciones multilaterales, bancos de inversiones, bancos comerciales, universidades, instituciones de investigación, organismos gubernamentales, organizaciones no gubernamentales (ONGs) y consultores individuales.7 Con el fin de complementar su capacidad, los Prestatarios del Banco emplean a esas organizaciones como consultores para que presten ayuda en una gran variedad de servicios, tales como: asesoramiento en materia de políticas; reformas institucionales; administración; servicios de ingeniería; supervisión de construcción de obras; servicios financieros; servicios de contratación; estudios sociales y del medio ambiente, e identificación, preparación y ejecución de proyectosComunidad Aledaña al proyecto.
1 La expresión “Banco” utilizada en estas Políticas comprende al Banco Interamericano h) Programa de Desarrollo Arqueología Preventiva
i) Acompañamiento a la Gestión predial y pago de compensaciones tendientes a informar y capacitar a la comunidad del área de influencia directa sobre los fondos administrados por el Banco, procesos de adquisición de predios y la expresión “préstamos” abarca todos los instrumentos y métodos pago de financiación, las cooperaciones técnicas y los financiamientos de operaciones. La expresión “Contrato xx Xxxxxxxx” comprende todos los instrumentos legales por medio de los cuales se formalizan las operaciones del Bancocompensaciones.
2 En caso de discrepancias entre el Acuerdo de Fondos Administrados y estas Políticas, prevalecerá el Acuerdo.
3 En algunos casos, el Prestatario actúa solamente como intermediario y el proyecto es ejecutado por otro organismo o entidad. Las referencias al Prestatario que se hacen en estas Políticas comprenden también a dichos organismos y entidades, así como a los Subprestatarios que participan en "acuerdos de subpréstamo". La expresion “Prestatario” incluye también “Beneficiario” en el caso de operaciones con financiamiento del Banco en calidad no reembolsable. 4 Veáse Apéndice 2.
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Samples: Plan De Gestión Social Contractual
Propósito. 1.1 El propósito de este documento es definir las políticas del Banco y explicar los procedimientos para la selección, contratación y supervisión de los consultores cuyos servicios se requieren para proyectos financiados total o parcialmente por el Banco1 Banco o fondos administrados2 administrados por el Banco y ejecutados por el Beneficiario.
1.2 El Contrato xx Xxxxxxxx rige las relaciones legales entre el Prestatario y el Banco, y las Políticas se aplican a la selección y contratación de consultores para el proyecto de acuerdo a lo dispuesto en el Contrato. Los derechos y obligaciones del Prestatario3 Prestatario y del consultor se rigen por la Solicitud de Propuestas (SP)4 SP) específica emitida por el Prestatario y por el contrato firmado entre el Prestatario y el consultor, y no por las presentes Políticas ni por el Contrato xx Xxxxxxxx. Ninguna entidad distinta de las que suscriben el Contrato xx Xxxxxxxx podrá obtener derecho alguno en virtud del mismo ni reclamar título alguno sobre el importe xxx xxxxxxxx.
1.3 Para los efectos de las presentes Políticas, la expresión consultores5 consultores incluye una amplia gama de entidades públicas y privadas, entre ellas, firmas consultoras, empresas de ingeniería, administradoras de construcción de obras, empresas de administración, agencias de contrataciones, agencias de inspección, agencias especializadas6 especializadas y otras organizaciones multilaterales, bancos de inversiones, bancos comerciales, universidades, instituciones de investigación, organismos gubernamentales, organizaciones no gubernamentales (ONGsONG) y consultores individuales.7 individuales . Con el fin de complementar su capacidad, los Prestatarios del Banco emplean a esas organizaciones como consultores para que presten ayuda en una gran variedad de servicios, tales como: asesoramiento en materia de políticas; reformas institucionales; administración; servicios de ingeniería; supervisión de construcción de obras; servicios financieros; servicios de contratación; estudios sociales y del medio ambiente, e identificación, preparación y ejecución de proyectos.
1 La expresión “Banco” utilizada en estas Políticas comprende al Banco Interamericano de Desarrollo y los fondos administrados por el Banco, y la expresión “préstamos” abarca todos los instrumentos y métodos de financiación, las cooperaciones técnicas y los financiamientos de operaciones. La expresión “Contrato xx Xxxxxxxx” comprende todos los instrumentos legales por medio de los cuales se formalizan las operaciones del Banco.
2 En caso de discrepancias entre el Acuerdo de Fondos Administrados y estas Políticas, prevalecerá el Acuerdo.
3 En algunos casos, el Prestatario actúa solamente como intermediario y el proyecto es ejecutado por otro organismo o entidad. Las referencias al Prestatario que se hacen en estas Políticas comprenden también a dichos organismos y entidades, así como a los Subprestatarios que participan en "acuerdos de subpréstamo". La expresion “Prestatario” incluye también “Beneficiario” en el caso de operaciones con financiamiento del Banco en calidad no reembolsable. 4 Veáse Apéndice 2.
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