Common use of PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN Clause in Contracts

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. El Asegurado o el Beneficiario perderán todo derecho o acción origi- nados en esta Póliza en los siguientes casos: a)Si las pérdidas o daños han sido causados voluntariamente o agrava- dos por el Asegurado, o por sus representantes legales, o con su com- plicidad. b)Si se presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, apoyada en cualquier prueba falsa. c)Si al dar noticia del siniestro se omite maliciosamente informar acerca de los seguros coexistentes, sobre los mismos bienes asegura- dos. d)Si incurriere en actos, antes o después del siniestro, que perjudi- quen el derecho de subrogación de la Compañía. e)Por la omisión, no justificada, de la obligación de notificar a la Compañía o intermediarios sobre la ocurrencia del siniestro. f)Cuando prescriban los derechos al pago de la indemnización. g)Cuando el Asegurado, realice transacciones, arreglos extrajudicia- les o cualquier otro acto que tienda a reconocer su responsabilidad, sin previa y expresa aprobación la Compañía. Sin embargo, esta prohi- bición no rige en caso de que el asegurado sea compelido a declarar judicialmente bajo juramento acerca de los hechos constitutivos del siniestro POLIZA Nro. 17D-0080119 VIGENCIA: 14/04/2023 HASTA: 14/04/2024

Appears in 1 contract

Samples: Póliza De Seguro De Responsabilidad Civil

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. El Asegurado o el Beneficiario perderán pierde todo derecho o acción origi- nados en esta Póliza a indemnización en los siguientes casos: a)Si las pérdidas : 1. Si el Asegurado o daños han sido causados conductor causan voluntariamente el siniestro, por dolo o agrava- dos por culpa grave del Asegurado u otros. 2. Si el AseguradoAsegurado o conductor abandonan el vehículo siniestrado objeto de la presente Póliza, excepto porque se requiere atención médica comprobada o se encuentre expuesta su integridad física. 3. Si el Asegurado o conductor intencionalmente o por sus representantes legalesinacción o negligencia dejan agravar los daños causados en el siniestro. 4. Si ha habido mala fe en la reclamación o en la comprobación del derecho al pago de un siniestro, o con su com- plicidad. b)Si se presenta una reclamación fraudulenta o engañosaomite información, apoyada en cualquier prueba falsa. c)Si al dar noticia del siniestro se omite maliciosamente informar acerca hace falsas declaraciones sobre el siniestro, exagera el monto de los seguros coexistentesdaños, sobre los mismos bienes asegura- dosoculta piezas salvadas de un siniestro o, trata de cualquier manera de obtener ventajas ilícitas de este seguro. 5. d)Si incurriere en actos, antes o después Si renuncia a sus derechos contra las personas responsables del siniestro, o ejecuta cualquier acto que perjudi- quen impida el derecho de subrogación ejercicio de la Compañíasubrogación. 6. e)Por Si no ha notificado la omisiónocurrencia de un siniestro dentro del plazo estipulado, no justificada, o ha procedido a reparar o reemplazar los bienes sustraídos o averiados sin la debida autorización. 7. Si el Asegurado procede a reclamar a terceros sin conocimiento de la obligación de notificar a la Compañía o intermediarios sobre la ocurrencia del siniestroCompa- ñía. 8. f)Cuando prescriban los derechos al pago de la indemnización. g)Cuando Si el Asegurado, realice Asegurado realiza transacciones, arreglos extrajudicia- les extrajudiciales o cualquier otro acto que tienda a reconocer su responsabilidad, sin previa y expresa aprobación la Compañía. Sin embargo, esta prohi- bición no rige en caso de que el asegurado sea compelido a declarar judicialmente bajo juramento acerca de los hechos constitutivos del siniestro POLIZA Nro. 17D-0080119 VIGENCIA: 14/04/2023 HASTA: 14/04/2024otro

Appears in 1 contract

Samples: Póliza De Seguro

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. El Asegurado EL ASEGURADO perderá el derecho a la indemnización cuando se presenten uno o el Beneficiario perderán todo derecho o acción origi- nados en esta Póliza en varios de los siguientes casos: a)Si las pérdidas o daños han sido causados voluntariamente o agrava- dos por el Asegurado: 12.1. Cuando la reclamación fuere de cualquier manera fraudulenta, o por sus representantes legalessi en su apoyo se hicieren o utilizaren declaraciones falsas, o con su com- plicidadsi se emplearen otros medios o documentos engañosos o dolosos. 12.2. b)Si se presenta una reclamación fraudulenta o engañosa, apoyada en cualquier prueba falsa. c)Si Si al dar noticia del siniestro se omite maliciosamente informar acerca de los seguros coexistentes, coexistentes sobre los mismos bienes asegura- dosintereses asegurados. 12.3. d)Si incurriere en actos, antes o después Cuando EL ASEGURADO renuncie a sus derechos contra los responsables del siniestro. 12.4. Cuando el incumplimiento de los arrendatarios en el pago de las obligaciones amparadas en la póliza provenga de acción u omisión de EL ASEGURADO. 12.5. Cuando por acuerdo o convención entre EL ASEGURADO y los arrendatarios sea condonada o compensada a éstos cualquier suma relativa a las obligaciones amparadas en la póliza. 12.6. Cuando el ASEGURADO o el propietario de los inmuebles arrendados, que perjudi- quen el derecho inicie por su cuenta contra los arrendatarios acción de subrogación restitución o de cobro de sumas de dinero por concepto de las obligaciones amparadas en la Compañíapóliza. 12.7. e)Por la omisión, no justificada, Cuando entre EL ASEGURADO y los arrendatarios existan diferencias sometidas al conocimiento de la obligación de notificar autoridades judiciales o administrativas relativas a la Compañía existencia de vicios graves en los inmuebles dados en arrendamiento, o intermediarios sobre la ocurrencia del siniestro. f)Cuando prescriban los derechos atinentes al pago de la indemnización. g)Cuando el Asegurado, realice transacciones, arreglos extrajudicia- les o cualquier otro acto que tienda a reconocer su responsabilidad, sin previa y expresa aprobación la Compañía. Sin embargo, esta prohi- bición no rige en caso de que el asegurado sea compelido a declarar judicialmente bajo juramento acerca incumplimiento de los hechos constitutivos deberes que como parte arrendadora le corresponden a EL ASEGURADO. 12.8. Cuando EL ASEGURADO 12.9. Cuando la reclamación sea extemporánea, pero únicamente en la parte correspondiente a los meses anteriores a aquel en que se formalizó el reclamo. 12.10. Cuando los arrendatarios deban pagar o consignar el precio del siniestro POLIZA Nro. 17D-0080119 VIGENCIA: 14/04/2023 HASTA: 14/04/2024arrendamiento a persona o entidad diferente del arrendador por orden de autoridad competente.

Appears in 1 contract

Samples: Seguro De Cumplimiento Para Contratos De Arrendamiento

PÉRDIDA DE DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN. El Asegurado EL ASEGURADO pierde el derecho a la indemnización cuando se presenten uno o el Beneficiario perderán todo derecho o acción origi- nados en esta Póliza en varios de los siguientes casos: a)Si las pérdidas : 12.1 Cuando la reclamación fuere de cualquier manera fraudulenta; si en su apoyo se hicieren o daños han sido causados voluntariamente o agrava- dos por el Aseguradoutilizaren declaraciones falsas, o por sus representantes legales, si se emplearen otros medios o con su com- plicidad. b)Si se presenta una reclamación fraudulenta documentos engañosos o engañosa, apoyada en cualquier prueba falsa. c)Si dolosos. 12.2 Si al dar noticia del siniestro se omite maliciosamente informar acerca de los seguros coexistentes, coexistentes sobre los mismos bienes asegura- dos. d)Si incurriere en actos, antes o después intereses asegurados. 12.3 Cuando renuncie a sus derechos contra los responsables del siniestro. 12.4 Cuando el incumplimiento de los arrendatarios, en el pago de los cánones provenga de acción u omisión de EL ASEGURADO. 12.5 Cuando por acuerdo o convención entre EL ASEGURADO y los arrendatarios sea condonada o compensada a éstos cualquier suma relativa a cánones de arrendamiento. 12.6 Cuando EL ASEGURADO, o el propietario de los inmuebles arrendados, inicie por su cuenta contra los arrendatarios, acción de restitución o de cobro de sumas de dinero por concepto de cánones de arrendamiento. 12.7 Cuando entre EL ASEGURADO y los arrendatarios existan diferencias sometidas al conocimiento de autoridades judiciales o Administrativas relativas a la existencia de vicios graves en los inmuebles dados en arrendamiento, o atinentes al incumplimiento de los deberes que perjudi- quen el derecho como parte arrendadora le corresponden a EL ASEGURADO. 12.8 Cuando EL ASEGURADO de subrogación alguna manera haya admitido o permitido la sustitución de los arrendatarios legítimos respecto de la Compañía. e)Por tenencia del inmueble arrendado. 12.9 Cuando la omisiónreclamación sea extemporánea, no justificada, de pero únicamente en la obligación de notificar parte correspondiente a la Compañía o intermediarios sobre la ocurrencia del siniestro. f)Cuando prescriban los derechos al pago de la indemnización. g)Cuando meses anteriores a aquel en que se formalizó el Asegurado, realice transacciones, arreglos extrajudicia- les o cualquier otro acto que tienda a reconocer su responsabilidad, sin previa y expresa aprobación la Compañía. Sin embargo, esta prohi- bición no rige en caso de que el asegurado sea compelido a declarar judicialmente bajo juramento acerca de los hechos constitutivos del siniestro POLIZA Nro. 17D-0080119 VIGENCIA: 14/04/2023 HASTA: 14/04/2024reclamo.

Appears in 1 contract

Samples: Seguro Colectivo De Arrendamiento