Reanudación de Operaciones y Uso de otras Propiedades. Tan pronto como fuere posible, después de ocurrir cualquier siniestro, es obligación del Asegurado reanudar total o parcialmente las operaciones de su negocio y usar, si fuere posible, otros locales o propiedades, si por estos medios puede ser reducida la pérdida; este costo será tomado en cuenta al determinar la cantidad a pagar, de acuerdo con este contrato.
Reanudación de Operaciones y Uso de otras Propiedades. Tan pronto como fuere posible después de ocurrir cualquier siniestro, es obligación del Asegurado reanudar total o parcialmente las operaciones de su negocio cubierto en la presente cobertura y usar, si fuere necesario y posible, otros locales o propiedades si por estos medios puede ser reducida la pérdida amparada por la presente y tal reducción será tomada en cuenta al determinar las pérdidas que hubieran de pagarse de acuerdo con este contrato.
Reanudación de Operaciones y Uso de otras Propiedades. Tan pronto como fuere posible, después de ocurrir cualquier siniestro, es obligación del Asegurado reanudar total o parcialmente las operaciones de su negocio cubierto en la presente cobertura, y usar si fuere necesario y posible, otros locales o propiedades si por estos medios puede ser reducida la pérdida amparada por la presente, y tal reducción será tomada en cuenta al determinar las pérdidas que hubieran de pagarse de acuerdo con este contrato.
Reanudación de Operaciones y Uso de otras Propiedades tan pronto como fuere posible después de ocurrir cualquier siniestro, es obligación del asegurado reanudar total o parcialmente las operaciones de su negocio cubierto en la presente cobertura y usar, si fuere necesario y posible, otros locales o propiedades si por estos medios puede ser reducida la pérdida amparada por la presente y tal reducción será tomada en cuenta al determinar las pérdidas que hubieran de pagarse de acuerdo con este contrato.
Reanudación de Operaciones y Uso de otras Propiedades tan pronto como fuere posible después de ocurrir cualquier siniestro, es obligación del asegurado reanudar total o parcialmente las operaciones de su negocio cubierto en la presente cobertura y usar, si fuere necesario y posible, otros locales o propiedades si por estos medios puede ser reducida la pérdida amparada por la presente y tal reducción será tomada en cuenta al determinar las pérdidas que hubieran de pagarse de acuerdo con este contrato. Equipo y materiales suplementarios: toda maquinaria suplementaria, refacciones, equipo, materiales, accesorios, materias primas y productos en proceso de elaboración excedentes de reserva, que sean propiedad del asegurado o puedan ser controlados y usados por él, en caso de siniestro deberán utilizarse para poner su negocio asegurado bajo la presente cobertura en condiciones de continuar o reanudar operaciones.