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RECIÉN NACIDO Cláusulas de Ejemplo

RECIÉN NACIDO. Un xxxxxxx desde el momento del nacimiento hasta que cumple treinta y un (31) días de vida.
RECIÉN NACIDO. Persona en la etapa de la vida que se extiende durante las cuatro primeras semanas desde su nacimiento.
RECIÉN NACIDO. Se considera como recién nacido a la persona que tenga menos de 30 días de haber nacido.
RECIÉN NACIDO. Se considera como recién nacido a la persona que tenga menos de 60 días de haber nacido.
RECIÉN NACIDO. Los hijos de asegurados que nazcan durante la vigencia de la póliza quedarán cubiertos desde su nacimiento, sin necesidad de pruebas médicas, cubriéndoles malformaciones o padecimientos congénitos, siempre y cuando la madre asegurada tenga al menos 10 meses de cobertura continua e ininterrumpida con MAPFRE al momento del parto o cesárea, se reporte el nacimiento durante los 60 días naturales siguientes a la fecha de ocurrencia y se realice el pago de prima correspondiente del nuevo asegurado de conformidad a la cláusula 11.3.1 Pago xx Xxxxxx. Los gastos se cubrirán a partir del nacimiento del nuevo asegurado. El plazo máximo con que cuenta el asegurado o contratante para dar aviso por escrito a MAPFRE de dicho evento será durante los 60 días naturales siguientes a la fecha del nacimiento. Si transcurrido este plazo MAPFRE no ha recibido ninguna comunicación, la protección del hijo recién nacido quedará sin efecto. Si no se cumple cualquiera de los requisitos anteriores, la aceptación del recién nacido estará sujeta a la aprobación por parte de MAPFRE, una vez presentados los requisitos de asegurabilidad correspondientes, y al pago de la prima.
RECIÉN NACIDO. Esta cobertura aplica únicamente para los hijos biológicos y gestados por la Asegurada, que ésta tenga al menos 10 (diez) meses de cobertura continua en la Póliza y que la maternidad haya sido cubierta por la Institución Aseguradora, mediante el presente Contrato.
RECIÉN NACIDO. Los hijos recién nacidos tendrán derecho a inclusión al seguro a partir del día diez (10) después de su nacimiento, para lo cual el Asegurado Titular deberá suministrar pruebas de asegurabilidad satisfactorias a la Aseguradora, sin costo alguno para ésta, y dicho seguro entrará en vigor en la fecha que la Aseguradora determine.
RECIÉN NACIDO. Es la etapa diferenciada de la vida que se extiende durante cuatro semanas a partir de su nacimiento.
RECIÉN NACIDO. Es un xxxxxxx desde el momento del nacimiento hasta que cumple treinta (30) días.
RECIÉN NACIDO. Los hijos recién nacidos tendrán derecho a inclusión al seguro a partir del primer día de su nacimiento, para lo cual el Asegurado Titular deberá suministrar pruebas de asegurabilidad satisfactorias a la Aseguradora, sin costo alguno para ésta y dicho seguro entrará en vigor en la fecha que la Aseguradora determine. Si el nacimiento es consecuencia de una maternidad cubierta, el recién nacido tiene derecho a estar asegurado en la Póliza del Asegurado Titular desde el primer día de su nacimiento, siempre que sea reportado para su inclusión en la póliza dentro de los 30 días siguientes a su nacimiento, presentando la documentación correspondiente para inclusión de dependientes hijos.