Definición de FECHA DE OCURRENCIA

FECHA DE OCURRENCIA. Es el momento en el que se entiende producido el siniestro, según detalle que figura en el artículo Ámbito temporal de cobertura.
FECHA DE OCURRENCIA. Es el momento en el que se entiende producido el incidente, según detalle que figura en el artículo Ámbito temporal de cobertura.
FECHA DE OCURRENCIA. Se tomará como fecha de ocurrencia de un siniestro la correspondiente al momento en que se haya producido la acción motivadora del daño indemnizable. En caso de duda, un daño corporal se considerará ocurrido en el momento en el que el perjudicado tenga conocimiento del mismo al aparecer síntomas relacionados con un daño corporal, aunque la concreción de la fecha y del nexo de causalidad no se establezca hasta más tarde.

Examples of FECHA DE OCURRENCIA in a sentence

  • EN RELACIÓN A PÉRDIDAS POR LAS CUALES EL CONTRATO CELEBRADO ENTRE EL ASEGURADO Y/O PROVEEDORES Y/O REPARADORES DESIGNADOS PARA REPARAR O REPONER EL BIEN DAÑADO NO SEA REALIZADO EN MONEDA NACIONAL, ENTONCES LAS CANTIDADES SERÁN CONVERTIDAS AL DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA USANDO LA PARIDAD SIGUIENTE: PÉRDIDA TOTAL: AL TIPO DE CAMBIO EN VIGOR EN LA FECHA DE OCURRENCIA.

  • EN CASO DE PÉRDIDA TOTAL DEL VEHÍCULO ASEGURADO A CONSECUENCIA DE SINIESTRO, LA PÓLIZA QUEDARÁ RESCINDIDA EN LA FECHA DE OCURRENCIA DEL MISMO.

  • LA COMPAÑÍA INDEMNIZARÁ EL VALOR DE LOS GASTOS MÉDICOS COMPROBADOS (SERVICIOS MÉDICOS, AMBULANCIA, CIRUGÍA, HOSPITALIZACIÓN Y OTROS SIMILARES), EN QUE INCURRA EL ASEGURADO CON EL FIN DE PRESTAR LOS PRIMEROS AUXILIOS A LAS VÍCTIMAS DE UN ACCIDENTE EN EL CUAL EL ASEGURADO TENGA RESPONSABILIDAD AMPARADA POR LA PRESENTE SECCIÓN, DURANTE LOS PRIMEROS SESENTA (60) DÍAS COMUNES SIGUIENTES A LA FECHA DE OCURRENCIA DEL EVENTO.

  • EL PRESENTE AMPARO ADICIONAL OPCIONAL SE ENCUENTRA SUJETO A LA SIGUIENTE CONDICIÓN: SALVO ESTIPULACIÓN EN CONTRARIO QUE DEBERÁ CONSTAR EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN SUS CONDICIONES PARTICULARES, QUEDA CONVENIDO QUE EL LÍMITE DE RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA PARA ESTE AMPARO SERÁ UN MÁXIMO EQUIVALENTE EN PESOS COLOMBIANOS A VEINTICINCO (25) SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMMLV) CALCULADOS A LA FECHA DE OCURRENCIA DEL SINIESTRO.

  • EL PRESENTE AMPARO ADICIONAL OPCIONAL SE ENCUENTRA SUJETO A LA SIGUIENTE CONDICIÓN: SALVO ESTIPULACIÓN EN CONTRARIO QUE DEBERÁ CONSTAR EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN SUS CONDICIONES PARTICULARES, QUEDA CONVENIDO QUE EL LÍMITE DE RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA PARA ESTE AMPARO SERÁ UN MÁXIMO EQUIVALENTE EN PESOS COLOMBIANOS A VEINTICINCO (25) SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (S.M.M.L.V.) CALCULADOS A LA FECHA DE OCURRENCIA DEL SINIESTRO.

  • PARA EFECTO DE UNA INDEMNIZACIÓN EN CASO DE SINIESTRO, SE TOMARA COMO BASE LA CANTIDAD ORIGINALMENTE ASEGURADA MAS LA CORRESPONDIENTE A LOS INCREMENTOS SUFRIDOS POR EL VALOR DE LOS BIENES, A PARTIR DEL INICIO DE VIGENCIA HASTA LA FECHA DE OCURRENCIA DEL SINIESTRO.

  • SI LA TACHA O DENUNCIA FUERE ACEPTADA Y FALLADA POR EL JUEZ COMPETENTE EN CONTRA DE LOS CONCEDENTES, EL DERECHO A LA INDEMNIZACIÓN SE PIERDE A PARTIR DE LA FECHA DE OCURRENCIA DE LA TACHA O DEL DELITO.

  • SALVO ESTIPULACIÓN EN CONTRARIO QUE DEBERÁ CONSTAR EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA Y/O EN SUS CONDICIONES PARTICULARES, QUEDA CONVENIDO QUE EL LÍMITE DE RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA PARA ESTE AMPARO SERÁ UN MÁXIMO EQUIVALENTE EN PESOS COLOMBIANOS A VEINTICINCO (25) SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (SMMLV) CALCULADOS A LA FECHA DE OCURRENCIA DEL SINIESTRO CON UN DEDUCIBLE DE TRES (3) SALARIOS MÍNIMOS DIARIOS LEGALES VIGENTES PARA TODA Y CADA PÉRDIDA.

  • SE ENTIENDE COMO VALOR DE RECONSTRUCCIÓN LA CANTIDAD DE DINERO QUE EXIGIRÍA LA RECONSTRUCCIÓN DE UN EDIFICIO NUEVO IGUAL AL INMUEBLE ASEGURADO, CON LA MISMA ÁREA PRIVADA CONSTRUIDA E IGUALES CARACTERÍSTICAS DE TERMINADOS, ACABADOS, DISEÑOS, ESTRUCTURA Y UBICACIÓN, UTILIZANDO LA TÉCNICA Y LOS MATERIALES EXISTENTES EN LA FECHA DE OCURRENCIA DEL SINIESTRO.

  • SE REEMBOLSARÁN LOS GASTOS MÉDICOS, QUIRÚRGICOS, FARMACÉUTICOS Y HOSPITALARIOS, HASTA LA SUMA ASEGURADA ESPECIFICADA EN LA CARÁTULA DE LA PÓLIZA, QUE SE REALICEN PARA ATENDER LAS LESIONES PERSONALES PRODUCIDAS COMO CONSECUENCIA DE UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO, QUE SUFRA EL ASEGURADO, OCUPANTE O CUALQUIER OTRA PERSONA QUE CONDUZCA EL VEHÍCULO ASEGURADO BAJO SU AUTORIZACIÓN, Y QUE SE CAUSEN DENTRO DE LOS CIENTO OCHENTA DÍAS (180) CALENDARIO SIGUIENTES A LA FECHA DE OCURRENCIA DEL ACCIDENTE.


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FECHA DE OCURRENCIA. Es el momento en el que se entiende producido el

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  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Acuerdo Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011).

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Fecha de Pago significa el día [●] de cada mes en que deban pagarse (i) los intereses que se causen durante cada Periodo de Pago; y (ii) las amortizaciones de principal del Crédito, de conformidad con lo dispuesto en este Contrato y la tabla de amortización correspondiente a cada Disposición.

  • Tasa de Referencia significa la TIIE o, en su caso, la tasa sustitutiva que se establezca conforme a lo señalado en el presente Pagaré.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Asesora Jurídica de MCP) • Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx (Economista) Suplente: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Economista) • Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx xx Xxxxxxx) Suplente: Xxxxxxx Xxxx Xxxxx (Técnico de Compras) El responsable del contrato será el Jefe de Recogida de Residuos, al que le corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Licitación Pública Nacional Mixta No. Compranet: LPN-OP-006GSA001-004-2016 LO-006GSA001-E85-2016 Objeto: No. de Pag.64 de 109 Mantenimiento inmueble ubicado en Querétaro, propiedad de AGROASEMEX

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Reembolso reposición del dinero a quien lo había gastado.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Contrato de Concesión Significará el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, suscrito con fecha ___de ______ de 201___, entre el Concedente y el PRESTADOR en calidad de Concesionario.