Common use of Redención Anticipada Clause in Contracts

Redención Anticipada. Los “Bonos Subordinados BANCO FIE 3” podrán ser redimidos anticipadamente total o parcialmente a partir de la Fecha de Emisión. Ante la mencionada eventualidad, los montos cancelados serán reemplazados de la siguiente manera:  Nuevos aportes de capital; o  Reinversión de utilidades; o  Una combinación de las dos anteriores. La redención anticipada podrá efectuarse de acuerdo a los siguientes procedimientos: La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención anticipada por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida remanentes de la Emisión, conforme a lo siguiente: El sorteo se celebrará ante Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de Banco FIE y del Represente Común de Tenedores de Bonos Subordinados, debiendo el Notario de Fe Pública levantar Acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos Subordinados que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación nacional, la lista de Bonos Subordinados sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., con indicación de la fecha en la que se efectuará el pago que será después de quince (15) días siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos Subordinados sorteados conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago. Mínimamente un día hábil antes de la fecha señalada para el pago, BANCO FIE depositará, en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos Subordinados sorteados, la compensación por la redención anticipada y los intereses devengados hasta la fecha de pago. El Emisor podrá realizar el rescate anticipado mediante compras en mercado secundario al precio que determine el mercado a momento de realizar dicho rescate anticipado. Dicho rescate anticipado deberá ser realizado a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Cualquier decisión de redimir valores a través de sorteo o mediante compras en el mercado secundario y los resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos Subordinados a más tardar al día siguiente hábil de conocida la misma. Las personas delegadas conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el punto 2.2 anterior, podrán definir, cuando lo juzguen conveniente a los intereses de Banco FIE, la redención anticipada de los Bonos Subordinados, la modalidad de redención, la cantidad de Bonos Subordinados a ser redimidos y demás características y condiciones de la redención anticipada. En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos Subordinados resultara menor al plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC-IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el total de los impuestos correspondientes a dicha redención anticipada, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores de Bonos que se hubiesen visto afectados por la redención anticipada. Adicionalmente en caso de aplicar Banco FIE el rescate anticipado, el monto prepagado deberá ser reemplazado obligatoriamente por nuevos aportes de capital, por la reinversión de utilidades o por una combinación de las dos anteriores, al momento en que se produzcan las amortizaciones señaladas, conforme lo establecido en el Reglamento de Obligaciones Subordinadas. Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Xxx xxxxxxxxxxxxxx xx xxxxxxx y pago de intereses se realizarán en las oficinas del Agente Pagador BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa y a través de los servicios de esta entidad, en las siguientes direcciones: La Paz: Xx. Xxxxxxx xxxxxxx calle Colón No. 1312, piso 2. Cochabamba: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Nº E-198, esq. Xxxxxx Santa Xxxx: Xxxxx Xxxx Xxxxxx Nº 258 El diseño, estructuración y colocación de la presente Emisión está a cargo de BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa, cuyos antecedentes se presentan a continuación: Fuente: BNB VALORES S.A. La empresa encargada del Underwriting (underwriter) es BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa.

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Redención Anticipada. Los “Bonos Subordinados BANCO FIE 3” podrán ser redimidos anticipadamente El Emisor se reserva el derecho de redimir total o parcialmente parcialmente, sin costo o penalidad alguna, los Bonos de una o más series una vez transcurridos veinticuatro (24) meses a partir de la Fecha de Emisión. Ante la mencionada eventualidad, los montos cancelados serán reemplazados Emisión de la siguiente manera:  Nuevos aportes de capital; o  Reinversión de utilidades; o  Una combinación serie correspondiente, en cualquiera de las dos anteriores. La redención anticipada podrá efectuarse Fechas de acuerdo a los siguientes procedimientos: La redención podrá efectuarse mediante sorteoPago de Interés, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención anticipada por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida remanentes de la Emisión, conforme a lo siguiente: El sorteo se celebrará ante Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de Banco FIE y del Represente Común de Tenedores de Bonos Subordinados, debiendo el Notario de Fe Pública levantar Acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos Subordinados que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes dando aviso previo a la fecha Superintendencia xxx Xxxxxxx de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación nacional, la lista de Bonos Subordinados sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo Valores y a la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito Bolsa de Valores de Bolivia S.A.Panamá, mediante notificación escrita, y a los Tenedores con indicación no menos de treinta (30) días de antelación, mediante publicación en dos (2) periódicos públicos de la localidad por dos (2) días consecutivos. En dicho aviso se especificarán los términos y las condiciones de la redención, detallando la fecha en la que se efectuará llevará a cabo la misma. En la Fecha de Redención el Emisor hará efectivo el pago que será después según los términos y condiciones de quince (15) días siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos Subordinados sorteados conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pagoBonos. Mínimamente un día hábil antes de la fecha señalada para el pago, BANCO FIE depositará, en la cuenta bancaria designada Las redenciones totales se harán por el Agente Pagador, el importe de los Bonos Subordinados sorteados, la compensación por la redención anticipada y saldo insoluto a capital más los intereses devengados hasta la fecha de pago. El Emisor podrá realizar el rescate anticipado mediante compras en mercado secundario al precio que determine el mercado a momento de realizar dicho rescate anticipado. Dicho rescate anticipado deberá ser realizado a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Cualquier decisión de redimir valores a través de sorteo o mediante compras en el mercado secundario y los resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos Subordinados a más tardar al día siguiente hábil de conocida la misma. Las personas delegadas conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el punto 2.2 anterior, podrán definir, cuando lo juzguen conveniente a los intereses de Banco FIE, la redención anticipada de los Bonos Subordinados, la modalidad de redención, la cantidad de Bonos Subordinados a ser redimidos y demás características y condiciones de se haga la redención anticipada. En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de Las redenciones parciales se harán pro rata entre los Bonos Subordinados resultara menor al plazo mínimo establecido por Ley para emitidos y en circulación de la exención del RC-IVA, el Emisor pagará al Servicio Serie de Impuestos Nacionales (SIN) el total de los impuestos correspondientes a dicha redención anticipada, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores de Bonos que se hubiesen visto afectados por trate. Todo Xxxx cuya redención se establezca, se tendrá como vencido y dejará de devengar intereses desde la redención anticipada. Adicionalmente en caso Fecha de aplicar Banco FIE el rescate anticipado, el monto prepagado deberá ser reemplazado obligatoriamente por nuevos aportes de capital, por la reinversión de utilidades o por una combinación de las dos anteriores, al momento en que se produzcan las amortizaciones señaladas, conforme lo establecido en el Reglamento de Obligaciones Subordinadas. Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Xxx xxxxxxxxxxxxxx xx xxxxxxx y pago de intereses se realizarán en las oficinas del Agente Pagador BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa y a través de los servicios de esta entidad, en las siguientes direcciones: La Paz: Xx. Xxxxxxx xxxxxxx calle Colón No. 1312, piso 2. Cochabamba: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Nº E-198, esq. Xxxxxx Santa Xxxx: Xxxxx Xxxx Xxxxxx Nº 258 El diseño, estructuración y colocación de la presente Emisión está a cargo de BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa, cuyos antecedentes se presentan a continuación: Fuente: BNB VALORES S.A. La empresa encargada del Underwriting (underwriter) es BNB Valores S.A. Agencia de BolsaRedención.

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Redención Anticipada. Los “El Emisor podrá, a su entera disposición, redimir voluntariamente la presente Emisión, ya sea total o parcialmente, al 100% del monto de su Saldo Insoluto. No aplicará penalidad alguna por razón de realizar una redención anticipada. Cualquier redención anticipada, ya sea parcial o total deberá ser efectuada en una fecha designada como Fecha de Pago. En los casos de redenciones parciales por el Emisor, la suma asignada para la redención no podrá ser menor de un millón de Dólares (US$1,000,000.00), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, a menos que el Saldo Insoluto a redimir sea menor a dicho monto, en cuyo caso la redención deberá ser por la totalidad del Saldo Insoluto correspondiente. Dicho pago se deberá realizar a prorrata a todos los Tenedores Registrados a redimir. En caso que el Emisor decida redimir anticipadamente la Emisión, así lo comunicará a los Tenedores Registrados, con no menos de treinta (30) días de anterioridad a la Fecha de Redención Anticipada, mediante publicación por dos días consecutivos en dos (2) periódicos de la localidad, con indicación del monto de los Bonos Subordinados BANCO FIE 3” podrán a ser redimidos anticipadamente total o parcialmente y la Fecha de Redención Anticipada. La porción del saldo redimida de los Bonos dejará de devengar intereses a partir de la Fecha de EmisiónRedención Anticipada, siempre y cuando el Emisor aporte e instruya pagar al Agente de Pago, Registro y Transferencia las sumas de dinero necesarias para cubrir la totalidad de los pagos para la redención anticipada. Ante Sin perjuicio de lo anterior, si un cambio en materia fiscal afecta adversamente las perspectivas del Emisor, entonces el mismo podrá, con la mencionada eventualidaddebida aprobación del Agente de Pago, los montos cancelados serán reemplazados Registro y Transferencia, redimir completamente la Emisión en cualquier fecha designada como Fecha de la siguiente manera:  Nuevos aportes de capital; o  Reinversión de utilidades; o  Una combinación de las dos anterioresPago sin ninguna penalidad que no sea expresamente exigida por ley. La Dicha redención anticipada podrá efectuarse de acuerdo a los siguientes procedimientos: La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención anticipada deberá ser por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al el monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida remanentes total de la Emisión, conforme a lo siguiente: El sorteo se celebrará ante Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de Banco FIE y del Represente Común de Tenedores de Bonos Subordinados, debiendo el Notario de Fe Pública levantar Acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos Subordinados que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación nacional, la lista de Bonos Subordinados sorteados para redención anticipada, anunciar al público inversionista con la identificación de los mismos, de acuerdo a la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., con indicación de la fecha en la que se efectuará el pago que será después de al menos quince (15) días siguientes a la publicación y con la indicación calendarios de que los Bonos Subordinados sorteados conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago. Mínimamente un día hábil antes de la fecha señalada para el pago, BANCO FIE depositará, en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos Subordinados sorteados, la compensación por la redención anticipada y los intereses devengados hasta la fecha de pago. El Emisor podrá realizar el rescate anticipado mediante compras en mercado secundario al precio que determine el mercado a momento de realizar dicho rescate anticipado. Dicho rescate anticipado deberá ser realizado a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Cualquier decisión de redimir valores a través de sorteo o mediante compras en el mercado secundario y los resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos Subordinados a más tardar al día siguiente hábil de conocida la misma. Las personas delegadas conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el punto 2.2 anterior, podrán definir, cuando lo juzguen conveniente a los intereses de Banco FIE, la redención anticipada de los Bonos Subordinados, la modalidad de redención, la cantidad de Bonos Subordinados a ser redimidos y demás características y condiciones de la redención anticipada. En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos Subordinados resultara menor al plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC-IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el total de los impuestos correspondientes a dicha redención anticipada, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores de Bonos que se hubiesen visto afectados por la redención anticipada. Adicionalmente en caso de aplicar Banco FIE el rescate anticipado, el monto prepagado deberá ser reemplazado obligatoriamente por nuevos aportes de capital, por la reinversión de utilidades o por una combinación de las dos anteriores, al momento en que se produzcan las amortizaciones señaladas, conforme lo establecido en el Reglamento de Obligaciones Subordinadas. Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Xxx xxxxxxxxxxxxxx xx xxxxxxx y pago de intereses se realizarán en las oficinas del Agente Pagador BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa y a través de los servicios de esta entidad, en las siguientes direcciones: La Paz: Xx. Xxxxxxx xxxxxxx calle Colón No. 1312, piso 2. Cochabamba: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Nº E-198, esq. Xxxxxx Santa Xxxx: Xxxxx Xxxx Xxxxxx Nº 258 El diseño, estructuración y colocación de la presente Emisión está a cargo de BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa, cuyos antecedentes se presentan a continuación: Fuente: BNB VALORES S.A. La empresa encargada del Underwriting (underwriter) es BNB Valores S.A. Agencia de Bolsaanticipación.

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Redención Anticipada. Los “2.4.12.1. Rescate Anticipado Mediante Sorteo La Sociedad se reserva el derecho de rescatar anticipada y parcialmente los Bonos Subordinados BANCO FIE 3” podrán ser redimidos anticipadamente total que componen este Programa de Emisiones, en una o parcialmente a partir en todas las Emisiones comprendidas dentro del Programa de la Fecha de Emisión. Ante la mencionada eventualidad, los montos cancelados serán reemplazados de la siguiente manera:  Nuevos aportes de capital; o  Reinversión de utilidades; o  Una combinación de las dos anteriores. La redención anticipada podrá efectuarse de acuerdo a los siguientes procedimientos: La redención podrá efectuarse mediante sorteoEmisiones, de acuerdo a lo establecido en los Artículos artículos 662 al 667 y siguientes (en lo aplicable) del Código de Comercio. Sobre la base de las delegaciones establecidas en los puntos 1.5. y 2.2. anteriores, se determinará la realización del rescate y la cantidad de Bonos a redimirse, Emisiones que intervendrán en lo aplicableel sorteo, la fecha y hora del sorteo, el mismo que se celebrará ante Notario de Fe Pública, quien levantará Acta de la diligencia indicando la lista de los Bonos que salieron sorteados para ser rescatados anticipadamente, acta que se protocolizará en sus registros. La lista de los Bonos sorteados se publicará dentro de los cinco (5) días calendario siguientes, por una vez y en un periódico de circulación nacional, incluyendo la identificación de Xxxxx sorteados de acuerdo a la nomenclatura que utiliza la EDV y la indicación de que sus intereses y capital correspondiente cesarán y serán pagaderos desde los quince (15) días calendario siguientes a la fecha de publicación. Los Bonos sorteados conforme a lo anterior, dejarán de devengar intereses desde la fecha fijada para su pago. El Emisor depositará en la cuenta que a tal efecto establezca el Agente Pagador, el importe del Capital de los Bonos sorteados y los intereses generados a más tardar un (1) día antes del señalado para el pago. La decisión de rescate anticipado de los Bonos mediante sorteo será comunicada como Hecho Relevante a la ASFI, a la BBV y al Representante de Tenedores. Esta redención anticipada por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida remanentes remanente de la Emisión, conforme Emisión con sujeción a lo siguiente: El sorteo se celebrará ante Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de Banco FIE y del Represente Común de Tenedores de Bonos Subordinados, debiendo el Notario de Fe Pública levantar Acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos Subordinados que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará Cuadro Nº 3: Premio por prepago (en sus registros. Dentro de los cinco (5porcentaje%) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación nacional, la lista de Bonos Subordinados sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., con indicación de la fecha en la que se efectuará el pago que será después de quince (15) días siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos Subordinados sorteados conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago. Mínimamente un día hábil antes de la fecha señalada para el pago, BANCO FIE depositará, en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos Subordinados sorteados, la compensación por la redención anticipada y los intereses devengados hasta la fecha de pago. El Emisor podrá realizar el rescate anticipado mediante compras en mercado secundario al precio que determine el mercado a momento de realizar dicho rescate anticipado. Dicho rescate anticipado deberá ser realizado a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Cualquier decisión de redimir valores a través de sorteo o mediante compras en el mercado secundario y los resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos Subordinados a más tardar al día siguiente hábil de conocida la misma. Las personas delegadas conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el punto 2.2 anterior, podrán definir, cuando lo juzguen conveniente a los intereses de Banco FIE, la redención anticipada de los Bonos Subordinados, la modalidad de redención, la cantidad de Bonos Subordinados a ser redimidos y demás características y condiciones de la redención anticipada. En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos Subordinados resultara menor al plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC-IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el total de los impuestos correspondientes a dicha redención anticipada, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores de Bonos que se hubiesen visto afectados por la redención anticipada. Adicionalmente en caso de aplicar Banco FIE el rescate anticipado, el monto prepagado deberá ser reemplazado obligatoriamente por nuevos aportes de capital, por la reinversión de utilidades o por una combinación de las dos anteriores, al momento en que se produzcan las amortizaciones señaladas, conforme lo establecido en el Reglamento de Obligaciones Subordinadas. Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Xxx xxxxxxxxxxxxxx xx xxxxxxx y pago de intereses se realizarán en las oficinas del Agente Pagador BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa y a través de los servicios de esta entidad, en las siguientes direcciones: La Paz: Xx. Xxxxxxx xxxxxxx calle Colón No. 1312, piso 2. Cochabamba: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Nº E-198, esq. Xxxxxx Santa Xxxx: Xxxxx Xxxx Xxxxxx Nº 258 El diseño, estructuración y colocación de la presente Emisión está a cargo de BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa, cuyos antecedentes se presentan a continuación: 0000 − 0000 1,00% 0000 − 000 0,75% 000 − 000 0,50% 360 − 1 0,00% Fuente: BNB VALORES S.A. La empresa encargada del Underwriting (underwriter) es BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa.TELECEL S.A.

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Redención Anticipada. Los “El Emisor podrá redimir anticipadamente los Bonos Subordinados BANCO FIE 3” podrán de cualesquiera de las Series, parcial o totalmente, en cualquier momento, sin penalidad. Cualquier redención anticipada, ya sea parcial o total podrá ser realizada en cualquier fecha, siempre y cuando el Emisor comunique a el Agente de Pago, Registro y Transferencia y a los Tenedores Registrados con no menos de cinco (5) Días Hábiles de anterioridad a la Fecha de Redención Anticipada, mediante correo electrónico a la dirección registrada con el Agente de Pago, Registro y Transferencia y un aviso formal a la Superintendencia xxx Xxxxxxx de Valores y a la Bolsa Latinoamericana de Valores, enviado como un comunicado de hecho de importancia a través del Sistema Electrónico de Remisión de Información (SERI), con indicación del monto de los Bonos a ser redimidos anticipadamente total o parcialmente y la Fecha de Redención Anticipada. En los casos de redenciones parciales por el Emisor, la suma asignada para la redención no podrá ser menor de un millón de Dólares (US$1,000,000.00), a menos que el Saldo Insoluto sea menor a dicho monto, en cuyo caso la redención deberá ser por la totalidad del Saldo Insoluto de la Emisión. Dicho pago se deberá realizar a prorrata a todos los Tenedores Registrados de las Series emitidas y en circulación. La porción del saldo redimida de los Bonos dejará de devengar intereses a partir de la Fecha de EmisiónRedención Anticipada, siempre y cuando el Emisor aporte e instruya pagar al Agente de Pago, Registro y Transferencia las sumas de dinero necesarias para cubrir la totalidad de los pagos para la redención anticipada. Ante Sin perjuicio de lo anterior, el Emisor podrá redimir completamente la mencionada eventualidad, los montos cancelados serán reemplazados Emisión en cualquier fecha designada como Fecha de la siguiente manera:  Nuevos aportes de capital; o  Reinversión de utilidades; o  Una combinación de las dos anterioresPago sin ninguna penalidad que no sea expresamente exigida por ley. La Dicha redención anticipada podrá efectuarse de acuerdo a los siguientes procedimientos: La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención anticipada deberá ser por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al el monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida remanentes total de la Emisión, conforme a lo siguiente: El sorteo se celebrará ante Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de Banco FIE y del Represente Común de Tenedores de Bonos Subordinados, debiendo el Notario de Fe Pública levantar Acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos Subordinados que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación nacional, la lista de Bonos Subordinados sorteados para redención anticipada, anunciar al público inversionista con la identificación de los mismos, de acuerdo a la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., con indicación de la fecha en la que se efectuará el pago que será después de al menos quince (15) días siguientes a la publicación y con la indicación calendario de que los Bonos Subordinados sorteados conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago. Mínimamente un día hábil antes de la fecha señalada para el pago, BANCO FIE depositará, en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos Subordinados sorteados, la compensación por la redención anticipada y los intereses devengados hasta la fecha de pago. El Emisor podrá realizar el rescate anticipado mediante compras en mercado secundario al precio que determine el mercado a momento de realizar dicho rescate anticipado. Dicho rescate anticipado deberá ser realizado a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Cualquier decisión de redimir valores a través de sorteo o mediante compras en el mercado secundario y los resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos Subordinados a más tardar al día siguiente hábil de conocida la misma. Las personas delegadas conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el punto 2.2 anterior, podrán definir, cuando lo juzguen conveniente a los intereses de Banco FIE, la redención anticipada de los Bonos Subordinados, la modalidad de redención, la cantidad de Bonos Subordinados a ser redimidos y demás características y condiciones de la redención anticipada. En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos Subordinados resultara menor al plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC-IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el total de los impuestos correspondientes a dicha redención anticipada, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores de Bonos que se hubiesen visto afectados por la redención anticipada. Adicionalmente en caso de aplicar Banco FIE el rescate anticipado, el monto prepagado deberá ser reemplazado obligatoriamente por nuevos aportes de capital, por la reinversión de utilidades o por una combinación de las dos anteriores, al momento en que se produzcan las amortizaciones señaladas, conforme lo establecido en el Reglamento de Obligaciones Subordinadas. Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. Xxx xxxxxxxxxxxxxx xx xxxxxxx y pago de intereses se realizarán en las oficinas del Agente Pagador BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa y a través de los servicios de esta entidad, en las siguientes direcciones: La Paz: Xx. Xxxxxxx xxxxxxx calle Colón No. 1312, piso 2. Cochabamba: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Nº E-198, esq. Xxxxxx Santa Xxxx: Xxxxx Xxxx Xxxxxx Nº 258 El diseño, estructuración y colocación de la presente Emisión está a cargo de BNB Valores S.A. Agencia de Bolsa, cuyos antecedentes se presentan a continuación: Fuente: BNB VALORES S.A. La empresa encargada del Underwriting (underwriter) es BNB Valores S.A. Agencia de Bolsaanticipación.

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