Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU elaborará la relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organización. 2. La Relación de Puestos de Trabajo es el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuer- do con las necesidades de los servicios y se precisan los requisi- tos para el desempeño de cada puesto en los términos siguien- tes: a) La R.P.T. comprenderá los puestos de trabajo de todo el per- sonal de esta Gerencia y, el número y características de los que puedan ser ocupados por personal funcionario y laboral. b) Los puestos de trabajo de la GMU serán desempeñados de acuerdo con los requisitos que se establezcan en la relación que los contengan. c) La provisión de nuevos puestos de trabajo, requerirán que los mismos figuren detallados en la R.P.T. d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose en la misma, las modificaciones sufridas en los distintos ser- vicios. e) En el plazo de 6 meses desde la publicación de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción de una nueva R.P.T. a fin de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la misma.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU elaborará la relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organización.
2. La Relación de Puestos de Trabajo del personal laboral es el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación y adecuación de las plantillas del personal, de acuer- do con las necesidades de se determinan los servicios y se precisan los requisi- tos requisitos para el desempeño de cada puesto de trabajo y las características de los mismos.
2. La Relación de Puestos de Trabajo contendrá todos los puestos dotados presupuestariamente del personal laboral de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, agrupados por Consejerías, órganos gestores, cen- tros de trabajo y servicio o departamento, en su caso, y ordenados en atención a los términos siguien- tesgrupos profesionales.
3. Deberá contener, como mínimo, el código de identificación del puesto, su denominación, número de plazas, grupo y categoría profesional al que esté adscrito, complemento de puesto y jornada, forma de provisión, tipo de jornada, puestos a amortizar, localidad y denominación del centro de trabajo. Además podrá incluir titulación, formación, experiencia u otros requisitos o méritos adecuados a las caracte- rísticas del puesto. Todos los puestos de un mismo centro de trabajo con idénticas características serán agrupados bajo el mismo código de identificación. Se dará publicidad en el Portal del Empleado Público o en otros instrumentos de difusión del número de horas semanales y/o de meses en el año de trabajo que tengan asignados los puestos de trabajo fijos-discontinuos o a tiempo parcial.
4. Las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo se realizarán, previa negociación sindical, tenien- do en cuenta que:
a) La R.P.T. comprenderá los puestos Las modificaciones de trabajo carácter general y aquellas singulares que afecten a más de todo una Consejería serán negociadas en el per- sonal de esta Gerencia y, el número y características de los que puedan ser ocupados por personal funcionario y laboral.
b) Los puestos de trabajo ámbito de la GMU serán desempeñados de acuerdo con los requisitos que se establezcan en la relación que los contenganComisión Negociadora.
c) La provisión de nuevos puestos de trabajo, requerirán que los mismos figuren detallados en la R.P.T.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose en la misma, las modificaciones sufridas en los distintos ser- vicios.
e) En el plazo de 6 meses desde la publicación de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción de una nueva R.P.T. a fin de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la misma.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU elaborará la relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organización.
2. La Relación de Puestos de Trabajo del personal laboral es el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación y adecuación de las plantillas del personal, de acuer- do con las necesidades de se determinan los servicios y se precisan los requisi- tos requisitos para el desempeño de cada puesto de trabajo y las características de los mismos.
2. La Relación de Puestos de Trabajo contendrá todos los puestos dotados presupuestariamente del personal laboral de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, agrupados por Consejerías, órganos gestores, centros de trabajo y servicio o departamento, en su caso, y ordenados en atención a los términos siguien- tesgrupos profesionales.
3. Deberá contener, como mínimo, el código de identificación del puesto, su denominación, número de plazas, grupo y categoría profesional al que esté adscrito, complemento de puesto y jornada, forma de provisión, tipo de jornada, puestos a amortizar, localidad y denominación del centro de trabajo. Además podrá incluir titulación, formación, experiencia u otros requisitos o méritos adecuados a las características del puesto. Todos los puestos de un mismo centro de trabajo con idénticas características serán agrupados bajo el mismo código de identificación. Se dará publicidad en el Portal del Empleado Público o en otros instrumentos de difusión, del número de horas semanales y/o de meses en el año de trabajo que tengan asignados los puestos de trabajo fijos-discontinuos o a tiempo parcial.
4. Las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo se realizarán, previa negociación sindical, teniendo en cuenta que:
a) La R.P.T. comprenderá los puestos Las modificaciones de trabajo carácter general y aquellas singulares que afecten a más de todo una Consejería serán negociadas en el per- sonal de esta Gerencia y, el número y características de los que puedan ser ocupados por personal funcionario y laboral.
b) Los puestos de trabajo ámbito de la GMU serán desempeñados de acuerdo con los requisitos que se establezcan en la relación que los contenganComisión Paritaria Negociadora.
c) La provisión de nuevos puestos de trabajo, requerirán que los mismos figuren detallados en la R.P.T.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose en la misma, las modificaciones sufridas en los distintos ser- vicios.
e) En el plazo de 6 meses desde la publicación de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción de una nueva R.P.T. a fin de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la misma.
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Samples: Convenio Colectivo
Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU elaborará El Ayuntamiento de Collado Xxxxxxxx estructura su organización a través de la relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organización.
2. La Relación de Puestos de Trabajo que es el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, y clasificación de acuer- do con todos los puestos de trabajo. La Relación de Puestos de Trabajo se ajustará a la establecido en la Orden de 6 de febrero de 1989 por la que se dispone la publicación de la Resolución conjunta de las necesidades Secretarías de los servicios Estado de Hacienda y para la Administración Pública por la que se precisan los requisi- tos para aprueba el desempeño modelo de cada puesto en los términos siguien- tes:
a) La R.P.T. comprenderá los relaciones de puestos de trabajo de todo el per- sonal de esta Gerencia y, el número personal y características se dictan normas para su elaboración o normativa que la sustituya e incluirá la enumeración de los que puedan ser ocupados puestos existentes, siendo ordenados por personal funcionario Concejalías, Áreas, Servicios, etc., con expresión de los conceptos y laboral.
b) Los puestos de trabajo de la GMU serán desempeñados de acuerdo con los requisitos criterios que se establezcan en la relación que los contengan.
c) La provisión Valoración de nuevos puestos de trabajo. La Relación de Puestos de Trabajo será objeto de revisión anual e incluirá la enumeración de los puestos existentes, requerirán que los mismos figuren detallados siendo ordenados por Concejalías y Áreas con expresión de: – Código del puesto. – Denominación y características esenciales. – Dotaciones. – Nivel de Complemento de Destino o complemento salarial equivalente para personal laboral. – Cuantía del Complemento específico o complemento salarial equivalente para personal laboral. BOCM-20190817-1 – Tipo de puesto. – Forma de provisión. – Escala y Subescala. – Grupo o grupos de titulación. – Titulación requerida para el puesto. – Persona adscrita al puesto de trabajo (solamente en la R.P.T.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose en la misma, las modificaciones sufridas en los distintos ser- vicios.
e) En el plazo Relación de 6 meses desde la publicación Puestos de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción de una nueva R.P.T. a fin de Trabajo que se negocien con la representa- ción sindicalentregue a las Secciones Sindicales) – Formación y requerimientos específicos del puesto. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociaciónSÁBADO 00 XX XXXXXX XX 2019 B.O.C.M. Núm. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la misma.195
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Samples: Convenio Colectivo
Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU UNED elaborará y mantendrá actualizada durante el período de vigencia del presente Convenio, la relación Relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes Puestos de Trabajo (en su organizaciónlo sucesivo RPT) del PAS laboral de la Universidad.
2. La Relación de Puestos de Trabajo es el instrumento técnico a través del cual se realiza RPT contemplará la ordenación del personal, de acuer- do con las necesidades totalidad de los servicios y se precisan los requisi- tos para el desempeño de cada puesto en los términos siguien- tes:
a) La R.P.T. comprenderá los puestos de trabajo de todo el per- sonal de esta Gerencia y, el número y características de los que puedan ser ocupados por personal funcionario y laboral.
b) Los puestos de trabajo de la GMU serán desempeñados de acuerdo con los requisitos que se establezcan en la relación que los contengan.
c) La provisión de nuevos puestos de trabajo, requerirán que su unidad orgánica y el grupo o grupos profesionales y nivel de pertenencia. La RPT especificará, cuando así se determine para uno o varios puestos de trabajo concretos, el área profesional, la especialidad, los mismos figuren detallados complementos retributivos y los requisitos de carácter profesional para su desempeño.
3. La RPT y sus modificaciones serán aprobadas por el órgano competente de la UNED, previa negociación con el Comité de empresa y se publicarán en el BICI para general conocimiento.
4. Dentro de cada año natural se establecerá el calendario de convocatorias para la cobertura de todas las plazas vacantes a realizar en el mismo, previo acuerdo con el Comité de empresa. En casos de urgencia debidamente acreditados la Universidad podrá realizar la oportuna convocatoria, dando cuenta, previamente, a la representación de los trabajadores.
5. Los puestos incluidos en la R.P.T.RPT no podrán ser cubiertos en ningún caso por becarios, colaboradores sociales, personal de contratas administrativas y empresas de trabajo temporal.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose 6. Las partes firmantes del presente Convenio se comprometen a que durante la vigencia del mismo no disminuya el número de efectivos existentes en la misma, las modificaciones sufridas UNED en los distintos ser- vicios.
e) En el plazo momento de 6 meses desde la publicación firma del mismo. Para conseguir este objetivo se pueden desarrollar políticas de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción transformación de una nueva R.P.T. a fin de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia plazas siempre respetando el articulado de este Convenio. A estos efectos no se considerarán disminución de efectivos, la GMU presentará a los/as representantes funcionarización de los/as empleados/as los efectivos correspondientes, con la nueva RPT, que deberá ser objeto consiguiente amortización de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la mismaplazas.
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Samples: Collective Bargaining Agreement
Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU elaborará la relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organización.
2. La Relación de Puestos de Trabajo del personal laboral es el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuer- do con las necesidades de se determinan los servicios y se precisan los requisi- tos requisitos para el desempeño de cada puesto de trabajo y las características de los mismos.
2. La Relación de Puestos de Trabajo contendrá todos los puestos dotados presupuestariamente del personal laboral de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, agrupados por Consejerías, órganos gestores, centros de trabajo y servicio o departamento, en su caso, y ordenados en atención a los términos siguien- tesgrupos profesionales.
3. Deberán contener, como mínimo, el código de identificación del puesto, su denominación, número de plazas, grupo y categoría profesional al que esté adscrito, complemento de puesto y jornada, forma de provisión, tipos de jornada, puestos a amortizar, localidad y denominación del centro de trabajo. Además, podrán incluir titulación, formación, experiencia u otros requisitos o méritos adecuados a las características del puesto. Todos los puestos de un mismo centro de trabajo con idénticas características serán agrupados bajo el mismo código de identificación. Se dará publicidad en el Portal del Empleado Público o en otros instrumentos de difusión, del número de horas semanales y/o de meses en el año de trabajo que tengan asignados los puestos de trabajo fijos-discontinuos o a tiempo parcial.
4. Las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo se realizarán, previa negociación sindical, teniendo en cuenta que:
a) La R.P.T. comprenderá los puestos Las modificaciones de trabajo carácter general y aquellas singulares que afecten a más de todo una Consejería serán negociadas en el per- sonal de esta Gerencia y, el número y características de los que puedan ser ocupados por personal funcionario y laboral.
b) Los puestos de trabajo ámbito de la GMU serán desempeñados de acuerdo con los requisitos que se establezcan en la relación que los contenganComisión Paritaria.
c) La provisión de nuevos puestos de trabajo, requerirán que los mismos figuren detallados en la R.P.T.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose en la misma, las modificaciones sufridas en los distintos ser- vicios.
e) En el plazo de 6 meses desde la publicación de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción de una nueva R.P.T. a fin de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la misma.
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Samples: Convenio Colectivo
Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU elaborará la relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organización.
2. La Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Trujillanos es el instrumento técnico téc- nico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuer- do acuerdo con las necesidades necesida- des de los servicios servicios, y se precisan establecen los requisi- tos requisitos necesarios para el desempeño de cada puesto de trabajo en los términos siguien- tessiguientes:
a) La R.P.T. comprenderá Relación de Puestos de Trabajo comprenderá, todos los puestos de trabajo de todo el per- sonal de esta Gerencia ydel Ayuntamiento que estén ocupados o puedan ocuparse, el número y características de los mismos. Debiendo figurar necesariamente los siguientes datos: — Centro de trabajo al que puedan ser ocupados por personal funcionario pertenece. — Denominación y laboralcaracterísticas esenciales. — Tipo de puesto. — Sistema de provisión y requisitos exigidos para su desempeño. — Retribuciones complementarias asignadas.
b) Los La creación, modificación, refundición y supresión de puestos de trabajo se realizarán a través de la GMU serán desempeñados Relación de acuerdo con Puestos de Trabajo. Ésta será publicada, entregándose co- pia a los requisitos que se establezcan sindicatos representados en la relación que los contenganMesa General de Negociación. Las modificaciones a la Relación de Puestos de Trabajo deberán ser negociadas en la Mesa General de Negociación.
c) 2. La provisión clasificación de nuevos puestos de trabajo, requerirán que los mismos figuren detallados trabajo deberá ser negociada en la R.P.T.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamenteMesa de Negociación, incluyén- dose con anterioridad a la aprobación de los presupuestos Municipales, en caso contrario, per- manecerá vigente la misma, las modificaciones sufridas en los distintos ser- viciosdel año anterior.
e) En el plazo de 6 meses desde 3. Corresponde a la publicación de este Conve- nioCorporación Municipal aprobar anualmente, a través del Presupuesto, como documento anexo a él, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción Relación de una nueva R.P.T. a fin Puestos de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la mismaTrabajo.
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Samples: Convenio Colectivo
Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU elaborará Relación de Puestos de Trabajo del personal laboral es el instrumento técnico a través del cual se reali- za la relación ordenación del personal, se determinan los requisitos para el desempeño de todos cada puesto de trabajo y las características de los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organizaciónmismos.
2. La Relación de Puestos de Trabajo es contendrá todos los puestos dotados presupuestariamente del personal laboral de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, agrupados por Consejerías, órganos gestores, centros de trabajo y servicio o departamento, en su caso, y ordenados en atención a los grupos profesionales.
3. Deberán contener, como mínimo, el instrumento técnico código de identificación del puesto, su denominación, número de plazas, grupo y categoría profesional al que esté adscrito, complemento de puesto y jornada, forma de provi- sión, tipos de jornada, puestos a través amortizar, localidad y denominación del cual centro de trabajo. Además, podrán incluir titulación, formación, experiencia u otros requisitos o méritos adecuados a las carac- terísticas del puesto. Todos los puestos de un mismo centro de trabajo con idénticas características serán agrupados bajo el mismo código de identificación. Se dará publicidad en el Portal del Empleado Público o en otros instrumentos de difusión, del número de horas semanales y/o de meses en el año de trabajo que tengan asignados los puestos de trabajo fijos-disconti- nuos o a tiempo parcial.
4. Las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo se realiza la ordenación del personalrealizarán, de acuer- do con las necesidades de los servicios y se precisan los requisi- tos para el desempeño de cada puesto previa negociación sindical, te- niendo en los términos siguien- tescuenta que:
a) La R.P.T. comprenderá los puestos Las modificaciones de trabajo carácter general y aquellas singulares que afecten a más de todo una Consejería serán negociadas en el per- sonal de esta Gerencia y, el número y características de los que puedan ser ocupados por personal funcionario y laboral.
b) Los puestos de trabajo ámbito de la GMU serán desempeñados de acuerdo con los requisitos que se establezcan en la relación que los contenganComisión Paritaria.
c) La provisión de nuevos puestos de trabajo, requerirán que los mismos figuren detallados en la R.P.T.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose en la misma, las modificaciones sufridas en los distintos ser- vicios.
e) En el plazo de 6 meses desde la publicación de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción de una nueva R.P.T. a fin de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la misma.
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Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU elaborará la relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organización.
2. La Relación de Puestos de Trabajo del personal laboral es el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación y adecuación de las plantillas del personal, de acuer- do con las necesidades de se determinan los servicios y se precisan los requisi- tos requisitos para el desempeño de cada puesto de trabajo y las características de los mismos.
2. La Relación de Puestos de Trabajo contendrá todos los puestos dotados presupuestariamente del personal laboral de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, agrupados por Consejerías, órganos gestores, centros de trabajo y servicio o departamento, en su caso, y ordenados en atención a los términos siguien- tesgrupos profesionales.
3. Deberá contener, como mínimo, el código de identificación del puesto, su denominación, número de plazas, grupo y categoría profesional al que esté adscrito, complemento de puesto y jornada, forma de provisión, tipo de jornada, puestos a amortizar, localidad y denominación del centro de trabajo. Además podrá incluir titulación, formación, experiencia u otros requisitos o méritos adecuados a las características del puesto. Todos los puestos de un mismo centro de trabajo con idénticas características serán agrupados bajo el mismo código de identificación. Se dará publicidad en el Portal del Empleado Público o en otros instrumentos de difusión del número de horas semanales y/o de meses en el año de trabajo que tengan asignados los puestos de trabajo fijos-discontinuos o a tiempo parcial.
4. Las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo se realizarán, previa negociación sindical, teniendo en cuenta que:
a) La R.P.T. comprenderá los puestos Las modificaciones de trabajo carácter general y aquellas singulares que afecten a más de todo una Consejería serán negociadas en el per- sonal de esta Gerencia y, el número y características de los que puedan ser ocupados por personal funcionario y laboral.
b) Los puestos de trabajo ámbito de la GMU serán desempeñados de acuerdo con los requisitos que se establezcan en la relación que los contenganComisión Negociadora.
c) La provisión de nuevos puestos de trabajo, requerirán que los mismos figuren detallados en la R.P.T.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose en la misma, las modificaciones sufridas en los distintos ser- vicios.
e) En el plazo de 6 meses desde la publicación de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción de una nueva R.P.T. a fin de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la misma.
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Samples: Convenio Colectivo
Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU elaborará la relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organización.
2. La Relación de Puestos de Trabajo del personal laboral es el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación y adecuación de las plantillas del personal, de acuer- do con las necesidades de se determinan los servicios y se precisan los requisi- tos requisitos para el desempeño de cada puesto de trabajo y las características de los mismos.
2. La Relación de Puestos de Trabajo contendrá todos los puestos dotados presupuestariamente del personal labo- ral de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, agrupados por Consejerías, órganos gestores, centros de trabajo y servicio o departamento, en su caso, y ordenados en atención a los términos siguien- tesgrupos profesionales.
3. Deberá contener, como mínimo, el código de identificación del puesto, su denominación, número de plazas, grupo y categoría profesional al que esté adscrito, complemento de puesto y jornada, forma de provisión, tipo de jornada, puestos a amortizar, localidad y denominación del centro de trabajo. Además podrá incluir titulación, formación, experiencia u otros requisitos o méritos adecuados a las características del puesto. Todos los puestos de un mismo centro de trabajo con idénticas características serán agrupados bajo el mismo có- digo de identificación. Se dará publicidad en el Portal del Empleado Público o en otros instrumentos de difusión del número de horas semanales y/o de meses en el año de trabajo que tengan asignados los puestos de trabajo fijos-discontinuos o a tiempo parcial.
4. Las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo se realizarán, previa negociación sindical, teniendo en cuenta que:
a) La R.P.T. comprenderá los puestos Las modificaciones de trabajo carácter general y aquellas singulares que afecten a más de todo una Consejería serán nego- ciadas en el per- sonal de esta Gerencia y, el número y características de los que puedan ser ocupados por personal funcionario y laboral.
b) Los puestos de trabajo ámbito de la GMU serán desempeñados de acuerdo con los requisitos que se establezcan en la relación que los contenganComisión Negociadora.
c) La provisión de nuevos puestos de trabajo, requerirán que los mismos figuren detallados en la R.P.T.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose en la misma, las modificaciones sufridas en los distintos ser- vicios.
e) En el plazo de 6 meses desde la publicación de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción de una nueva R.P.T. a fin de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la misma.
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Samples: Viii Convenio Colectivo
Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU elaborará la relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organización.
2. La Relación de Puestos de Trabajo es de la Mancomunidad Xxxxx xxx Xxxxxx, son el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuer- do convenio con las necesidades necesida- des de los servicios y se precisan los requisi- tos departamentos, así como los requisitos necesarios para el desempeño desem- peño de cada puesto en los términos siguien- tessiguientes:
1. La Relación de Puestos de Trabajo comprenderán todos los puestos de trabajo de la Mancomunidad y sus Organismos Autónomos y características de los que están ocupados por Personal Laboral.
2. La Relación de Puestos de Trabajo indicarán, en todo caso, el contenido básico de cada puesto de trabajo, de los que figurarán los siguientes datos:
a) Centro de trabajo al que pertenece.
b) Denominación y características esenciales.
c) Tipo de puesto.
d) Sistema de provisión y requisitos exigidos para su desempeño.
e) Retribuciones asignadas.
f) Funciones.
3. La creación, modificación, refundición y supresión de puestos de trabajo se realizarán a través de la Relación de Puestos de Trabajo.
4. La provisión de puestos de trabajo a desempeñar por la Empleada y el Empleado Público, requerirá que los correspondientes puestos figuren detallados en las respecti- vas relaciones.
5. La Relación de Puestos de Trabajo será publicada, entregándose copia a los Sindicatos presentes en la Mesa General de Negociación.
6. Corresponde a la Mancomunidad en Asamblea aprobar anualmente, a través del Presupuesto, como documento anexo a él, la plantilla y RPT, que deberá contener todos los puestos de trabajo debidamente clasificados, reservados a las Empleadas y Empleados Públicos y habrá de responder a los principios de racionalidad, economía y eficacia. A ella se unirán los antecedentes, estudios y documentos acreditativos de que se ajusta a los mencionados principios.
7. Las modificaciones a la Relación de Puestos de Trabajo deberán ser negociadas en la Mesa General de Negociación. En cualquier caso deberá estar negociada en el último trimestre de cada año.
8. La Mancomunidad, una vez aprobado y publicado el Presupuesto, y dentro del mes siguiente, aprobará la oferta anual de empleo público y en la que se indicará:
a) La R.P.T. comprenderá los puestos totalidad de trabajo de todo el per- sonal de esta Gerencia y, el número y características de los que puedan ser ocupados por personal funcionario y laborallas plazas vacantes debidamente clasificadas.
b) Los puestos La relación de trabajo de la GMU serán desempeñados de acuerdo con los requisitos vacantes que se establezcan cubrirán en la relación que los contenganel correspondiente ejercicio presupuestario.
c) La Las previsiones temporales. Publicada la oferta pública, en el DOE, la convocatoria de las pruebas deberá realizarse en todo caso antes de doce meses.
9. En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 10 por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igual- dad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas, de modo que progresivamente se alcan- ce el dos por ciento de los efectivos totales en cada Administración Pública. De conformidad con la normativa vigente, cada Administración Pública adoptará las medi- das precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo las necesidades de las personas con discapacidad.
10. Todo el personal del que a fecha 1 de enero de 2018, ocupe puestos de trabajo con carácter fijo, incluido en la Relación de Puesto de Trabajo, se considerará adscrito de forma definitiva al puesto que ocupa, con independencia de la participación voluntaria en los concursos de provisión de nuevos puestos de trabajo, requerirán que los mismos figuren detallados en la R.P.T.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose en la misma, las modificaciones sufridas en los distintos ser- vicios.
e) En el plazo de 6 meses desde la publicación de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción de una nueva R.P.T. a fin de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la mismaconvoquen en el futuro.
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Relación de Puestos de Trabajo. 1. La GMU elaborará la relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organización.
2. La Relación de Puestos de Trabajo del personal laboral es el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuer- do con las necesidades de se determinan los servicios y se precisan los requisi- tos requisitos para el desempeño de cada puesto de trabajo y las caracte- rísticas de los mismos.
2. La Relación de Puestos de Trabajo contendrá todos los puestos dotados presupuestariamente del personal labo- ral de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, agrupados por Consejerías, órganos gestores, centros de trabajo y servicio o departamento, en su caso, y ordenados en atención a los términos siguien- tesgrupos profesionales.
3. Deberán contener, como mínimo, el código de identificación del puesto, su denominación, número de plazas, grupo y categoría profesional al que esté adscrito, complemento de puesto y jornada, forma de provisión, tipos de jornada, puestos a amortizar, localidad y denominación del centro de trabajo. Además, podrán incluir titulación, formación, experiencia u otros requisitos o méritos adecuados a las características del puesto. Todos los puestos de un mismo centro de trabajo con idénticas características serán agrupados bajo el mismo có- digo de identificación. Se dará publicidad en el Portal del Empleado Público o en otros instrumentos de difusión, del número de horas semanales y/o de meses en el año de trabajo que tengan asignados los puestos de trabajo fijos-discontinuos o a tiempo parcial.
4. Las modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo se realizarán, previa negociación sindical, teniendo en cuenta que:
a) La R.P.T. comprenderá los puestos Las modificaciones de trabajo carácter general y aquellas singulares que afecten a más de todo una Consejería serán nego- ciadas en el per- sonal de esta Gerencia y, el número y características de los que puedan ser ocupados por personal funcionario y laboral.
b) Los puestos de trabajo ámbito de la GMU serán desempeñados de acuerdo con los requisitos que se establezcan en la relación que los contenganComisión Paritaria.
c) La provisión de nuevos puestos de trabajo, requerirán que los mismos figuren detallados en la R.P.T.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose en la misma, las modificaciones sufridas en los distintos ser- vicios.
e) En el plazo de 6 meses desde la publicación de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción de una nueva R.P.T. a fin de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la misma.
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Relación de Puestos de Trabajo. 1. 1.- La GMU elaborará la relación de todos los puestos xx xxxxx- jo existentes en su organización.
2. La Relación de Puestos de Trabajo trabajo del Ayuntamiento es el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuer- do acuerdo con las necesidades de los servicios y se precisan los requisi- tos departamentos, así como los requisitos necesarios para el desempeño desem- peño de cada puesto en los términos siguien- tessiguientes:
a) La R.P.T. comprenderá los relación de puestos de trabajo comprenderá todos los pues- tos de todo el per- sonal de esta Gerencia ytrabajo del Ayuntamiento que estén ocupados o puedan ocuparse, el número y características de los mismos. Debiendo figurar necesariamente los siguientes datos: – Centro de Trabajo al que puedan ser ocupados por personal funcionario pertenece. – Denominación y laboralcaracterísticas esenciales. – Tipo de puesto. – Sistema de provisión y requisitos exigidos para su desempeño. – Retribuciones complementarias asignadas (Complemento de Destino y Complemento Específico).
b) Los La creación, modificación, refundición y supresión de puestos de trabajo se realizarán a través de la GMU serán desempeñados la relación de acuerdo con puestos de trabajo.
2.- La relación de puestos de trabajo será publicada, entregándose copia a los requisitos Sindicatos presentes en la Mesa General de Negociación.
3.- Corresponde a la Corporación aprobar anualmente, a través del Presupuesto, como documento anexo a él, la plantilla, que deberá contener todos los puestos de trabajo debidamente clasificados.
4.- Las modificaciones a la relación de puestos de trabajo debe- rán ser negociadas en la Mesa General de Negociación, como máximo, en el último trimestre de cada año.
5.- La Corporación, una vez aprobado y publicado el Presupuesto, y dentro del mes siguiente, aprobará la oferta anual de empleo público en la que se establezcan indicará:
a) La totalidad de las plazas vacantes debidamente clasificadas.
b) La relación de vacantes que se cubrirán en la relación que los contenganel correspondiente ejercicio presupuestario.
c) La Las previsiones temporales sobre la provisión de nuevos puestos de trabajo, requerirán que los mismos figuren detallados en las restantes. Publicada la R.P.T.
d) La R.P.T. deberá ser actualizada periódicamente, incluyén- dose en la mismaoferta pública, las modificaciones sufridas pruebas deberán realizarse en los distintos ser- vicios.
e) En el un plazo máximo de 6 seis meses desde la su publicación de este Conve- nio, la GMU elaborará unos criterios generales para la redacción de una nueva R.P.T. a fin de que se negocien con la representa- ción sindical. Durante la vigencia de este Convenio, la GMU presentará a los/as representantes de los/as empleados/as la nueva RPT, que deberá ser objeto de negociación. La R.P.T. será pública y cualquier empleado/a tendrá libre ac- ceso a la mismaen el Boletín Oficial del Estado.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo